Por fin la Reforma Fiscal se autorizó hace unos días. Como muchos temíamos, lejos de ser una verdadera reforma donde se incrementara la base de los contribuyentes, que incentivara a la formalidad, que fomentara el crecimiento económico del país, en realidad es un fuerte incremento impositivo a los contribuyentes cautivos, así sean trabajadores, emprendedores o dueños de pequeños negocios, como a las empresas y corporaciones. Diferentes analistas hablan que los ciudadanos veremos reducido entre un 10 y un 15% nuestro poder adquisitivo – adicionalmente al efecto producido por la inflación -, y grandes empresas han expresado que tendrán que frenar sus planes de expansión (los cuales generarían empleos y activarían la economía en la zona donde se iban a ubicar) para poder absorber el nuevo costo fiscal sin afectar a sus empleados.
Pero, ¿qué cambió? ¿Qué cambios nos afectan directamente? Y de ser así, ¿cómo nos afectan? La respuesta a esas preguntas es lo que quisiera compartir con ustedes hoy enfocándome en las personas físicas (en el caso de las personas morales hay demasiadas características particulares dependiendo del giro y tamaño de la empresa).
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(Si no se despliega la presentación o si recibes este artículo por correo, puedes acceder directamente a la presentación a través de esta liga: http://www.slideshare.net/slideshow/embed_code/28312109)
Definitivamente hay mucho qué discutir, muchos puntos que se podrían debatir (y que deberían haber debatido diputados y senadores en lugar de defender sus posiciones e intereses políticos… como siempre). Mas por el momento quisiera ser lo más objetivo posible señalando los cambios y sus efectos sin mezclarlos con mis opiniones personales. La próxima semana compartiré con ustedes mi opinión y análisis. Hasta entonces…
¡Éxito!
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Ligas de Interés
- Portal de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON)
- Portal del SAT donde la propia Secretaría de Hacienda hace un comparativo entre las diferentes Leyes Fiscales
- Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados donde se publica la Reforma Fiscal (31-Oct/2013)
- Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados donde se publica la Ley de Ingresos 2014 (31-Oct/2013)
- Resumen de la casa consultora KPMG sobre la Reforma Fiscal
- Resumen del grupo CNN Expansión sobre la Reforma Fiscal publicado en su portal IDC Online
Hola Mauricio:
Soy una asalariada y tengo mi tarjeta de nómina, mi jefa viaja mucho, pero todos los viáticos de sus viajes los depositan en mi tarjeta de nomina (ella esta por honorarios en la empresa). Mi duda es, yo hago mi declaración anual (tengo un crédito Infonavit), el percibir el dinero de sus viajes me afecta en mi declaración?, es decir, en lugar de tener saldo a favor, puedo tener saldo en contra?, o que disminuya mi saldo a favor?, estoy muy preocupada, GRACIAS de antemano.
Tengo dudas con esto de la reforma.
Saque un credito automotriz, el cual mi hermana me ayuda a cubrir cierta parte de la mensualidad, a forma de prestamo, tendre algun problema?
En mi casa suelo prestar mi tarjeta a mi madre y hermanos para compras, esto supongo tambien crea discrepancias?
Buenos días Javier.
En principio sí y por definición, sí generas discrepancia. Se identifica como discrepancia fiscal cuando tus depósitos a cuentas de ahorro e inversión así como los pagos a tus tarjetas de crédito no son razonables a tus ingresos. Claro está que es una realidad que en nuestro país las familias nos tenemos que apoyar prestándonos la tarjeta o apoyándonos a cubrir un crédito como mencionas, y por ende no hay que ver como que Hacienda está cual la Inquisición cazando brujas entre quienes le prestan su tarjeta a sus familiares. La manera como Hacienda identifica una discrepancia es porque debido a algún otro factor decidió auditar a una persona, y como parte de la auditoria solicita al sistema financiero mexicano le entregue los movimientos en las cuentas del contribuyente.
No obstante tengo un artículo al respecto que considero podría servirte: ¿Tendré problemas con Hacienda si le presto mi Tarjeta de Crédito a un familiar?
¡Éxito!
