Hace un par de meses en la empresa donde laboro dieron unos asesores sobre fondos para el retiro una plática sobre una estrategia para incrementar el monto que recibirás de pensión aprovechando el régimen de seguro voluntario del IMSS. Si bien es útil únicamente para quienes ya se encuentran cerca de su edad de jubilación (quienes rondan los 60 años y aún no se jubilan/pensionan), al final todos llegaremos a ese momento, por lo que me dí a la tarea de buscar más información al respecto para compartirla con ustedes. Lo que encontré es un artículo muy completo de PensionesImss, consultora especializada en pensiones, el cual les reproduzco. Y si aún estás lejos de jubilarte, compártelo con tus padres, familiares o amigos que pudieran verse beneficiados… Estoy seguro que te lo agradecerán.
Cuando se habla del Regimen Voluntario o Modalidad 40 del IMSS el objetivo es contestar las dos siguientes preguntas:
a) ¿Qué pasa con mi Pensión del IMSS si antes de cumplir los 60 años me quedo sin relación laboral?
b) ¿Cómo utilizo el Régimen Voluntario del IMSS o Modalidad 40 a mi favor para incrementar mi Pensión Mensual?
A continuación contestaremos estas preguntas:
Es importante tomar en cuenta que si ya estás muy Cerca del Retiro y no estás cotizando al IMSS de forma Obligatoria, es decir, mediante un trabajo remunerado o patronal. Debido a que ya no encontraste trabajo o estás trabajando por cuenta pero cuentas con muchos años cotizados al IMSS en el pasado deberás seguir los consejos que esta sección te da para poder conservar tus derechos de poderte jubilar al cumplir los 60 años.
O haz cotizado en lo últimos años con un salario muy bajo y consideras que esto tendrá un efecto adverso en el cálculo de tu pensión.
Al dejar de cotizar dejas de sumar cotizaciones y hay que tener el cuenta el término “Conservación de Derechos”
La conservación de derechos según la Ley del IMSS de 1973 se define como un periodo de gracia que da la posibilidad de exigir tu pensión a los 60 años cuando dejaste de cotizar antes de cumplirlos.
¿Cómo funciona?
Por cada cuatro años que tu hayas cotizado al IMSS la conservación de derechos te da un 1 año de periodo de gracia. Para entender este concepto veamos un ejemplo:
Edad del Trabajador sin relación Laboral 55 años.
Años cotizados al IMSS antes de perder su relación laboral 32 años.
Es común oír rumores entre las personas que podría solicitar su Pensión Anticipada, pero esto no es posible porque uno de los requisitos básicos es tener 60 años cumplidos.
¿Podrá el trabajador solicitar su pensión a los 60 años sin cotizar más?
Si debido a que la conservación de derechos le da 1 año de gracia por cada 4 que cotizo por lo tanto al haber cotizado 32 años esto le da una conservación de derechos de 8 años, se divide los años cotizados entre 4. Por lo tanto podrá pedir su pensión a los 60 años.
Ahora veamos la alternativa para que siga cotizando los próximos 5 años y pueda mejorar su Pension.
Para seguir sumando cotizaciones y mejorar nuestro salario promedio y extender nuestra conservación de derechos, existe, el Regimen Voluntario o conocido como Continuación en el Regimen Voluntario donde se podrá cotizar como mínimo, con el ultimo Salario Base de Cotización percibido y máximo, hasta 25 veces el salario mínimo actual de $62.33 pesos diarios, es decir, $46,747.50 pesos.
La cuota Obrero Patronal, que deberás pagar mensualmente en el Regimen Voluntario, es el 10.075% del Salario Mensual, que desees cotizar. En el Tope Máximo sería un aporte mensual de $4,709.81 pesos.
Es importante recalcar que de este 10.075% que se aporta mensualmente el equivalente a 19.85% de este total se enviará a la Afore y podrá ser recuperado al momento de la jubilación. En el ejemplo anterior si se aporta mensualmente los $ 4,709.81 pesos se recuperarán $934.95 pesos. Esto hace que la evaluación financiera en el tiempo tenga que considerarse.
La idea del Regimen Voluntario o Modalidad 40 es poder aumentar el monto del promedio salarial lo más posible ya el salario promedio es un factor determinante en el Cálculo de la Pensión. Lo mejor es llevar el salario promedio al maximo pero si no es posible por el monto de las cuotas que hay pagar habrá que aumentarlo con lo que tu presupuesto alcance.
