¿Eres mayor de 34 años? Entonces lo más seguro es que cuando te jubiles tu pensión la cubrirá el IMSS según la ley de 1973, con lo cual el saldo que tengas en tu Afore se entregará al instituto. Si esto es así, ¿Para qué dedicar tiempo a evaluar las diferentes Afores? ¿Por qué cambiar en un momento dado de Afore? Realizar los procesos anteriores debería reportarte algún beneficio para así justificar el llevarlo a cabo, ¿no crees? Agradezco a Víctor Manuel Baena, Subdirector de Oficinas de Servicio de la Dirección de Servicio al Cliente de Afore XXI – Banorte, el que me permitiera entrevistarle para compartir con ustedes los beneficios que nos brindan las Afores a quienes tenemos la opción de jubilaremos por la ley de 1973.
¿Es correcto que la principal diferencia entre jubilarse por la ley de 1973 y la de 1997 es que en la primera tu pensión se calcula en base al promedio de tus últimos 5 años cotizados, mientras que en la segunda es en base al total del saldo y los años de esperanza de vida que te queden, siendo en ambos casos una pensión vitalicia?
Efectivamente la diferencia básica entre los dos regímenes radica en la forma de calcular las pensiones. Adicionalmente complementaría esta información en relación que en el primer caso los pagos los realiza directamente el instituto y en el segundo una empresa de pensiones.
En base a lo anterior, ¿qué tan cierto es que a los trabajadores que tienen la opción de 1973 les conviene acogerse a este esquema de jubilación?
Es correcto ya que el monto de la pensión normalmente es superior a la pensión correspondiente al régimen 97.
¿Qué gana un trabajador que hubiese empezado a trabajar antes de 1997 – fecha en que entró en vigor la nueva ley de jubilación – en interesarse en el tema de las Afores?
Estará mejor informado y podrá tomar mejores decisiones en temas relacionados con el ahorro para su retiro. Podrá conocer las opciones que le ofrece la Afore para recuperar sus recursos en forma parcial o total de acuerdo a los supuestos considerados para este efecto y será consiente de la evolución de su cuenta individual para poder decidir acerca de la opción de inversión que más le conviene.
¿Por qué le convendría invertir tiempo y esfuerzo en comparar rendimientos, comisiones y aún de cambiar de AFORE si al final su pensión no se basará en su saldo, además de que ése saldo le será entregado al IMSS en su totalidad para financiar en lo posible su pensión vitalicia?
Porque una parte de la cuenta individual sí la puede recuperar directamente el trabajador y en este sentido le conviene más una Afore que le pueda dar la opción de recuperar un mayor número de recursos.
¿Qué cuentas o rubros puede el trabajador recuperar directamente de su cuenta individual?
Depende del tipo de derecho adquirido (tipo de pensión o retiro), el cual puede ir desde la recuperación de los recursos correspondientes al SAR 92-97 hasta la totalidad de la cuenta individual.
¿De qué le serviría invertir en aportaciones voluntarias (que no son lo mismo que el ahorro voluntario) ya que el incremento de su saldo no le beneficia directamente?
Es una buena opción de ahorro personal de corto, mediano y largo plazo, debido a que los rendimientos son muy atractivos (por encima de varios instrumentos bancarios y de fondos de inversión) y no existe un monto mínimo de inversión que debas de realizar.
Y el ahorro voluntario, ¿lo puede retirar el trabajador cuando lo requiera? Y de no retirar su ahorro voluntario ¿se le devolvería su capital íntegro más los rendimientos generados al momento de jubilarse o se le retendría junto con el saldo de su Afore para entregarlo al IMSS?
Existen diferentes plazos para el retiro de estos recursos y estos dependen en buena medida del régimen fiscal en el que decida el propio trabajador realizar su inversión. Estos plazos van desde 2 hasta 6 meses en caso de aportaciones no deducibles y de 2 meses a los 65 años de edad para aquellos casos de aportaciones deducibles según corresponda (deducibles, largo plazo y complementarias).
¿Es cierto que el saldo de su Cuenta para la Vivienda – la cual sí se le entrega al jubilarse – también se ve incrementada por el rendimiento de la Afore?
No, debido a que debemos de recordar que los Recursos de Vivienda son administrados directamente por el INFONAVIT/FOVISSSTE y son estos institutos quienes otorgan directamente sus propias tasas de rendimientos para este tipo de recursos. La Afore lo que hace es llevar el registro de los saldos y rendimientos para mantener sus clientes debidamente informados.
Finalmente, ¿qué recomendarías a los trabajadores que están próximos por jubilarse?
Que se acerquen a la Afore y que revisen que su Número de Seguridad Social y demás datos personales se encuentren en orden para no tener que realizar trámites que puedan retrasar la obtención de su pensión.
¿Tienes alguna experiencia que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales seguramente enriquecerán a otros lectores.
