Actualización del artículo al 5 de enero del 2014
La Reforma Fiscal autorizada a finales del 2013 determina que este impuesto es derogado a partir del 1 de enero del 2014, por lo que ya no se retendrá sin importar cuánto depositen los cuenta-habientes en efectivo en sus cuentas. Sin embargo, estas operaciones seguirán siendo reportadas por las instituciones financieras a Hacienda para la identificación de posibles evasores fiscales.
Artículo original
Si alguna vez has vendido tu auto, has cancelado alguna cuenta de ahorro por aperturar otra, o simplemente has recibido dinero en efectivo, es muy probable que te hayas visto ante el dilema que, de meter el dinero al banco, ¡te cobrarán el 3% por impuestos!
En México desde hace algunos años se implementó la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (LIDE), buscando alcanzar a aquellas personas que venden productos o sus servicios sin estar registrados ante hacienda, evadiendo, por tanto, su obligación fiscal.
Más allá de la conveniencia o no de este impuesto, el tema que hoy quisiera exponer es cómo proteger tu dinero de una ley que en algunos casos en definitiva no es justa: La Ley dice que, una vez superados los $15,000 pesos depositados en tu cuenta personal en efectivo, la institución financiera tiene la obligación de retener directamente de tu cuenta el 3%, es decir, al final del mes te quitan ese dinero sin necesidad de tu autorización.
Veamos un ejemplo:
- El día 5 te paga un primo un préstamo que le hiciste y metes al banco $3,000
- El día 11 vendes la motocicleta vieja y muy usada que tenías y metes al banco los $8,000 que recibiste por ella
- El día 24 tu hermana te presta los $10,000 que necesitabas para completar lo que faltaba para comprar tu nueva motocicleta
- El día 29 retiras el dinero para la moto ya que finalmente acudirás a comprarla, mas por error retiras más dinero del que necesitabas y depositas el excedente, digamos unos $2,000
El día del corte de mes el banco detecta que depositaste en efectivo, $23,000 pesos, por lo cual retendrá de tu cuenta, enviando a tu casa el comprobante respectivo de retención de impuestos claro está, ¡un impuesto de $240.00!:
Depositado | 23,000.00 |
Exento | -15,000.00 |
Base para impuesto | 8,000.00 |
LIDE de 3% | 240.00 |
En este caso, la mayor parte del dinero que depositaste no corresponde a un ingreso que hayas generado con excepción de la venta de la moto, que por definición sí es un ingreso. Sin embargo, al final del camino lo obtenido por la venta de la moto es menor a los 15,000 que marca la ley, y esto sin contar que la venta no fue para comercializar la moto sino por la necesidad justa de adquirir una nueva y que, si eres empleado, no podrás depreciar de forma que deduzcas impuestos por ella.
¿Es solución entonces no dejar dinero en tu cuenta para evitar lo retenga el banco? ¡¡Para nada!! La ley establece que si al momento de retener el impuesto no tienes el dinero suficiente en tu cuenta, te serán retenidos en cuanto tengas dinero, actualizando los importes y cobrándote cargos adicionales por penalización (LIDE, Art 6).
Entonces, ¿Cómo puedo proteger mi dinero? ¿Guardándolo bajo el colchón? La buena noticia es que esto no es necesario, ya que la misma ley contempla excepciones:
- Existen formas de depósito que no son efectivo, como lo cheques y las transferencias electrónicas, por lo que no están sujetas a este impuesto
- Las personas morales con fines no lucrativos están exentas del impuesto, siendo este el caso de algunas cajas de ahorro internas de las empresas (LIDE Art 2.II)
En base a lo anterior, aquí tienes algunos consejos prácticos para proteger tu dinero del LIDE (Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo):
- Si no has accedido al portal en Internet de tu banco, hazlo ya. En la gran mayoría de ellos las funciones básicas como transferir dinero entre tus propias cuentas, pagar tu tarjeta de crédito (del mismo banco) y consultar tus saldos, movimientos y estado de cuenta, son gratuitas. Si la razón de fondo es que no confías en Internet o que consideras que es demasiado complicado, considera que en el caso del LIDE te pone en riesgo de que la ley te tome desprevenido… y también tome tu dinero.
- Si usualmente recibes dinero en efectivo y lo depositas en tu cuenta, monitorea los movimientos ya realizados a través del portal del banco para evitar sustos. No es recomendable hacerlo a través de cajeros automáticos ya que la mayoría de los bancos cobran comisiones después de cierto número de consulta de movimientos.
