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Protegiendo tu dinero de la Ley del Impuesto a Depósitos en Efectivo

Mauricio Priego 18/Jun/2011 513
Protegiendo tu dinero de la Ley del Impuesto a Depósitos en Efectivo

Actualización del artículo al 5 de enero del 2014

La Reforma Fiscal autorizada a finales del 2013 determina que este impuesto es derogado a partir del 1 de enero del 2014, por lo que ya no se retendrá sin importar cuánto depositen los cuenta-habientes en efectivo en sus cuentas. Sin embargoestas operaciones seguirán siendo reportadas por las instituciones financieras a Hacienda para la identificación de posibles evasores fiscales.




Artículo original

Si alguna vez has vendido tu auto, has cancelado alguna cuenta de ahorro por aperturar otra, o simplemente has recibido dinero en efectivo, es muy probable que te hayas visto ante el dilema que, de meter el dinero al banco, ¡te cobrarán el 3% por impuestos!

En México desde hace algunos años se implementó la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (LIDE), buscando alcanzar a aquellas personas que venden productos o sus servicios sin estar registrados ante hacienda, evadiendo, por tanto, su obligación fiscal.

Más allá de la conveniencia o no de este impuesto, el tema que hoy quisiera exponer es cómo proteger tu dinero de una ley que en algunos casos en definitiva no es justa: La Ley dice que, una vez superados los $15,000 pesos depositados en tu cuenta personal en efectivo, la institución financiera tiene la obligación de retener directamente de tu cuenta el 3%, es decir, al final del mes te quitan ese dinero sin necesidad de tu autorización.

Veamos un ejemplo:

  1. El día 5 te paga un primo un préstamo que le hiciste y metes al banco $3,000
  2. El día 11 vendes la motocicleta vieja y muy usada que tenías y metes al banco los $8,000 que recibiste por ella
  3. El día 24 tu hermana te presta los $10,000 que necesitabas para completar lo que faltaba para comprar tu nueva motocicleta
  4. El día 29 retiras el dinero para la moto ya que finalmente acudirás a comprarla, mas por error retiras más dinero del que necesitabas y depositas el excedente, digamos unos $2,000

El día del corte de mes el banco detecta que depositaste en efectivo, $23,000 pesos, por lo cual retendrá de tu cuenta, enviando a tu casa el comprobante respectivo de retención de impuestos claro está, ¡un impuesto de $240.00!:

Depositado 23,000.00
Exento -15,000.00
Base para impuesto 8,000.00
LIDE de 3% 240.00

En este caso, la mayor parte del dinero que depositaste no corresponde a un ingreso que hayas generado con excepción de la venta de la moto, que por definición sí es un ingreso. Sin embargo, al final del camino lo obtenido por la venta de la moto es menor a los 15,000 que marca la ley, y esto sin contar que la venta no fue para comercializar la moto sino por la necesidad justa de adquirir una nueva y que, si eres empleado, no podrás depreciar de forma que deduzcas impuestos por ella.

¿Es solución entonces no dejar dinero en tu cuenta para evitar lo retenga el banco? ¡¡Para nada!! La ley establece que si al momento de retener el impuesto no tienes el dinero suficiente en tu cuenta, te serán retenidos en cuanto tengas dinero, actualizando los importes y cobrándote cargos adicionales por penalización (LIDE, Art 6).

Entonces, ¿Cómo puedo proteger mi dinero? ¿Guardándolo bajo el colchón? La buena noticia es que esto no es necesario, ya que la misma ley contempla excepciones:

  1. Existen formas de depósito que no son efectivo, como lo cheques y las transferencias electrónicas, por lo que no están sujetas a este impuesto
  2. Las personas morales con fines no lucrativos están exentas del impuesto, siendo este el caso de algunas cajas de ahorro internas de las empresas (LIDE Art 2.II)

En base a lo anterior, aquí tienes algunos consejos prácticos para proteger tu dinero del LIDE (Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo):

