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Calculadora para estimar si tienes impuesto a favor (Empleados y Asalariados)

Mauricio Priego 19/Abr/2012 166
Calculadora para estimar si tienes impuesto a favor (Empleados y Asalariados)

calculador impuestos personas físicasLas personas que trabajamos para otros en un empleo y recibimos nuestro ingreso a través del pago de un sueldo o un salario, no estamos acostumbrados a hacer declaraciones a Hacienda ya que, al ser corresponsables por ley, los patrones son quienes nos retienen cada vez que nos pagan un porcentaje de nuestro salario por concepto de impuestos y cada año realizan nuestra declaración anual. Sin embargo, los asalariados también tenemos derecho a deducir algunos gastos con lo cual se reduce la cantidad de impuesto que debemos de pagar, y si se nos retuvieron impuestos de más, entonces tenemos el derecho de solicitar a Hacienda la devolución del excedente. El día de hoy el equipo de Practifinanzas compartimos con ustedes una herramienta gratuita que les permitirá determinar cuánto dinero podrían recuperar en caso de deducir sus gastos.

La herramienta es sencilla de utilizar, necesitando como información básica:

    • El total de percepciones que tuviste en el año en cada uno de tus trabajos, incluyendo bonos y comisiones, los cuales puedes consultarlos en tus recibos de nómina;
    • El subsidio al empleo, el cual es una parte del pago de tus impuestos que te subsidia el gobierno. En muchos de los casos lo puedes encontrar también en tus recibos de nómina;
    • Retención total del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por cada uno de tus trabajos, la cual también encuentras en tus recibos de nómina;
      • Gastos funerales
      • Donativos
      • Intereses por créditos hipotecarios
      • Aportaciones voluntarias al ahorro para el retiro
      • Primas de seguros médicos
      • Colegiaturas
    • Transporte escolar

Al no estar acostumbrados a hacer nuestras propias declaraciones ni a deducir impuestos, es muy probable que para este momento no tengas facturas de tus gastos deducibles, con lo cual no puedes comprobar a hacienda que realizaste esos pagos y por tanto no tiene sentido  el que hagas la declaración buscando la devolución de impuestos. Sin embargo, si sabes lo que pagas por cada uno de esos gastos y calculas cuánto es aproximadamente al año, puedes darte una idea cercana de cuánto dinero estás dejando de recuperar… y con ello encontrar la motivación suficiente para que a partir de hoy pidas que se te facturen estos gastos y vayas juntando tus facturas para la declaración del próximo año.

Liga para acceso a la herramienta

Liga a calculadora fiscal

Guía para uso de la herramienta

Ten en cuenta que Abril es el mes en el que los trabajadores, o nuestros patrones a nuestro nombre, realizamos nuestra declaración anual. Pero no te sientas presionado por el tiempo… Es posible que tu patrón realice tu declaración anual y posteriormente tú realices una declaración complementaria, en la cual solicites la devolución del impuesto a tu favor de ser el caso.

También es importante que recuerdes que el objetivo de esta herramienta es el proporcionarte un aproximado de cuánto podrías recuperar… o de cuánto te faltaría por pagar. Está fuera de su alcance el verificar que los comprobantes de pago que tienes en tu poder cumplen con los requisitos fiscales, o si alguno de los gastos que estás considerando se encuentran efectivamente contemplados por la ley fiscal. Por tanto, no debes considerar los resultados que genere como definitivos.

Si nunca has realizado una declaración podrías acercarte a los módulos de asesoría gratuita del SAT, aunque en lo personal te sugeriría acercarte con un Contador Público para que te asesore. Sus servicios no serán gratuitos seguramente, pero si pueden ser cubiertos por los impuestos que pretendes te sean devueltos y aún así te queda suficiente dinero a favor para que uses en lo que requieras, o mejor aún, para que ahorres e inviertas, estoy seguro que el esfuerzo valdrá la pena.

