Te tengo una buena noticia: ¡Sí!, las personas que ofrecemos servicios subordinados a un patrón – que es como en la terminología de hacienda nos llaman a los empleados – tenemos la posibilidad de deducir ciertos gastos de forma que paguemos menos impuestos y nos devuelva dinero hacienda, de ser el caso, al quedar el trabajador con algún saldo a favor. El detalle es que para hacerlo tienes que juntar las facturas que soporten esos gastos durante el año… y como está apenas empezando el año, es un buen momento para iniciar este hábito destinado a proteger tu dinero de ese gasto imperceptible pero contundente: los impuestos. Aunque claro está, nunca es tarde para empezar. (Artículo actualizado al 30 de Enero del 2015)
Para Hacienda los empleados somos personas físicas al igual que los profesionistas que trabajan por honorarios como médicos, dentistas, ingenieros y todo aquel que trabaje por su cuenta, compartiendo en lo general los mismos derechos en cuanto a la deducción de gastos personales según la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).
(Si no puedes ver la presentación anterior, sigue esta liga)
Para que tengas una idea, es factible que puedas recuperar hasta algo más de un 30% de los gastos personales que hayas realizado durante el año, dependiendo este monto directamente de los ingresos que hayas tenido así como de las características laborales que hayas tenido en tus diferentes trabajos. Por ello recomiendo, que sobre todo en tus primeras declaraciones anuales, te asesores con algún contador de tu confianza.
Pero ello es hasta el próximo año, por ahora exige y resguarda tus facturas y recibos de honorarios. ¡Éxito!
Nota de Actualización: El artículo fue actualizado según el texto vigente del Impuesto Sobre la Renta publicado en el DOF el 11 de diciembre del 2013, el cual entró en vigor el 1 de enero de 2014.
Este artículo fue publicado por primera vez en practifinanzas.com. Si tienes interés en compartirlo publicándolo en tu blog o página web (reblogging), por favor sigue esta liga.
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Referencias
- Pago por Honorarios, por Tercerización o Sistema de Pago Mixto, ¿Cómo te afectan? – Practifinanzas
- Protegiendo tu dinero de la Ley del Impuesto a Depósitos en Efectivo – Practifinanzas
- Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) – Cámara de Diputados
- Deducción de las colegiaturas – SHCP – Cámara de Diputados
- Guía del SAT para la declaración anual y solicitud de devolución de impuestos – SAT
- Imagen: Los Impuestos
Hola buenas tardes. Tengo una consulta.
Revisando sumando mis recibos de nómina gané el año pasado $55,001.49 brutos y pague de isr $4,305.71
De aguinaldo me pagaron $2,199.16 brutos.
Sin embargo al momento de hacer mi declaración mi patrón declaró que gané $57,901, de ingreso exento $4,919 y me retuvieron de isr $4,306
Nunca me dieron subsidio al empleo y de gratificaciones a demás del aguinaldo fue un bono de $500.
¿Es correcta la declaración que hizo mi patrón? ¿Por que declaró que gané un dinero que jamas vi?
Hola Luis Felipe, buenos días.
Un patrón no debiera reportar al fisco un ingreso que no tuvo su empleado. Antes de asumir algún error, o peor aún, alguna dolo por parte de tu patrón, mejor acércate a él (o al área de Recursos Humanos) para que te detallen cómo se conformaron los números que reportaron.
¡Éxito!
hola Mau.
Buena tarde.
Que pagina tan practica.
Quisiera saber ¿ como puedo pedir factura si soy persona física?.
Saludos!!
Hola Alejandro, buenos días.
En realidad sólo solicitarla a tu proveedor (médico, hospital, aseguradora) dándole tus datos fiscales (RFC y dirección fiscal). Hay varios detalles en los que debes de fijarte, los cuales comparto en el artículo ¿Qué debo hacer para deducir mis gastos como empleado y recuperar impuestos?
Te propongo leerlo, y cualquier duda o inquietud que te quede, seguimos conversando. ¿Te parece?
¡Éxito!
Buenas noches Mauricio, tengo duda con lo de la devolución de impuestos o saldo a favor… he escuchado y leído sobre qué se puede deducir: gastos médicos, colegiaturas, créditos hipotecarios… pero he escuchado que han regresado impuestos y únicamente presentan la constancia de retenciones, eso es posible y qué procedimiento es? estoy muy confundida. Gracias!!!
Hola Lidia.
Como funciona la devolución de impuestos es de la siguiente manera: Los impuestos por ingresos (ISR) es algo que se paga anualmente, pero para evitar tener que pagar de golpe una cantidad fuerte, la ley establece que los patrones retengan mensualmente el impuesto a sus empleados entregándoselo a Hacienda. Ahora bien, el impuesto depende de cuánto gana el empleado, de manera que mes con mes se calcula la tasa que le corresponde al empleado en base a sus ingresos de ese mes. Si un mes tuvo un ingreso muy alto por comisiones o premios por ejemplo, entonces la tasa se elevaría y le cobrarían más impuestos. Y si un mes tuviera menos ingresos, entonces la tasa se reduce.
Cuando haces tu declaración ya se sabe cuánto ganaste realmente a lo largo del año, y como también se sabe cuánto pagaste, entonces es posible saber si te retuvieron lo justo, si te retuvieron de menos (debiendo pagar esos impuestos) o si te retuvieron de más (con lo cual puedes solicitar una devolución, lo cual supongo es lo que pasó en los casos que comentas).