Para tener derecho de inscripción al Regimen Voluntario o Modalidad 40 ante el IMSS
Debes Inscribirte antes de vencer 5 años, a partir de la fecha de baja del último patrón y tener como mínimo 52 semanas cotizadas en los últimos 5 años.
Liga al artículo original: ¿COMO INCREMENTAR MI PENSION? Regimen del Seguro Voluntario IMSS o Modalidad 40
HOLA BUENAS NOCHES A TODOS, DA GUSTO ENCONTRAR UN FORO COMO ESTE.
EN MAYO DEL 2013 ME DI DE BAJA COMO EMPLEADO DESPUÉS DE UN AÑO DE TRABAJO CON LA FINALIDAD DE REACTIVARME EN EL IMSS.
EMPECE A LABORAR DESDE EL 72 EN DIFERENTES EMPRESAS ACTUALMENTE TENGO COTIZADAS 765 SEMANA DE ACUERDO A LA INFORMACIÓN DEL IMSS, EN EL ULTIMO EMPLEO TUVE UN SALARIO DE 4,565 PESOS MENSUALES, TENGO 58 AÑOS DE EDAD PERO QUIERO HACER APORTACIONES VOLUNTARIAS PARA INCREMENTAR MI PENSIÓN, DICHAS APORTACIONES PODRÍAN SER POR 4 O 5 AÑOS, POR UNA CANTIDAD DE 3,200 MENSUALES, SERÍA CORRECTO ESTO? Y A QUE PENSIÓN PUEDO ASPIRAR?
AGRADEZCO DE ANTEMANO SU CONSEJO. SALUDOS.
Alberto, la estrategia que pretendes seguir es razonable y conozco algunas personas que lo han realizado de forma exitosa.
Ahora bien, determinar cuánto vas a recibir de pensión gracias a tu estrategia es algo que no sé determinar. Sin embargo un lector del blog a eso se dedica: a asesorar en temas de trámite de pensión… Si lo deseas puedo ponerlos en contacto 😉
Quedo a tus órdenes…
se me paso poner en mi comentario que tengo ya 32 años laborando.
buena tardes,
Son interesantes todos los comentarios que hacen,
Yo tengo 57 años y un sueldo de $ 280.00 diarios, si me aumentan el sueldo me lo toman en cuenta para mi pensión, quiero pensionarme a los 60 años si dios quiere.Ando preocupada porque me hicieron un comentario que con el sueldo que tengo tendría una pensión aprox. de $ 4,500.00 ; con esa pensión y en estos tiempos creo no me alcanzaría.
Quisiera me dieran su opinión.
Margarita, buenas tardes.
En términos generales tu pensión será determinada en base al promedio de tu salario ante el IMSS de los últimos 5 años al momento de tramitar tu retiro. Es decir, si te subieran en este momento tu sueldo, no te pensionarías con el mismo sino con el promedio de estos dos años a $280 diarios y los últimos 3 con el nuevo.
Había una calculadora de la CONSAR en Internet para realizar este tipo de cálculos… Desgraciadamente la deshabilitaron (espero que temporalmente). Si vuelven a activarla, te aviso 😉
¡Éxito!
TU PENSIÓN DEPENDE MUCHO DE LAS SEMANAS COTIZADAS QUE TENGAS REGISTRADAS ANTE EL IMSS. Y DEL PROMEDIO DE TU SALARIO DE LOS ÚLTIMOS 5 AÑOS, SI GUSTAS TE PODRÍA HACER UN CALCULO DE TU PENSIÓN, Y EL MONTE QUE PAGARÍAS AL RÉGIMEN VOLUNTARIO CON DIFERENTES ALTERNATIVAS…
SOY ESPECIALISTA EN TRAMITES DE JUBILACIÓN.
me pudieras enviar tu correo y cel por favor christian, gracias
Mauricio, tengo un familiar que pidió pensión y el ultimo año cotizo con 20 mil mensuales pero los 4 años anteriores a ese NO COTIZO , esto le afecta en su promedio ? es decir el IMSS divide el sueldo del ultimo año entre los cinco años? por que de ser así su pensión sería muy baja y que puede hacer si ya la solicito. Gracias por tus asesorias y consejos
Hola Aron,
Lo que le afecta no son los cuatro años que no cotizó, sino el salario promedio que tuvo durante los últimos 4 que sí cotizó. Se puede solicitar al IMSS un reporte de semanas cotizadas donde se tienen los salarios del trabajador y con la cual se podría calcular cuánto le correspondería de pensión. Para solicitar las semanas cotizadas sigue esta liga, y para tener un aproximado de cuánto podría recibir de pensión pueden utilizar nuestra calculadora gratuita la cual encuentras siguiendo esta otra liga.
