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¿Podemos los empleados deducir impuestos?

Mauricio Priego 07/Ene/2012 592
¿Podemos los empleados deducir impuestos?

Te tengo una buena noticia: ¡Sí!, las personas que ofrecemos servicios subordinados a un patrón – que es como en la terminología de hacienda nos llaman a los empleados – tenemos la posibilidad de deducir ciertos gastos de forma que paguemos menos impuestos y nos devuelva dinero hacienda, de ser el caso,  al quedar el trabajador con algún saldo a favor. El detalle es que para hacerlo tienes que juntar las facturas que soporten esos gastos durante el año… y como está apenas empezando el año, es un buen momento para iniciar este hábito destinado a proteger tu dinero de ese gasto imperceptible pero contundente: los impuestos. Aunque claro está, nunca es tarde para empezar. (Artículo actualizado al 30 de Enero del 2015




Para Hacienda los empleados somos personas físicas al igual que los profesionistas que trabajan por honorarios como médicos, dentistas, ingenieros y todo aquel que trabaje por su cuenta, compartiendo en lo general los mismos derechos en cuanto a la deducción de gastos personales según la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).

(Si no puedes ver la presentación anterior, sigue esta liga)

Para que tengas una idea, es factible que puedas recuperar hasta algo más de un 30% de los gastos personales que hayas realizado durante el año, dependiendo este monto directamente de los ingresos que hayas tenido así como de las características laborales que hayas tenido en tus diferentes trabajos. Por ello recomiendo, que sobre todo en tus primeras declaraciones anuales, te asesores con algún contador de tu confianza.

Pero ello es hasta el próximo año, por ahora exige y resguarda tus facturas y recibos de honorarios. ¡Éxito!

Nota de Actualización: El artículo fue actualizado según el texto vigente del Impuesto Sobre la Renta publicado en el DOF el 11 de diciembre del 2013, el cual entró en vigor el 1 de enero de 2014.

Este artículo fue publicado por primera vez en practifinanzas.com. Si tienes interés en compartirlo publicándolo en tu blog o página web (reblogging), por favor sigue esta liga.
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Referencias

592 Comentarios »

  1. Ana Luisa 04/Ago/2014 en 7:00 pm - Responder

    Hola que tal.

    No se que este pasando, ya que me estan llegando requerimientos de noviembre 2013. El problema es que se pago despues de la fecha porque tuve un problema en diciembre y no pude realizar el pago e tiempo. Total que me llegaron dos multas, una por pago extemporaneo (pague despues) y otra porque no pague a tiempo (esta se parece a la otra). total que las pague, pero ahora me llega un requerimiento de que no presente el pago del ISR. voy el 1ro de julio al sat junto con el contador y nos dan un recibo para pagar, como no tenia dinero tuve que pedir prestado y cuando fui a pagar me dicen que el recibo ya no es valido, que la fecha para pagar era al dia siguiente. regreso al sat con el contador y me dan otro recibo con las multas actualizadas y son mil pesos mas que se agregan para un total de 6 mil, y jamas se menciono una multa sobre el ISR.

    El ISR me lo retiene la empresa, y mi contador cuando presenta la declaracion marca la retencion, y si toca pagar ISR siempre lo pagamos. El caso es que tengo los recibos de pago, los papeles de la declaracion, los del pago de las multas, todo. Si voy al SAT y puedo comprobar todo, me van a quitar la multa? que procede? Por telefono no me saben decir nada, y por el chat en linea es una computadora la que responde…

    Ya estoy desesperada, hablan a las 6 de la mañana, molestan a mi familia, vienen a mi casa una o dos veces al dia, hoy fue el colmo porque se quedaron afuera de la casa hasta que llegue yo (mi madre me dijo que llegaron como a las 8am, yo llegue a las 2pm) e incluso le preguntan a los vecinos, que nada tienen que ver Estoy harta del acoso, que hago para acabar con todo y darme de baja?

