Actualizado al 12 de Diciembre del 2015
Quienes tienen la oportunidad de viajar fuera del país (por trabajo, negocios o diversión), al regresar se enfrentan con una disyuntiva: ¿declarar o no declarar los productos que compró durante su viaje? Me ha tocado escuchar desde los que afirman que es mejor «jugársela» y no declarar nada hasta los que afirman que no hay nada como la tranquilidad por lo que lo mejor es declarar lo que se haya comprado, pasando por los que recomiendan mezclar la ropa nueva con la ropa sucia para así «engañar» a los de la aduana. Ante afirmaciones tan dispares decidí investigar, encontrando que existe una regulación clara al respecto la cual les comparto hoy de forma resumida y práctica:
Quien se encarga de regular la entrada de mercancías al territorio nacional es la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior siendo el brazo ejecutor las Aduanas dependientes del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda.
Dicha Regla, en su capítulo 3.2, nos habla de que TODO pasajero que ingrese al país (es decir turistas mexicanos de regreso a casa, paisanos que trabajan en el extranjero y que vienen de visita, así como extranjeros que entren a nuestro país en viajes de placer o de negocio), tiene derecho a traer consigo – sin pagar impuestos por ello – su propio equipaje y una franquicia.
El equipaje del pasajero
La reglamentación contempla como equipaje del pasajero en viaje internacional las siguientes mercancías sin importar si son nuevas o usadas:
- Bienes de uso personal: tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, incluyendo un ajuar de novia. Tratándose de bebés se incluyen los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.
- Electrónica: Dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (GPS); una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios.
- Deportes: Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero.
- Sonido: Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y un reproductor portátil de dvd; un juego de bocinas portátiles, y sus accesorios.
- Almacenamiento digital: Cinco discos láser, 10 discos dvd, 30 discos compactos, tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
- Libros, revistas y documentos impresos.
- Ocio: Cinco juguetes, incluyendo los de colección, y una consola de videojuegos, así como cinco videojuegos.
- Salud: Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como medicamentos de uso personal. Tratándose de sustancias psicotrópicas deberá mostrarse la receta médica correspondiente.
- Maletas, petacas, baúles y velices o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.
- Tabaco y alcohol: Tratándose de pasajeros mayores de 18 años, un máximo de 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco, hasta 3 litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.
- Un binocular y un telescopio.
- Dos instrumentos musicales y sus accesorios.
- Una tienda de campaña y demás artículos para campamento.
- Para los adultos mayores y las personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.
- Un juego de herramienta de mano incluyendo su estuche, que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.
- Hasta 3 mascotas o animales de compañía que traigan consigo, entendiéndose por estos: gatos, perros, canarios, hamsters, cuyos, periquitos australianos, ninfas, hurones, pericos, tortugas, aves silvestres de tamaño pequeño (excepto, rapaces), así como los accesorios que requieran para su traslado y aseo, siempre que presenten ante el personal de la aduana el certificado zoosanitario para su importación, expedido por la SAGARPA, en caso de tratarse de animales de vida silvestre, además deberá presentarse el Registro de Verificación expedido por la PROFEPA, que compruebe el cumplimiento de la regulación o restricción no arancelaria a que se encuentren sujetos.
La franquicia
Adicionalmente a su equipaje, el pasajero tiene derecho a introducir al país, libres de impuestos, mercancías por un monto total de hasta
- 500 dólares en caso de ingresar al país por vía aérea o marítima, o su equivalente en moneda nacional.
- 300 dólares en caso de ingresar por vía terrestre, o su equivalente en moneda nacional. (Durante las vacaciones de Navidad, Semana Santa y Verano la franquicia terrestre se incrementa a 500 dólares).
Es importante considerar lo siguiente:
- El valor de las mercancías que integran la franquicia se demuestra con los recibos de pago donde se expresa su valor comercial. Si se te pierden los recibos el agente aduanal hace uso entonces de tabuladores donde, claro está, no está considerado algún descuento o precio especial que hayas obtenido.
- Dentro de la franquicia no pueden incluirse bebidas alcohólicas, tabacos labrados, ni combustible automotriz. Existen otros productos que por control o monitoreo tampoco pueden incluirse dentro de la franquicia. En caso de duda es posible consultar directamente en el SAT (01800-463-6728).
- Las franquicias de los integrantes de una misma familia podrán acumularse, si éstos arriban a territorio nacional simultáneamente y en el mismo medio de transporte.