  • Si no has accedido al portal en Internet de tu banco, hazlo ya. En la gran mayoría de ellos las funciones básicas como transferir dinero entre tus propias cuentas, pagar tu tarjeta de crédito (del mismo banco) y consultar tus saldos, movimientos y estado de cuenta, son gratuitas. Si la razón de fondo es que no confías en Internet o que consideras que es demasiado complicado, considera que en el caso del LIDE te pone en riesgo de que la ley te tome desprevenido… y también tome tu dinero.
  • Si usualmente recibes dinero en efectivo y lo depositas en tu cuenta, monitorea los movimientos ya realizados a través del portal del banco para evitar sustos. No es recomendable hacerlo a través de cajeros automáticos ya que la mayoría de los bancos cobran comisiones después de cierto número de consulta de movimientos.
  • Si te pagan con cheque de un banco distinto a donde tienes tu cuenta, es preferible depositar el cheque directamente en tu cuenta a ir al otro banco a hacer colas para que te lo cambien por efectivo, y después depositarlo en tu cuenta. La espera al día siguiente para tener disponibilidad del dinero se ve recompensada por el ahorro en tiempo y el que no se te contabilice para el LIDE.
  • Si tu patrón te paga en efectivo y posteriormente metes el dinero en tu cuenta, habla con él para que te pague con cheque o transfiera el dinero directamente a tu cuenta.
  • En general, si alguien te va a pagar una cantidad importante de dinero por el motivo que fuese, habla con esa persona para que te pague con cheque o transfiera el dinero directamente a tu cuenta.
  • Si la empresa para que trabajas tiene Caja de Ahorro, acércate a ella y confirma si se encuentra exenta ante el LIDE. De serlo, deposita en ella las cantidades importantes de dinero.
  • Si la empresa para la cual trabajas no tiene caja de ahorro, existen sociedades que dan el servicio de gestión de la Caja de Ahorro a las empresas, las cuales son autosuficientes por lo que no cuestan para la empresa siendo un servicio adicional muy valioso para los empleados. Una de las que conozco y con la cual he operado es ODESSA* siendo una opción interesante para revisar.

Por el momento me despido confiando que esta información te sea de utilidad. Cualquier duda o comentario adicional que consideres, ¡no dudes en exponerla!

¡Éxito en tus proyectos!

Odessa es ajena al PractiFinanzas siendo presentada únicamente como una referencia

513 Comentarios »

  1. christian barrientos eggers 12/Dic/2013 en 9:54 am - Responder

    Fraude; Hola buenos dias como están, pues aquí comentandoles que el dia 10 de diciembre fui a sacar un dinero que necesitaba para pagar una mi cuenta de liverpool al cajero de BANAMEX de mi cuenta perfiles y resulta que me faltaban 1260 pesos en mi cuenta y era el ultimo dia para pagar asi que no acomplete porque ya iban a cerrar y total por miseros 124 pesos no pude pagar en liverpool y me van a cargar como 1500 de intereses solo por esa razón, yo me confundi mucho ya que tengo mi cuenta en BANAMEX y tengo activas las notificicaciónes ( cada deposito y cada compra o cargo me lo hacen saber mandamndome un correo electronico en ese instante siempre ) y no me llego la notificación de ese cargo.

    entonces al dia siguiente entre a BANCANET para ver mis movimientos del dia anterior 10 de diciembre y descubri este: «CGO IDE PER ANT NOV 52871 CARGO IDE PERI AUT. 52871 $1210.00 » y el dia anterior 9 de diciembre descubri este : IDE RECAUD PER ANTE AUT. 62306 $50.00.

    Ambos suman los $1260 pesos que me faltaron, entonces sorprendido, porque al buscar mi estado de cuenta de noviembre no lo tenia ( no me lo mandaron a mi e-mail, no me lo mandan impreso ) marque a banamex. marque a movimientos no reconocidos hable con una señorita que amablemente me dijo que no habia error ya que tenia en mi mes de noviembre movimientos por 218,000.00 pesos tanto depositos como retiros, y muy enojado le dije que no sabia lo que decia porque no tenia sentido , no coincidia en absoluto, no creo que sea coincidencia que no me llegara el estado de cuenta y mas aún no me llegaron las notificaciónes de esos movimientos por mail. y cuando llegue a micasa el dia 11, me habia llegado por correo impreso los cargos IDE de el mes por un excedente de 47, 000.00 pesos que tampoco coincide esta todo muy raro, y apenas el sabado voy a ir a mi sucursal para aclarar todo ya que no se bien que paso . solo lo comparto saludos.

