Actualizado al 12 de Diciembre del 2015
Quienes tienen la oportunidad de viajar fuera del país (por trabajo, negocios o diversión), al regresar se enfrentan con una disyuntiva: ¿declarar o no declarar los productos que compró durante su viaje? Me ha tocado escuchar desde los que afirman que es mejor «jugársela» y no declarar nada hasta los que afirman que no hay nada como la tranquilidad por lo que lo mejor es declarar lo que se haya comprado, pasando por los que recomiendan mezclar la ropa nueva con la ropa sucia para así «engañar» a los de la aduana. Ante afirmaciones tan dispares decidí investigar, encontrando que existe una regulación clara al respecto la cual les comparto hoy de forma resumida y práctica:
Quien se encarga de regular la entrada de mercancías al territorio nacional es la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior siendo el brazo ejecutor las Aduanas dependientes del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda.
Dicha Regla, en su capítulo 3.2, nos habla de que TODO pasajero que ingrese al país (es decir turistas mexicanos de regreso a casa, paisanos que trabajan en el extranjero y que vienen de visita, así como extranjeros que entren a nuestro país en viajes de placer o de negocio), tiene derecho a traer consigo – sin pagar impuestos por ello – su propio equipaje y una franquicia.
El equipaje del pasajero
La reglamentación contempla como equipaje del pasajero en viaje internacional las siguientes mercancías sin importar si son nuevas o usadas:
- Bienes de uso personal: tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, incluyendo un ajuar de novia. Tratándose de bebés se incluyen los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.
- Electrónica: Dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (GPS); una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios.
- Deportes: Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero.
- Sonido: Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y un reproductor portátil de dvd; un juego de bocinas portátiles, y sus accesorios.
- Almacenamiento digital: Cinco discos láser, 10 discos dvd, 30 discos compactos, tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
- Libros, revistas y documentos impresos.
- Ocio: Cinco juguetes, incluyendo los de colección, y una consola de videojuegos, así como cinco videojuegos.
- Salud: Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como medicamentos de uso personal. Tratándose de sustancias psicotrópicas deberá mostrarse la receta médica correspondiente.
- Maletas, petacas, baúles y velices o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.
- Tabaco y alcohol: Tratándose de pasajeros mayores de 18 años, un máximo de 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco, hasta 3 litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.
- Un binocular y un telescopio.
- Dos instrumentos musicales y sus accesorios.
- Una tienda de campaña y demás artículos para campamento.
- Para los adultos mayores y las personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.
- Un juego de herramienta de mano incluyendo su estuche, que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.
- Hasta 3 mascotas o animales de compañía que traigan consigo, entendiéndose por estos: gatos, perros, canarios, hamsters, cuyos, periquitos australianos, ninfas, hurones, pericos, tortugas, aves silvestres de tamaño pequeño (excepto, rapaces), así como los accesorios que requieran para su traslado y aseo, siempre que presenten ante el personal de la aduana el certificado zoosanitario para su importación, expedido por la SAGARPA, en caso de tratarse de animales de vida silvestre, además deberá presentarse el Registro de Verificación expedido por la PROFEPA, que compruebe el cumplimiento de la regulación o restricción no arancelaria a que se encuentren sujetos.
La franquicia
Adicionalmente a su equipaje, el pasajero tiene derecho a introducir al país, libres de impuestos, mercancías por un monto total de hasta
- 500 dólares en caso de ingresar al país por vía aérea o marítima, o su equivalente en moneda nacional.
- 300 dólares en caso de ingresar por vía terrestre, o su equivalente en moneda nacional. (Durante las vacaciones de Navidad, Semana Santa y Verano la franquicia terrestre se incrementa a 500 dólares).
Es importante considerar lo siguiente:
- El valor de las mercancías que integran la franquicia se demuestra con los recibos de pago donde se expresa su valor comercial. Si se te pierden los recibos el agente aduanal hace uso entonces de tabuladores donde, claro está, no está considerado algún descuento o precio especial que hayas obtenido.
- Dentro de la franquicia no pueden incluirse bebidas alcohólicas, tabacos labrados, ni combustible automotriz. Existen otros productos que por control o monitoreo tampoco pueden incluirse dentro de la franquicia. En caso de duda es posible consultar directamente en el SAT (01800-463-6728).
- Las franquicias de los integrantes de una misma familia podrán acumularse, si éstos arriban a territorio nacional simultáneamente y en el mismo medio de transporte.
