Actualizado al 12 de Diciembre del 2015
Quienes tienen la oportunidad de viajar fuera del país (por trabajo, negocios o diversión), al regresar se enfrentan con una disyuntiva: ¿declarar o no declarar los productos que compró durante su viaje? Me ha tocado escuchar desde los que afirman que es mejor «jugársela» y no declarar nada hasta los que afirman que no hay nada como la tranquilidad por lo que lo mejor es declarar lo que se haya comprado, pasando por los que recomiendan mezclar la ropa nueva con la ropa sucia para así «engañar» a los de la aduana. Ante afirmaciones tan dispares decidí investigar, encontrando que existe una regulación clara al respecto la cual les comparto hoy de forma resumida y práctica:
Quien se encarga de regular la entrada de mercancías al territorio nacional es la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior siendo el brazo ejecutor las Aduanas dependientes del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda.
Dicha Regla, en su capítulo 3.2, nos habla de que TODO pasajero que ingrese al país (es decir turistas mexicanos de regreso a casa, paisanos que trabajan en el extranjero y que vienen de visita, así como extranjeros que entren a nuestro país en viajes de placer o de negocio), tiene derecho a traer consigo – sin pagar impuestos por ello – su propio equipaje y una franquicia.
El equipaje del pasajero
La reglamentación contempla como equipaje del pasajero en viaje internacional las siguientes mercancías sin importar si son nuevas o usadas:
- Bienes de uso personal: tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, incluyendo un ajuar de novia. Tratándose de bebés se incluyen los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.
- Electrónica: Dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (GPS); una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios.
- Deportes: Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero.
- Sonido: Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y un reproductor portátil de dvd; un juego de bocinas portátiles, y sus accesorios.
- Almacenamiento digital: Cinco discos láser, 10 discos dvd, 30 discos compactos, tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
- Libros, revistas y documentos impresos.
- Ocio: Cinco juguetes, incluyendo los de colección, y una consola de videojuegos, así como cinco videojuegos.
- Salud: Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como medicamentos de uso personal. Tratándose de sustancias psicotrópicas deberá mostrarse la receta médica correspondiente.
- Maletas, petacas, baúles y velices o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.
- Tabaco y alcohol: Tratándose de pasajeros mayores de 18 años, un máximo de 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco, hasta 3 litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.
- Un binocular y un telescopio.
- Dos instrumentos musicales y sus accesorios.
- Una tienda de campaña y demás artículos para campamento.
- Para los adultos mayores y las personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.
- Un juego de herramienta de mano incluyendo su estuche, que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.
- Hasta 3 mascotas o animales de compañía que traigan consigo, entendiéndose por estos: gatos, perros, canarios, hamsters, cuyos, periquitos australianos, ninfas, hurones, pericos, tortugas, aves silvestres de tamaño pequeño (excepto, rapaces), así como los accesorios que requieran para su traslado y aseo, siempre que presenten ante el personal de la aduana el certificado zoosanitario para su importación, expedido por la SAGARPA, en caso de tratarse de animales de vida silvestre, además deberá presentarse el Registro de Verificación expedido por la PROFEPA, que compruebe el cumplimiento de la regulación o restricción no arancelaria a que se encuentren sujetos.
La franquicia
Adicionalmente a su equipaje, el pasajero tiene derecho a introducir al país, libres de impuestos, mercancías por un monto total de hasta
- 500 dólares en caso de ingresar al país por vía aérea o marítima, o su equivalente en moneda nacional.
- 300 dólares en caso de ingresar por vía terrestre, o su equivalente en moneda nacional. (Durante las vacaciones de Navidad, Semana Santa y Verano la franquicia terrestre se incrementa a 500 dólares).
Es importante considerar lo siguiente:
- El valor de las mercancías que integran la franquicia se demuestra con los recibos de pago donde se expresa su valor comercial. Si se te pierden los recibos el agente aduanal hace uso entonces de tabuladores donde, claro está, no está considerado algún descuento o precio especial que hayas obtenido.
- Dentro de la franquicia no pueden incluirse bebidas alcohólicas, tabacos labrados, ni combustible automotriz. Existen otros productos que por control o monitoreo tampoco pueden incluirse dentro de la franquicia. En caso de duda es posible consultar directamente en el SAT (01800-463-6728).
- Las franquicias de los integrantes de una misma familia podrán acumularse, si éstos arriban a territorio nacional simultáneamente y en el mismo medio de transporte.