    • Mauricio Priego 13/Dic/2013 en 8:20 am - Responder

      Christian, gracias por compartirnos tu experiencia.

      En lo que el sábado vas a tu sucursal, consulta por Internet tu estado de cuenta del mes de noviembre. El IDE se cobra exclusivamente por depósitos en efectivo, de manera que estamos diciendo que entraron a tu cuenta aproximadamente $62,000 en efectivo.

      Si no realizaste esos movimientos y no tienes esos fondos, el banco deberá dar explicaciones.

      Pero si no realizaste esos movimientos pero sí tienes los fondos… Bueno… Alguien te depositó por error y el banco ya no podrá hacer nada. Pero eso sí, tú tienes esos fondos… Si aparece su dueño, regrésale sólo su depósito restándole la retención de impuesto (no tienes por qué absorberlo tú). Pero si no aparece, bueno, entonces ése dinero es un regalo 😉

      ¡Éxito!

  2. Abraham 11/Dic/2013 en 4:40 pm - Responder

    Hola que tal Mauricio, un amigo me presto 200mil, no me va a cobrar intereses, me dice que el dinero me lo va a depositar con trasferencia interbancaria, como me afectara con hacienda esto? yo pago impuestos pero estoy dado de alta como pequeño contribuyente, es decir no manejo cuenta fiscal, es una cuenta normal de banco, tendrè problemas con hacienda o que me recomiendas hacer ò hasta cuanto es el monto por trasferencia bancaria que te pueden hacer sin tener problemas, de antemano gracias por la atenciòn.

    • Mauricio Priego 13/Dic/2013 en 8:11 am - Responder

      Hola Abraham, y gracias por la confianza.

      En esencia todas las cuentas son fiscalizadas. El concepto de «cuenta fiscal» es más administrativo que práctico… Si no tienes registrada como tal una cuenta «fiscal», la cuenta donde realizas los movimientos de tu negocio es la que para Hacienda es tu cuenta fiscal: de requerirte un estado de cuenta, todas las operaciones que ahí aparezcan están sujetas a ser fiscalizadas y que tengas que comprobarlas.

      Por ello no es conveniente que mezcles en una misma cuenta tu dinero personal para gastos y ahorro, y el dinero para gastos y depósito de ingresos de tu negocio. Si así lo has hecho hasta hoy no te preocupes, pero acude al banco y apertura otra cuenta de manera que en una manejes el dinero de tu negocio y en la otra el dinero de tus finanzas personales.

      Lo ideal sería que el préstamo lo deposite tu amigo en la cuenta de tus finanzas personales… Si quieres mantener tu cuenta actual como tu cuenta personal, pide a tu amigo que se espere a Enero para realizar el depósito. Siempre en Enero, saca el dinero correspondiente a tu negocio de tu cuenta actual y deposítalo en la cuenta de tu negocio… Esta sería la opción más recomendable.

      Pero si te urge el dinero del préstamo, entonces la nueva cuenta tendrá que ser tu cuenta personal. Ábrela lo más pronto que puedas y que tu amigo transfiera ahí el préstamo. Adicionalmente retira de la cuenta actual – que quedará como cuenta de tu negocio – la cantidad que corresponde a tu gasto personal y ahorro y deposítalo en la nueva cuenta (De preferencia este mismo mes).

      Con ello tendrás los recursos de tu negocio y finanzas personales por separado y ya no tendrás que preocuparte por estas situaciones. Sólo procura no confundirte a la hora de hacer depósitos y retiros 😉

      Si no fui claro o quisiera que fuera aún más preciso, coméntame y te contacto por correo.

      Éxito con tu negocio!

  3. Nicolás Ortiz 10/Dic/2013 en 1:12 pm - Responder

    Hola Mauricio, qué buen blog, Felicidades! Una pequeña consulta que me surgió leyendo tu artículo: tengo 27 años y estoy dado de alta como persona física con actividad empresarial régimen intermedio. Doy consultoría a una empresa y cada mes me transfiere a mi cuenta para pagarme y les doy factura, tengo mi Contadora y voy al corriente en mis declaraciones. Quiero ahorrar dinero, pero no sé si abrir otra cuenta en otro Banco pero sin que Hacienda me vaya a ppreguntar qué onda con ése dinero, ¿qué puedo hacer? Me interesa ahorrar 1 año de lo que me paga la empresa.

