Actualizado al 12 de Diciembre del 2015
Quienes tienen la oportunidad de viajar fuera del país (por trabajo, negocios o diversión), al regresar se enfrentan con una disyuntiva: ¿declarar o no declarar los productos que compró durante su viaje? Me ha tocado escuchar desde los que afirman que es mejor «jugársela» y no declarar nada hasta los que afirman que no hay nada como la tranquilidad por lo que lo mejor es declarar lo que se haya comprado, pasando por los que recomiendan mezclar la ropa nueva con la ropa sucia para así «engañar» a los de la aduana. Ante afirmaciones tan dispares decidí investigar, encontrando que existe una regulación clara al respecto la cual les comparto hoy de forma resumida y práctica:
Quien se encarga de regular la entrada de mercancías al territorio nacional es la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior siendo el brazo ejecutor las Aduanas dependientes del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda.
Dicha Regla, en su capítulo 3.2, nos habla de que TODO pasajero que ingrese al país (es decir turistas mexicanos de regreso a casa, paisanos que trabajan en el extranjero y que vienen de visita, así como extranjeros que entren a nuestro país en viajes de placer o de negocio), tiene derecho a traer consigo – sin pagar impuestos por ello – su propio equipaje y una franquicia.
El equipaje del pasajero
La reglamentación contempla como equipaje del pasajero en viaje internacional las siguientes mercancías sin importar si son nuevas o usadas:
- Bienes de uso personal: tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, incluyendo un ajuar de novia. Tratándose de bebés se incluyen los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.
- Electrónica: Dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (GPS); una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios.
- Deportes: Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero.
- Sonido: Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y un reproductor portátil de dvd; un juego de bocinas portátiles, y sus accesorios.
- Almacenamiento digital: Cinco discos láser, 10 discos dvd, 30 discos compactos, tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
- Libros, revistas y documentos impresos.
- Ocio: Cinco juguetes, incluyendo los de colección, y una consola de videojuegos, así como cinco videojuegos.
- Salud: Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como medicamentos de uso personal. Tratándose de sustancias psicotrópicas deberá mostrarse la receta médica correspondiente.
- Maletas, petacas, baúles y velices o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.
- Tabaco y alcohol: Tratándose de pasajeros mayores de 18 años, un máximo de 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco, hasta 3 litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.
- Un binocular y un telescopio.
- Dos instrumentos musicales y sus accesorios.
- Una tienda de campaña y demás artículos para campamento.
- Para los adultos mayores y las personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.
- Un juego de herramienta de mano incluyendo su estuche, que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.
- Hasta 3 mascotas o animales de compañía que traigan consigo, entendiéndose por estos: gatos, perros, canarios, hamsters, cuyos, periquitos australianos, ninfas, hurones, pericos, tortugas, aves silvestres de tamaño pequeño (excepto, rapaces), así como los accesorios que requieran para su traslado y aseo, siempre que presenten ante el personal de la aduana el certificado zoosanitario para su importación, expedido por la SAGARPA, en caso de tratarse de animales de vida silvestre, además deberá presentarse el Registro de Verificación expedido por la PROFEPA, que compruebe el cumplimiento de la regulación o restricción no arancelaria a que se encuentren sujetos.
La franquicia
Adicionalmente a su equipaje, el pasajero tiene derecho a introducir al país, libres de impuestos, mercancías por un monto total de hasta
- 500 dólares en caso de ingresar al país por vía aérea o marítima, o su equivalente en moneda nacional.
- 300 dólares en caso de ingresar por vía terrestre, o su equivalente en moneda nacional. (Durante las vacaciones de Navidad, Semana Santa y Verano la franquicia terrestre se incrementa a 500 dólares).
Es importante considerar lo siguiente:
- El valor de las mercancías que integran la franquicia se demuestra con los recibos de pago donde se expresa su valor comercial. Si se te pierden los recibos el agente aduanal hace uso entonces de tabuladores donde, claro está, no está considerado algún descuento o precio especial que hayas obtenido.
- Dentro de la franquicia no pueden incluirse bebidas alcohólicas, tabacos labrados, ni combustible automotriz. Existen otros productos que por control o monitoreo tampoco pueden incluirse dentro de la franquicia. En caso de duda es posible consultar directamente en el SAT (01800-463-6728).
- Las franquicias de los integrantes de una misma familia podrán acumularse, si éstos arriban a territorio nacional simultáneamente y en el mismo medio de transporte.
