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¿Podemos los empleados deducir impuestos?

Mauricio Priego 07/Ene/2012 592
¿Podemos los empleados deducir impuestos?

Te tengo una buena noticia: ¡Sí!, las personas que ofrecemos servicios subordinados a un patrón – que es como en la terminología de hacienda nos llaman a los empleados – tenemos la posibilidad de deducir ciertos gastos de forma que paguemos menos impuestos y nos devuelva dinero hacienda, de ser el caso,  al quedar el trabajador con algún saldo a favor. El detalle es que para hacerlo tienes que juntar las facturas que soporten esos gastos durante el año… y como está apenas empezando el año, es un buen momento para iniciar este hábito destinado a proteger tu dinero de ese gasto imperceptible pero contundente: los impuestos. Aunque claro está, nunca es tarde para empezar. (Artículo actualizado al 30 de Enero del 2015




Para Hacienda los empleados somos personas físicas al igual que los profesionistas que trabajan por honorarios como médicos, dentistas, ingenieros y todo aquel que trabaje por su cuenta, compartiendo en lo general los mismos derechos en cuanto a la deducción de gastos personales según la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).

(Si no puedes ver la presentación anterior, sigue esta liga)

Para que tengas una idea, es factible que puedas recuperar hasta algo más de un 30% de los gastos personales que hayas realizado durante el año, dependiendo este monto directamente de los ingresos que hayas tenido así como de las características laborales que hayas tenido en tus diferentes trabajos. Por ello recomiendo, que sobre todo en tus primeras declaraciones anuales, te asesores con algún contador de tu confianza.

Pero ello es hasta el próximo año, por ahora exige y resguarda tus facturas y recibos de honorarios. ¡Éxito!

Nota de Actualización: El artículo fue actualizado según el texto vigente del Impuesto Sobre la Renta publicado en el DOF el 11 de diciembre del 2013, el cual entró en vigor el 1 de enero de 2014.

Este artículo fue publicado por primera vez en practifinanzas.com. Si tienes interés en compartirlo publicándolo en tu blog o página web (reblogging), por favor sigue esta liga.
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Referencias

592 Comentarios »

  1. Antonio 23/Sep/2014 en 5:54 pm - Responder

    Hola buenas tardes, tal vez mi pregunta no vaya aquí, pero que se puede hacer para que una empresa me pague una venta que hice, me solicitan una cuenta de ahorro, pero para aperturarla necesito depositar una cantidad de dinero la cual no tengo, me dijeron primero que por cheque y después que no que sólo a través de esa cuenta no me pagan y me dicen que si no es así no hay forma, que puedo hacer para recibir ese pago, no hay papeles de ningún tipo, ellos no me habían dado contrato ni nada, estaba empezando casi cumplía un mes y no se vale, la empresa es Metlife, yo soy o era promotor de seguros aquí en México D.F.

    • Mauricio Priego 24/Sep/2014 en 9:17 am - Responder

      Antonio, buenas tardes.
      Existen múltiples cuentas de bancarias que puedes abrir sin necesidad de depositar dinero al momento de firmar el contrato. De esta manera aperturas tu cuenta, le envías la CLABE a la empresa y ella te realiza la transferencia. Podrías abrir una cuenta Básica (todos los bancos tienen una, en lo personal he manejado las de Bancomer y HSBC) ya que éstas por ley no generan comisiones y no tienes un mínimo que debas mantener.
      Considero que con esto solucionarías tu problema, y si es así, te agradeceré nos compartas tu experiencia para beneficio de otros lectores 😉
      ¡Éxito!

  2. JOSE 18/Sep/2014 en 11:33 am - Responder

    LOS DEL RIF ESTAN OBLIGADOS A INSCRIBIRSE EN EL BUZON TRIBUTARIO?

  3. Carmen H 09/Sep/2014 en 2:15 pm - Responder

    Vendí unos lentes a empleados de un hotel y les descontaran via nomina el pago en quincenas. Me están pidiendo una factura por esos pagos para una empresa que es agencia de colocación. Es correcto? siendo que ésta no aportó recursos para el pago.