    • Mauricio Priego 12/Dic/2013 en 8:54 am - Responder

      Hola Nicolás, me alegra que el blog te haya sido de utilidad 🙂

      ¿Cuál es es tu inquietud exactamente? ¿Que te cobren IDE por realizar el depósito en efectivo en la otra cuenta? ¿O que por el tema de discrepancia fiscal hacienda considere el depósito como un ingreso no reportado? Te pregunto porque los comentarios dejados por otros lectores han estado girando al rededor de éstos temas y la ley contra el lavado de dinero…

      Por otro lado, ¿cuál sería el objetivo del ahorro? ¿Tener un fondo de emergencias, para adquirir algún producto o servicio o estás pensando en crear tu fondo para el retiro?

      Quedo en espera de tus comentarios para darte una opinión.

      Éxito con tu negocio.

      • Nicolás Ortiz 12/Dic/2013 en 7:05 pm - Responder

        Gracias Mauricio, mi inquietud es que sat piense que es un ingreso no reportado, pero si hago transferencia de una cuenta a otra personal no hay problema verdad? O lo puedo dejar en la cuenta donde me depositan? y ahí ahorrarlo. El objetivo del ahorro es para viajar al extranjero. Saludos!

        • Mauricio Priego 13/Dic/2013 en 9:01 am - Responder

          Nicolás, el tema de la discrepancia fiscal aún me está dando vueltas en la cabeza. Como todavía no sale la ley del ISR para el 2014 no queda claro cómo se va a articular. En cuanto tenga información más concreta, publicaré un artículo al respecto 😉

          Ahora bien, a título personal no creo que vaya a haber problemas en las transferencias entre cuentas personales ya que éstas por naturaleza son reguladas. Además, queda claro que los trabajadores recibimos nuestro sueldo transferencia de nuestros patrones y de ahí lo movemos a cuentas de ahorro… Piénsalo así: el gobierno quiere que los trabajadores ahorremos en nuestras Afores… No sería congruente que el propio gobierno nos lo impida.

          Además, no es financieramente saludable que mantengas el dinero de tu ahorro en la misma cuenta donde tienes el dinero para tu gasto diario: bajos rendimientos, pérdida de poder adquisitivo por la inflación, consumo «involuntario» de tu ahorro al retirar dinero para sufragar un gasto…

          En fin. Pasando a temas más agradables, ¿Viajar al extranjero? ¡Excelente! ¿A dónde piensas ir? Por otro lado, ¿que tal están los rendimientos donde estás ahorrando el dinero de tu viaje?

          Seguimos en contacto…

          • Nicolás Ortiz 13/Dic/2013 en 9:39 am -

            Muchisimas gracias por tu respuesta Mauricio! Seguiré al pendiente de tus artículos. Del viaje estoy a penas planeando, probablemente sea a Europa 😉 Saludos y Abrazo!

          • Mauricio Priego 13/Dic/2013 en 4:01 pm -

            ¿Europa? ¡Excelente! Confiemos que alcances el objetivo… ¡y después nos compartas fotos!

            En el blog tenemos un artículo que nos compartió una lectora, el cual trata precisamente del tema de planeación de viajes. Ella ha viajado a Europa, centro y norteamérica (quiere recorrer los principales ríos del mundo) depurando una estrategia para no requerir mucho dinero 😉

            Por si te interesa, te dejo la liga (no estará de más leerlo): ¿Turista o Viajero? Los secretos de viajar y conocer sin gastar mucho dinero

            ¡Éxito!

      • norberto 18/Ago/2014 en 9:07 pm - Responder

        Mauricio tengo una duda hice un deposito el año pasado a mi cuenta personal pagando IDE y también suspendi mis actividades ante hacienda en 2013. es una cuenta de ahorro que apartir del 2014 ya no deposito ni retiro. esa cuenta es seguro ante hacienda con todo que ya no pago impuestos ??????

        • Mauricio Priego 19/Ago/2014 en 6:18 am - Responder

          Buenos días Norberto.
          No logré comprender tu inquietud. ¿A qué te refieres con «esa cuenta es segura ante Hacienda»?

