Actualizado al 12 de Diciembre del 2015
Quienes tienen la oportunidad de viajar fuera del país (por trabajo, negocios o diversión), al regresar se enfrentan con una disyuntiva: ¿declarar o no declarar los productos que compró durante su viaje? Me ha tocado escuchar desde los que afirman que es mejor «jugársela» y no declarar nada hasta los que afirman que no hay nada como la tranquilidad por lo que lo mejor es declarar lo que se haya comprado, pasando por los que recomiendan mezclar la ropa nueva con la ropa sucia para así «engañar» a los de la aduana. Ante afirmaciones tan dispares decidí investigar, encontrando que existe una regulación clara al respecto la cual les comparto hoy de forma resumida y práctica:
Quien se encarga de regular la entrada de mercancías al territorio nacional es la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior siendo el brazo ejecutor las Aduanas dependientes del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda.
Dicha Regla, en su capítulo 3.2, nos habla de que TODO pasajero que ingrese al país (es decir turistas mexicanos de regreso a casa, paisanos que trabajan en el extranjero y que vienen de visita, así como extranjeros que entren a nuestro país en viajes de placer o de negocio), tiene derecho a traer consigo – sin pagar impuestos por ello – su propio equipaje y una franquicia.
El equipaje del pasajero
La reglamentación contempla como equipaje del pasajero en viaje internacional las siguientes mercancías sin importar si son nuevas o usadas:
- Bienes de uso personal: tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, incluyendo un ajuar de novia. Tratándose de bebés se incluyen los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.
- Electrónica: Dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (GPS); una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios.
- Deportes: Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero.
- Sonido: Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y un reproductor portátil de dvd; un juego de bocinas portátiles, y sus accesorios.
- Almacenamiento digital: Cinco discos láser, 10 discos dvd, 30 discos compactos, tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
- Libros, revistas y documentos impresos.
- Ocio: Cinco juguetes, incluyendo los de colección, y una consola de videojuegos, así como cinco videojuegos.
- Salud: Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como medicamentos de uso personal. Tratándose de sustancias psicotrópicas deberá mostrarse la receta médica correspondiente.
- Maletas, petacas, baúles y velices o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.
- Tabaco y alcohol: Tratándose de pasajeros mayores de 18 años, un máximo de 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco, hasta 3 litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.
- Un binocular y un telescopio.
- Dos instrumentos musicales y sus accesorios.
- Una tienda de campaña y demás artículos para campamento.
- Para los adultos mayores y las personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.
- Un juego de herramienta de mano incluyendo su estuche, que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.
- Hasta 3 mascotas o animales de compañía que traigan consigo, entendiéndose por estos: gatos, perros, canarios, hamsters, cuyos, periquitos australianos, ninfas, hurones, pericos, tortugas, aves silvestres de tamaño pequeño (excepto, rapaces), así como los accesorios que requieran para su traslado y aseo, siempre que presenten ante el personal de la aduana el certificado zoosanitario para su importación, expedido por la SAGARPA, en caso de tratarse de animales de vida silvestre, además deberá presentarse el Registro de Verificación expedido por la PROFEPA, que compruebe el cumplimiento de la regulación o restricción no arancelaria a que se encuentren sujetos.
La franquicia
Adicionalmente a su equipaje, el pasajero tiene derecho a introducir al país, libres de impuestos, mercancías por un monto total de hasta
- 500 dólares en caso de ingresar al país por vía aérea o marítima, o su equivalente en moneda nacional.
- 300 dólares en caso de ingresar por vía terrestre, o su equivalente en moneda nacional. (Durante las vacaciones de Navidad, Semana Santa y Verano la franquicia terrestre se incrementa a 500 dólares).
Es importante considerar lo siguiente:
- El valor de las mercancías que integran la franquicia se demuestra con los recibos de pago donde se expresa su valor comercial. Si se te pierden los recibos el agente aduanal hace uso entonces de tabuladores donde, claro está, no está considerado algún descuento o precio especial que hayas obtenido.
- Dentro de la franquicia no pueden incluirse bebidas alcohólicas, tabacos labrados, ni combustible automotriz. Existen otros productos que por control o monitoreo tampoco pueden incluirse dentro de la franquicia. En caso de duda es posible consultar directamente en el SAT (01800-463-6728).
- Las franquicias de los integrantes de una misma familia podrán acumularse, si éstos arriban a territorio nacional simultáneamente y en el mismo medio de transporte.