- Si te pagan con cheque de un banco distinto a donde tienes tu cuenta, es preferible depositar el cheque directamente en tu cuenta a ir al otro banco a hacer colas para que te lo cambien por efectivo, y después depositarlo en tu cuenta. La espera al día siguiente para tener disponibilidad del dinero se ve recompensada por el ahorro en tiempo y el que no se te contabilice para el LIDE.
- Si tu patrón te paga en efectivo y posteriormente metes el dinero en tu cuenta, habla con él para que te pague con cheque o transfiera el dinero directamente a tu cuenta.
- En general, si alguien te va a pagar una cantidad importante de dinero por el motivo que fuese, habla con esa persona para que te pague con cheque o transfiera el dinero directamente a tu cuenta.
- Si la empresa para que trabajas tiene Caja de Ahorro, acércate a ella y confirma si se encuentra exenta ante el LIDE. De serlo, deposita en ella las cantidades importantes de dinero.
- Si la empresa para la cual trabajas no tiene caja de ahorro, existen sociedades que dan el servicio de gestión de la Caja de Ahorro a las empresas, las cuales son autosuficientes por lo que no cuestan para la empresa siendo un servicio adicional muy valioso para los empleados. Una de las que conozco y con la cual he operado es ODESSA* siendo una opción interesante para revisar.
Por el momento me despido confiando que esta información te sea de utilidad. Cualquier duda o comentario adicional que consideres, ¡no dudes en exponerla!
¡Éxito en tus proyectos!
* Odessa es ajena al PractiFinanzas siendo presentada únicamente como una referencia
Hola estimado Mauricio tengo una súper duda espero me ayudes, yo trabajo en el extrangero con una compañía del gobierno de este país UAE me depositan en su moneda local después la convierto a dólar y del mismo banco por transferencia interbancaria la mando a mi banco local en México yo trabajo aquí pero vivo en México y cada 3 meses voy de vacaciones. Mi pregunta es si al mandar el dinero mensual a México debo de pagar impuestos a hacienda.
Hola José,
La respuesta no es sencilla… Desconozco sinceramente si existe algún convenio entre los UAE y México para evitar la doble tributación (tener que pagar impuestos en ambos países). Lo que sí es un hecho es que te sería de mucha ayuda sería informar a Hacienda en tu próximo viaje que vives en los Emiratos. Lo que te podría generar tener qué pagar impuestos es que tengas una dirección fiscal en México ya que de esta manera el SAT considera que los ingresos los generas en el país. Más allá de eso, el que transfieras tus recursos desde una cuenta a tu nombre te permite demostrar, junto con tus recibos de nómina, que el dinero es producto de tu trabajo por el cual ya te cobraron los impuestos correspondientes.
Por otro lado y saliéndome un poco del tema, ¿hace cuánto te fuiste de México? Te pregunto porque si tiene menos de cinco años podrías mantener tu derecho de pensión con aportaciones bajas a través de la Modalidad 40… ¿Has oído hablar de ello?
Un saludo hasta la península arábiga 😉
Gracias por la rápida respuesta.
Bueno apenas llevo un año trabajando, trabajo 3 meses descanso uno y regreso así es mi rotación en México era trabajador igual recibía nómina mensual y estoy en hacienda como persona física que recibe salarios algo así cada mes hago depósitos a mi esposa lógico es casi todo mi salario yo y mi familia radicamos en México aquí solo trabajo.
Y cual es lo otro derecho de pensión
Hola. Tengo una pregunta espero me puedas ayudar. Desde hace unos meses vengo recibiendo transferencias mensuales de 100,000 pesos aproximadamente estas me las envía una empresa mexicana para hacer el pago de unos trabajadores mexicanos que están laborando actualmente en china, con este dinero atiendo el pago de su hospedaje. Debido a que el hotel no tiene cuenta para pagar directamente yo comencé a hacerlo de esta manera, por lo que te comento sabrás que me encuentro en este país y me ha surgido la duda si posteriormente tendré algún problema. No me encuentro registrada tampoco ante haciendo. Espero tu asesoría, gracias!
Hola Norma,
Definitivamente te encuentras en el ojo del huracán y podrías tener problemas serios en el futuro. Para evitarlo tendrías que formalizar documentalmente dichas transferencias:
a) Si eres empleada de la empresa que aporta el dinero para el hospedaje, en tus funciones debe estar ésta actividad y debe existir un acuse de recibo de que tú le envías las notas de los pagos efectuados. Adicionalmente tú debieras guardar comprobante de las transferencias (tus estados de cuenta son suficientes), de los comprobantes de pago en el hotel y de los acuses de recibo de tu patrón.
b) Si no eres empleada de la empresa sino que de un outsourcing que le presta este servicio, en esencia el proceso a seguir es el mismo que en el caso anterior.
c) Si estás por tu cuenta debieras facturarlo matando esas facturas con el recibo del hotel de manera que no te quedaría impuesto a pagar (a menos que tengas una utilidad por el servicio).