  4. jose 08/Dic/2013 en 2:46 pm - Responder

    Buenas tardes, tengo una cuenta personal no fiscal en SANTANDER en la cual tengo un crédito de personal de $350,000 los cuales retiro y deposito en diferentes cantidades varias veses al mes lo cual me lleva mis saldos promedios a $1,500,000 al mes, mi asesora del banco me dice que no hay problema, que es el dinero del crédito el que entra y sale y los impuestos ya los esta reteniendo el banco, puedo tener problemas con hacienda, gracias.

    • Mauricio Priego 09/Dic/2013 en 11:01 am - Responder

      José, buenos días.
      Por lo que entiendo estamos hablando de un crédito revolvente, ¿estoy en lo correcto? Al ser la administradora del crédito una institución financiera regulada, tampoco considero que llegues a tener mayor problema.
      ¡Éxito!

      • jose 09/Dic/2013 en 11:18 am - Responder

        En realidad es un crédito del cual estoy pagando mensualidades, el cual uso para realizar algunos pagos de ganado, de tal compra los productores no tienen forma de darme una factura fiscal y mucho menos digital, por que son personas de bajos recursos y muchas veces no saben leer ni escribir, yo le mando el ganado a otra persona la cual lo comercializa y me da una pequeña comisión y me deposita en mi cuenta personal de su cuenta fiscal, asta el momento no había tenido problema, hago mis declaraciones semestrales y anuales, pero no vinculado a mi cuenta personal por que lo que pago no tengo forma de deducirlo, por lo tanto tampoco facturó, pero con la nueva ley, que van a checar los depósitos no se, saludos y gracias por tus opiniones.

        • Mauricio Priego 10/Dic/2013 en 8:57 am - Responder

          Comprendo José… A lo que te refieres es a la «Discrepancia Fiscal» de la cual platico en el artículo La Refiega Fiscal, análisis de un contibuyente cautivo.

          Respecto a ese tema, existen infinidad de dudas. Por un lado, es un hecho que una misma persona puede sacar dinero de una cuenta para depositarla en otra… ¿Y qué tal cuando un padre le deposita dinero a su hijo que estudia en otra ciudad la universidad? ¿Y qué decimos de un amigo que presta dinero a otro y que éste se lo devuelve sin haber pago de intereses de por medio? ¿Todos estos serán «ingresos»? Sería una pesadilla para cualquier cuenta habiente tener que demostrar que cada depósito que tenga en su cuenta y que cada pago de su tarjeta durante los últimos cinco años no representan un INGRESO como tal.

          Mientras no se publique la nueva ley del ISR todo lo que digamos son especulaciones… En cuanto salga la nueva ley publicaré un artículo sobre este punto, que definitivamente nos afectará a todos. Quédate al pendiente del blog para cuando lo publiquemos… o suscríbete para que te llegue a tu correo 😉

          Seguimos en contacto…

  5. Benjamin 06/Dic/2013 en 12:11 pm - Responder

    Mi estimado Mauricio, yo tengo una consulta respecto a los depositos, yo actualmente estoy dado de alta en hacienda como empleado subordinado.
    Pero como lo que gano no me alcanza muy bien para solventar mis gastos se me vino la idea de poner un clasificado en mercadolibre para la venta de lamparas de mano de caceria y que las puedo conseguir a buen precio aca en los grandes negocios de la ciudad de mexico y por lo tanto ofrecerlas a un precio razonable, bueno aqui necesito de tu opinión, las personas que me las piden por lo regular son del interior de la republica y cuando me piden algunas, me depositan a mi cuenta de debito donde recibo el pago de mi nomina, no cuento con local ni con inventario, digamos que lo trabajo como venta por catalogo, depende las que me pidan voy al comercio y las compro y se las envio, lo que me depositan no lo estoy reportando a hacienda pero ahora con esto del ide y que hacienda se puede dar cuenta de que estoy omitiendo estos ingresos y no pago los impuestos correspondientes, quiero regularizar mi situacion, te comento que de mis depositos en el mes de enero me retuvieron $892, en julio $202 y en octubre $20, que me sugieres acudir al sat y hacer un aumento de obligaciones para pagar lo que me corresponde a este año o esperar al 2014 y registrarme en el nuevo regimen.
    Agradeceré mucho tu opinion y felicidades por tener este blog que nos es de mucha ayuda.

