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¿Qué mercancías puedes ingresar a México sin pagar impuestos?

Mauricio Priego 06/May/2013 778

Mercancías puedes ingresar a México

Actualizado al 12 de Diciembre del 2015

Quienes tienen la oportunidad de viajar fuera del país (por trabajo, negocios o diversión), al regresar se enfrentan con una disyuntiva: ¿declarar o no declarar los productos que compró durante su viaje? Me ha tocado escuchar desde los que afirman que es mejor «jugársela» y no declarar nada hasta los que afirman que no hay nada como la tranquilidad por lo que lo mejor es declarar lo que se haya comprado, pasando  por los que recomiendan mezclar la ropa nueva con la ropa sucia para así «engañar» a los de la aduana. Ante afirmaciones tan dispares decidí investigar, encontrando que existe una regulación clara al respecto la cual les comparto hoy de forma resumida y práctica:




Quien se encarga de regular la entrada de mercancías al territorio nacional es la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior siendo el brazo ejecutor las Aduanas dependientes del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda.

Dicha Regla, en su capítulo 3.2, nos habla de que TODO pasajero que ingrese al país (es decir turistas mexicanos de regreso a casa, paisanos que trabajan en el extranjero y que vienen de visita, así como extranjeros que entren a nuestro país en viajes de placer o de negocio), tiene derecho a traer consigo – sin pagar impuestos por ello – su propio equipaje y una franquicia.

El equipaje del pasajero

La reglamentación contempla como equipaje del pasajero en viaje internacional las siguientes mercancías sin importar si son nuevas o usadas:

  • Bienes de uso personal: tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, incluyendo un ajuar de novia. Tratándose de bebés se incluyen los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.
  • Electrónica: Dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (GPS); una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios.
  • Deportes: Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero.
  • Sonido: Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y un reproductor portátil de dvd; un juego de bocinas portátiles, y sus accesorios.
  • Almacenamiento digital: Cinco discos láser, 10 discos dvd, 30 discos compactos, tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
  • Libros, revistas y documentos impresos.
  • Ocio: Cinco juguetes, incluyendo los de colección, y una consola de videojuegos, así como cinco videojuegos.
  • Salud: Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como medicamentos de uso personal. Tratándose de sustancias psicotrópicas deberá mostrarse la receta médica correspondiente.
  • Maletas, petacas, baúles y velices o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.
  • Tabaco y alcohol: Tratándose de pasajeros mayores de 18 años, un máximo de 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco, hasta 3 litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.
  • Un binocular y un telescopio.
  • Dos instrumentos musicales y sus accesorios.
  • Una tienda de campaña y demás artículos para campamento.
  • Para los adultos mayores y las personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.
  • Un juego de herramienta de mano incluyendo su estuche, que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.
  • Hasta 3 mascotas o animales de compañía que traigan consigo, entendiéndose por estos: gatos, perros, canarios, hamsters, cuyos, periquitos australianos, ninfas, hurones, pericos, tortugas, aves silvestres de tamaño pequeño (excepto, rapaces), así como los accesorios que requieran para su traslado y aseo, siempre que presenten ante el personal de la aduana el certificado zoosanitario para su importación, expedido por la SAGARPA, en caso de tratarse de animales de vida silvestre, además deberá presentarse el Registro de Verificación expedido por la PROFEPA, que compruebe el cumplimiento de la regulación o restricción no arancelaria a que se encuentren sujetos.

La franquicia

Adicionalmente a su equipaje, el pasajero tiene derecho a introducir al país, libres de impuestos, mercancías por un monto total de hasta

  • 500 dólares en caso de ingresar al país por vía aérea o marítima, o su equivalente en moneda nacional.
  • 300 dólares en caso de ingresar por vía terrestre, o su equivalente en moneda nacional. (Durante las vacaciones de Navidad, Semana Santa y Verano la franquicia terrestre se incrementa a 500 dólares).

Es importante considerar lo siguiente:

  • El valor de las mercancías que integran la franquicia se demuestra con los recibos de pago donde se expresa su valor comercial. Si se te pierden los recibos el agente aduanal hace uso entonces de tabuladores donde, claro está, no está considerado algún descuento o precio especial que hayas obtenido.
  • Dentro de la franquicia no pueden incluirse bebidas alcohólicas, tabacos labrados, ni combustible automotriz. Existen otros productos que por control o monitoreo tampoco pueden incluirse dentro de la franquicia. En caso de duda es posible consultar directamente en el SAT (01800-463-6728).
  • Las franquicias de los integrantes de una misma familia podrán acumularse, si éstos arriban a territorio nacional simultáneamente y en el mismo medio de transporte.

