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Protegiendo tu dinero de la Ley del Impuesto a Depósitos en Efectivo

Mauricio Priego 18/Jun/2011 513
Protegiendo tu dinero de la Ley del Impuesto a Depósitos en Efectivo

Actualización del artículo al 5 de enero del 2014

La Reforma Fiscal autorizada a finales del 2013 determina que este impuesto es derogado a partir del 1 de enero del 2014, por lo que ya no se retendrá sin importar cuánto depositen los cuenta-habientes en efectivo en sus cuentas. Sin embargoestas operaciones seguirán siendo reportadas por las instituciones financieras a Hacienda para la identificación de posibles evasores fiscales.




Artículo original

Si alguna vez has vendido tu auto, has cancelado alguna cuenta de ahorro por aperturar otra, o simplemente has recibido dinero en efectivo, es muy probable que te hayas visto ante el dilema que, de meter el dinero al banco, ¡te cobrarán el 3% por impuestos!

En México desde hace algunos años se implementó la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (LIDE), buscando alcanzar a aquellas personas que venden productos o sus servicios sin estar registrados ante hacienda, evadiendo, por tanto, su obligación fiscal.

Más allá de la conveniencia o no de este impuesto, el tema que hoy quisiera exponer es cómo proteger tu dinero de una ley que en algunos casos en definitiva no es justa: La Ley dice que, una vez superados los $15,000 pesos depositados en tu cuenta personal en efectivo, la institución financiera tiene la obligación de retener directamente de tu cuenta el 3%, es decir, al final del mes te quitan ese dinero sin necesidad de tu autorización.

Veamos un ejemplo:

  1. El día 5 te paga un primo un préstamo que le hiciste y metes al banco $3,000
  2. El día 11 vendes la motocicleta vieja y muy usada que tenías y metes al banco los $8,000 que recibiste por ella
  3. El día 24 tu hermana te presta los $10,000 que necesitabas para completar lo que faltaba para comprar tu nueva motocicleta
  4. El día 29 retiras el dinero para la moto ya que finalmente acudirás a comprarla, mas por error retiras más dinero del que necesitabas y depositas el excedente, digamos unos $2,000

El día del corte de mes el banco detecta que depositaste en efectivo, $23,000 pesos, por lo cual retendrá de tu cuenta, enviando a tu casa el comprobante respectivo de retención de impuestos claro está, ¡un impuesto de $240.00!:

Depositado 23,000.00
Exento -15,000.00
Base para impuesto 8,000.00
LIDE de 3% 240.00

En este caso, la mayor parte del dinero que depositaste no corresponde a un ingreso que hayas generado con excepción de la venta de la moto, que por definición sí es un ingreso. Sin embargo, al final del camino lo obtenido por la venta de la moto es menor a los 15,000 que marca la ley, y esto sin contar que la venta no fue para comercializar la moto sino por la necesidad justa de adquirir una nueva y que, si eres empleado, no podrás depreciar de forma que deduzcas impuestos por ella.

¿Es solución entonces no dejar dinero en tu cuenta para evitar lo retenga el banco? ¡¡Para nada!! La ley establece que si al momento de retener el impuesto no tienes el dinero suficiente en tu cuenta, te serán retenidos en cuanto tengas dinero, actualizando los importes y cobrándote cargos adicionales por penalización (LIDE, Art 6).

Entonces, ¿Cómo puedo proteger mi dinero? ¿Guardándolo bajo el colchón? La buena noticia es que esto no es necesario, ya que la misma ley contempla excepciones:

  1. Existen formas de depósito que no son efectivo, como lo cheques y las transferencias electrónicas, por lo que no están sujetas a este impuesto
  2. Las personas morales con fines no lucrativos están exentas del impuesto, siendo este el caso de algunas cajas de ahorro internas de las empresas (LIDE Art 2.II)

En base a lo anterior, aquí tienes algunos consejos prácticos para proteger tu dinero del LIDE (Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo):

