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La Reforma Fiscal, ¿Cómo me afecta?

Mauricio Priego 18/Nov/2013 274

La Reforma Fiscal, ¿cómo te afecta?Por fin la Reforma Fiscal se autorizó hace unos días. Como muchos temíamos, lejos de ser una verdadera reforma donde se incrementara la base de los contribuyentes, que incentivara a la formalidad, que fomentara el crecimiento económico del país, en realidad es un fuerte incremento impositivo a los contribuyentes cautivos, así sean trabajadores, emprendedores o dueños de pequeños negocios, como a las empresas y corporaciones. Diferentes analistas hablan que los ciudadanos veremos reducido entre un 10 y un 15% nuestro poder adquisitivo – adicionalmente al efecto producido por la inflación -, y grandes empresas han expresado que tendrán que frenar sus planes de expansión (los cuales generarían empleos y activarían la economía en la zona donde se iban a ubicar) para poder absorber el nuevo costo fiscal sin afectar a sus empleados.




Pero, ¿qué cambió? ¿Qué cambios nos afectan directamente? Y de ser así, ¿cómo nos afectan? La respuesta a esas preguntas es lo que quisiera compartir con ustedes hoy enfocándome en las personas físicas (en el caso de las personas morales hay demasiadas características particulares dependiendo del giro y tamaño de la empresa).

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(Si no se despliega la presentación o si recibes este artículo por correo, puedes acceder directamente a la presentación a través de esta liga: http://www.slideshare.net/slideshow/embed_code/28312109)

Definitivamente hay mucho qué discutir, muchos puntos que se podrían debatir (y que deberían haber debatido diputados y senadores en lugar de defender sus posiciones e intereses políticos… como siempre). Mas por el momento quisiera ser lo más objetivo posible señalando los cambios y sus efectos sin mezclarlos con mis opiniones personales. La próxima semana compartiré con ustedes mi opinión y análisis. Hasta entonces…

¡Éxito!

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274 Comentarios »

  1. Luis Carlos Flores Gomez 06/Ene/2014 en 11:05 pm - Responder

    Buen dia señor. tengo una duda en mi empresa se maneja una caja de ahorro manejada por el sindicato, y ya no nos quieren descontar este año por que dicen que la nueva reforma fiscal no se los permite. y es un atraso para nosotros los trabajadores porque ya no podremos ahorrar ni pedir prestamos por que la empresa no quiere descontar las cajas de ahorro y los descuentos por prestamos. es valido esto? le agredeceria mucho su opinión. gracias y buen dia.

  2. carlos 04/Ene/2014 en 7:23 am - Responder

    Hola buen dia mi duda es tengo unoe prestamos por 130000.00 entre targeta y prestamo pago como 9000 mensual tendre problemas con hacienda.
    Otra duda si me pagan cheques a mi nombre por 30000 o me transfieren 50000 en un mes pero no estoy dado de al ta como me afecta

    • Mauricio Priego 07/Ene/2014 en 10:43 pm - Responder

      Carlos, con la información que me brindas me es difícil darte una opinión. ¿Tienes un empleo formal o solamente recibes tus ingresos a través del negocio que mencionas y en el cual no estás dado de alta ante el fisco? De sí tener un ingreso formal, ¿te depositan tus pagos en la misma cuenta donde recibes los ingresos de tu negocio? ¿Cuántos son tus ingresos mensuales formales?
      Seguimos en contacto 😉

  3. BARDO RIVAS 03/Ene/2014 en 11:56 am - Responder

    ESTA REFORMA FISCAL NOS AFECTA SI ESTOY RECIBIENDO MIS INGRESOS POR UNA SA. DE CV. Y UNA CIVIL_

    ESTA REFORMA ESTA DIRIGIDA EXCLUSIVAMENTE PARA PERSONAS MORALES Y FISICAS QUE ESTEN DADAS DE ALTA EN HACIENDA ?

    ES VERDAD QUE AL ABRIR UNA CTA BANCARIA TE PEDIRAN QUE PRIMERO TE DES DE ALTA EN HACIENDA.

    SI ESTOY EN SUSPENSION DE ACTIVIDADES Y TRABAJO PARA UNA PERSONA MORAL QUE ME DA IMSS, INFONAVIT, AFORES ETC NO ESTOY SUJETO A ESTAS DISPOSICIONES

    • Mauricio Priego 06/Ene/2014 en 4:00 pm - Responder

      Hola Bardo!

      La Reforma Fiscal nos afecta absolutamente a todos… Piénsalo tan solo con los refrescos: Sin importar si eres empleado, pensionado, estudiante o un niño de 6 años que va a la tienda a comprarse un refresco, te van a cobrar el impuesto a bebidas azucaradas.