Mauricio, excelentes comentarios, quisiera consultarte, ya que mi Mamá va a vender una propiedad que le dejo mi padre en su testamento, va a recibir un millon y medio aprox, solo que el corredor de bienes raices que le esta haciendo la operacion le dice que debe de estar dada de alta ante el sat para poder hacer la operación, mi madre jamas ha trabajado y actualmente se mantiene de una pension que le otrga el imss por parte de mi padre que ya murio hace 14 años, la pregunta es, es totalmente necesario que se de de alta, ya que ella unicamente va a hacer esta unica operacion y a mi juicio el notario que protocolice esta compra venta va a retener el impuesto correspondiente y enterarlo ante la autoridad, por lo que no juzgo pertinente la solicitud que le estan haciendo a mi mama, habra algun fundamento legal en el que pueda sustentarme para explicarselo a los corredores de bienes raices, agradezco mucho tu ayuda y sigo fiel a tu web la cual es muy interesante, saludos
Buenos días Arturo.
Gracias por el valor que otorgas a nuestro esfuerzo. El saber que la información que compartimos te es de utilidad es nuestra mayor recompensa 🙂
En lo personal coincido contigo que en principio sería demasiado trámite para una única operación: darse de alta, vender el terreno, entrar en suspensión de actividades para no tener que seguir reportando a Hacienda el resto del año, y finalmente el próximo realizar su declaración anual. No tengo cómo sustentar esta postura con el notario… Pero posiblemente la PRODECON (Procuraduría de la Defensa del Contribuyente – 01800 611 0190) pueda ayudarte. Su asesoría es gratuita.
Si te decides por hablar a la Prodecón te agradeceré nos comentes qué te respondieron. Estoy seguro que la información será de mucha utilidad para futuros lectores 😉
¡Éxito!
hola buenas tardes
soy asalariada y me acaba de llegar un requerimiento que no he presentado mi primer declaración como rif y que tengo hasta el 31 de agosto para presentar el 2do y 3er bimestre. ¿que hago? si nunca estuve registrada en el sat como repeco y ahora me requieren como rif. como hago la aclaración ante el sat, como me doy de baja? estoy preocupada, gano poco y no tendría para pagar una multa.
me podrían enviar la respuesta a mi correo electrónico?
mil gracias de antemano.
Hola Lupita, buenos días.
Si entiendo bien, tú nunca has estado dada de alta con actividad empresarial alguna, sino únicamente como Sueldos y Salarios (trabajadores asalariados). ¿Es correcto? De ser así lo que te recomiendo es pedir asesoría a la PRODECON (Procuraduría de la Defensa del Contribuyente – 01800 611 0190) donde se apoya a los ciudadanos de manera gratuita ante abusos de Hacienda.
IMPORTANTE: Esto hazlo antes de pagar o declarar nada, ya que de hacerlo, estarías aceptando implícitamente que es correcto que seas considerada RIF.
Ante tu solicitud, te envío esta misma respuesta a tu correo 😉
¡Éxito!
hacienda me requirio para una devolucion mis facturas de ingresos del mes, pero no facture electronicamente ese mes por problemas con el internet y el sistema de facturacion, hago mencion que mi negocio se encuentra establecido en una zona rural sin acceso a internet, pero si tengo todos mis depositos en mi cuenta bancaria y los declare todos, hay alguna manera de sustentar mis depositos con algun articulo y me lo hagan valido los de hacienda aunque no haya facturado
Alejandro, buenos días.
Debo reconocer que no tengo antecedentes de un caso como el tuyo, si bien es comprensible y seguramente habrá muchas otras personas en una situación semejante a la tuya. Te sugiero comunicarte a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON – 01800 611 0190), quienes asesoran y de ser necesario defienden a los contribuyentes.
Te agradecería nos compartas lo que te comenten respecto a tu situación, lo cual estoy seguro será de utilidad para otros lectores.
¡Éxito!
DE antemano gracias por la respuesta. mi duda es en afecta fiscalmente si una empresa tiene dinero en su cuenta bancaria, porque desea comprar equipo y maquinaria para seguir creciendo, Es decir el que tenga el dinero ahí, no es necesariamente utilidad, es para crecer y ofrecer un mejor servicio y crecer, eso implica que pagara ISR por el dinero que tiene ahí en sus cuentas bancarias?? porque pues además debe tener algo de dinero para garantixar el pago de la nomina y algún imprevisto.
Gracias.