Recomendaciones finales
- Si tu viaje es por 5 días (sin importar si es por placer o por negocios) puedes introducir al país 5 pantalones, 5 pares de zapatos/tenis, 5 juegos de ropa interior… ¡Y no importa si son nuevos o usados! Así que no es necesario que mezcles la ropa nueva con la sucia, sino de que lo que traigas corresponda a tus días de estadía;
- No cometas el error de tirar tus notas – ni para «esconderlas del agente aduanal» -, ya que de no presentar tú la nota el agente recurrirá a su tabulador, donde el precio es muy posible que sea más alto de lo que tú hayas realmente pagado;
- Si estás trayendo recuerdos para tus familiares o algún regalo para un amigo, considera que puede pasar legalmente como parte de tu equipaje siempre que esté contemplado dentro de la lista anterior (por ejemplo: si llevas tu celular y le quieres traer uno a tu compadre no hay inconveniente, ya que tienes derecho de traer hasta 3 equipos);
- Si a pesar de lo anterior llegas a traer mercancía que no puedes pasar como parte de tu equipaje (por ejemplo, ropa para un bebé recién nacido – imposible que sea tuya -, o mayor número de prendas de los días de tu estadía), inclúyelo en tus $300 dólares de franquicia.
- Si aún así lo rebasas… Es el momento de determinar si vas a declarar o no. ¡Pero sólo declara aquello que no puedas considerar como parte de tu equipaje y que haya rebasado la franquicia! No cometas el error de declarar todo lo que compraste: Le estarías regalando innecesariamente tu dinero a hacienda.
- Y sobre declarar o no ese excedente… Ya es tu decisión atenerte a la suerte que no te toque revisión o hacer el trámite más sencillo y declarar lo que sabes que excedes. Y ya sea que declares o que el destino haya hecho que te revisen y el agente aduanal haya determinado aquello que excedes, considera que lo que tendrás que pagar es el 16% de lo que hayas introducido al país llenando el formato «Pago de Contribuciones al Comercio Exterior».
- Pero cuidado: si lo que excedes de franquicia y equipaje rebasase los $3000 dólares (o $4000 si introduces equipos de cómputo), entonces el proceso ya es otro ya que se considera importación comercial de mercancías.
- Sé prudente en la transportación de dinero. Más de 10 mil dólares (o equivalente en otra cualquier otra divisa) en efectivo o en documentos podrían provocar que seas detenido por la autoridad fiscal para demostrar el origen del dinero.
¡Éxito!
Notas de actualización del 12 de Diciembre de 2015
Se eliminaron como parte del equipaje: Una bicicleta estática, una caminadora estática, una máquina de escribir eléctrica.
Se agregó: Una agenda electrónica.
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Referencias
- Página del Programa Paisano
- Mercancía que puedes ingresar a México – SAT (Aduanas)
- Imagen: noticias.coches.com
Primero que nada gracias por tomarte el tiempo de contestar las preguntas, yo tengo una duda entonces puedo traer como parte de mi equipaje personal 3 celulares, 1 laptop(inclusive en su caja), 3 tablets, 1 consola de videojuegos SIN pagar impuestos? Y como parte de mi franquicia hasta cuantos Dolares si viajo en avion?
Mike, como he comentado ya en muchas otras ocasiones, el esquema de equipaje y franquicia está basado en la confianza, es decir, las autoridades aduanales confían en tu buena fe, con el objetivo de facilitar el traslado de personas y sus pertenencias. Pero si la autoridad sospecha que te estás pasando de listo, puede pedirte explicaciones, y si no le satisfacen, cobrarte los impuestos correspondientes.
Por otro lado, la franquicia es sobre productos, no sobre dinero en efectivo. Puedes transportar contigo hasta $9,999 USD… pero más allá de la reglamentación, considero que es muy poco prudente viajar con tanto dinero en la mano.
¡Éxito!
Hola buenas noches, primero te felicito y agradezco por el artículo y el tiempo para contestar dudas.
Solo quiero preguntar tu opinión, mañana voy a Laredo a comprar una paleta de juguetes la cual me dijeron que trae aproximadamente entre 30 y 40 juguetes de distintos tamaños.; La paleta me cuesta 350 dlls y me pueden dar una nota con hasta 300 dlls para poder ayudarme. Vamos tres personas en mi carro y solo vamos a traer eso; Esto se puede considerar como algo dentro de la franquicia de los 3 ? o hay algún problema considerando que es mucho de el mismo producto (juguetes), y que me puedan empezar a decir que lo quiero para vender?.
Me recomiendas mas declarar? Qué me recomiendas ?
De antemano muchas gracias y espero haberme explicado.
Hola Erik, buenos días.
En principio lo pueden pasar como parte de su franquicia afirmando que van a ser regalos para hijos y sobrinos o algo semejante. Eso sí: lleven consigo la nota para demostrar que costó menos de $300USD… Y si a la autoridad no le satisface la explicación, se calcule el impuesto sobre esos $300USD.
Lo que yo haría es tratar de pasarlo como franquicia. Lo peor que puede pasar es eso: que siempre te terminen cobrando el impuesto.