Recomendaciones finales

  • Si tu viaje es por 5 días (sin importar si es por placer o por negocios) puedes introducir al país 5 pantalones, 5 pares de zapatos/tenis, 5 juegos de ropa interior… ¡Y no importa si son nuevos o usados! Así que no es necesario que mezcles la ropa nueva con la sucia, sino de que lo que traigas corresponda a tus días de estadía;
  • No cometas el error de tirar tus notas – ni para «esconderlas del agente aduanal» -, ya que de no presentar tú la nota el agente recurrirá a su tabulador, donde el precio es muy posible que sea más alto de lo que tú hayas realmente pagado;
  • Si estás trayendo recuerdos para tus familiares o algún regalo para un amigo, considera que puede pasar legalmente como parte de tu equipaje siempre que esté contemplado dentro de la lista anterior (por ejemplo: si llevas tu celular y le quieres traer uno a tu compadre no hay inconveniente, ya que tienes derecho de traer hasta 3 equipos);
  • Si a pesar de lo anterior llegas a traer mercancía que no puedes pasar como parte de tu equipaje (por ejemplo, ropa para un bebé recién nacido – imposible que sea tuya -, o mayor número de prendas de los días de tu estadía), inclúyelo en tus $300 dólares de franquicia.
  • Si aún así lo rebasas… Es el momento de determinar si vas a declarar o no. ¡Pero sólo declara aquello que no puedas considerar como parte de tu equipaje y que haya rebasado la franquicia! No cometas el error de declarar todo lo que compraste: Le estarías regalando innecesariamente tu dinero a hacienda.
  • Y sobre declarar o no ese excedente… Ya es tu decisión atenerte a la suerte que no te toque revisión o hacer el trámite más sencillo y declarar lo que sabes que excedes. Y ya sea que declares o que el destino haya hecho que te revisen y el agente aduanal haya determinado aquello que excedes, considera que lo que tendrás que pagar es el 16% de lo que hayas introducido al país llenando el formato «Pago de Contribuciones al Comercio Exterior».
  • Pero cuidado: si lo que excedes de franquicia y equipaje rebasase los $3000 dólares (o $4000 si introduces equipos de cómputo), entonces el proceso ya es otro ya que se considera importación comercial de mercancías.
  • Sé prudente en la transportación de dinero. Más de 10 mil dólares (o equivalente en otra cualquier otra divisa) en efectivo o en documentos podrían provocar que seas detenido por la autoridad fiscal para demostrar el origen del dinero.

¡Éxito!

Notas de actualización del 12 de Diciembre de 2015

Se eliminaron como parte del equipaje: Una bicicleta estática, una caminadora estática, una máquina de escribir eléctrica.

Se agregó: Una agenda electrónica.

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Referencias

778 Comentarios »

  1. Avy 24/Sep/2014 en 12:46 pm - Responder

    Gracias por la info.
    Tengo un par de dudas. Si voy a declarar, entonces hago una maleta con los artículos que estoy declarando?
    Ya no revisaran el resto de mis maletas?

    • Mauricio Priego 25/Sep/2014 en 6:01 am - Responder

      No hay de qué Avy.
      Es atribución de la autoridad aduanal el revisarte o no todas tus maletas. Cuando entres de regreso al país apretarás un botón verde o rojo. Si te sale varde pasas sin que te revisen tus maletas, si es rojo te las revisan… Aunque he escuchado de muchos casos que cuando realizas tu declaración voluntaria y el volumen del equipaje es correspondiente a tu estancia, omiten la revisión del equipaje. Pero vuelvo a subrayar, el hacerlo o no es una decisión que corresponde a la autoridad aduanal.
      Feliz viaje 😉

  2. Ricardo M 24/Sep/2014 en 2:08 am - Responder

    Buen día Sr. Mauricio primero para felicitarlo excelente información y agradecer ya que me sera gran utilidad para mi viaje a estados unidos, sim embargo lo molestaría con dos preguntas si fuese tan amble:

    1.- En el concepto de franquicia puedo ingresar mi pertenencias que haya comprado con etiquetas de productos nuevos o se las tengo que retirar o de tenerlas generan algún otro impuesto?
    i2.- Viajo con mi esposa la franquicia es individual o son los 500 dollares en conjunto gracias y buen dia…!!!!

    • Mauricio Priego 24/Sep/2014 en 5:40 am - Responder

      Buenos días Ricardo, me alegra que la información te haya sido de utilidad 🙂
      De tus inquietudes… El que tengas etiquetas o no es irrelevante para ser considerado en la franquicia, para lo que te servirían es para demostrar cuánto te costaron los artículos, más por los descuentos realizados en caja, lo mejor es demostrarlo con tu nota de compra. Y sí, la franquicia es independiente por viajero, así que si viajan dos, sería de $1000USD 😉
      ¡Feliz viaje! 😀

  3. gustavo 22/Sep/2014 en 11:54 pm - Responder

    Hola Mauricio queria preguntarte, quiero traer un componente de un pc de escritorio ua motherboard, el costo de esta es 290 dls mas 30 dolares por garantia. La marca es MSI, para este articulo solo pago el 16 % de iva o podria incrementarse mucho mas? O no hay que pagar nada por no rebasar los 500 dls? Te agradeceria si me contestaras porque eh estado tratando de conseguir alguna informacion.