    • Mauricio Priego 10/Sep/2014 en 5:45 am - Responder

      Buenos días Carmen.
      Muy posiblemente los empleados no están registrados directamente con el Hotel sino a través de la agencia de colocación, lo cual es muy común (se les conoce como empresas «pagadoras»). Así que adelante con la factura, lo cual no debiera generarte problema alguno 😉
      ¡Éxito!

      • Carmen H 11/Sep/2014 en 2:27 pm - Responder

        Gracias por su pronta respuesta pero me queda la duda de porque le tengo que emitir una factura a la empresa por el pago de los lentes si éstos los cubrieron los empleados.

        • Mauricio Priego 12/Sep/2014 en 6:01 am - Responder

          Para eso estamos Carmen 😉

          Si entendí bien, la empresa descontó a los empleados ese dinero. Por tanto, la empresa te los compró a ti. En sus registro contables está que te emitió un cheque por cierta cantidad, y la salida de ese cheque debe estar respaldada por la factura. Es el proceso a seguir en cualquier empresa que da a sus empleados este tipo de beneficios (crédito para adquisición de lentes, útiles escolares, etc).

          Cualquier duda, sigamos conversando 😉

  4. melissa 28/Ago/2014 en 11:55 am - Responder

    buen día, trabajo en una universidad privada, este es su primer ejercicio fiscal, por lo cual no paga ISR por no tener coeficiente de utilidad, tenemos pensado dar de alta a los profesores en el régimen de asimilados a salarios, mi pregunta es .. a partir de cuando se les debe dar de alta?? hasta que comience a pagar ISR a partir de enero o desde ahora??

    • Mauricio Priego 29/Ago/2014 en 5:56 am - Responder

      Buenos días Melissa.

      De rigor, debe ser en cuanto comiencen a tener ingresos, así que si ya les están pagando sus honorarios y les están reteniendo a ellos los impuestos correspondientes, ya debieran estar realizando sus declaraciones informativas de sueldos y salarios.

      ¡Éxito!

      • melissa 03/Sep/2014 en 12:53 pm - Responder

        MUCHAS GRACIAS MAURICIO !!!!

        • Mauricio Priego 04/Sep/2014 en 6:04 am - Responder

          Melissa, ha sido un placer aportar mi granito de arena 😉
          Mis mejores deseos para este año escolar que inicia 😀

  5. Ismael Leyva 27/Ago/2014 en 4:41 pm - Responder

    Hola buenas tardes, Primero agradecer por este tema. «Deducción de Impuestos». Me podría asesorar un poco mas sobre los impuestos. Actualmente ingrese a laborar a una empresa. ¿Que es lo que necesito para la deducción de impuestos? He escuchado sobre la Firma electrónica ¿Que es?.
    Mi salario anual es de $ 148,908.28

    Le agradecería me asesore en este tema de las deducciones.

    Que es muy nuevo para mi ya recién obtuve este trabajo

    Graciass

  6. ileana 27/Ago/2014 en 11:54 am - Responder

    Hola buen día..
    Realicé mi delcaración del ejercicio fiscal 2013 para saber si tenía saldo a favor, solicité mi constancia de retención a mi patrón y me lo expidió….pero al consultar el estatus de mi solicitud en el sat, me envía un mensaje que existen inconsistencias en la información, por que me dicen que mi patrón no me declaró en la declaración informativa múltiple, (pero si me ha hecho las retenciones de impuestos) y que existe diferencias en mis ingresos exentos que me dió mi patrón con la información contenida en la base de datos del sat. ¿En este caso que puedo hacer?, ¿que pasa si patrón no me reportó en la declaración informativa múltiple, pero estuvo reteniéndome impuestos? y creo que no soy la única que esta en esta situación…. Les agradezco la ayuda que puedan proporcionarme a cerca de esto…por qué sé que es mi derecho a solicitar tanto a mi patrón como el sat… la inconsistencia de esta información….Gracias…

  7. javier 27/Ago/2014 en 10:13 am - Responder

    hola buen dia, soy ingeniero y trabajo para una empresa y ellos me quitan mis impuestos, pero tambien soy maestro en una universidad privada tengo mi RFC pero no se si tengo que darme de alta como prestador de servicios para poder deducir impuestos con mis ingresos como maestro de la universidad para la que trabajo???