¡Éxito!
Hola Mauricio, a principios del 2016 se me debera pagar el importe de mi seguro de vida dotal, establecido asi en el contrato hace dos decadas. El caso es que ese dinero lo quiero usar para reactivar maquinaria de negocio en suspension de actividades desde el 2007, por falta de capital de trabajo que ninguna Pyme contempla apoyar por razones de edad a gente con mas de 60. Mi pregunta es si me van a querer obligar a pagar algo de impuestos por eso, sabiendo que por edad soy exento y mi esposa igual hasta por 140 mil anuales, la suma no alcanzaria eso, pero si me ayuda a comprar materia prima y comenzar de nuevo a hacer algo para obtener mas recursos, pues ya no nos alcanza la pension ni para prediales y servicios. Si cada prima pagada se saco siempre de mi escasa pension, es dinero que se supone libre de impuestos. Gracias.
Hola Ray,
Te felicito por la prudencia mostrada al llevar en paralelo a tu esquema de pensión un fondo privado para capitalizar tu retiro. Si te genera impuestos o no depende de dos situaciones:
1) Que el seguro en el que invertiste esté registrado ante el SAT como un instrumento de ahorro para el retiro (esto lo puedes confirmar con tu aseguradora, aunque si estuviste estas dos décadas deduciendo tus aportaciones la confirmación es implícita);
2) Que tengas 65 años o más, edad oficial del retiro en México.
De no cumplirse alguno de estos dos supuestos se te retendrían los impuestos correspondientes.
Mis mejores deseos de éxito para tu negocio.
Mil gracias Mauricio, realmente, hasta donde se, tengo 75 y mi esposa igual edad. Mi dinero que espero recibir de entrada se que es menos de lo que la ley nos exenta a ambos por 140 mil cada uno. Yo tengo maquinaria que no puedo usar por falta de capital y las pymes solo se han reido de mi, se tiran al suelo los gerentes de banco, agarran su panza, me apuntan con un dedo y le dicen a la secre: oilo, oilo, quiere un prestamo. Luego se para y dice ya serio No amigo Ud ya no es sujeto de credito alguno. Mejor consiga un asilo gratuito. Me puede confirmar la exension referida arriba sigue vigente, porfa.! es algo que mucho ayudara a gente mayor. Las AFORES estan siendo ya otro FOBAPROA, donde se estan robando los ahorros de la gente, retenidos de IMSS Infonavit a partir de 1997. Vean en Internet lo que pasa con solo dos palabras FRAUDES AFORES. Es increible que todavia Videogaray ande con las canciones en la TV, que la gente le meta 10 pesitos diarios a su afore. Mierda es lo que tiene ese sistema, donde Slim el mas ricco del planeta, con su INBURSA se auto presta al 6% el dinero y le cobra todavia a los ahorradores SU CUOTA X ADMINISTRACION. Que poca……piedad con la pobreza, pero asi es eso de hacer dinero.
Hola de nuevo, quise poner mejor el enlace a las AFORES Y EL GRAN FRAUDE QUE SE COCINA EN ESO
https://www.google.com.mx/?gfe_rd=cr&ei=fmKuVdKfBqPa8geJ1pzABQ&gws_rd=ssl#q=fraudes+afores
Saludos
Hola mauricio buenas madrugadas mi pregunta es yo de los 12 meses del año depmisito en mi cuenta $14000 mil pesos mensuales que probabilidades habrá que haciendaiegase a requerirme puede variar o de 0. Al 10 que calificacion pondría o seria alazar gracias y buenas sigala pasando bn grxz..
Hola Guadalupe, buenos días.
Dar una calificación es difícil… Por un lado no estás alcanzando los $15 mil por lo que tu banco no está reportando esas operaciones al fisco, pero por otro lado son depósitos regulares. Los posibles escenarios son los siguientes:
1) Que rebases un mes esos 15, y que al revisar Hacienda, detecte la regularidad.