Cualquier duda no tengo inconveniente de seguir conversando 😉
¡Éxito!
me pudieran asesorar si me puedo pensionar antes de los sesenta años, me comentaron que tengo que tener los suficientes fondos en mi cuenta individual para tener una pension por renta vitalicia, que es eso y a quienes aplica..gracias
Mario, el detalle de pensionarte antes de los 60 años es que no te dan el 100% de tu pensión sino una parte proporcional. Sin embargo, hay un lector de Practifinanzas que es experto en el tema siendo su trabajo precisamente asesorar en estas lides. Si te interesa coméntame y los pongo en contacto a través de correo electrónico.
Éxito!
gracias mauricio te voy agradecer bastante me contactes con esta persona
Tengo 53 años y actualmente estoy cotizando a imss en 1986 coticé 52 semanas y cuando cumpla 60 años tendré un total de 495 semanas cotizadas , puedo cotizar las 5 semanas aun despues de haber cumplido 60 .
Así es Alfonso. Puedes continuar trabajando después de cumplir los 60 años y con ello seguir sumando semanas cotizadas.
Éxito!
Que interesente lo que publican, gracias, da gusto encontrar paginas asi de serias:
Mi duda es, mi esposo tiene 68 años, y semanas cotizadas al 2006 2,200 ha seguido trabajando todos estos años, pero no quiere pensionarse porque tiene un salario muy bajo, como ya supero los 65, podría tener problemas después para pensionarse?
Buenos días Claudia. Gracias por compartir tu amable opinión sobre nosotros… Hace que el esfuerzo valga la pena 😉
Si tu esposo quiere seguir trabajando, y lo más importante, tiene la energía y voluntad para hacerlo, Enhorabuena! En el momento que decida pensionarse podrá hacerlo, calculándose su pensión en base al promedio de su salario en los últimos 5 años trabajados.
Ahora bien… Algo que sí les recomendaría es revisar con su Afore que todo esté en orden. Tristemente sé de muchos casos en los que el trabajador descubre al momento de tramitar su pensión que no le están reconociendo todas sus semanas, o que su RFC está mal, o que su NSS es incorrecto… En fin, errores que lleva su tiempo corregir. Es mejor verificarlo de forma oportuna y no ver que se atrasa el pago de su pensión o que se recibe menos de lo que les corresponde sólo por no haberlo visto a tiempo.
Éxito!
Mi esposo murió hace dos años. Me dieron la pensión por viudez. Cotizó con 1534 semanas. El empezó a trabajar a los 14 años y murió a los 54. Nunca me percaté de que en la resolución vienen las semanas desde 1982 a la fecha en que él murió porque no sabía que el IMSS refleja nada más desde el 82 para acá.
Afectó ese lapso de tiempo la pensión? Hay algo que pueda yo hacer para que se tome el número correcto de semanas? Gracias por su atención
Cecilia, lamento el fallecimiento de tu esposo.
Se paga el 100% de la pensión a partir de los 30 años trabajados (por ello es de 1982 a la fecha), de manera que los años adicionales que comentas no significan un incremento en el dinero que recibes… En otras palabras, el tiempo y esfuerzo que invertirías para que reconozcan los años adicionales no te reportarían mayor beneficio.
Cualquier duda adicional, aquí seguimos 🙂
gracias por su publicacion esta muy interesante e ilustrativa, saludos
Oscar, el que te sea de utilidad la información es mi mayor recompensa 🙂
Éxito!
POR FAVOR ME PODRÁN MANDAR ESTÁ INFORMACIÓN A MI CORREO? PORQUE DE VERDAD ME ES MUY ÚTIL. GRACIAS POR SUS APORTACIONES A ESTOS TEMAS Y QUE SIGAN PUBLICANDO MUCHO MÁS.
Liliana, gracias por tu interés en nuestros artículos. Que sean de utilidad es nuestra mayor satisfacción.
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Éxito!
hola quisiera recibir informacion relacionado a los temas que a qui tratan, muy interesantes..felicidades
Mario, gracias por tus comentarios y por el interés que expresas en los temas que tratamos 🙂
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¡Éxito!