      Respecto a que te pidan darte de alta en Hacienda como requisito para abrir una cuenta bancaria… Honestamente no lo creo. Durante varios años se estuvo reteniendo el IDE por depósitos en efectivo y en todo este tiempo no fue necesaria esa condición. Lo que sí imagino es que exigirán el CURP para poder identificar las operaciones de quienes no tengan RFC.

      Pero esto último es lo que me imagino. Mientras no se publiquen las nuevas leyes, no podemos negar ni afirmar nada.

      ¡Éxito!

  4. J. Antonio Pérez Cruz 02/Ene/2014 en 6:46 pm - Responder

    Sr. Mauricio Priego muchos saludos y gusto en conocerlo. Hoy leí varios artículos de su interesante temas de su columna que me recomendó mi hijo acerca de la Reforma Fiscal, concreta-mente la titulada » LA REFRIEGA FISCAL, ANÁLISIS DE UN CONTRIBUYENTE CAUTIVO» con sus respectivas preguntas y respuestas que acertada-mente proporciona. Leí también varios artículos relacionados y algunos links que ud., dió. Tengo algunas dudas algunas se aclararon con las respuestas de los compañeros que preguntaron, pero me surgen algunas otras por ejemplo 1.- ¿Que es la Factura Global del día, semanal, ó mensual? 2.- ¿Como se hace? 2.-¿Cual es la Discrepancia Fiscal?, y algunas otras que de momento se me escapan. Ojalá si fuera posible que me enviara también sus artículos posteriores para estar al tanto. Muy Agradecido de antemano y una disculpa por anticipado por que voy a seguir molestándolo con mis preguntas. GRACIAS De J. Antonio Pérez Cruz.

    • Mauricio Priego 03/Ene/2014 en 10:07 am - Responder

      Antonio, es un placer conocerte. Por favor agradece a tu hijo la recomendación 😉

      Sobre tus preguntas…

      1 y 2. Las «facturas globales» se dan principalmente en los negocios minoristas. Supón que una persona tiene una tienda y que algunos de sus clientes le piden factura por los productos que compran… ¿Cómo haría el dueño de la tienda para reportar a Hacienda en total de las ventas si el grueso de sus clientes no piden factura (pensemos en unos niños comprando unas golosinas)? En ese caso el dueño de la tienda tiene que emitir una factura por el total de las ventas del día (o de la semana o del mes, dependiendo su estrategia) restando aquellas de las que sí le hubiesen pedido factura.

      3. La discrepancia fiscal consiste en que Hacienda puede solicitar a bancos e instituciones financieras el total de tus depósitos a cuentas de ahorro e inversión, así como los pagos a tus tarjetas de crédito. Si el total de esos movimientos no es congruente con el total de tus ingresos reportados al fisco, entras en discrepancia y Hacienda tiene la facultad de considerar la diferencia como un ingreso no reportado por el cual te requiera el pago de impuestos. Cómo se articulará en realidad esto es todavía un misterio sujeto a muchas especulaciones, ya que no se han publicado las leyes secundarias respectivas 🙁

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      Y no te preocupes por compartirnos tus inquietudes… A través de ellas, enriqueces a la comunidad 😉

      ¡Éxito!

  5. moises romero 30/Dic/2013 en 2:59 pm - Responder

    hola buen dia.
    estaba leyendo tu articulo y me surgio unas dudas, empeze en enero un negocio de articulos de tecnologia y electronica, en una pequeña vitrina en el centro de mi ciudad, y en ocaciones hago tranferencias a cuenta de mis proveedores por via electronica, esa cuenta de debito que tengo la uso solo para pagos a mis proveedores, por lo que me pase de tope de lo que debo de tener y en el banco me sugirieron optar por una tarjeta de credito para asi hacer transferencias de mi tarjeta de credito a la de debito y no generarme ese cobro, y al momento de pagar yo, pago a la de credito en vez de depositarme. mi duda es, con las nuevas reformas, me cobrarian mas con el uso de esas tarjetas? o tengo que comprobar tambien esos gastos? saludos

    • Mauricio Priego 31/Dic/2013 en 9:56 am - Responder

      Hola Moisés.

      El uso de la tarjeta de crédito para comprar a tus proveedores, siempre que la saldes en cada período para no pagar intereses, es una estupenda opción de financiamiento de corto plazo que da orden a tus gastos.

      Respecto a tu pregunta, el banco no tiene por qué cobrar más por la reforma fiscal o la financiera… Que eso no quiere decir que aprovechen para llevar agua a su molino (ya sabes cómo son…).