NOTA: Al igual que la autoridad estoy basándome en la confianza de que esos juguetes no los quieres para vender. Si son para hacer negocio, lo correcto es declarar su importe y consultar en INFOSAT (01800-463-6728 área de aduanas) si no tendrías algún problema por regulaciones arancelarias (he escuchado de situaciones en las que retienen los juguetes por su contenido de plomo hasta obtener los permisos correspondientes de la COFEPRIS).
¡Éxito!
Muchas gracias por esta informacion. La verdad, excelente para quienes viajamos. En estos dias salgo para Mexico por Nogales. Una consulta, somos tres los que viajamos, y me llevo mi laptop personal, mi iPad personal, y un laptop nuevo mas dos tabletas nuevas. Las tabletas son menos de $300.00 (voy por terrestre), pero el lap tiene un valor comprobado de $299.00. Ahora bien, si somos tres los que viajamos, no forma el laptop nuevo parte del equipo personal de cualquiera de los otros dos pasajeros. Ademas, si bien una considera que no tiene nada que declarar por lo antes mencionado, puede pasar sin declarar sin considerarse un delito de intentar pasar mercancia sin pagar, o es mejor declararlo de una vez y dejar que aduana toma una decision. De nuevo, gracias.
Hola Andrew, buenos días.
Por lo que escucho lo que estás pasando puede considerarse equipaje si lo distribuyen entre las tres personas que viajan. El que sea equipaje o no es decisión tuya, no de la aduana.La aduana no puede tomar esa decisión porque no lo sabe. E igual ocurre con la franquicia: tú eres la que decides qué metes en ella.
Como he comentado en el pasado, el equipaje y la franquicia están basados en la confianza para facilitar el tránsito de las personas y sus pertenencias. Mientras lo que transportes sea razonable a lo que declaras, no tendrás problemas. Sólo no hay que abusar de esa confianza 😉
¡Feliz viaje!
Hola ,Mauricio pues quiero comentarte q quiero comprar en aliexpress pañales ecologicos aprox 195 dólares con 50 unidades soy de México quisiera q me orientarás como hacer lo correcto para q no me retengan mi paquete en paquetería no se sí elegir dhl o fedex , y q debo escribirle a mi vendedor para no haber problemas , de igual forma frases en inglés pues solo habla en ese idioma ayúdame porfis
Hola amigo una ultima pregunta yo no cuento con la factura de compra pero si con las etiquetas del producto la que comunmente va pegada en la ropa con su precio, esa si me sirve o afuerza la factura? y una ultima pregunta mencionas que podemos llevar asta celulares pero pueden ser iguales los celulares o diferentes modelos y marcas te pregunto porque tengo 2 iphone 5 que use todo este tiempo uno es personal y uno del trabajo si me los podre llevar sin problema?
Hola nuevamente Luis.
Tu equipaje contempla tus dos celulares independientemente de su marca o modelo 😉
Respecto a las etiquetas, mientras tengan el logo de la tienda, el código del artículo y el precio explícito (incluyendo descuento si lo hubo) no debieras tener problemas. La nota de compra, sin importar que no sea factura (en estados unidos no se utilizan facturas), es aún más recomendable llevarla contigo.
Seguimos en contacto…
Hola, yo estoy pensando comprar unas cosas para mi negocio, según yo no hay problema, cotice en una empresa que hace envíos a México, se llama https://www.itcompraenusa.com y no estoy segura de pagar mas impuestos o no. Quiero pensar solo pagaré el producto/flete y nada mas, saben algo al respecto? Mi negocio es de autopartes.
Saludos,
hola! buenas tardes, mi duda es la siguiente, voy a mexico con un televisor de 27 pulgadas pero no tengo el recivo, paga impuestos?
hola, muy buena toda la informacion, mi pregunta es quiero comprar ropa de paca, con etiqueta, nueva de mc allen es posible que pase por la aduna, o me la retengan no quiero perder mi inversion o es mala idea ya que la quiero revender a qui
Hola Tamy, buenos días.
Con la ropa en volumen se tienen varias consideraciones que tomar por los acuerdos arancelarios existentes. Por ello mejor consulta directamente en la mata: el área de aduanas del SAT. Puedes contactarlos al 01800-463-6728.
Éxito con tu proyecto 😉
Te agradezco por la información actualizada, me sirvió de mucho pero quisiera preguntarte. Yo viajé a EUA por trabajo y traje la computadora personal, de regreso tengo que entrar a México tanto con la personal, como con la de trabajo que me dieron acá, ¿en este caso tendría que reportar y pagar los taxes solo de la de trabajo?
Gracias por tu respuesta y saludos.
excelente informacion y además actualizada al dia!!!
tarde mucho tiempo en encontrar en las páginas oficiales de migración esta información y tu artículo me sirvió demasiado
no sólo porque tiene la información al día sino también porque está tan clara con los ejemplos de entender
muchas gracias!
No hay de qué Victoria.
El saber que la información que compartimos es de utilidad es nuestra mejor recompensa 😉
¡Éxito en tus proyectos!