  4. Alfredo 19/Sep/2014 en 12:05 pm - Responder

    Si vas a comprar algo desde México en el exterior y no quieres pagar impuestos, entonces te recomiendo utilizar el envío mediante correo ordinario con número de rastreo, y que el valor del producto en la factura no pase los $300 dólares, yo he comprado celulares chinos en la página de http://www.vaultgadgets.net/celulares/smartphones sin pagar ningún peso de impuestos. Saludos a todos

  5. Emilio Inda 18/Sep/2014 en 1:16 pm - Responder

    Agradezco la información que se presenta, es de mucha utilidad. Ahora tengo una pregunta, he adquirido una bicicleta plegable para uso personal; es un artículo que pueda introducir a México?

    Gracias.

    • Ricardo HT 18/Sep/2014 en 5:44 pm - Responder

      Yo hable a inicio de año tanto al SAT como a la aduana de Laredo porque queria comprar una bicicleta de montaña. Basicamente me dijeron que mientras cupiera dentro de mi carro y fuese para mi uso entonces no habia problema ya que se considera equipo deportivo de uso personal por lo cual no tenia yo que pagar impuestos aduanales. A la semana fui por carretera a USA y la pase a Mexico sin ningun problema. Si te hace sentir mas seguro puedes hacer lo mismo, preguntar por telefono al info sat y tambien al area de aduana del puente internacional por donde planeas pasar. Saludos.

      • Mauricio Priego 19/Sep/2014 en 6:07 am - Responder

        Ricardo, gracias por compartirnos tu experiencia 😉
        ¡Éxito en tus proyectos!

  6. Hector 17/Sep/2014 en 4:15 am - Responder

    Hola, que tal…!!
    Solicito de su ayuda, por favor.
    He comprado una prenda de vestir en una pagina de internet, donde dice que el envio a Mexico es gratis.
    Ahora quiero saber, si tengo que pagar algo extra, como la importacion o a la hora que me entreguen el producto ?
    Por favor ayuda, me urge saber 🙁

    • Mauricio Priego 17/Sep/2014 en 5:50 am - Responder

      Hola Héctor, buenos días.
      Para tener la información de primera mano llama a INFOSAT (01800-463-6728) y pide te comuniquen a aduanas.
      ¡Éxito!

  7. Miguel Sosa 12/Sep/2014 en 12:21 pm - Responder

    Que tal, tengo una enorme duda que no me deja dar el paso, por ejemplo en una pagina de internet quiero comprar unas camisas , son como 10 por un precio de 2000 pesos MX, pero no se si al momento de entrar al país de lo retenga aduana y no tengo ni idea de cuanto tiempo me lo puedan retener o en este caso cuando me pueden cobrar de impuestos, espero aclaren mi duda, saludos!!!

  8. Velia Zambrano 10/Sep/2014 en 4:01 pm - Responder

    Hola.

    Unos amigos y yo vamos a comprar una silla de ruedas y un adaptador (motor) para la silla de ruedas para convertirla en triciclo, es para una amiga nuestra. Todo lo vamos a comprar en EEUU, sin embargo; tenemos la duda que si al cruzar los dos artículos vía terrestre por Tijuana nos cobren impuestos aduanales. Por lo que entiendo en la publicación, estos artículos están exentos de impuestos, pero nuestra amiga que es la persona que la utilizará no irá por ella, sino otra persona, habrá algún problema? Alguna recomendación al respecto. Mil gracias!!!

  9. Dom Mendoza 10/Sep/2014 en 3:32 pm - Responder

    Saludos Mauricio!! esta muy interesante todo lo que leo aqui mismo, me eh ledio casi todas las preguntas y respuestas, pero no encuentro lo que busco especificamente yo. Tengo un conocido de nacionalidad americana en USA, mi duda es si esta persona me puede enviar articulos principalmente ropa y zapatos como «regalos» para no pagar impuestos, es posible esto? o de que forma me puede enviar articulos sin pagar impuestos.

  10. Jovani 09/Sep/2014 en 1:16 am - Responder

    Muy buenas tardes acabo de adquirir una camara en ebay con un costo total de 577 usd con envio, quiero saber cuanto pagare de aduana? Al comprar no cheque que inluyera los costos de importacion

    Podria ayudarme con eso?

    • Mauricio Priego 09/Sep/2014 en 7:14 am - Responder

      Muy buenos días Jovani.
      Hasta el momento no me he topado con algún portal de comercio electrónico donde te incluyan los gastos de importación. ¿Cuánto vas a tener qué pagar? Lo mejor es que preguntes directamente en la mata: el SAT en su departamento de aduanas (INFOSAT: 01800-463-6728)
      ¡Éxito!

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