Recomendaciones finales
- Si tu viaje es por 5 días (sin importar si es por placer o por negocios) puedes introducir al país 5 pantalones, 5 pares de zapatos/tenis, 5 juegos de ropa interior… ¡Y no importa si son nuevos o usados! Así que no es necesario que mezcles la ropa nueva con la sucia, sino de que lo que traigas corresponda a tus días de estadía;
- No cometas el error de tirar tus notas – ni para «esconderlas del agente aduanal» -, ya que de no presentar tú la nota el agente recurrirá a su tabulador, donde el precio es muy posible que sea más alto de lo que tú hayas realmente pagado;
- Si estás trayendo recuerdos para tus familiares o algún regalo para un amigo, considera que puede pasar legalmente como parte de tu equipaje siempre que esté contemplado dentro de la lista anterior (por ejemplo: si llevas tu celular y le quieres traer uno a tu compadre no hay inconveniente, ya que tienes derecho de traer hasta 3 equipos);
- Si a pesar de lo anterior llegas a traer mercancía que no puedes pasar como parte de tu equipaje (por ejemplo, ropa para un bebé recién nacido – imposible que sea tuya -, o mayor número de prendas de los días de tu estadía), inclúyelo en tus $300 dólares de franquicia.
- Si aún así lo rebasas… Es el momento de determinar si vas a declarar o no. ¡Pero sólo declara aquello que no puedas considerar como parte de tu equipaje y que haya rebasado la franquicia! No cometas el error de declarar todo lo que compraste: Le estarías regalando innecesariamente tu dinero a hacienda.
- Y sobre declarar o no ese excedente… Ya es tu decisión atenerte a la suerte que no te toque revisión o hacer el trámite más sencillo y declarar lo que sabes que excedes. Y ya sea que declares o que el destino haya hecho que te revisen y el agente aduanal haya determinado aquello que excedes, considera que lo que tendrás que pagar es el 16% de lo que hayas introducido al país llenando el formato «Pago de Contribuciones al Comercio Exterior».
- Pero cuidado: si lo que excedes de franquicia y equipaje rebasase los $3000 dólares (o $4000 si introduces equipos de cómputo), entonces el proceso ya es otro ya que se considera importación comercial de mercancías.
- Sé prudente en la transportación de dinero. Más de 10 mil dólares (o equivalente en otra cualquier otra divisa) en efectivo o en documentos podrían provocar que seas detenido por la autoridad fiscal para demostrar el origen del dinero.
¡Éxito!
Notas de actualización del 12 de Diciembre de 2015
Se eliminaron como parte del equipaje: Una bicicleta estática, una caminadora estática, una máquina de escribir eléctrica.
Se agregó: Una agenda electrónica.
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Referencias
- Página del Programa Paisano
- Mercancía que puedes ingresar a México – SAT (Aduanas)
- Imagen: noticias.coches.com
Hola que tal, estuve leyendo pero aún no entiendo muy bien eso de la franquicia y la mercancía, yo personalmente quiero comprar una computadora de escritorio en USA ya que su precio-caracteristicas es mucho mejor alla que aqui, soy de la capital y viajando seguramente en via aerea, pero me gustaria que me dijeran por favor el caso de la terreste tambien, por si cambio y me voy a traves de monterrey.
Tengo dos casos:
Una computadora de escritorio con valor de 300 dolares, peso 14 kgs CPU, 6 kgs monitor.
o
Una computadora de escritorio con valor de 1500 dolares, peso de 14 kgs CPU, 6 kgs monitor
El peso da 20 kgs, asi que teoricamente si cabe en la maleta no excederia los 23 kgs permitidos pero acerca del valor?
Es que no entiendo que se paga ya que este tipo de computadoras no entran como equipaje personal.
P.D.La verdad preferiria que la mandaran, pero esto es aún mas confuso para mi y no tengo a nadie por alla 🙁 Y he visto a traves de intermedarios pero cobran el ahorro que te haces por el equipo xD
quisiera traer ropa usada de laredo
lo que complete con 500 dolares podre?
Muy buena info . Pero quisiera tu ayuda en algo que me está volviendo loco ya hace meses . Me quieren mandar por Paquetería ropa de Tijuana que en su mayoría es usada pero no se cuenta con las facturas. Y en la paquetería dicen que necesito declararla en Aduana y ahí te dan un pedimento de importación que es lo que se necesita para mandar las cosas ya que Tijuana se considera ciudad fronteriza. Mis preguntas son ¿ Si me pueden dar el pedimento de importación sin que tenga factura alguna? U otra forma ¿ Podría decirle a mi familiar que se lleve las cosas en su carro a otra ciudad donde te permitan enviar cosas sin ese documento y como cuales serían esas ciudades?, ya que también dicen que se corre el peligro por que puede haber retén de Aduana y pueden confiscar las cosas al no tener este documento O ¿ Como le hago para tener esas cosas en mi casa?. Te lo agradecería
Que tal!