Saludos Cordiales.
buen dia Mauricio:
Me interesaria saber tu opinion,yo estoy en el antiguo sistema de REPECOS ahora en el RIF,
tengo un taxi y mi duda es en que me afecta emplacar varios carros a mi nombre aunque los compro y vendo,son carros usados y la verdad no se si afecta o no ,pero si los emplaco es para regularizar las tenencias del carro
Buenos días Ana.
No tiene afectación alguna el número de autos que emplaques. Lo que te limita como RIF es tu actividad en sí (no puedes ser actividades profesionales como consultas médicas, construcción de casas o asesoría fiscal, mientras que los comisionistas tienen condiciones especiales) y la facturación que manejas (debes facturar menos de $2 millones al año).
¡Éxito!
Buen dia,
para empezar quisiera plantearle algunas cositas desde el principio a ver si me puede ayudar, tengo una empresa del giro en Seguridad Privada, este negocio no implica mucho gasto mas que nada son nominas y pagos de IMSS e INFONAVIT y pagos de servicios como luz, agua, telefono, gasolina y papeleria que es lo mas indispensable, bien pasamos a lo que realmente es importante, en el año 2012 se le daban servicios a la la constructora (URBI CONSTRUCCIONES) la cual a principios de 2013 quebro y la cual nos dejo una enorme deuda, esta deuda la pagaron en especie dandonos como pago 2 viviendas, las cuales tuvimos que hacer gastos de escrituracion y poder asi seguir un tramite para poderlas vender el caso es que con base a esa deuda nuestra empresa esta super endeudada, ya sea por prestamos bancarios, de prestamos coppel, famsa, hasta personales y lo cual este negocio ya no tiene ganancias si no perdidas y si seguimos con ella es porque sigue entrando un poco de liquidez para solventar algunos pagos, sinceramente ahora que se cambio a RIF no pudimos estar separando el IVA cobrado porque como le menciono dinero que entra sale para pagar deudas, ahora en julio que el contador me saco las declaraciones nose como pero acomplete el primer bimestre y quedo cubierto el pago, pero para los proximos no se si tenga dinero para pagar, tenemos mas de 1 año con la deuda que nos dejo ese proveedor y no sabemos cuando podamos acomodar esas viviendas, en estos casos nose de que manera SHCP y SAT nos puedan respaldar o ayudar para esto, como comento no es que no querramos pagar simplemente no hay liquidez de momento, la situacion cada vez se pone mas dificil y no sabemos que pasara, espero y me comprenda y si me puede dar una respuesta…
gracias
Buenos días Fabiola.
Cuando una empresa tiene pérdidas hay esquemas para no pagar el ISR (que como sea ya libraste al pasarte al esquema RIF), sin embargo el IVA tiene un tratamiento diferente: Recordemos que el IVA es un impuesto que retienes a tu cliente (es decir, nunca fue dinero tuyo) y por tanto, desde el momento que facturas y el cliente te paga, tienes la obligación de entregarlo a Hacienda (claro está, restando el IVA que tú a tu ves hayas pagado). Por tanto, mientras estés cobrando, tienes que pagarlo. Al no hacerlo para pagar deudas lo que en realidad haces es endeudarte con Hacienda… Y Hacienda no va a permitirlo.
¿Mi opinión? Pon sobre la balanza retener las propiedades contra la continuidad de tu negocio. Y no digo venderlas bien (si se puede, qué bueno por Uds) sino con lo suficiente para sanear las finanzas de tu empresa.
¡Éxito!
Hola Mauricio, otra vez Yo… Existe insertidumbre muy grabe sobre el uso y pago a TDC, Quien entro de forma automática de repeco al nuevo Régimen en Enero 2014, tendría problemas con el uso de las TDC… Nosotros no teníamos obligaciónes de una declaración anual, sólo un pago fijo bimestral, tuviésemos ingresos o no, se pagábamos en tesorería bimestral.
El tema de las TDC comenzara para los «ex-repecos» a partir del 2014? o es retroactiva para el viejo y hoy desaparecido régimen REPECO, hay muchas duda en ese tema y los bancos no informan del todo bien, finalmente de eso viven… Los REPECOS hasta el 2013 no eran personas Fisicas ni Morales, el tema de las TDC también aplican para nosotros, los ex-REPECO o estamos exentos hasta 2013?