  • Si no has accedido al portal en Internet de tu banco, hazlo ya. En la gran mayoría de ellos las funciones básicas como transferir dinero entre tus propias cuentas, pagar tu tarjeta de crédito (del mismo banco) y consultar tus saldos, movimientos y estado de cuenta, son gratuitas. Si la razón de fondo es que no confías en Internet o que consideras que es demasiado complicado, considera que en el caso del LIDE te pone en riesgo de que la ley te tome desprevenido… y también tome tu dinero.
  • Si usualmente recibes dinero en efectivo y lo depositas en tu cuenta, monitorea los movimientos ya realizados a través del portal del banco para evitar sustos. No es recomendable hacerlo a través de cajeros automáticos ya que la mayoría de los bancos cobran comisiones después de cierto número de consulta de movimientos.
  • Si te pagan con cheque de un banco distinto a donde tienes tu cuenta, es preferible depositar el cheque directamente en tu cuenta a ir al otro banco a hacer colas para que te lo cambien por efectivo, y después depositarlo en tu cuenta. La espera al día siguiente para tener disponibilidad del dinero se ve recompensada por el ahorro en tiempo y el que no se te contabilice para el LIDE.
  • Si tu patrón te paga en efectivo y posteriormente metes el dinero en tu cuenta, habla con él para que te pague con cheque o transfiera el dinero directamente a tu cuenta.
  • En general, si alguien te va a pagar una cantidad importante de dinero por el motivo que fuese, habla con esa persona para que te pague con cheque o transfiera el dinero directamente a tu cuenta.
  • Si la empresa para que trabajas tiene Caja de Ahorro, acércate a ella y confirma si se encuentra exenta ante el LIDE. De serlo, deposita en ella las cantidades importantes de dinero.
  • Si la empresa para la cual trabajas no tiene caja de ahorro, existen sociedades que dan el servicio de gestión de la Caja de Ahorro a las empresas, las cuales son autosuficientes por lo que no cuestan para la empresa siendo un servicio adicional muy valioso para los empleados. Una de las que conozco y con la cual he operado es ODESSA* siendo una opción interesante para revisar.

Por el momento me despido confiando que esta información te sea de utilidad. Cualquier duda o comentario adicional que consideres, ¡no dudes en exponerla!

¡Éxito en tus proyectos!

Odessa es ajena al PractiFinanzas siendo presentada únicamente como una referencia

513 Comentarios »

  1. Isela Gonzalez 13/Jun/2013 en 1:52 pm - Responder

    Hola Mauricio buen dia.

    Tengo 90000 pesos en efectivo. Puedo hacer un deposito por esta cantidad a una tarjeta de credito para evitar el IDE. Como mi linea de credito es nada mas por 20000. El banco estaria obligado a reportar este tipo de movimientos a hacienda?

    Gracias

    • Mauricio Priego 15/Jun/2013 en 8:03 am - Responder

      Isela, tengo buenas y malas noticias…

      Si bien el IDE no se retiene por pagar adeudos que tengas con el banco, es importante subrayar que lo que no te genera IDE es sólo el adeudo, que en tu caso es el saldo que tengas en tu tarjeta de crédito. Ejemplo: si en este momento debieras 16 mil pesos y depositases los 90 mil, tendrías excentos los 16 mil del adeudo. Tampoco serían considerados los 15 mil que puedes depositar libres de IDE. Por tanto, te calcularían el impuesto por los 59 mil restantes (90 – 16 – 15 = 59 mil).

      La buena noticia es que los bancos sólo están obligados a reportar operaciones a partir de los 10 mil dólares, por lo que tus 90 mil pesos NO serían reportados 😉

      Cualquier duda adicional, aquí seguimos 😉

      Éxito!

  2. macb 12/Jun/2013 en 12:05 am - Responder

    hola, cometí el error de aceptar el 50% del monto de la venta de una propiedad en efectivo y ahora no se como ingresarlo al banco sin que me apliquen el IDE, podría ser tan amable de explicarme que opciones tendría

    • Mauricio Priego 13/Jun/2013 en 6:01 am - Responder

      Para ser honestos, tu caso es el origen del IDE: la venta del terreno es en realidad un ingreso el cual debería declararse ca Hacienda (Ojo, no estoy defendiendo si es justo o no, sólo señalo lo establecido por la ley)

      Sin embargo, si la cantidad no es muy grande, podrías dividir el dinero y aperturar cuentas en distintos bancos, tranfiriendo electrónicamente el dinero a tu cuenta central… Claro, es muy engorroso…

      Éxito!

      • macb 13/Jun/2013 en 9:59 am - Responder

        Muchas gracias, y abusando después de leer todos tus amables consejos quisiéramos preguntar. Somos dueños de dos pequeños locales comerciales que recién construimos, pretendemos rentar uno y usar otro para venta de cosméticos, y productos oaxaqueños , suponemos que debemos darnos de alta en hacienda. ¿bajo que régimen? y entonces guardamos nuestros recibos de gastos y en la declaración anual que hagamos podremos recuperar el IDE? De antemano muchas gracias por tus conocimientos y voluntad

        • Mauricio Priego 14/Jun/2013 en 5:50 am - Responder

          Me alegra que la información te haya sido de utilidad.

          Respecto al IDE, es correcto. Lo que te retuvieron durante el año te sirve para que en tu declaración anual reduzcas el pago de ISR.