  8. jose euan 19/Ago/2014 en 5:03 pm - Responder

    Hola, quisiera saber si para hacer mi declaracion anual tengo que tener mi domicilio, ya que cheque en hacienda y el domicilio conque me tiene registrado mi patron es el de la empresa y los comprobantes que tengo son el de mi casa.

    • Mauricio Priego 20/Ago/2014 en 6:36 am - Responder

      Hola José, buenos días.

      En estricto rigor lo importante es que las facturas que solicites tengan la misma dirección fiscal que tienes dada de alta en Hacienda. Al fisco no le interesa dónde vives, le interesa que la dirección que tengas registrada una dirección válida. Y si ya aceptó la de tu trabajo, quiere decir que la consideró válida.

      PERO hay un problema: Al tener la dirección de tu patrón como tu dirección fiscal, entonces las notificaciones que pudieran enviarte llegarían a esta dirección, y si por cualquier cosa no te la entregan, el que estaría en problemas eres tú. No tu patrón. Además que en un momento dado se podría ventilar tu situación fiscal en la empresa. Yo en lo personal no lo haría, hablando a SARTEL 01800-5000-747 para sacar una cita para actualizar mi domicilio. Si te decides por este camino (subrayo es el considero la mejor opción), procura no solicitar facturas hasta que no corrijas la dirección.

      ¡Éxito!

  9. laura 19/Ago/2014 en 11:37 am - Responder

    ¡Hola!, mi duda es si debo llevar a cabo algún trámite antes de declarar impuestos voluntariamente, ya que mis ingresos anuales no exceden los $400 000, o si puedo acumular facturas y simplemente presentarlas en las fechas adecuadas. ¡Gracias por la pronta respuesta!

    • Mauricio Priego 20/Ago/2014 en 6:59 am - Responder

      ¡Hola Laura!

      Sobre-entiendo que tus ingresos son asimilables a sueldos y salarios (es decir, tienes un empleo) y que las facturas a acumular son las de gastos personales que planeas deducir para recuperar impuestos ¿estoy en lo correcto?

      De ser así el único trámite que te sugiero es revisar con Hacienda que todo esté en regla: en esencia, que el RFC que tienes es el correcto (en ocasiones los patrones registran uno erróneo, son seres humanos), que tu dirección es la adecuada y que tu actividad es Sueldos y Salarios. Esto lo puedes hacer en INFOSAT al 01800-463-6728. Si tu dirección o RFC no están correctos, las facturas que te emitieran no serían válidas para el fisco.

      Si nunca has hecho una declaración, te podrían servir estos artículos:
      ¿Qué debo hacer para deducir mis gastos como empleado y recuperar impuestos?
      Guía para realizar tu declaración anual y solicitar la devolución de impuestos

      ¡Éxito!

  10. sandra soto acuña 08/Ago/2014 en 10:52 pm - Responder

    ME URGE SU AYUDA!
    HICE MI DECLARACION DEL 2013 Y NO TUVE PROBLEMA..QUISE HACER DE AÑOS ANTERIORES (2009,2010,2011,2012) PORQUE ME DIJERON QUE ERA POSIBLE..PERO ME LLEGO ALGO AL BUZON QUE DEBO LLEVAR UN ESCRITO DONDE HAYA SOLICITADO QUE NO REALICE MI PATRON EN MI CASO ES PEMEX EL CALCULO ANUAL ..ME DIJERON QUE AHI NO PUEDEN SELLARME DICHO ESCRITO YA QUE NO LO HICE A SU TIEMPO..QUE PUEDO HACER 🙁 DOY POR PERDIDO MI DINERO O VOY CON UN CONTADOR PORFAVOR DENME CONSEJOS..SON 15MIL PESOS (PARA ALGUNOS SERA POCO) PERO EN ESTOS TIEMPOS DE CRISIS ME AYUDARIAN DEMASIADO

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