Gracias y saludos
¡Hola Víctor!
Juraría que ya habíamos platicado de este tema, aunque no he encontrado la conversación… En fin.
En el tema de Tarjetas de Crédito no hay distinción entre las actividades que tengamos las personas físicas, de manera que la regla se cumple igual para todos así seas Ex-REPECO, RIF, Actividad Empresarial o Sueldos y Salarios. Tengo un artículo donde se toca el tema considero de forma completa: ¿Tendré problemas con Hacienda si le presto mi Tarjeta de Crédito a un familiar?. ¿Qué te parece si lo lees y seguimos conversando con las inquietudes que te queden?
Sólo un detalle: El tema de la discrepancia fiscal (que es lo que te afecta al prestar tu tarjeta de crédito a terceros) existe desde hace muchos años. No es producto de la Reforma Fiscal. Lo único que cambió al respecto este año es que se reguló cómo el Hacienda solicita la información a las instituciones financieras y sobre cómo debe proceder con el contribuyente una vez identificada la discrepancia. Lo que pasa es que antes muchos no nos interesábamos en el tema…
Que tengas un gran día 😉
Estimado Mauricio, el motivo de este correo en esta ocasión, es para agradecerte todas tus respuestas, gracias por tu tiempo! No sólo mis dudas, también la de muchos, estoy seguro, muchas personas siguen tu blog para obtener información y asesoría sobre esta nueva forma de recaudar impuestos, considerando «la base de la pirámide» en nuestro país lamentablemente es tan amplia y no cuentan con recursos para pagar a un contador o comprar una computadora y llevar sus finanzas, estos espacios ayudan mucho…Nos hicieron pasar del kinder a la universidad de un golpe… Apoyemos a Mauricio, al foro, y a todos aquellos que lo necesiten, las oficinas del SAT están saturadas, la página se cae seguido, alguien comento sobre » mis cuentas» creo fue una chica, Mauricio es o era un espacio dentro de tus cuentas donde debías notificar ingresos y gastos diarios, semanales o mensuales…Actualmente desapareció de la página del SAT, lleven sus gastos en una libreta, para no dar espacio a malos entendidos, discrepancias o el título que deseen llamarle las autoridades, hasta que puedan solucionar definitivamente, si es que logran la muy compleja y difícil forma de recaudar impuestos, en mi humilde opinión, infórmense, llamen a las oficinas del SAT las veces que sean necesarias y tengan dudas, aún es tiempo! el 2014 los ex-repecos no pagaremos, pero si debemos informar, digamos que será un año de «gracia» sólo declaraciones informativas, bimestrales ..El 2015 tal vez sea diferente, ocupémonos de este en procesar, asimilar y aceptar lo que ya no podemos cambiar…Albañiles, taxistas, plomeros, todos sin excepción por favor vallan, ahí no muerden.
Yo soy sexo servidor, actividad difícil y dura, estigmatizada, rechazada y para muchos que la ejercen, miedo….Yo fui, solicite informe sobre mi actual actividad ocupacional, me atendió una chica, un poco sorprendida al escucharme pero muy atenta, me ayudo mucho ir, Hoy dormiré tranquilo, porque estoy informado, cumpliendo con la ley y sin dejar espacios de dudas o malos entendidos :)…Vivimos en democracia, tenemos obligaciones?, Si! pero de igual manera tenemos DERECHOS! …P.D Vivo en el D.F, aclaro por mi actividad y el tema moralino en los estados. Gracias por leer el texto, Mauricio a ti por tu inestimable asesoría, saludos a todas y todos en el foro.
Víctor, muchas gracias en verdad por tu aportación, la cual estoy seguro que será de mucha utilidad para otros lectores.
Me quedo con tres frases tuyas que sintetizan cómo hay que enfrentar al «coco» de Hacienda:
– «Todos sin excepción por favor vayan (al SAT a pedir información), ahí no muerden.»
– «¿Tenemos obligaciones?, ¡Si! pero de igual manera tenemos DERECHOS»
– «Hoy dormiré tranquilo, porque estoy informado, cumpliendo con la ley y sin dejar espacios de dudas o malos entendidos :)»
Confío conque a pesar de que tus inquietudes han quedado resueltas, sigamos en contacto 😉
¡Éxito!