    • Mauricio Priego 05/Ago/2014 en 2:41 pm - Responder

      Hola Ana Luisa, buenas tardes.
      Por todo lo que me comentas y el acoso del que estas siendo objeto (el cual es ilegal, aunque debas a Hacienda tienes derechos) te sugiero acudir a la PRODECON (Procuraduría de la Defensa del Contribuyente). Puedes pedir una cita en el 01800 611 0190.
      La PRODECON es quien defiende a los contribuyentes de abusos de Hacienda 😉
      ¡Éxito!

  2. Roberto 30/Jul/2014 en 11:46 am - Responder

    En este caso Metlife lo que da son dividendos, y pues si esta en régimen de asalariado es necesario meterlo como un ingreso? ya que tengo entendido que ingreso acumulable seria los intereses más desconozco si los dividendos

    Gracias por su apoyo

    • Mauricio Priego 30/Jul/2014 en 9:24 pm - Responder

      ¿Dividendos? Lo que manejan las aseguradoras como Metlife por lo general son Fondos de Inversión, los cuales dan rendimientos, no dividendos. El Fondo es quien recibe directamente de la inversión bursátil los dividendos los cuales no «re-transmite» a sus inversionistas, sino que integra dividendos, pérdidas, ganancias y pago de documentos de deuda en una sola canasta, y de ahí determina el nuevo precio de la acción subyacente al fondo.
      Sugiero confirmarlo…

  3. Roberto 28/Jul/2014 en 11:40 pm - Responder

    Pregunta, en el caso de por ejemplo Metlife que cuneto con mis seguro de vida ahí y cada año pues me regresan una cantidad según por intereses, sin embargo estos te los dan si los pides si no te los acumulan, esos se toman en cuenta en la declaracionj de ingresdos???

    otra pregunta

    En este caso ya declare 2013, 2012, sin embargo en 2011 y 2010 ya cuento con todo la empresa me dio este año las constancias del 2011 y 2010, ya con eso estoy obligado a declarara 2011 y 2010 o si no deseo ya hacer esas declaraciones no pasa nada?

    • Mauricio Priego 30/Jul/2014 en 6:21 am - Responder

      Buenos días Roberto.

      Usualmente las instituciones financieras te retienen el ISR que generan tus intereses, entregándoselos a Hacienda. Por tanto, si hoy no estás realizando tu declaración, no hay de qué preocuparse porque la institución reporta ese dinero a Hacienda. Ahora bien, si realizas tu declaración anual, entonces sí se integran a tu declaración (de hecho, desde el año pasado cuando entras como persona física a declarar, aparecen estos impuestos asociados a tu RFC de forma automática). Ahora bien, lo que honestamente desconozco, es si Metlife en particular retiene los impuestos. Esto puedes saberlo muy fácil: la retención debe aparecer de forma explícita en el estado de cuenta que te entrega la aseguradora. (De no aparecer, comunícate con ellos y pregúntales sobre la retención).

      Respecto a que ya te dieron las constancias y prefieres no declarar, no te preocupes: no estás obligado 😉

      ¡Éxito!

  4. Cortes 11/Jul/2014 en 2:21 pm - Responder

    hola tengo una duda…les pido me apoyen
    mi papa fue trabajador de pemex por muchos años, salio de trabajar…cuanta con un numero de ss en sus hojas de pagos, pero buscando en en la pagina de infonavit dice que no existe… puede recuperar la devolucion del infonavit?? o es valido??… gracias

    • Mauricio Priego 12/Jul/2014 en 2:52 pm - Responder

      Hola Cortés. Una pregunta: ¿Cuentan con los estados de cuenta de la Afore de tu papá? Ahí podrán ver cuánto dinero tiene en el INFONAVIT a su disposición.

      Sólo un detalle… Quienes se jubilaron antes del 2013 (año en que cambió la ley del INFONAVIT) el dinero que tuviera el empleado sirvió para financiar su propia pensión.

      Quedo al pendiente del resultado de su estado de cuenta…
      ¡Éxito!