Recomendaciones finales
- Si tu viaje es por 5 días (sin importar si es por placer o por negocios) puedes introducir al país 5 pantalones, 5 pares de zapatos/tenis, 5 juegos de ropa interior… ¡Y no importa si son nuevos o usados! Así que no es necesario que mezcles la ropa nueva con la sucia, sino de que lo que traigas corresponda a tus días de estadía;
- No cometas el error de tirar tus notas – ni para «esconderlas del agente aduanal» -, ya que de no presentar tú la nota el agente recurrirá a su tabulador, donde el precio es muy posible que sea más alto de lo que tú hayas realmente pagado;
- Si estás trayendo recuerdos para tus familiares o algún regalo para un amigo, considera que puede pasar legalmente como parte de tu equipaje siempre que esté contemplado dentro de la lista anterior (por ejemplo: si llevas tu celular y le quieres traer uno a tu compadre no hay inconveniente, ya que tienes derecho de traer hasta 3 equipos);
- Si a pesar de lo anterior llegas a traer mercancía que no puedes pasar como parte de tu equipaje (por ejemplo, ropa para un bebé recién nacido – imposible que sea tuya -, o mayor número de prendas de los días de tu estadía), inclúyelo en tus $300 dólares de franquicia.
- Si aún así lo rebasas… Es el momento de determinar si vas a declarar o no. ¡Pero sólo declara aquello que no puedas considerar como parte de tu equipaje y que haya rebasado la franquicia! No cometas el error de declarar todo lo que compraste: Le estarías regalando innecesariamente tu dinero a hacienda.
- Y sobre declarar o no ese excedente… Ya es tu decisión atenerte a la suerte que no te toque revisión o hacer el trámite más sencillo y declarar lo que sabes que excedes. Y ya sea que declares o que el destino haya hecho que te revisen y el agente aduanal haya determinado aquello que excedes, considera que lo que tendrás que pagar es el 16% de lo que hayas introducido al país llenando el formato «Pago de Contribuciones al Comercio Exterior».
- Pero cuidado: si lo que excedes de franquicia y equipaje rebasase los $3000 dólares (o $4000 si introduces equipos de cómputo), entonces el proceso ya es otro ya que se considera importación comercial de mercancías.
- Sé prudente en la transportación de dinero. Más de 10 mil dólares (o equivalente en otra cualquier otra divisa) en efectivo o en documentos podrían provocar que seas detenido por la autoridad fiscal para demostrar el origen del dinero.
¡Éxito!
Notas de actualización del 12 de Diciembre de 2015
Se eliminaron como parte del equipaje: Una bicicleta estática, una caminadora estática, una máquina de escribir eléctrica.
Se agregó: Una agenda electrónica.
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Referencias
- Página del Programa Paisano
- Mercancía que puedes ingresar a México – SAT (Aduanas)
- Imagen: noticias.coches.com
Buenas TArdes.
Por favor me podrian ayudar, compre una bicicleta de ruta usada en Estados Unidos, con un costo de $405.00 dolares y necesito cruzarla a Mexico, yo vivo en frontera con USA, mi pregunta es podre cruzarla sin pagar impuesto o tengo que importarla?
Saludos y gracias
Buenos días Javier,
Si pudieras incluirla como parte de tu equipaje, tienes derecho a una franquicia de $300 pagando un 16% por la diferencia. Para ello, lo que dice la ley fiscal es «Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero». Eso significaría que la lleves desarmada en su caja contigo y teniendo a la mano tu comprobante de compra.
Otra opción es que cruces usando como medio de transporte la bicicleta. Honestamente no sé que tan viable sea esto, pero en alguna ocasión en noticieros he visto a personas cruzando llevando su bicicleta.
Finalmente la que siempre consideraré la mejor opción: consultar directamente a la mata. Habla a INFOSAT (01800-463-6728), solicita te pasen a aduanas, y pregunta. Y si después nos compartes tu respuesta te lo agradeceré mucho, ya que tu inquietud seguramente es compartida por otros lectores 😉
¡Éxito!
Buenas tardes, me pueden ayudar en saber mas o menos cuanto tengo que pagar de impuestos sobre una compra que proviene de India, el valor factura equivale a $ 1,830.00 dolares,es equipo de aluminio que viene en 4 maletas, el peso no lo tengo, es equipo para video. o algun dato donde me puedan ayudar en saber este costo. Espero me puedan ayudar.
Hola Luis, buenos días.
El impuesto básico es del 16%. Sin embargo es posible que haya aranceles adicionales que tengas que cubrir dependiendo del producto del que se trate. Para tener una información más precisa comunícate a INFOSAT (01800-463-6728) y solicita te comuniquen a Aduanas.
¡Éxito!
Buenas tardes, me pueden ayudar en saber mas o menos cuanto tengo que pagar de impuestos sobre una compra que proviene de India, el valor factura equivale a $ 1,830.00 dolares,es equipo de aluminio que viene en 4 maletas, el peso no lo tengo, es equipo para video. o algun dato donde me puedan ayudar en saber este costo. Espero me puedan ayudar
Buen dia, gracias por información brindada me ha sido de mucha utilidad. Solo tengo una duda que espero puedas aclararme Mauricio. Deseo comprar una cámara reflex, Canon 70d por medio de ebay, su costo es US $1 139.99, este contiene un kit donde entra el cuerpo de la camara, 2 lentes, 2 tripodes, 1 flash, 3 tapas de lente polarizadoras, asi como el estuche de la camara. Tengo un familiar en NY el cual viajará a Mexico en el mes de Julio, quiero que el la compre desde allá y la importe a México pero, crees tú que debe declararla? o podrá pasar sin ningun problema?