Sin embargo que ocurra lo anterior no es común ya que los patrones realizan un ajuste a final del año buscando precisamente nivelar el total de impuestos retenidos a cada trabajador… Pero ocasionalmente sucede.
En conclusión, si no tienes gastos para deducir, hacer tu declaración sin tener la obligación de presentarla podría ser un arma de doble filo, donde en vez de recuperar impuestos tuvieras que ser tú quien se los pague a Hacienda.
¡Éxito!
buenos dias trabajo para secretaria de educacion publica en tabasco tengo plaza federal y la sep no quiere hacerme la constancia para mi devolucion de impuesto por que no ganos mas de 600,000.00 pesos segun y tengo compañeras con plazas estatales y ya les reembolsaron que hago en mi caso o a donde recurro. gracias.
es obligación del patrón entregar las constancias del ejercicio de cada año entregarlas a los empleados tienes que solicitarlas por escrito a la dependencia donde trabajas y veras que si te las dan aca en Durango si las dan por escrito anexando talon de pago y copia de identificacion
Hola buen día, muy interesante el artículo, mi duda es, trabajo para una empresa, se que la empresa realiza la declaración por mí, ahora la duda es si yo puedo hacer esa declaración para que me regresen impuestos?? (no tengo ninguna factura a mi nombre para comprobar gastos) o dejo que lo siga haciendo mi empresa
BUENAS NOCHES, DISCULPE LA MOLESTIA, SOY PERSONA DE 52 AÑOS, TRABAJO PARA UNA EMPRESA DESDE HACE 3 AÑOS, Y YA CASI CUMPLO 4, LE PIDO DE FAVOR ME DIGA SI YO PUEDO OBTENER REEMBOLSO DE IMPUESTO, PORQUE ME RETIENEN ISR, Y SI ES ASI, QUÉ DOCUMENTOS DEBO PRESENTAR Y QUE TRAMITES REALIZAR. POR SU ATENCION MUCHAS GRACIAS.
Hola Sol, buenos días.
No es ninguna molestia, el que pregunta quiere saber 😉
Así es. Tú, al igual que todos los empleados a los que nos retienen ISR, tienes derecho a la recuperación de impuestos Sobre qué documentos presentar y qué trámites realizar tenemos un artículo que habla precisamente de ello: Guía para realizar tu declaración anual y solicitar la devolución de impuestos
Te propongo lo siguiente: lee el artículo que te recomiendo y, de quedarte alguna inquietud, seguimos conversando, ¿te parece?
¡Éxito!
Hola, buenas tardes.
Agradezco compartan este tipo de información. Tengo una duda con respecto a mi declaración de impuestos, espero me puedas orientar. En el 2014 laboré para 2 empresas en la primera de acuerdo a la constancia de sueldos y salarios que me entregaron, solo me retenían un 5% de mi salario, motivo por el cual al realizar mi declaración tengo que pagar cierta cantidad, lo que no entiendo si es que por ley la empresa esta obligada a retener el 10% solo me retuvo el 5%??? revisando mis recibos de nomina hay un concepto de comedor que sumados equivalen al 10% del salario, des afortunadamente no tengo facturas para deducir… en la segunda empresa de acuerdo a mi constancia si me retenían el 10%… Saludos.
mi esposo hizo la declaracion 2013 y tiene saldo a favor no se la han regresado por que aparece con dos empleadores pero desde hace varios años trabaja en una sola empresa ya meti aclaracion al sat adjunte la foto donde aparecen los dos empleadores y un reporte del imss ya me cotestaron y me rechazaron la solicitud de aclaracion que hago donde voy para que esa empresa lo quite
Hola Azucena.
Antes de seguir adelante sugiero primero confirmen que no se trata de una empresa pagadora… Me explico: Una estrategia fiscal que siguen muchas empresas es dar de alta a sus trabajadores en dos nóminas: en una con un salario bajo (es la «oficial» que se reporta al IMSS) y en otra con la cantidad necesaria para cubrir la totalidad de su salario (en esta no se está dado de alta ante el IMSS).
Existe una alta probabilidad que éste sea el caso de tu esposo, debiendo confirmarlo con su patrón.
¡Éxito!
buenas tardes Mauricio una pregunta para deducción en la declaración anual de sueldos y salarios para presenta la del 2014 también podría meter si estoy pagando un seguro de vida individual de metlife? es deducible?
Buen día Mauricio
Recien comenze a trabajar mi salario es de 15500 al mes de los cuales solo recibo 11640 libres, como puedo recuperar algo de los impuestos que me rebaja hacienda, la verdad desconozco sobre el tema ya que es mi primer empleo, podrías asesorarme…
Gracias
Buen día Emilio.
Te felicito por desde un principio informarte en cómo recuperar impuestos… Es un derecho que todos tenemos pero muchos no lo consideran y con ello pierden dinero. Lo que hay que hacer realmente es muy sencillo, siendo los pasos a seguir:
1) Solicita tu RFC con homoclave a tu patrón o directamente al SAT
2) Solicita factura de todos los gastos deducibles que puedas, los cuales se listan en la presentación que acompaña al artículo
3) Durante el mes de abril del próximo año, realiza tu declaración.
Ahora bien, uno de los gastos deducibles es el ahorro en instrumentos de ahorro e inversión para el retiro. Yo cuento con uno que me ha dado muy buenos resultados… Si gustas podríamos conversar por teléfono o Skype al respecto y aprovechamos para aclarar cualquier inquietud que te quede respecto a la declaración anual. ¿Cómo lo ves?
¡Éxito!