          Respecto al régimen, hay varias opciones: que te des de alta como persona física con actividad empresarial, como pequeño contribuyente o que formes una empresa como tal. La primera es la más sencilla y en general es la más recomendable si estás experimentando un nuevo negocio… Pero claro está, eso depende de otros factores que no puedo entrever en estos momentos.

          Si gustas puedo contactarte por correo para platicar de forma más detallada 😉

          Éxito en tus emprendimientos 😀

          • macb 16/Jun/2013 en 11:28 pm -

            claro que si, muchas gracias ¿como haríamos?

      • JOSE ROJO 23/Jun/2013 en 6:55 pm - Responder

        Creo que en este caso tu respuesta no es la más correcta ya que el aperturar cuentas diversas (haciendo depósitos al aperturarlas ) para después transferir fondos desde ellas a la cuenta central no te exime de que se contabilicen todos los depósitos en efectivo que hubieras realizado en el mes en todas ellas, es decir, se suman todos los esos depósitos que se hicieron en efectivo (no lo trasferido a la cuenta central) y si entre todos exceden de $15,000 por el excedente te cobrarán el impuesto.

        Quiero entender que de tu parte fue un pequeño descuido al dar tu respuesta.

        !Saludos!

        • Mauricio Priego 24/Jun/2013 en 5:51 am - Responder

          José, gracias por tu interés en detallar el tema.

          Aquí el punto es que cada banco está obligado a contabilizar los depósitos en efectivo de cada cliente para que a partir de los 15 mil pesos fletera el IDE, no existe en la regulación instrucción alguna de que los bancos se reporten entre sí los depósitos, ni tampoco de que lo hagan a un organismo central. Por tanto, si por ejemplo depositas 10 mil pesos en efectivo en 3 bancos distintos, en ninguno de ellos se te retendrá el IDE.
          (Nota: los bancos están obligados a reportar a Hacienda cualquier operación superior a 10,000 dólares, pero esto no es por el IDE sino parte del esfuerzo de la lucha contra el lavado de dinero).

          Cualquier comentario adicional será bienvenido 😉

          Éxito!

          • Diego 12/Sep/2013 en 7:45 pm -

            Mauricio Buen dia viendo los comentarios , podrias confrmar eso de los depositos en diferentes cuentas es decir , si tengo 2 cuentas

            santander deposito 10,000
            hsbc deposito 10,000

            Tengo entendido , que si las juntan ( en el mismo mes) y en este caso se exedieron 5,000 ( ya que solo puedes depositar 15 sin pagar ide) en cual se pagaria el 3% de esos 5,000 pesos no?

            Gracias y saludos!

          • Mauricio Priego 12/Sep/2013 en 7:59 pm -

            Jejeje… Precisamente ese es el punto Diego: No se suman las operaciones que haces en diferentes bancos.

            Cada banco retiene el IDE exclusivamente por el excedente a 15 mil que hayas depositado en sus sucursales.

            Si en 5 bancos distintos depositas en cada uno 10 mil pesos, no se te retendría el IDE porque en ninguno de ellos rebasaste los 15 mil pesos.

            En cambio, si en dos sucursales de un mismo banco depositaste 10 mil pesos, entonces sí te cobrarían el IDE por los 5 mil excedidos.

            Confío haber sido más claro 😉

            Pero cualquier cosa, aquí seguimos.

            ¡Éxito!

  3. Eric 11/Jun/2013 en 12:46 pm - Responder

    A mi madre le pagaron con cheque un seguro de vida de 600,000.00 si lo deposita a su cuenta ¿tiene que pagar algo? ella tiene 60 años, no tiene empleo y mucho menos RFC…

    • Mauricio Priego 11/Jun/2013 en 2:00 pm - Responder

      Eric, si tu mamá deposita directamente el cheque en su cuenta de ahorros, no le retendrán ni tendrá que pagar impuestos. No se preocupen por ello.
      Éxito!

  4. luis 05/Jun/2013 en 1:54 pm - Responder

    me podrias decir cuanto es lo mas que se puede depositar diario,o mensual en una cuanta personal para que no me genere impuestos?? tengo entendido que so 15 mil pesos pero no se si diarios o mensuales..
    2.,por decir si tengo una cantidad en el banco y la quiero sacar cualquier dia..me cobran impuesto?? puedo sacar todo el mismo dia?
    3..estube usando la forma de pago para enviar dinero..ahora ya no puedo .me dicen que se necesita que la otra persona tenga cuenta y que de todas maneras cobraran impuestos por que voi a a cer un deposito ..que puedo acer?
    espero me entiendas ejeje y me puedas responder gracias.