Buen día Rubén.
En principio podría pasar la cámara como parte de su equipaje con lo cual no es necesario declararla (no obstante siempre es conveniente llevar consigo el comprobante de compra por cualquier cosa). Ahora bien, con tantos aditamentos que mencionas la autoridad aduanera podría considerarlo como que está ante el equipo de trabajo de un fotógrafo profesional y ponerle peros. Mientras no se ponga nervioso y responda con tranquilidad que es un apasionado de la fotografía no debiera haber problema, y más si no está topado con respecto a la franquicia.
¡Éxito!
Hola,
De casualidad tiene por alli, el numero del SAT local (En México, ejemplo lada 55) ?
No puedo acceder al numero 01800, aun cuando marque lada (52) o (52-55). Y los numero 01800, es nacional no desde EU y CANADA.
Gracias
Hola Patty,
Entiendo que quieres comunicarte desde EEUU o Canadá al SAT. Marca al 1-877-210-9469 que es del Programa Paisano donde pueden asesorarte, y si tu inquietud los rebasase, entonces ellos podían darte el número del SAT en la Unión Americana.
Y si consigues este número, agradeceré nos lo compartas ya que seguramente será de utilidad para otros lectores 😉
¡Éxito!
Trabajo en una universidad en el norte de México y mandé imprimir 500 libros en Argentina porque resultaba más barato hacerlo allá que en México. Ahora requiero traerlos a México pero desconozco si debo proceder a un tramite de importación primero y pagar impuestos, y si esto resulta muy caro en términos fiscales. Los libros son producto de actividad académica conjunta entre investigadores de México y Argentina.
Muchos agradeceré su orientación
gracias
Everardo Garduño
Hola Everdado, buenos días.
Sé que el trabajo literario, y más el que tiene que ver con investigaciones, tiene diferentes tipos de beneficios fiscales. Al decir que son producto de actividad académica conjunta quisiera entender que son fruto de la colaboración en sus respectivas universidades. Si estoy en lo correcto, lo más recomendable es que te acerques a la dirección de tu facultad o a la rectoría de tu universidad para preguntar por el procedimiento a seguir para la importación de dichos libros. Con el respaldo de la universidad te será más sencillo que si los trajeras de manera independiente.
De cualquier modo, para consultar sobre los pormenores de traerlos comunícate directamente a INFOSAT (01800-463-6728) y solicita te comuniquen a Aduanas, donde te brindarán toda la información que requieres… Y si después nos las compartes te lo agradecería, ya que seguramente sería de utilidad para otros lectores 😉
¡Éxito!
Hola,
Muy buena informacion. Alguien sabe como funciona cuando uno envia cosas por cargo a México, existe franquicia. Quiero enviar mis cosas usadas, un par maletas, pero no viajo en éste momento.
Hay articulos de uso personal (waterpik, thermos), cinturones, etc.
hola,
Estoy en inglaterra y estoy pensando comprar seriamente 2 dagas o pequeñas espadas decorativas como regalo. ¿Puedo tener algun problema con estas, ya que hago escala en Estados Unidos?
Gracias
Saludos
Hola Esmeralda,
Mientras las transportes en el equipaje documentado (en las maletas que van en la panza del avión), no debieras tener problema alguno.
Feliz viaje de regreso a casa 😉
Mauricio, yo tengo una pregunta,mi intencion es comprar un lote de computadoras en una subasta, supongamos que ese lote lo compre en 600 dolares (donde cabe la posibilidad que tan solo uno de los equipos incluidos dentro de ese lote, tienes casi ese valor en el mercado) mi pregunta es que impuesto tendria que pagar si lo quiero importar a mexico? el impuesto del 16% de los 600 dolares? o la suma del valor de mercado de cada uno de los equipos de computo?.
Aclaro que es equipo usado y de remate de subastas de empresas que se declaran en bancarrota.
Hola Ricardo,
No es tan sencillo, ya que el lote de computadoras no pasará como equipaje considerándose como artículos de importación. Lo mejor sería que te comuniques a INFOSAT (01800-463-6728 o sigue esta liga para acceder al chat en línea) y solicites te transfieran a aduanas donde te indicarán el procedimiento a seguir.
¡Éxito!
buen dia Mauricio, gracias por la informacion a sido de mucha ayuda pero tengo algunas dudas
cuales son los documentos que tienes que llenar cuando rebasas la franquicia?
lo haces en el momento de la revision o antes?
donde los consigues?