      Los «gastos» son los mismos: El pago a tus proveedores. Sólo ten la precaución de pagar tu tarjeta vía transferencia electrónica, resguarda tus estados de cuenta (puede ser en formato electrónico) y procura no utilizar la tarjeta de tu negocio en compras personales.

      Mis mejores deseos de prosperidad para tu familia y éxito para tu negocio en este 2014 ¡Felicidades! 😀

  6. Isaac 30/Dic/2013 en 10:11 am - Responder

    Que tal. Leí en el documento que compartieron que la franquicia de 300 dls exenta de impuestos se eliminaba. Yo suelo comprar por internet a tiendas en el extranjero y he recibido artículos por correo, exentos de dicho impuesto ya que eran menores de los 300 dls.. ¿Estas compras por internet entonces para el año que viene, estarán ahora sujetas a pagar impuestos ? Gracias.

    • Mauricio Priego 30/Dic/2013 en 1:10 pm - Responder

      Efectivamente Isaac, la franquicia se reduce (hasta donde sé no se elimina). Si bien la Reforma Fiscal se autorizó en lo general, falta la publicación de las leyes secundarias que es donde se definen todas estas cosas. Conforme vaya fluyendo la información, iré publicándola al respecto. Son temas que de una u otra forma a todos nos afectan.
      Feliz y próspero 2014 😀

      • Isaac 30/Dic/2013 en 2:12 pm - Responder

        Estaré al pendiente de los artículos… me resultaron muy buenos.

  7. SERGIO D 29/Dic/2013 en 10:17 am - Responder

    HOLA MAURICIO
    ME PUSE A INVESTIGAR POR LA NUEVA REFORMA FISCAL Y TU BLOG FUE EL QUE MAS ME INTERESO.
    SOBRE LAS TARJETAS DE CREDITO. TENGO UN NEGOCIO DONDE TENGO UNA TERMINAL DE TPV Y TODOS LOS CARGOS QUE SE HACEN EN ELLA SE DEPOSITAN EN MI CUENTA FISCAL Y CON ESA CUENTA PAGO A MIS PROVEEDORES YA SEA POR CHEQUE O POR TRANSFERENCIA, MI DUDA ES QUE CUANDO NO ALCANZO A CUBRIR EL PAGO A UN PROVEEDOR HAGO UN CARGO CON MI TARJETA DE CREDITO Y DESPUES HAGO EL DEPOSITO A MI TARJETA, PERO TODO SALE DE LAS VENTAS DE MI NEGOCIO, EN OCACIONES SON CANTIDADES CONSIDERABLES, ES UNA FORMA DE FINANCIAMINETO FACIL Y SENCILLA AUNQUE NO ECONOMICA POR LA COMISION QUE ME COBRA EL BANCO, TODOS LOS DEPOSITOS QUE SE HACEN A MI CUENTA DE CHEQUES Y TARJETAS DE CREDITO ESTAN RESPALDADAS POR LAS FACTURAS DE VENTA A MIS CLIENTES Y LA FACTURA GLOBAL DEL DIA. POR ESTE USO DE LA TARJETA DE CREDITO ENTRARIA EN DISCREPANCIA FISCAL.
    GRACIAS DE ANTE MANO.

    • Mauricio Priego 30/Dic/2013 en 11:59 am - Responder

      Hola Sergio
      Me alegra que la información que compartimos haya sido de tu interés 😉

      Te felicito ya que por lo que leo tienes una administración bastante ordenada de tu negocio. Una pregunta, ¿eres persona física o tu negocio es persona moral? Lo que pasa es que si eres persona física no entras como tal en Discrepancia Fiscal porque el ingreso de tu negocio fiscalmente hablando es el tuyo, por lo que al reportar los ingresos de tu negocio son tus propios ingresos. De requerirte Hacienda en el futuro, lo único que necesitarías es presentar el estado de cuenta donde se reflejan los cargos de la tarjeta, la que tiene los pagos y el estado de cuenta de tu cuenta de cheques donde haces la transferencia para pagar tu tarjeta de crédito.

      No sé si fui claro… Si no despejé la duda coméntame para tratar de explicarlo mejor.

      Recibe mis mejores deseos de prosperidad y éxito para ti y tu familia en el 2014 ¡Feliz año nuevo! 😀

      • SERGIO D 30/Dic/2013 en 6:05 pm - Responder

        SI SOY PERSONA FISICA CON ACTIVIDAD EMPRESRIAL.
        OTRA DUDA TENGO UNA TARJETA QUE TIENE LA DIRECCION DE MI CASA SERA NECESARIO QUE LA CAMBIE A LA DIRECCION DEL NEGOCIO.