    • luis 05/Jun/2013 en 5:39 pm - Responder

      Es mensual hasta 15 000 pesos, ya pasando esa cantiudad al exedente se te aplicará el 3%,

      2.- Si vas a sacar el dinero no te cobran impuesto… se te calculara al fin del mes, no importa si tuviste 20 000 pesos en el mes, si lo sacas antes del corte no se te «quitara» el IDE ya que no hay dinero en tu cuenta, pero en cuanto metas dinero lo tomaran para cobrartelo.

      3.- es efectivo, la ley lo marca a todo deposito en efectivo se le aplicará el 3% siempre que exeda los 15 mil. puedes pagar mediante transferencia. (no se si te refieras a esto)

      • Mauricio Priego 07/Jun/2013 en 5:37 am - Responder

        Gracias por responder a las dudas de Luis 🙂
        Éxito en tus proyectos 😉

  5. Juan antonio 04/Jun/2013 en 10:21 am - Responder

    Hola Mauricio!
    Otra vez molestándote y pidiendo ayuda
    mira soy el intermediario en una compra de un terreno mi amigo me pidió que vendiera su terreno y ya tengo comprador y me piensa depositar mediante transferencia electronica la cantidad de 1 millón de pesos esto genera que pague impuestos?

    • Mauricio Priego 05/Jun/2013 en 5:55 am - Responder

      Juan, bienvenido de vuelta 😉

      Mientras sea por transferencia electrónica no te va a generar IDE… Pero por el importe, el banco lo va a reportar a Hacienda. Entre tantas operaciones que hay en el país, si el dinero lo vas a recebir en una cuenta personal (no empresarial ni la que usas para tus declaraciones fiscales como persona física) es muy posible que pase desapercibido… Pero necesitas ser consciente de que existe la posibilidad de que seas requerido, lo cual significa que demuestres la legalidad del origen del dinero y que sea considerado como un ingreso tuyo, por el cual tendrías que pagar ISR (el 35% hablando en números rápidos).

      En pláticas con amigos de banca y operadores bursátiles, no tengo referencia alguna de que a un particular le haya sucedido lo anterior, pero no podemos negar que podría sucederte.

      Seguimos en contacto 😉

  6. Erika 01/Jun/2013 en 3:52 pm - Responder

    Hola Mauricio, tengo una gran duda (México)

    Un amigo va a hacerme un deposito de 2 millones via transferencia, como me repercute a mi?, tengo que hacer algo en hacienda? pagar impuestos? como me amparo de que me los esta dando voluntariamente? puedo meterme en algun problema?

    agradezco tu respuesta
    muchas gracias

    • Mauricio Priego 01/Jun/2013 en 10:36 pm - Responder

      Erika, buenas tardes.

      Si bien la cantidad que te va a depositar tu amigo es grande (ya quisiera yo un amigo así), al ser vía transferencia no te va a generar IDE.

      Si lo vas a meter en una cuenta de ahorro normal – es decir, no es una chequera o cuenta concentradora registrada en hacienda – tampoco deberías tener problemas con el ISR.

      Ahora bien, el importe sí va a ser reportado por el banco… lo cual no significa necesariamente que te vayan a buscar para pedirte demostrar el origen del dinero. De echo, no conozco personalmente a nadie que haya sido requerido.

      Pero si llegado el caso tu primo acepta que te donó voluntariamente el dinero demostrando su origen lícito, tampoco debieras tener problemas.

      Cualquier otra duda, aquí seguimos.

      Éxito!

  7. Carmen Ramos 29/May/2013 en 9:01 am - Responder

    Hola. Mi. Pregunta es depósito, más de lo que. Declaro pero, debo tarjetas de crédito que. Pago totalmente, el. Contador me. Dice. Que. Cuando hacienda te. Requiere, sólo. Chocan lo que. Entro, es.verdad y. Ahora. Que. Puedo. Hacer. Gracias

    • Mauricio Priego 01/Jun/2013 en 7:02 am - Responder

      Carmen, buenos días.

      Necesito más información para poderte dar una opinión. Pero en general, no encuentro cuál podría ser el problema de que pagues con tus ingresos tu tarjeta de crédito… Todos lo hacemos 😉

      Éxito!

  8. ivan Morales Mendoza 22/May/2013 en 1:19 pm - Responder

    Buenas Tardes. Me gustaria saber. Si yo tengo mis fechas de corte de mi tarjeta de debito supongamos los dias 24 de cada mes. Y yo deposito 15 mil pesos cada mes. Me genera ide?. Es decir sin yo tengo 45 mil pesos en mi tarjeta pero los he voy metiendo de 15 mil pesos cada mes antes de mis fechas de corte. Es valido? o m cobraran ide?. O el ide es solo para depositos en efectivo por mes y no por la cantidad que tengas ahorrada en el banco o tarjeta de debido?. De antemano gracias. Saludos.