    • Mauricio Priego 08/Dic/2013 en 10:03 am - Responder

      Benjamín, me alegra que nuestro esfuerzo te aporte valor. Ése es nuestro objetivo 🙂

      Como ya estamos en diciembre, lo mejor es que te des de alta hasta el próximo año: Por la Reforma Fiscal se va a beneficiar a los emprendedores que estén iniciando operaciones de manera que durante el primer año no paguen impuestos, y durante los siguientes 5 años pagarán impuestos por sólo un porcentaje de sus ingresos. Es de las pocas cosas buenas que tiene la reforma y que definitivamente servirá para impulsar a emprendedores que quieren hacer las cosas bien.

      Un punto adicional: Te sugiero separar tu cuenta de NOMINA de tu cuenta del NEGOCIO, es decir, maneja dos cuentas bancarias distintas. No es conveniente mezclarlas… (Ojo: Cuando te des de alta, Hacienda te pedirá registres una cuenta FISCAL – la de tu negocio – pero que es altamente conviente que inicie en ceros – oficialmente tu negocio está apenas iniciando).

      Éxito con tu negocio. Emprendedores como tú es lo que necesita este país para salir adelante 😉

      • Benjamin 08/Dic/2013 en 6:36 pm - Responder

        Gracias Mauricio por contestar mi pregunta y tambien por la recomendacion y bueno aprovechando tu amabilidad por la respuesta tan oportuna, crees que sea mejor que de de baja mi cuenta que he utilizado para esto y abrir una cuenta nueva para darla de alta con mi inscripcion al nuevo regimen.
        Muchas gracias y aqui continuamos atentos para seguir informandonos de las nuevas disposiciones fiscales y del analisis tan preofesional que nos brindas
        Buen día.

        • Mauricio Priego 09/Dic/2013 en 11:07 am - Responder

          No te preocupes Benjamín, para mí es un privilegio poder ayudar 🙂

          ¿Dices eliminar tu cuenta de nómina? No lo considero necesario… Sólo sepáralos de aquí para adelante. Lo que debes tener en cuenta es que no es conveniente que declarases como empleado solicitando devolución de impuestos de este período, porque de pedirte hacienda copia de tu estado de cuenta, detectaría los ingresos no reportados.

          Confío sigamos en contacto 😉

          ¡Éxito!

          • Benjamin 09/Dic/2013 en 9:59 pm -

            uy mauricio, creo que ahora si necesitaré ayuda de un contador porque en este mes de noviembre pasado deje de tener relacion laboral con mi patrón y me va corresponder hacer mi declaracion, si me puedes proporcionar algún contacto que me asesore te lo agradeceré.
            saludos y gracias por tu ayuda

          • Mauricio Priego 10/Dic/2013 en 9:32 am -

            Claro Benjamín, con todo gusto.
            El proceso en realidad no es tan complejo. Te contacto por correo para platicar de la asesoría.
            Seguimos en contacto 😉

  6. Betty 04/Dic/2013 en 9:58 pm - Responder

    Hola que tal, me gustaria mucho que me aclararas una gran duda que tengo ,soy mexicana y tengo una cuenta en un banco de San Diego en EU desde hace como 3 años y tengo en la cuenta mas de 20,000 Dlls, tengo entendido que tambien estas cuentas seran reportadas al SAT, es esto correcto ??? Ya que un hermano mio se lo escucho decir a un Abogado Fiscal en un programa de radio y la verdad me dejo muy preocupada.
    Muchas Gracias

    • Mauricio Priego 05/Dic/2013 en 7:46 am - Responder

      Hola Betty.

      Por el momento sólo puedo afirmar que he escuchado lo mismo que tu hermano. Según las acuerdos internacionales contra el lavado de dinero, es totalmente posible que el gobierno Mexicano pida información a bancos extranjeros (incluido EEUU) sobre movimientos realizados por ciudadanos mexicanos o extranjeros sospechosos de algún delito (incluido fraude u evasión fiscal).

      Pero ojo: esto no es de ahora, tiene muchos años. Así que en realidad no tienes por qué estar preocupada por ello.