Recomendaciones finales
- Si tu viaje es por 5 días (sin importar si es por placer o por negocios) puedes introducir al país 5 pantalones, 5 pares de zapatos/tenis, 5 juegos de ropa interior… ¡Y no importa si son nuevos o usados! Así que no es necesario que mezcles la ropa nueva con la sucia, sino de que lo que traigas corresponda a tus días de estadía;
- No cometas el error de tirar tus notas – ni para «esconderlas del agente aduanal» -, ya que de no presentar tú la nota el agente recurrirá a su tabulador, donde el precio es muy posible que sea más alto de lo que tú hayas realmente pagado;
- Si estás trayendo recuerdos para tus familiares o algún regalo para un amigo, considera que puede pasar legalmente como parte de tu equipaje siempre que esté contemplado dentro de la lista anterior (por ejemplo: si llevas tu celular y le quieres traer uno a tu compadre no hay inconveniente, ya que tienes derecho de traer hasta 3 equipos);
- Si a pesar de lo anterior llegas a traer mercancía que no puedes pasar como parte de tu equipaje (por ejemplo, ropa para un bebé recién nacido – imposible que sea tuya -, o mayor número de prendas de los días de tu estadía), inclúyelo en tus $300 dólares de franquicia.
- Si aún así lo rebasas… Es el momento de determinar si vas a declarar o no. ¡Pero sólo declara aquello que no puedas considerar como parte de tu equipaje y que haya rebasado la franquicia! No cometas el error de declarar todo lo que compraste: Le estarías regalando innecesariamente tu dinero a hacienda.
- Y sobre declarar o no ese excedente… Ya es tu decisión atenerte a la suerte que no te toque revisión o hacer el trámite más sencillo y declarar lo que sabes que excedes. Y ya sea que declares o que el destino haya hecho que te revisen y el agente aduanal haya determinado aquello que excedes, considera que lo que tendrás que pagar es el 16% de lo que hayas introducido al país llenando el formato «Pago de Contribuciones al Comercio Exterior».
- Pero cuidado: si lo que excedes de franquicia y equipaje rebasase los $3000 dólares (o $4000 si introduces equipos de cómputo), entonces el proceso ya es otro ya que se considera importación comercial de mercancías.
- Sé prudente en la transportación de dinero. Más de 10 mil dólares (o equivalente en otra cualquier otra divisa) en efectivo o en documentos podrían provocar que seas detenido por la autoridad fiscal para demostrar el origen del dinero.
¡Éxito!
Notas de actualización del 12 de Diciembre de 2015
Se eliminaron como parte del equipaje: Una bicicleta estática, una caminadora estática, una máquina de escribir eléctrica.
Se agregó: Una agenda electrónica.
Este artículo fue publicado por primera vez en practifinanzas.com. Si tienes interés en compartirlo publicándolo en tu blog o página web (reblogging), por favor sigue esta liga.
¿Tienes alguna experiencia que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales seguramente enriquecerán a otros lectores. Si te gustó este artículo y te pareció de utilidad, te invitamos a suscribirte sin costo para que recibas los próximos directamente en tu cuenta de correo. Estamos seguros de que serán de tu interés. También te invitamos a dar clic en Me Gusta de Facebook.
Referencias
- Página del Programa Paisano
- Mercancía que puedes ingresar a México – SAT (Aduanas)
- Imagen: noticias.coches.com
hola, excelente la información que brindas y de mucha ayuda. Quiero abrir una tienda de ropa (prendas que voy a comprar en estados unidos) y la quiero importar, solo con el ticket de la tienda es suficiente para poder importarla? Gracias por la información.
Hola Betty, me alegra que la información que compartimos te sea de utilidad. Esa es nuestra mejor recompensa 🙂
Tenemos un artículo que habla precisamente de tu inquietud: Importaciones: Los pormenores al recibir productos del extranjero
Si después de leerlo te queda alguna inquietud, con gusto seguimos conversando 😉
¡Éxito!
HOLA:
Quisiera comprar bolsas para dama y otras cositas por internet ( Lightinabox.com) de China, para uso personal, pagarìan impuestos en aduana ? En dònde o con quien me podrìa informar ? De ninguna manera pasan de los $ 500.00 dòlares.
Muchas gracias
Quiero comprar un celular por eBay el comprador esta en Japón el celular tiene un costo de $279 dolares y con el envió seria un total de $304 dolares
¿Quisiera saber si tengo que pagar algo en la aduana o al recibir el paquete o solo con el envió?
Que tal! gracias por la pagina… quiero pasar un par de bafles para casa… me costaron 450 dolares el par… pienso pasarlas por avión… tengo que pagar aranceles? o puede ser el pago de franquicia? A ver si entendí. Pague 450 dolares así que queda dentro de lo que puedo pasar?? gracias
Felipe
Qué tal Felipe!