Esta herramienta que hoy ponemos a tu disposición nace precisamente con el objetivo de que tengas una idea clara de cuánto dinero podrías recuperar antes de comenzar con cualquier trámite o de acercarte a algún despacho contable, así como de llevar el seguimiento de tus ingresos y gastos para tu declaración del próximo año.

¡Éxito!

¿Has tenido alguna experiencia que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales enriquecen a todos aquellos que lean este artículo.

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166 Comentarios »

  1. JOSE CHI 25/May/2015 en 1:53 pm - Responder

    Una pregunta hice mi declaracion 2014 y en automatic tuve devolucion y de igual manera la 2013 pero al hacerla en el internet me pidieron de igual manera solicitar mi devolucion a traves del formato electronico de devoluciones y de ahi me mandaron una notificacion donde me dicen que tengo que presentar mis constancia de retenciones del 2013 pero no tengo estas constancias. si no las entrego perdere esa devolucion o que podria hacer? espero su respuesta. saludos

    • Mauricio Priego 26/May/2015 en 6:24 am - Responder

      Hola José,
      No sólo perderás esa devolución sino quizá te hagas acreedor de alguna multa. Es obligación del contribuyente tener evidencia documental de lo que declara y presentarla al fisco cuando éste lo solicite. El no hacerlo podría interpretarse como que trataste de engañar a Hacienda a lo que se conoce como «fraude fiscal». ¿Qué hacer ahora? No ganas nada en hacer como que no pasó nada ya que tu falta de respuesta empeoraría las cosas. No queda más que asistir y reconocer que no tienes la documentación, lo cual serviría para demostrar que no actuaste con dolo.
      Mis mejores deseos para que se resuelva del tema de la mejor manera para ti.

  2. isai hernanez guzman 05/May/2015 en 9:49 pm - Responder

    kisiera saber si tengo devolucion a mi favor y como puedo aser esos ramites

  3. robert 04/May/2015 en 8:11 pm - Responder

    Buenas tardes exelente toda la informacion que brindas muchas gracias de antemano mi pregunta es: soy asalariado pero en la plataforma del sat aparesco que no lo soy en donde debo resolver este problema?

    • Mauricio Priego 05/May/2015 en 6:03 am - Responder

      Buenos días Robert,
      Gracias por el valor que otorgas a la información que compartimos 🙂
      ¿A qué te refieres al decir que en la plataforma del SAT aparece que no eres asalariado? Y por cierto, ¿dónde trabajas y quién te dio de alta en Hacienda? ¿Tú mismo, tu patrón o tu contador?
      Quedo al pendiente…

  4. claudia 29/Abr/2015 en 10:42 am - Responder

    La constancia de retenciones que me entregó mi patrón tiene especificada la suma de saldo a a favor determinado en el ejercicio que declara, que el patrón compensará durante el siguiente ejercicio o solicitará su devolución.

    Esto significa que mi patrón ya solicito la devolución de mi saldo a favor?

    Porque al presentar mi declaración en línea la devolución me aparece como «0», pero la constancia tiene una suma positiva.

    Que pasa en este caso? Yo solicité a mi patrón que me entregaran mi constancia de retenciones y no se calculara mi impuesto anual para yo poder presentar mi declaración, pero al parecer si lo hicieron.

    Debo solicitar a mi patrón que me entregue el saldo a favor?