      Lo nuevo es el concepto de «Discrepancia Fiscal» el cual comento en el artículo La Refriega Fiscal. Te invito a leerlo y ya sobre él expresarme tus dudas.

      Éxito en tus proyectos 🙂

  7. Carolina 04/Dic/2013 en 9:37 pm - Responder

    Hola, agradezco mucho a personas como tu que tienen estos blogs y el tiempo para podernos ayudar en todas nuestras dudas Muchas Felicidades ojala hubiera mas personas como tu, pasando a mi pregunta, yo vendo por internet bolsas de dama el cual los depositos son en la mayoria depositos bancarios y a veces transferencias electronicas las cuales se que no generan impuesto, creo que tengo entendido que con esta nueva ley del 2014, el SAT podra fiscalizar todas las cuentas que hayan tenido depositos de cualquier indole no importando si estos fueron por cantidades menores a los 15,000 pesos mensuales? que el SAT va a tener la facultad de requerirnos para saber de donde salio este ingreso aun siendo esa cantidad? lo que quiero saber es, si esto es verdad ? Otra pregunta, yo tengo una cuenta en EU, es cierto que tambien el SAT puede pedir informacion a los bancos de EU para ver mi tenemos cuentas alla? Agradezco mucho tu ayuda

    • Mauricio Priego 05/Dic/2013 en 7:30 am - Responder

      Hola Carolina, muchas gracias por tus palabras 🙂

      Lo que haces es una actividad mercantil la cual debiera seguir los trámites aduanales y pagando los impuestos correspondientes (incluyendo IVA e ISR por el fruto de la venta de las bolsas para dama) Esto claramente eleva y mucho los costos. Es por ello que unos tenis de marca en EEUU cuentan entre 20 y 40 dólares mientras en México cuestan 1000 o 1200 pesos. Es por ello que muchos se dedican al contrabando – fayuca, lo cual es un delito… si bien difícil de seguir principalmente cuando se hace en volúmenes pequeños y a través de Internet.

      Como Hacienda sabe que muchas de esas operaciones se hacen por medios electrónicos que necesariamente requieren en algún punto de la intermediación de una institución financiera (bancos), pues qué mas fácil que fiscalicen los depósitos (abonos) realizados a las cuentas y compararlos con los ingresos reportados. La Reforma Fiscal para el 2014 implementa el concepto de Discrepancia Fiscal para estos casos, donde parece ser que la diferencia entre lo que reportas y lo que depositas se considerará un ingreso no reportado por el cual tendrás que pagar impuestos (de hecho, va a desaparecer el IDE).

      Claro está que esto es una locura: las empresas depositan a sus empleados sus viáticos en sus cuentas de nómina, un familiar que vive lejos puede depositarte dinero como regalo de cumpleaños (no es un ingreso), tu mismo puedes retirar de una cuenta y depositar en otra cuantas veces lo desees… En lo personal no creo que sea tal como se lee a primera instancia, además de que la reforma dice que “Hacienda podrá solicitar a los bancos…”, es decir, no es que los bancos estén reportando constantemente a Hacienda los millones de operaciones diarias, sino que Hacienda tendrá la facultad de solicitar la información cuando sospeche de alguna actividad no reportada y solicitar la información, ante lo cual no aplicará el secreto bancario.

      Si estoy en lo correcto, entonces nuevamente los volúmenes pequeños de operación no serán percibidos. Para confirmarlo hay que esperar a que se publique la nueva ley del ISR donde se articule la reforma… En cuanto se publique escribiré un artículo al respecto. Te invito a seguirnos leyendo para que recibas la información de forma oportuna 😉

      Éxito con tu negocio.

  8. Roberto 04/Dic/2013 en 12:58 pm - Responder

    Mauricio,

    Te felicito por tus respuestas tan claras! Mi pregunta es, si recibo donaciones por 15,000 pesos al mes, a traves de transferencia a una cuenta personal, (porque ahorita estamos desempleados), hay que pagar ISR por esas cantidades? Tambien he estado vendiendo cosas que tenia en mi hogar, y he juntado mas de 50,000 pesos, los puedo ir a depositar al banco y nada mas me cobran el ide? O tambien hay que pagar el ISR?