Recomendaciones finales
- Si tu viaje es por 5 días (sin importar si es por placer o por negocios) puedes introducir al país 5 pantalones, 5 pares de zapatos/tenis, 5 juegos de ropa interior… ¡Y no importa si son nuevos o usados! Así que no es necesario que mezcles la ropa nueva con la sucia, sino de que lo que traigas corresponda a tus días de estadía;
- No cometas el error de tirar tus notas – ni para «esconderlas del agente aduanal» -, ya que de no presentar tú la nota el agente recurrirá a su tabulador, donde el precio es muy posible que sea más alto de lo que tú hayas realmente pagado;
- Si estás trayendo recuerdos para tus familiares o algún regalo para un amigo, considera que puede pasar legalmente como parte de tu equipaje siempre que esté contemplado dentro de la lista anterior (por ejemplo: si llevas tu celular y le quieres traer uno a tu compadre no hay inconveniente, ya que tienes derecho de traer hasta 3 equipos);
- Si a pesar de lo anterior llegas a traer mercancía que no puedes pasar como parte de tu equipaje (por ejemplo, ropa para un bebé recién nacido – imposible que sea tuya -, o mayor número de prendas de los días de tu estadía), inclúyelo en tus $300 dólares de franquicia.
- Si aún así lo rebasas… Es el momento de determinar si vas a declarar o no. ¡Pero sólo declara aquello que no puedas considerar como parte de tu equipaje y que haya rebasado la franquicia! No cometas el error de declarar todo lo que compraste: Le estarías regalando innecesariamente tu dinero a hacienda.
- Y sobre declarar o no ese excedente… Ya es tu decisión atenerte a la suerte que no te toque revisión o hacer el trámite más sencillo y declarar lo que sabes que excedes. Y ya sea que declares o que el destino haya hecho que te revisen y el agente aduanal haya determinado aquello que excedes, considera que lo que tendrás que pagar es el 16% de lo que hayas introducido al país llenando el formato «Pago de Contribuciones al Comercio Exterior».
- Pero cuidado: si lo que excedes de franquicia y equipaje rebasase los $3000 dólares (o $4000 si introduces equipos de cómputo), entonces el proceso ya es otro ya que se considera importación comercial de mercancías.
- Sé prudente en la transportación de dinero. Más de 10 mil dólares (o equivalente en otra cualquier otra divisa) en efectivo o en documentos podrían provocar que seas detenido por la autoridad fiscal para demostrar el origen del dinero.
¡Éxito!
Notas de actualización del 12 de Diciembre de 2015
Se eliminaron como parte del equipaje: Una bicicleta estática, una caminadora estática, una máquina de escribir eléctrica.
Se agregó: Una agenda electrónica.
Este artículo fue publicado por primera vez en practifinanzas.com. Si tienes interés en compartirlo publicándolo en tu blog o página web (reblogging), por favor sigue esta liga.
¿Tienes alguna experiencia que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales seguramente enriquecerán a otros lectores. Si te gustó este artículo y te pareció de utilidad, te invitamos a suscribirte sin costo para que recibas los próximos directamente en tu cuenta de correo. Estamos seguros de que serán de tu interés. También te invitamos a dar clic en Me Gusta de Facebook.
Referencias
- Página del Programa Paisano
- Mercancía que puedes ingresar a México – SAT (Aduanas)
- Imagen: noticias.coches.com
Buenas, tengo una duda la cual es: desde hace tiempo eh estad comprando articulos electronicos en linea y estos llegan a un amigo que vive en texas y el me los trae ya que son pequeños pero esta ultima vez lo que compre fue el gabinete donde van las partes de una computadora de escritorio y mi pregunta es si esta se tiene que declarar por no ser incluido en esa lista o podria pasar sin problemas?
tiene un valor de 70dlls aprox
hola muchisismas gracias por la gran ayuda que nos brindas al responder cada uno de los comentarios, tengo una inquietud he buscado informacion sobre la a duana en Guatemala y no encuentro mayor cosa, yo vivo en Usa pero voy a viajar a Guatemala de vacaciones por 17 dias pero yo compre 9 pares de zapatos 5 de mujer, 2 de ni;os, y 2 de hombres, y por supuesto aparte voy a llevar mis pares de zapatos, dichos zapatos que compre no exceden de los $300 tu crees que tenga algun problema, muy agradecida por tu ayuda Dios te bendiga –
Hola Sonia!
Es un placer aportar mi granito de arena.
Desconozco las leyes guatemaltecas, pero en principio los zapatos que puedan considerarse tuyos son parte de tu equipaje, y para los demás puedes meterlos como parte de tu franquicia. En general todos los países manejan un monto de franquicia, pero este monto varía de un país a otro. Lo recomendable es que te comuniques a tu embajada (en esta liga puedes encontrar los teléfonos y direcciones de las diferentes embajadas y consulados de Guatemala en Estados Unidos) para que te den información más precisa.
Que tengas un feliz viaje.
Dios les bendiga a ti y a tu familia 🙂
Muy buenas Mauricio! tengo muchisimas dudas ya que en unos meses ire a Houston (soy de mexico) y quiero comprar una consola de videojuegos al igual que uno que otro juego, ropa y demas, pero al ver que en la lista de cosas permitidas veo que aun se mencionan los cassetes y rollos de camara por lo que es a mi parecer una lista desactualizada? puesto que si la consola hoyen dia la puedo pasar como algo mio imagino que seria sin su caja verdad? todo fuera de empaque cierto? y si en algun momento un agente aduanal me roba algo de mi equipaje puedo hacer algo? muchas gracias!!