  5. Marco Alvarado 28/Abr/2015 en 7:01 pm - Responder

    Mi mama por consejo de un compañero de trabajo decidio hacer los impuestos por si misma y ella gana el minimo, debido a que ella tambien pagaba INFONAVIT. El problema es que le queda Saldo por pagar despues de ingresar su informacion. Tiene que pagar eso ella o como puede resolverlo. Muchas gracias por tu ayuda

    • Mauricio Priego 29/Abr/2015 en 8:31 am - Responder

      Hola Marco,
      Me llama la atención que menciones que le dio impuesto por pagar, ya que quienes ganan el salario mínimo se encuentran exentos del pago de ISR… O gana más del mínimo, o tuvo otros ingresos, o tuvo alguna confusión al meter su declaración. Creo que definir ésto es el punto más importante. ¿Motivo? Si metió su declaración ya no tiene otra opción que no sea pagar sus impuestos, pero si lo que pasó fue que hizo mal su declaración, podrían acudir a la PRODECON (Procuraduría de la Defensa del Contribuyente – 01800 611 0190) a que les asesores sobre cómo realizar una declaración complementaria que les permita rectificar el error. Esta misma asesoría la podrían tener con un contador, pero no necesariamente sería de manera gratuita.
      ¡Éxito!

  6. Ana 27/Abr/2015 en 6:10 pm - Responder

    Hola Mauricio buenas tardes, gracias por tus consejos, mi duda es porque en mi hoja de retencion de impuestos en la parte de impuestos retenido al contribuyente me el patron me puso una cantidad negativa? esto me afecta a mi declaración anual? en un recibo de nomina tambien me pusieron esta cantidad negativa en el isr. gracias espero tus comentarios.

    • Mauricio Priego 28/Abr/2015 en 8:45 am - Responder

      Hola Ana, buenos días.
      La cantidad negativa se interpreta como que en algún momento la empresa te retuvo impuestos de más, se dio cuenta posteriormente y entonces te los devolvió… Pero aún que te hayan calculado mal los impuestos y te hayan retenido de más, ése no es el camino para devolvértelos. Lo que te sugiero es que te acerques al área de recursos humanos y solicites una explicación.
      ¡Éxito!

  7. Carlos 25/Abr/2015 en 4:55 pm - Responder

    Mauricio,buen dia,recien descubri tu pagina y tiene consejos muy interesantes,…al grano…dispongo de 30,000 pesos…deseo invertir voy al banco y no tienen la menor idea de que hacer..parecen dependientes de mostrador o edecanes….donde busco un fondo de inversion¿,renta variable¿…soy de nuevo laredo y creo no hay muchas opciones por aca…tengo muy buen hábito de ahorro pero quiero hacer crecer mi capital…me gustaria saber que consejo me das¿…. y la verdad no solo quiero pasarmela ahorrando..deseo mi dinero trabaje para mi…no es mucho por el momento..gracias por tu atencion…
    Carlos

    • Mauricio Priego 27/Abr/2015 en 6:43 am - Responder

      Hola Carlos, buenos días.
      Me alegra que nos hayas encontrado 🙂
      Con la información que nos compartes es difícil darte una opinión, y al mismo tiempo este no es el espacio adecuado para que des más información. Si te parece, te contacto por correo para conversar más en corto, ¿te parece?
      Quedo al pendiente de tus comentarios

      … Y respecto a lo que dices del ejecutivo bancario, es una pena que no tuviera la capacitación suficiente. Desgraciadamente muchos bancos han perdido la sensibilidad de que somos nosotros quienes confiamos a ellos nuestro dinero, y no ellos los que nos hacen un favor guardándolo #fail

  8. Victoria 21/Abr/2015 en 11:12 pm - Responder

    Hola, tengo duda, soy jubilada, en la forma 37 (constancia de sueldos,…) en el punto 6 del impuesto sobre la renta por sueldos y salarios el retenedor me registró en ceros desde Q1 hasta el c1, pero en el punto 2 de impuesto sobre la renta si me marca el total de mis ingresos, ingresos exentos, ingresos no acumulables y el impuesto retenido, y a pesar de que hice gastos para colegiaturas me sale en cero, ¿es corrrecto?. agradezco de antemano su apreciable ayuda.