Hace un par de semanas compre algunos juguetes en Estados Unidos a traves de ebay , nuevos en su empaque. Y las envíe a unos conocidos que tengo ayá que posteriormente me los van a mandar por tierra. Mis preguntas son: ¿cuantas cosas me pueden enviar de ayá para acá en un paquete? ¿Pueden ser repetitivos, o debe ser un lote variado? ¿El echo de que estén nuevos amerita que me cobren algun impuesto adicional en aduana?
Saludos
Hola Mauricio, antes que nada te felicito ya que este post me a ayudado mucho a entender el tema de la aduana en México; pero tengo unas dudas, mi prima va a ir este 18 de agosto a Nueva York por viaje de placer y planeo pedirle varias cosas de allá, no excederían los $500 USD pero si querría ropa que obvió se ve que es de hombre ¿tendría que declararla? o podría pasarla y si le preguntan decir que es un regalo para la familia.
Otra duda es que recientemente realice un viaje nacional y me gusto un set de perfumes en una Duty Free Shop pero no lo pude comprar por que era viaje nacional y no salía hacia EUA entonces planeaba pedirle dicho set que lo compraría en el Aeropuerto de aquí de México a su salida, la pregunta es: ¿debe de declarar los perfumes? o ¿tiene que pagar obligatoriamente ya que son productos libres de impuesto para usarse en el extranjero?,
espero me puedas ayudar.
Un cordial saludo.
Hola! Que tal? Tengo una duda… Yo quiero ir de compras a San Diego un día, regresar a dormir a Tijuana y al otro día volver a EUA. Sabe si esta permitido hacer esto? Muchas gracias de antemano.
Hola Ana, buenos días.
Amigos que viven en Tijuana me dicen que en realidad los mexicanos no podemos estar entrando y saliendo a cada rato de EEUU. Desconozco el detalle… lo que sí es que con lo que se tarda el cruce, quizá pierdas demasiado tiempo por hacer la ida y regreso diario.
¿Nos compares después cómo es en realidad? Estoy seguro que sería de interés para muchos otros lectores 😉
¡Éxito!
hola!
yo estaba pensando en comprar una guitarra electrica que vale 450dlls con impuesto incluido, la puedo pasar por via terrestre sin ningun problema?
Hola Javier.
Un instrumento musical puedes pasarlo sin problema 😉
Éxito con las rolas!!!
Quiero cruzar un ps4 consola de video juegos de sandiego a tijuana fue un regalo de mi hermano me lo ban a quitar cuando cruze la linea a sia tijuana
Hola Ricardo.
No tienen por qué quitartelo. Tienes derecho a una consola personal de videojuegos como parte de tu equipaje 😉
Disfrútalo 😉
Mi duda es un tanto diferente veras, me fui a trabajar a Ensenada y me traje muchas cosas conmigo del DF, guitarras bocinas amplificador Televisores pedalera, 2 consolas y 2 consolas portatiles, 2 microfonos. Mi duda es cuando me quiera regresar al DF nuevamente me dicen que hay puestos aduanales que te tartan como si lo que cargas lo hubieses comprador en el estranjero, en sonorita y no se donde mas(si hubiera forma de evitarlos major), tambien traje mi auto con placas del df, donde pienso hechar todas mis cosas y regresarme en el momento que ya no halla chamba aqui en Ensenada, lo cual no se cuando suceda. el caso es: tengo que pagar impuesto de estas cosas pues existen cosas que ya perdi la factura pues tienen años de aver sido compradas y pagado su impuesto?
todo es usado, me van a tartar como si estubiera cruzando la frontera siendo que ya estoi en mexico?, son las mismas reglas que al pasar la frontera?, practicamente seria una mudansa de Ensenada a mexico df. que puedo hacer para ampararme llegado ese momento? deporsi el viaje me va a salir caro no quiero pagar otra vez impuesto de lo que ya es mio. y ya pague impuesto
Hola Víctor, buenas tardes.
Lo que comentas es un verdadero abuso: Si entendí bien quieres llevar tus pertenencias de Ensenada (México) al DF (México)… ¡Nunca sales del país! Y en México está protegida por la constitución el libre tránsito de personas y mercancías…
Pero mi duda es: llegado el momento, que puedo hacer para evitar problemas?
Hola Mauricio, estoy pensando importar de China accesorios para celular como fundas de la marca de victoria secrets, el total sería $145 USD, el detalle es que no sé si aduana va considerar como productos réplicas y me los confiscara, qué tengo que hacer en esos casos? cómo puedo importar la mercancía sin que tenga problemas?
Hola David, buenos días.
Honestamente no conozco el reglamento o ley por lo cual se confisquen productos «réplicas»…
Éxito en tu proyecto