2) Que salgas seleccionada en una auditoria al azar
La pregunta que yo te haría es, ¿a qué te dedicas? Porque si es casi cualquier tipo de comercio o servicios no profesionales puedes darte de alta en el RIF con lo cual estás exenta de impuestos el primer año y después se van incrementando de forma paulatina año con año por 10 años (y con la oportunidad de deducir gastos). Esto te permitiría consolidar tu negocio antes de tener que pagar impuestos y podrías dormir durante la madrugada sin estar pensando en que Hacienda te detecte 😉
¡Éxito!
Buenas noches.
Tengo un problema, mi hermano presto dinero en diferentes fechas y en cada fecha la persona que le presto el dinero le firmo un pagare con el 10% de interes, uno fue por 60,000 otro por 72,000 otro por 30,000 otro por 18,000 y el ultimo por 6,000. Ahora la persona que le va a pagar su dinero le dice que se lo va a depositar en un cheque y que el se las arregle con el sat y son como 300,000 porque se acumularon intereses desde el año pasado, y mi duda es ¿que pasa si le depositan ese cheque con esa cantidad tan grande? porque como va a comprobar esos ingresos, el dinero lo presto de varias cosas que ha vendido y que ya no le servian, y trabajos de plomeria que ha hecho y que no tiene como demostrar, ¿que va a pasar si no puede comprobar los ingresos?
Les agradeceria mucho su ayuda por favor, es urgente no sabemos que hacer.
Gracias y saludos!
Hola Laura, buenos días.
Tu hermano tiene una actividad económica la cual le genera ingresos, los cuales tiene la obligación de reportar al fisco y pagar los impuestos correspondientes. ¿Qué va a pasar si le depositan los $300 mil? Que la posibilidad de que el fisco detecte esa operación y a través de ella la actividad de tu hermano se incrementa.
Suerte
buenos dias mi pregunta es me depositan a mi cuenta de nomina unos apoyos k mis compañeros de trabajo me dan para el pago de tratamiento de enfermedad de mi papa y de algunos famililares que ellos tienen que apoyar como alguno de ellos no cuentan con cuenta de nomina an estado ocupando mi cuenta de nomina y ellos con el patron llegaron a un acuerdo de que para no afectarme sea mediante trnsferencia de mi patron a mi cuenta de nomina, desde marzo de 2014 a abril de 2015 de positos de hasta por arriba de 20,000 quincenal, hacienda me puede sancionar por estar recibiendo ese tipo de apoyos me urge saber, agradesco mucho su asesoria
Hola Mauricio,
Tú dijiste:
«Me temo que desde el año pasado entró el vigor una nueva ley en la cual se autoriza a las instituciones el cobrar de forma automática adeudos vencidos directamente de las cuentas de ahorro e inversión de los deudores. ¿Es justa o no esta ley? Podríamos debatirlo, pero la realidad es que la ley está vigente»
Ahora te pregunto si esta ley también autoriza a los bancos cobrarse deudas a lo chino usando dinero que tengas en cuentas de otros bancos diferentes al banco con el cual tienes la deuda. ¿O sólo pueden cobrarse deudas dentro del mismo banco?
Por cierto, si la conducef no funciona, aún existe la posibilidad de demandar a un banco ante tribunales, pero si el monto es menor tal vez sea más conveniente dar por perdido el dinero y enfocar nuestra energía en generar más riqueza.
Hola. Es muy buena esta página para aprender un poco de las finanzas.
Tengo una duda muy grande.
Vivo en DF, y el año pasado en septiembre recibí un depósito en mi cuenta perfiles,por $85,000.- fué una transferencia, y después otro por 100,000.-
No estoy dado de alta en el SAT, y no se mucho acerca del pago de impuestos, y quisiera saber si ¿tuve que darme de alta y declarar sobre ese dinero?
como no lo hice ¿que repercuciones vendrán?.
Muchas gracias.
Hola Luis, en realidad gracias a ti ya que son tus comentarios los que enriquecen a la comunidad y dan vida al blog 😀
Como los movimientos que mencionas fueron por transferencia electrónica, existe alguna posibilidad de que Hacienda no te requiera. Ahora bien, en caso de hacerlo, esto sería después del mes de abril cuando las personas físicas realizamos nuestra declaración de ingresos del 2014… Y tiene 5 años para hacerlo. De requerirte, la manera de hacerlo es a través de una carta donde te «invita» a pagar los impuestos correspondientes a esos depósitos con los recargos generados por no haber realizado la declaración de esos ingresos de forma oportuna.
Para evitar lo anterior aún estás a tiempo (tienes hasta el 30 de abril), siendo lo más recomendable que te acerques a un contador quien te ayude a realizar tu declaración y te asesore para que pagues los menos impuestos posibles (Por ejemplo, si estás pagando la hipoteca de tu casa, los intereses que pagas puedes deducirlos y con ello pagar menos impuestos)
¡Éxito!