    Slds, Roberto

    • Mauricio Priego 05/Dic/2013 en 7:17 am - Responder

      Roberto, gracias por tus felicitaciones 🙂

      Si las «donaciones» son en realidad un apoyo que te dan familiares o amigos para superar un bache económico, no requieres pagar ISR por ello.

      De las cosas de tu casa que has estado vendiendo, las ganancias obtenidas de rigor son un ingreso por el cual se debería pagar ISR… Pero esto es algo que en realidad nadie hace… ni el fisco persigue ya que los montos son normalmente reducidos.

      Ahora bien, el IDE es un hecho que te lo van a retener si depositas el efectivo en tu cuenta bancaria… Si quieres llevar la fiesta en paz y el que te retengan el IDE por los $35 mil restantes no te causa mayor problema (son aproximadamente $2000), realiza el depósito.

      Pero si prefieres utilizar esos $2000, espera al 2 de enero que se haya derogado este impuesto y deposítalos a tu cuenta… Ya no te retendrán el IDE 😉

      ¡Éxito!

  9. Arturo Moreno Díaz 02/Dic/2013 en 9:45 pm - Responder

    Cp. Mauricio una pregunta mi papa es pensionado de CFE tiene como 5 años que lo jubilaron tanto del seguro social como de Cfe, mi papa tiene 79 años de edad y es de esas personas que guardan el dinero en una caja fuerte y el otro día platicando con el lo convenció de que lo guardara en el banco yo creo que ya tiene como 1,500,000.00 de pesos, crees que aya mucho problema en depositarlo ya que sus ingresos mensuales son aproximados a los 45000 pesos mensuales o que puede hacer para no tener problemas con hacienda. Saludos.

    • Mauricio Priego 03/Dic/2013 en 8:54 am - Responder

      Arturo, comprendo tu preocupación. Un depósito de millón y medio en efectivo, tan solo por el IDE, generaría un montón de impuestos.

      En primera instancia podrían esperarse a hacer el movimiento hasta en Enero, momento en que se va a derogar el IDE con lo cual ya no les retendrían este impuesto… pero con la Discrepancia Fiscal que entra en vigor precisamente en enero les podría salir más caro.

      En su caso en particular sugeriría platicar con un asesor de alguna institución financiera, ya que éstas tienen áreas que estudian las leyes fiscales y en base a ellas pueden definir estrategias que beneficien al ahorrador / inversionista. Claro está, no todas las instituciones financieras atienden de forma personalizada a sus clientes, siendo lo normal que sólo se contenten en dar información de sus instrumentos de ahorro e inversión y de recibir el dinero.

      Si gustas puedo canalizarte con mi asesor, el cual pertenece a una institución financiera que me gusta precisamente por su cercanía y trato personalizado para con sus clientes sin importar la cantidad de dinero que tengan en su cuenta. Quedo al pendiente de tu confirmación.

      ¡Éxito!

      • Arturo Moreno Díaz 03/Dic/2013 en 9:24 am - Responder

        Mauricio gracias por tu información y tiempo, pensando en eso si me pudieras pasar los datos de tu asesor financiero te lo agradecería mucho yo soy de guanajuato y me sería de gran ayuda el consejo de tu asesor. Gracias y saludos.

        • Mauricio Priego 04/Dic/2013 en 6:54 am - Responder

          Arturo, te envío los datos por correo electrónico.
          Confío encuentren una buena solución para los ahorros de tu papá.
          Éxito en tus proyectos 😉

  10. RONALD 28/Nov/2013 en 10:21 pm - Responder

    Hola Mauricio,soy mexicano pero tengo una cuenta en usa wells fargo,tengo entendido que solo a las cuentas que generen mas de $10.00 dlls de intereses en el año seran reportadas al sistema tributario mexicano pero que hay de cierto que te van a cuestionar en el banco usa si quieres que te reporten al sat en mexico y si contestas que no te van a retener el 30%.

    Gracias

    • Mauricio Priego 29/Nov/2013 en 6:24 am - Responder

      Ronald, no he leído hasta el momento nada al respecto. De hecho, eres la primera referencia que tengo.

      Quedan todavía muchas dudas, las cuales deben quedar aclaradas cuando se publique la reglamentación oficial. En su momento publicaré un artículo al respecto.

      Mientras tanto, confío que continuemos en contacto a través de los artículos del blog.

      Éxito en tus proyectos

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