    • Mauricio Priego 22/Abr/2015 en 5:51 am - Responder

      Hola Victoria,
      Me llama la atención un punto: ¿Estás realizando tu declaración anual siendo tus únicos ingresos tu pensión? Te pregunto ya que por ley los ingresos generados por la pensión se encuentran libres de impuestos, de manera que no hay impuestos que recuperar así metas gastos deducibles… Para poder recuperar impuestos, primero te los tiene que retener tu patrón 😉
      Quedo al pendiente de tus comentarios…

  9. cristina sr 20/Abr/2015 en 4:59 pm - Responder

    Me agradaria contar contigo para salir de duda estos son mis intereses del credito hipotecario
    intereses nominales devagados 26,633.21
    intereses pagados en el ejercicio 30,383.56
    intereses reales pagados en el ejercicio 17,359.53
    cual cifra o como se cuanto tendre de devolucion en mi declaracion del sat

  10. Alejandro Aguilar Solis 14/Abr/2015 en 5:47 pm - Responder

    hola mi querido Mauricio Priego es la primera ves que ingreso este sitio y quiero hacerte una pregunta yo trabaje en una empresa cervezera 16 años y quisiera saber si puedo solicitar la dovolucion de saldo a favor (ISR) tengo los recibos de nomina y la carta de retencion de impuesto saludos y muchas gracias

    • Elizabeth Padilla 15/Abr/2015 en 11:20 pm - Responder

      Hola Alejandro, me permito opinar al respecto; espero a Mauricio no le moleste 😛 . Hasta donde yo se la ley te permite hacer solicitudes de devolución hasta por 5 años atrás (yo lo hice en 2012 y pedí devolución de 2009 a 2012.
      Pero cabe una aclaración, la devolución solo procede si además de las cartas de retención tienes facturas que apliquen para ser deducibles (el listado de gastos que enumera Mauricio en su artículo) de lo contrario no hay bases para solicitar devolución (por eso yo no solicite en su momento devolución de 2008) De lo contrario podrás hacer tu solicitud, pero no existe monto a deducir, por lo tanto no existe saldo a favor, en caso de que tengas un préstamo hipotecario puedes pedir las hojas de intereses reales efectivamente pagados (de los 5 años anteriores) en la institución donde tengas contratado el crédito, y ese es el concepto y el monto que aplicaras en el renglón de deducciones. Toma en cuenta que no es el monto total el que te devuelve hacienda, es un porcentaje del mismo. ¿Cuanto? el proporcional a lSR que pagaste en ese año, es decir, si el interés real es de 10,000 y tus impuestos retenidos son el 20% de tu sueldo, tu expectativa de devolución es de 2,000 (el porcentaje depende de cuanto ganes, a mayores ingresos mayor % de impuestos) Espero que esta información te sea de utilidad.
      Saludos.

      • Mauricio Priego 16/Abr/2015 en 6:01 am - Responder

        Al contrario Elizabeth, muchas gracias por tu apoyo desinteresado a la comunidad.
        Tus aportaciones siempre serán bien recibidas 😉

        Alejandro, más allá de lo que decidas respecto a tus declaraciones del pasado, comienza de una vez a solicitar facturas de tus gastos personales (honorarios médicos, colegiaturas, lentes graduados, etc) para que el próximo año tengas mayores gastos qué deducir y con ellos recuperes más impuestos… Desde cierto punto de vista, el solicitar las facturas de tus gastos para deducirlos en la declaración es una forma de ahorro 😉

        Mis mejores deseos de éxito para ambos

    • Ana María Ramos 03/Dic/2015 en 6:32 pm - Responder

      Hola:
      No es muy clara tu duda, pero lo que yo entendi, es que creo que tu trabajaste y no se si en este año y el 2014 dejaste de trabajar. Y ademas si fue a finales del 2014 y antes del cierre anual, si este es tu caso, si te convendria presentar tu declaracion anual. Puedes acudir al SAT con cita para que te ayuden en el calculo, o te den mas explicacion al respecto.

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