    • Mauricio Priego 29/May/2013 en 3:35 pm - Responder

      Iván, buenas tardes.

      El IDE es exclusivamente por depósitos en efectivo, sin considerar en lo absoluto el saldo que tengas en tus cuentas ni tampoco las operaciones que realices de forma electrónica o depósitos con cheques. Si depositas exactamente los 15 mil que mencionas no debieras tener ningún problema, pero cuidado: por cada peso adicional que deposites en el mismo mes se te retendrá el impuesto.

      Esto te lo subrayo porque me he topado con que muchas personas lo pasan por alto y al final les terminan reteniendo el IDE por el excedente, cuando consideraban que ya habían logrado evitarlo.

      Cualquier duda adicional, aquí seguimos 😉

  9. Alfredo 21/May/2013 en 7:08 pm - Responder

    Hola, muchas gracias por tu ayuda y claridad de las cosas, una pregunta, si tengo 42 mil pesos y cuento con tres cuentas bancarias de distintos bancos, ¿puedo realizar el depósito en efectivo de 14 mil pesos en cada cuenta y evitar así el pago del IDE?,… el SAT ¿conjunta los depósitos aunque sean de distintos bancos?… adicionalmente, sí es que de esta forma puedo evitar el pago del IDE, ¿en qué regla ó fundamento del SAT lo dice? lo anterior para contar con el respaldo. MUCHAS GRACIAS Y FELICIDADES POR TU CONOCIMIENTO DE LA MATERIA.

    • Mauricio Priego 29/May/2013 en 3:28 pm - Responder

      Alfredo, buenas tardes.

      En efecto, si depositas 42 mil pesos en tres bancos distintos no se retiene IDE. Esto es así porque la ley obliga a cada banco de forma individual e independiente a retener el impuesto.

      Ahora bien, la ley del IDE no dice en ningún lado que los bancos no puedan integrar los depósitos de los clientes. Pero subrayo que lo que obliga la ley al banco es a retener el IDE al cliente que deposite más de 15 mil pesos a lo largo del mes a través de cualquiera de sus sucursales. Por tanto, no puedo señalarte un artículo que explícitamente diga que no puede hacerse, pero operativamente no se hace… Considera que ningún banco le reporta a otro lo que hacen sus clientes de forma interna. ¡Iría contra el secreto bancario! No existe una integración global de los movimientos de un individuo en las diferentes opciones de servicios financieros. Incluido los depósitos.

      Confío haber sido claro, si no, coméntame y trato de explicarlo de otra manera. (Si deseas consultar la Ley del IDE para mayor tranquilidad, puedes descargarla a través de esta liga).

      ¡Éxito!

      • Alfredo 07/Jun/2013 en 6:56 pm - Responder

        Muchas gracias por tu apoyo, me quedó claro… éxito en lo que haces y fortuna en la salud.
        Hasta pronto…

  10. Jessica Tapia 20/May/2013 en 12:45 pm - Responder

    Hola Mauricio, buenas tardes.

    Mi tio vive en Texas y necesita comprar una casa, solo que en la constructora necesitan que el pago sea completo, asi que quiere depositar 10,000 USD mensuales a mi cuenta, hasta llegar al monto total.

    Yo tengo solo cuenta de nomina:

    1. Se puede efectuar una transferencia a mi tarjeta de debito?
    2. Me cobrara el banco algun impuesto?
    3. Como puedo comprobar el ingreso ante Hacienda, ya que sera una transferencia del extranjero y parecería lavado de dinero?

    Gracias, saludos.

    • Mauricio Priego 27/May/2013 en 5:49 am - Responder

      Jessica, buenos días.
      Te respondo tus preguntas por separado:

      1. Sí es posible hacer transferencias entre bancos de forma internacional, lo único que hay que tomar en cuenta es que al recibir los dólares en tu cuenta en automático se convierten en pesos mexicanos según el tipo de cambio que esté manejando el banco en ese momento.

      2. Al ser transferencia electrónica no genera IDE

      3. Los bancos están obligados a reportar operaciones a partir de diez mil dólares… Si bien hay tantas que lo más seguro es que las de ustedes pasen desapercibidas, podrías pedir que en vez de una transferencia de 10 mil hagan dos de 5 mil. Con eso ya no las reportaría el banco.

      Confío aún ser oportuno. Éxito en esta semana que inicia.

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