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hola Mauricio
espero que estés bien te cuento lo siguiente mi esposo sufrió un accidente de trabajo el 27 de enero 2014 se le califico como tal estuvo incapacitado 8 meses y lo dan de alta ya que medicina física no puede hacer nada y lo manda a medicina del trabajo para que valore sus secuelas a mi esposo lo valoran ya que quedo mal su clavícula izquierda y tiene daño en nervio axilar le dan una IPP en imss por el 19 % y en el dictamen no lo valor por el daño de su nervio que es el causante de su dolor y aparte le dan una pensión que va a cobrar en diciembre y no le dan a escoger el régimen ni nada esto es correcto ya que se lo acaban de entregar este 6 de noviembre que hago donde acudo para que se le valore correctamente y que pasa el por que no le dejan escoger el régimen y me puedas orientar
muchas gracias
hola Mauricio, una pregunta mi pápa se va a pensionar por la ley del 73 pero el trabajador lo tiene dado de alta con 90 pesos, y le darian aproxim adamnete 2500 pesos mensuales y quisieramos saber como podriamos aumentar esa pension y si conviene o no la modalidad cuarenta cuanto le darian aproximadamente??? gracias y tambien como se maneja esa modalidad o como funciona
Hola Antonio, buenos días.
Definitivamente la modalidad 40 es una muy buena opción. Sobre el cómo opera les dejo esta liga que espero les sea de utilidad: Obtenga la pensión más alta del IMSS con o sin empleo
¡Éxito!
Hola Mauricio:
De antemano agradezco tu apoyo en lo siguiente: en diciembre cumpliré 60 años estoy pagando la modalidad 40 y estoy pagando el tope, apenas llevo tres años pagándolo. Se me esta haciendo pesado seguir pagando esta modalidad, yo creo que ya alcanzo las 2000 semanas cotizadas. Como puedo saber la cantidad que recibiré de pensión si me pensiono a los 60 o 62 años?
Otra pregunta: en el estado de cuenta de mi afore viene Saldo total en su cuenta individual x cantidad. Esta cantidad me la van a entregar al momento de pensionarme?
De nuevo mil gracias por tu apoyo!
Mauricio, buenas tardes:
Felicidades por tan buena información.
¡Muchas gracias Martha!
Éxito en tus proyectos…
Mauricio me acabo de enterar de esta pagina, te felicito por tanta ayuda que brindas, en estos temas pocas personas te dan información confiable, FELICIDADES
Jorge, muchas gracias por el valor que otorgas a la información que comparto. El saber que es de utilidad es mi mejor recompensa 😉
¡Éxito!
hola buen dia mauricio como esta,bueno aqui mi duda ,cumpire 6 meses de imcapacidad me operaran en unos dias y me dicen que me van a tramitar mi pension permanente,ya que llevo mucho tiempo incapacitada,pero quiero seguir trabajando ,tengo pensado sacar un credito infonavit en cuanto me sea posible ,esto de la pension en que me perjudica para este tramite,seguire cotizando tendre derecho a seguridad social.de antemano le agradezco su atencion.
hola mauricio buen dia me pensiono el imss por incapacidad permanente parcial por 2 años ya me la dio definitiva con el 50% trabajo desde el 2002, entro en la ley 97 puedo retirar el dinero de mi afore o que procede tengo 36 años o solo puedo retirar lo de ahorro para vivienda? gracias
Hola Denise, buenos días.
Sólo puedes retirar la parte de vivienda y SAR92, ya que lo demás se entrega al seguro social para que te pague tu pensión. De esto te puede – y debe – asesorar tu AFORE… Sería el camino recomendado a seguir.
¡Éxito!
buen dia.
una disculpa a partir de que Edad puedo pensionarme,cumpliendo con las semanas cotizadas?
se que no darán el 100%, pero quisiera saber la Edad.
muchas gracias.
Buenos días Francisco.
Puedes jubilarte a partir de los 60 años, pero sólo recibirías el 80% de la pensión que te corresponda. A partir de ese momento cada año tienes derecho a un 5% adicional hasta llegar al 100% a los 65 años 😉
¡Éxito!
Hola: Tengo un AFORE BANCOMER y soy de la Generacion de Transicion, solo tengo cotizadas 30 semanas porque desde hace 18 años me he dedicado al comercio en pequeño; y casi no trabaje para ningun patron. Actualmente tengo 39 años y no tengo seguro medico pero me gustaria tenerlo y cotizar para que me den alguna PENSION. ¿Puedo renovar o aportar a mi AFORE para que me pensionen?
Hola Angélica.
Yo te tengo una noticia: Afore Bancomer ya no existe. La adquirió SigloXXI-Banorte 😉
Por el tiempo que tienes sin cotizar es necesario que vuelvas a ser registrada como empleada por más de un año de manera que puedas entonces tomar la opción de continuar cotizando de forma independiente. Es posible que exista alguna opción más, pero sería mejor que te acerques a tu AFORE (SigloXXI-Banorte). Este tipo de asesorías forman parte de sus servicios.
¡Éxito!
Estimado Mauricio, antes que nada gracias por la atención a este mensaje, y mi pregunta es la siguiente: Mi suegro trabajó muchos años en los angeles verdes en la Ciudad de México, ahora ya tiene 73 años, y dejó de trabajar como a los 50 años, hay posibiliddes de reintegrarlo, y obtener algún beneficio de pensión?
Saludos y gracias por la atención.
Buenos días José.
Para serte honesto lo veo un poco complicado: Las personas de su rango de edad tienen en muchas ocasiones problemas para que el IMSS les reconozca todas sus semanas cotizadas debido a que no cuentan con los registros electrónicos anteriores a los 80s, calculando debió de haber dejado de trabajar a principios de los 90s de manera que no tiene cuenta en ninguna Afore, por el tiempo transcurrido a lo sumo le darían únicamente un salario mínimo… si se llega a reconocer su antigüedad.
Claro está que no pierden nada con intentarlo, para lo cual debieran acercarse a las oficinas del IMSS que les correspondan.
¡Éxito!