    • Pemexiano 23/Jul/2014 en 11:51 am - Responder

      Segun sé los trabajdores de pemex no cotizan al Infonavit, ya que ellos tienen un servicio medico especifico.

  5. Sandra OZ 11/Jul/2014 en 12:17 pm - Responder

    Hola, excelente la información que compartes, muy fácil de entender, sin embargo tengo una duda, estoy iniciando un tratamiento bucal, le he pedido recibo de honorarios al dentista y me dice que me cobrara 16% adicional al presupuesto que me había dicho, eso es correcto?
    por favor apóyame, estos comprobantes los requiero porque soy empleada y requiero hacer mi declaración, mil gracias por tu respuesta!

    • Mauricio Priego 12/Jul/2014 en 2:46 pm - Responder

      Hola Sandra, buenas tardes.
      Antes que otra cosa te felicito por tu determinación de hacer valer tus derechos y recuperar impuestos deduciendo los gastos que permite la ley 🙂

      Mencionas 16%, lo que imagino es el IVA. Supongo por tanto que el dentista por alguna estrategia fiscal está registrado ante Hacienda de forma que deba cobrarte este impuesto.

      ¿Es correcto? Supongo que para su estrategia fiscal sí, pero queda claro que para tu bolsillo no. Los honorarios médicos en general no causan IVA, de manera que te está encareciendo tu tratamiento de forma innecesaria para ti.

      A menos que la calidad de sus servicios lo justifique, te sugeriría buscar otro dentista, ahorrarte ese gasto adicional… y recuperar impuestos deduciendo tu tratamiento 😉

      ¡Éxito!

  6. jorge mendez 10/Jul/2014 en 4:57 pm - Responder

    En que medida puedo deducir la compra de un celular que utilizo para mis actividades. Se que puedo deducir el gasto en modalidad de plan pero voy a cambiar el equipo por uno que tenga mayores funcionalidades

  7. ARACELY VALENZUELA 07/Jul/2014 en 10:33 am - Responder

    YO ESTOY PAGANDO UNA CASA DE INFONAVIT…………..LOS PAGOS SON DIRECTO AL BANCO POR NO TENER UN EMPLEO K DE ESTA PRESTACION………………PUEDO HACER UNA DECLARACION?

    • Mauricio Priego 07/Jul/2014 en 11:05 am - Responder

      Aracely, buenos días.
      No olvides la dos reglas básicas:

      1) Puedes deducir el pago de los intereses de tu crédito hipotecario sin importar quién te otorgó el crédito y cómo lo pagas;

      2) Para que te devuelva impuestos Hacienda, primero te los debe retener tu patrón. Es decir, en tu recibo de nómina debe decir explícitamente IMPUESTOS o ISR, o en caso de cobrar por honorarios, que le estés expidiendo facturas a tu patrón.

      Finalmente, no te quedes únicamente con los intereses hipotecarios. Existen muchos otros gastos que también puedes deducir. De hecho, hasta algunas opciones de ahorro pueden servirte para recuperar impuestos… Si gustas podría contactarte para comentarte más sobre esta opción 😉

      ¡Éxito!

  8. HERNAN 03/Jul/2014 en 1:10 pm - Responder

    buenas tardes, si me daban en mi anterior nomina una ayuda de despensa, por que ahora ya no aparece en esta nueva forma de pago, ¿podría ayudarme?

  9. hernan montalvo 02/Jul/2014 en 1:14 pm - Responder

    buenas tardes, me parece muy exelente lo que haces aquí. estoy trabajando en una empresa desde hace 22 años y esta quincena me dieron me resibo de nomina en forma de factura, mi sueldo es de 11,000 mensual aprox. ¿puedo recuperar algo de los impuestos que me rebajan mis patrones? ¿como?

  10. Lulu Santos 02/Jul/2014 en 9:12 am - Responder

    Que tal, tengo que esperarme a que empieze el año fiscal para iniciar el proceso, estamos en julio y no se si pueda empezar ya o bien tengo que esperar… agradecería la ayuda…

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