Por los montos que mencionas podrían incluirse en tu franquicia de 500 dólares, pero lleva contigo tus comprobantes de compra ya que el agente aduanal podría querer comprobar el importe que pagaste por ellas. No se te olvide considerar también otros productos que hayas comprado…
Feliz viaje de regreso a casa
Que tal Mauricio muy útil tu informacion Muchas gracias, espero puedas ayudarme con esto, mira estoy en estados unidos u quiero comprar una bicicleta wue cuesta cerca de 600 dólares además de eso llevo cosas como recuerdos y cosas para regalar pero no exceso de los 500 dólares que permite la franquicia llevo como 150 aproximadamente viajó por avión y mi pregunta es si compro la bicicleta esta la pueso incluir como parte de mi equipaje ?? o entraría como parte de mi franquicia y tendría que pagar impuestos ?? Espero tu ayuda saludos y Muchas gracias
Qué tal Carlos,
Me alegra que la información te sea de utilidad, esa es nuestra mejor recompensa 🙂
En el caso de la bicicleta (asumo está desarmada) otros lectores en el pasado nos han compartido que han podido pasarlas como «equipo deportivo» (parte del equipaje) sin problema. Otros, sin embargo, lo que comentan es que se las han rechazado como equipaje por ser un «medio de transporte». Recordemos que tanto la franquicia como el derecho de equipaje personal son un medio para facilitar el tránsito de las personas que entran a nuestro país confiando en la buena fe del viajero, y que el agente aduanal tiene la atribución de determinar estas sutiles diferencias.
Puedes evitarte problemas y considerarla como parte de la franquicia pagando los impuestos correspondientes por el excedente, o bien puedes jugártela a que no te revisen (el famoso semáforo) o considerar que el agente aduanal lo interpretará a tu favor… Y si sucede lo contrario, disculparte indicando que lo tomaste como un equipo deportivo y pagar los impuestos que te indiquen. (Hay una tercera opción. Si sigues en EEUU habla a programa paisano – 1 877 210 9469 – y que ellos te indiquen el camino a seguir).
¡Éxito!
hola Mauricio mi pregunta para ti es si hago una compra de 200 dolares de mercancia por ejemplo perfumes que dicen version de paris hilton tengo que declarar esa mercancia o que problemas podrian surgir
Hola,
He estado buscando informacion oficial. Y entiendo. Yo necesito regresar a México, y traer conmigo mi extractor de jugos (angel juicer) y mi licuadora (vitamix). Como los llevo con fines nutricionales, son articulos muy caros (las marcas). Ambos son usados, me pregunto como funcionaria la cuestion de la franquicia. Uno de los articulos lo tengo por 4 anos, y el otro por 7 meses. Alguna recomendacion Mauricio? GRACIAS
Hola Enmei,
El agente aduanal puede aplicar su criterio y considerar que el artículo que tienes desde hace cuatro años es un bien ya depreciado. Pero si se apega estrictamente a la ley, esa consideración no es explícita y por tanto no tendría por qué considerarla. Lo ideal es que hayas conservado las notas de venta de esos artículos, para que así, de ser el caso, se aplique la franquicia al precio que realmente pagaste por esos artículos y no por el precio de lista que tienen en la aduana, el cual no contempla que hace 4 años los precios eran más baratos (producto de la inflación) ni cualquier descuento que hubieses obtenido.
¡Éxito!
Gracias Mauricio,
Me voy a regresar a Mexico después de muchos anos. Y no he encontrado pistas de informacion sobre la diferencia entre entrar las cosas por el aeropuerto en el mismo vuelo (aduanas esta adentro donde uno recoje las maletas), o enviarlos por cargo en el mismo vuelo (se recogen en otra terminal).
Para mi es mas barato enviar por cargo, y menos complicado porque voy a viajar también con mascota, asi que tendria menos que manipular con dos manos al llegar.
Pero me pregunto si por el simple hecho de enviar por cargo, hara que tenga que contratar un agente aduanal, cuando lo que traigo esta por debajo de los 3000 dolares y son basicamente articulos personales, y mi extractor y licuadora.
He notado que en la papeleta que uno llena, se indica si hay articulos que van a llegar después (imagino que a eso se refiere que no lleguen con uno mismo), pero no sé como lo manejen ellos, el que parte venga en cargo.
GRACIAS DE ANTEMANO
Buen dia amigo, muy buena información, pero quisiera saber que pasa con los accesorios (accesorios y refacciones) para auto si estos son usados y no tengo nota de compra.
Excelente artículo!!!
hola cuantos dulces se pueden traer , ejemplo bolsas de chocolates, nerds etc… y en su caso latas de cereza … o cosas mas especificas nueces e la india, etc..
gracias