Buenas Jorge!
El artículo está actualizado a estas fechas. Si menciona cassetes y rollos de cámara es porque quienes redactan las leyes consideran que aún es posible que alguien lleve consigo alguno de estos productos 😉
Respecto a llevarlos dentro o fuera del empaque, en general no tiene nada que ver con el pase de la aduana. Tu equipaje es tu equipaje, y si tú eres de las personas que gustan de preservar sus cosas en sus cajas, es tu decisión. Ahora bien, el verdadero problema está en el volumen: Las cajas son muy voluminosas y estorbosas, siendo complicado meterlas en maletas o cargarlas en bolsas y aún más si viajas en avión donde hay limitaciones de peso y espacio. Debido a estos últimos puntos más que a la aduana es que te recomendaría no llevarlos en sus empaque originales, o si así lo prefieres, sacarlos de sus cajas y éstas aplastarlas con cuidado siguiendo sus propios dobleces, de manera que puedas volver a armarlas en casa (ésto personalmente lo he hecho).
Que tengas un feliz viaje 😀
cuantos juegos de sabana para cama puedo traer del ecuador a colombia yque impuesto debo pagar?
Hola, antes que nada admiro tu paciencia de responder tantas preguntas iguales, trate de leer casi todo para aclara mi duda pero me cuesta trabajo en mi dispositivo movil, mi duda es si compro un reloj de 5,000 Uds, puede pasar como parte de mi equipaje? Me puedo traer la caja? O es conveniente traerme solo el reloj puesto, de antemano muchas gracias!!!
Hola, quisiera saber si un familiar de EU compra por mi unos casets de videojuegos viejos, para traermelos cuando vengan a México, considerarian el deposito y la impresion de compra de ebay como la factura de compra?, seria mejor considerarlos como articulos personales y en este caso ¿no necesitan la factura? porque como son viejos ya no se venden en las tiendas.
Hola Marco.
Todo depende de cuántos traiga. Recordemos que la autoridad aduanal tiene la atribución de confirmar el origen de cualquier artículo que considere no forme parte del equipaje del viajero. Por este motivo es mejor que lleve tu familiar consigo la impresión de compra de eBay, así, si lo dejan pasar sin preguntar, que bien por ustedes, pero si no, podrá comprobar el precio de los productos para que sobre de él calculen la franquicia y, encaso de exceder, calcular los impuestos por el excedente.
¡Éxito!
Hola amigo buenas noches,una pregunta sabras mas o menos cuanto pagaria por importar un motor que comprare en houston y crusarlo por laredo a sabinas hidalgo.me cuesta 1500 dlls muchas gracias a y tambien si sabes el procedimiento ya que nunca lo e hecho
Hola Víctor, buenos días.
En tu caso lo mejor que puedes hacer es buscar la asesoría de un agente aduanal. En particular no te puedo recomendar alguno en especial, pero en el directorio de tu localidad seguro deben haber varios.
¡Éxito!
Hola, tengo una duda. Quiero comprar una guitarra eléctrica a través de internet y que me la manden a México. En a tienda me comentan que han mandado a México sin problemas pero no se si tengo que pagar impuestos y en qué parte del proceso los pagaría. ¿hay alguna manera de no pagar impuestos si me la mandan como regalo o de pagar menos impuestos? La guitarra es bastante cara por lo que los impuestos me sacan de mi presupuesto.
Hola Andrés.
Tenemos un artículo al respecto que te podría ser de utilidad: Importaciones: Los pormenores al recibir productos del extranjero.
Si después de leer el artículo anterior te queda alguna inquietud, con gusto seguimos conversando 😉
¡Éxito!
PUEDO PASAR LLANTAS NUEVAS,??
ESTA PERMITIDO?
Buenos días Melissa.
Llantas nuevas rodándolas en tu vehículo, claro que sí. En la cajuela de tu auto tendrías que pagar los impuestos correspondientes. Para mayor información comunícate a INFOSAT (01800-463-6728) y solicita te comuniquen a Aduanas. Ahí te darán la información completa 😉
¡Éxito!
Los productos manofacturados en los Estados Unidos igual pagan 16% de impuesto o tiene beneficio de TLC, obviamente es una cantidad mayor por eso pregunto
Hola Rubén.
El TLC lo que hizo fue que no haya impuestos arancelarios (es decir, por introducir el producto al país), lo cual no incluye, por lo tanto, al IVA (que en pocas palabras es el 16% que se te retiene).
¡Éxito!
Que tal Mauricio, muchísimas gracias por tu entrada, es la única página que responde a todo lo que uno quiere saber cuando está de turista. Te tengo una pregunta, por motivos de trabajo estoy residiendo en Ciudad Juárez, me iré con menos de un mes de residir aquí y me he comprado electrodomésticos de segunda mano (un par de televisiones, artículos de cocina, etc) ¿que necesito para regresarme con ellos al interior del país? Ya que me imagino me pedirán algo en el retén aduanal del kilómetro 30..