Muchas gracias. Haré lo posible por ponerme al corriente con esta cuestión del SAT. Otra pregunta, De los 185,000.-, realmente me queda muy muy poco dinero, debido a que ese dinero desde la fecha que te comento hasta ahora, lo ocupé en un familiar que sufrió un derrame cerebral, entre medicamento, rehabilitación, oxigeno, etc, Entonces mi pregunta es ¿si hago mi declaración y de ese dinero ya no me queda nada, como tendría que pagar esos impuestos que generé? ¿el sat da alguna oprtunidad para pagar en fecha posterior?
Muchas gracias, de verdad me has ayudado muchísimo, que bueno que existan este tipo de espacios que realmente son serios y de mucha ayuda.
No hay de qué Luis, es un placer -y un privilegio – el poder aportar mi granito de arena 😉
Sí es posible «re-estructurar la deuda» con el SAT, de manera que tengas maniobra para pagar tus adeudos fiscales. Sin embargo, por el caso que comentas y si tienes cualquier tipo de comprobante del tratamiento del paciente así no sean facturas fiscales, sería conveniente que converses con la PRODECON (Procuraduría de la Defensa del Contribuyente – 01800 611 0190) exponiendo el caso para ver si ellos conocen algún mecanismo a través del cual puedas verte beneficiado. Esto además de conversarlo con tu contador, claro está.
Mis mejores deseos para que tu familiar se encuentre ya recuperado 🙂
Muchas gracias, te lo agradesco mucho. Espero en estos días poder checar esa situación para salir de pendientes.
De nuevo, te reitero mi agradecimiento.
hola Mauricio tengo una cuenta de dlls en bancomer, mi esposo trabaja en USA gana 1500dlls a la semana yo los deposito en mi cuenta lunes 500 miércoles 500 y viernes 500 para poder retirarlo en el cajero que son 7500 pesos a la semana son 22500 pesos crees que pueda tener algún problema
Hola Rubí,
Lo ideal sería que tu esposo abriese una cuenta de ahorro en EEUU y te transfiriera el dinero de manera electrónica. Por este medio no tendrían problema alguno porque las donaciones entre cónyuges son libres de impuestos. El problema de lo que están haciendo es que, según entiendo, el dinero lo depositas en efectivo, y de esta manera es más difícil demostrar que ése dinero efectivamente es el que te envió tu esposo (para Hacienda sólo es válida la evidencia documental, es decir, vía comprobantes, estados de cuenta, etc).
Ahora bien, si no está en sus posibilidades abrir la cuenta de ahorro por el motivo que fuese, otra opción es que guardes los comprobantes que te den en dinero exprés o donde sea que te envíen ese dinero, que procures ir tan pronto como puedas al banco, y que guardes, junto con el comprobante anterior, el comprobante del depósito. Al final de mes agrega tu estado de cuenta y guárdalos en algún lugar seguro. Si Hacienda te llegase a requerir para demostrar el origen del dinero, tú podrías demostrarlo… Sólo ten en cuenta que es necesario que resguardes esos documentos mínimo por cinco años, que es el tiempo que tiene el fisco para requerirte.
¡Éxito!
Buenas noches Mauricio, me estan invitando a un negocio llamado Heptanivel, en el que supuestamente puedo llegar a recibir en determinado momento 2187 depositos de $100 pesos cada uno, de 2187 personas diferentes que ni conozco, si esto realmente sucediera, que problemas fiscales puedo llegar a tener por recibir $ 218 700 pesos en un mes en mi cuenta bancaria?
Buenos días César.
Antes que nada te sugiero prudencia. Si no hay un producto de por medio y sólo es la entrega del dinero, entonces podría ser una «pirámide» lo cual es reconocido como fraude.
Más allá de eso, de recibir ese monto en un sólo mes, tendrías que reportarlo a Hacienda como un ingreso… Y otro problema sería reportar qué tipo de ingreso es, perqué no es asesoría, ni servicio, ni venta, ni honorarios, ni salarios…
Piénsalo con la cabeza fría antes de tomar tu decisión…
Gracias Mauricio por tomar mi consulta y responderla, dicha empresa heptanivel tiene una pagina donde supuestamente te muestran que estan registrados en hacienda y hasta te ofrecen un correo para asesoria fiscal, pero como tu lo mencionas: como voy a comprobar dichos depositos?? Nuevamente gracias, hasta pronto