        • Mauricio Priego 31/Dic/2013 en 10:19 am - Responder

          Así es Sergio.
          Si la tarjeta la utilizas exclusivamente para compras de tu negocio, sería recomendable entonces que tenga la dirección fiscal del mismo.
          Recibe un cordial saludo 😉

  8. Josue Nava 19/Dic/2013 en 1:01 pm - Responder

    Tengo una duda como me afecta esto de lo de las nuevas reformas. Si tengo una cuenta de inversion en un banco a plazo. ¿Tendre que pagar impuesto por lo que me este generando la inversion? ¿Los depositos que haga a esa cuenta tambien tendre que pagar impuesto?

    • Mauricio Priego 19/Dic/2013 en 4:06 pm - Responder

      Josué, las cuentas de inversión generan ISR desde hace ya mucho tiempo (la única excepción hasta donde sé son las administradas por cajas de ahorro de trabajadores).

      Ahora bien, en este 2014 se tendrá un impuesto por el rendimiento del ahorro en activos (como son las acciones bursátiles), de manera que si estás invirtiendo en Bolsa o en Fondos de Inversión de Renta Variable, este impuesto te va a afectar.

      Respecto a los depósitos que realices… En teoría, hacienda tendrá la capacidad de pedir a los bancos el total de tus depósitos a cuentas de ahorro e inversión así como el pago a tarjetas de crédito, y si no es razonable, te requerirán el pago de impuestos por lo que será considerado un «ingreso no reportado»… Suena de locos, lo sé, pero todavía no sabemos cómo se aterrizará esto. Por lo pronto puedes leer más al respecto en La Refriega Fiscal: análisis de un contribuyente cautivo.

      ¡Éxito!

      • Josue Nava 26/Dic/2013 en 5:26 pm - Responder

        Muchas gracias esperemos como aterrizan eso de la discrepancia fiscal.

        Saludos

  9. Víctor 13/Dic/2013 en 2:03 am - Responder

    Hola Mauricio, muy buena información,
    pues bien yo trabajo como comisionista en una cadena de tiendas, cómo persona física con actividad empresarial, ya se que me afecta en el pagó de nómina,IMSS, Infonavit,etc y en las deducciones en general; lo que aún no me a quedado claro es, como me afecta sí quisiera comprar un automóvil o un bien inmueble.?
    sí es recomendable o es mejor esperar?

    • Mauricio Priego 13/Dic/2013 en 3:54 pm - Responder

      Víctor, no logro comprender cuál es tu inquietud… ¿Podrías plantearla de otra manera?
      Seguimos en contacto.

  10. Laura 09/Dic/2013 en 10:26 pm - Responder

    Hola, tengo una duda, yo soy odontologa, debido a un problema de salud deje de trabajar 3 meses, y solo pude realizar los pagos minimos a mis tarjetas de credito, creciendo la deuda, mis papa y un hermano tenian pensado ayudarme con los pagos hasta que me nivele en mi consulta, trabajo por mi cuenta y expido recibos de honorarios, mi duda seria, entrare en discrepancia por pagar el saldo pendiente de mis tarjetas mediante prestamos personales? estariamos hablando de pagar 5mil en una por mes y en otra 6500 por 3 meses para poder bajar al saldo real.
    gracias!

    • Mauricio Priego 10/Dic/2013 en 9:39 am - Responder

      Hola Laura, confío que pronto recuperes tu salud 🙂

      Mientras no se publique la nueva ley del ISR, el tema de la discrepancia fiscal es fuente de múltiples especulaciones:

      Por un lado, es un hecho que una misma persona puede sacar dinero de una cuenta para depositarla en otra… ¿Y qué tal cuando un padre le deposita dinero a su hijo que estudia en otra ciudad la universidad? ¿Y qué decimos de un amigo que presta dinero a otro y que éste se lo devuelve sin haber pago de intereses de por medio? ¿Todos estos serán “ingresos”? Sería una pesadilla para cualquier cuenta habiente tener que demostrar que cada depósito que tenga en su cuenta y que cada pago de su tarjeta durante los últimos cinco años no representan un INGRESO como tal.

      En cuanto salga la nueva ley publicaré un artículo sobre este punto, el cual definitivamente nos afectará a todos. Quédate al pendiente del blog para cuando lo publiquemos… o suscríbete para que te llegue a tu correo 😉

      ¡Éxito!

      • Laura 11/Dic/2013 en 2:47 pm - Responder

        Muchas Gracias! estaré al pendiente de tu blog; y felicitaciones por esta bonita e informativa labor que realizas! :D!

        • Mauricio Priego 13/Dic/2013 en 7:55 am - Responder

          Gracias por las porras Laura.
          Si bien el payaso no vive de los aplausos, los aplausos lo motivan a esforzarse más en el servicio que presta de llevar alegría a quienes le rodean 😉
          Recibe un fuerte abrazo.

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