Actualización del artículo al 5 de enero del 2014
La Reforma Fiscal autorizada a finales del 2013 determina que este impuesto es derogado a partir del 1 de enero del 2014, por lo que ya no se retendrá sin importar cuánto depositen los cuenta-habientes en efectivo en sus cuentas. Sin embargo, estas operaciones seguirán siendo reportadas por las instituciones financieras a Hacienda para la identificación de posibles evasores fiscales.
Artículo original
Si alguna vez has vendido tu auto, has cancelado alguna cuenta de ahorro por aperturar otra, o simplemente has recibido dinero en efectivo, es muy probable que te hayas visto ante el dilema que, de meter el dinero al banco, ¡te cobrarán el 3% por impuestos!
En México desde hace algunos años se implementó la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (LIDE), buscando alcanzar a aquellas personas que venden productos o sus servicios sin estar registrados ante hacienda, evadiendo, por tanto, su obligación fiscal.
Más allá de la conveniencia o no de este impuesto, el tema que hoy quisiera exponer es cómo proteger tu dinero de una ley que en algunos casos en definitiva no es justa: La Ley dice que, una vez superados los $15,000 pesos depositados en tu cuenta personal en efectivo, la institución financiera tiene la obligación de retener directamente de tu cuenta el 3%, es decir, al final del mes te quitan ese dinero sin necesidad de tu autorización.
Veamos un ejemplo:
- El día 5 te paga un primo un préstamo que le hiciste y metes al banco $3,000
- El día 11 vendes la motocicleta vieja y muy usada que tenías y metes al banco los $8,000 que recibiste por ella
- El día 24 tu hermana te presta los $10,000 que necesitabas para completar lo que faltaba para comprar tu nueva motocicleta
- El día 29 retiras el dinero para la moto ya que finalmente acudirás a comprarla, mas por error retiras más dinero del que necesitabas y depositas el excedente, digamos unos $2,000
El día del corte de mes el banco detecta que depositaste en efectivo, $23,000 pesos, por lo cual retendrá de tu cuenta, enviando a tu casa el comprobante respectivo de retención de impuestos claro está, ¡un impuesto de $240.00!:
Depositado | 23,000.00 |
Exento | -15,000.00 |
Base para impuesto | 8,000.00 |
LIDE de 3% | 240.00 |
En este caso, la mayor parte del dinero que depositaste no corresponde a un ingreso que hayas generado con excepción de la venta de la moto, que por definición sí es un ingreso. Sin embargo, al final del camino lo obtenido por la venta de la moto es menor a los 15,000 que marca la ley, y esto sin contar que la venta no fue para comercializar la moto sino por la necesidad justa de adquirir una nueva y que, si eres empleado, no podrás depreciar de forma que deduzcas impuestos por ella.
¿Es solución entonces no dejar dinero en tu cuenta para evitar lo retenga el banco? ¡¡Para nada!! La ley establece que si al momento de retener el impuesto no tienes el dinero suficiente en tu cuenta, te serán retenidos en cuanto tengas dinero, actualizando los importes y cobrándote cargos adicionales por penalización (LIDE, Art 6).
Entonces, ¿Cómo puedo proteger mi dinero? ¿Guardándolo bajo el colchón? La buena noticia es que esto no es necesario, ya que la misma ley contempla excepciones:
- Existen formas de depósito que no son efectivo, como lo cheques y las transferencias electrónicas, por lo que no están sujetas a este impuesto
- Las personas morales con fines no lucrativos están exentas del impuesto, siendo este el caso de algunas cajas de ahorro internas de las empresas (LIDE Art 2.II)
En base a lo anterior, aquí tienes algunos consejos prácticos para proteger tu dinero del LIDE (Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo):
- Si no has accedido al portal en Internet de tu banco, hazlo ya. En la gran mayoría de ellos las funciones básicas como transferir dinero entre tus propias cuentas, pagar tu tarjeta de crédito (del mismo banco) y consultar tus saldos, movimientos y estado de cuenta, son gratuitas. Si la razón de fondo es que no confías en Internet o que consideras que es demasiado complicado, considera que en el caso del LIDE te pone en riesgo de que la ley te tome desprevenido… y también tome tu dinero.
- Si usualmente recibes dinero en efectivo y lo depositas en tu cuenta, monitorea los movimientos ya realizados a través del portal del banco para evitar sustos. No es recomendable hacerlo a través de cajeros automáticos ya que la mayoría de los bancos cobran comisiones después de cierto número de consulta de movimientos.
- Si te pagan con cheque de un banco distinto a donde tienes tu cuenta, es preferible depositar el cheque directamente en tu cuenta a ir al otro banco a hacer colas para que te lo cambien por efectivo, y después depositarlo en tu cuenta. La espera al día siguiente para tener disponibilidad del dinero se ve recompensada por el ahorro en tiempo y el que no se te contabilice para el LIDE.
- Si tu patrón te paga en efectivo y posteriormente metes el dinero en tu cuenta, habla con él para que te pague con cheque o transfiera el dinero directamente a tu cuenta.
- En general, si alguien te va a pagar una cantidad importante de dinero por el motivo que fuese, habla con esa persona para que te pague con cheque o transfiera el dinero directamente a tu cuenta.
- Si la empresa para que trabajas tiene Caja de Ahorro, acércate a ella y confirma si se encuentra exenta ante el LIDE. De serlo, deposita en ella las cantidades importantes de dinero.
- Si la empresa para la cual trabajas no tiene caja de ahorro, existen sociedades que dan el servicio de gestión de la Caja de Ahorro a las empresas, las cuales son autosuficientes por lo que no cuestan para la empresa siendo un servicio adicional muy valioso para los empleados. Una de las que conozco y con la cual he operado es ODESSA* siendo una opción interesante para revisar.
Por el momento me despido confiando que esta información te sea de utilidad. Cualquier duda o comentario adicional que consideres, ¡no dudes en exponerla!
¡Éxito en tus proyectos!
* Odessa es ajena al PractiFinanzas siendo presentada únicamente como una referencia
buenas sr mauricio se que es bueno en orientaciones de impuestos ,,,,, mi caso es el siguiente yo tenia una cta.. de dolares en banorte depositaba cuando estaba bn y luego retiraba para ganar unos centavos el dia de hoy me llego una invitacion para la regularizacion del isr.. 2013… mi cuenta la aperture como en 2011..vdd bueno que puedo hacer ignorar o pues pagar me piden 2600 pesos ya sea en pagos o en una sola exhibicion …si depositaba mas de 15,000mil al mes variaba pss no siempre vdd habia meses que nada esa cuenta yo le hice el favor a un amigo y pues me pago por aperturarla pues el la manejaba y me daba un poco de dinero para que yo depositara… que puedo hacer necesito orientacion si ignoro habra problemas … dice una leyenda al final del reverso ,,,, este documento es una invitacion por lo que no determina cantidad a pagar ni crea derechos me urge informacion ojala pudiera ayudarme pues no se que hacer y no cuento con dinero para cubrir el monto apenas gano 800 pesos en la maquila y tengo 3 hijos stoy asustada sr gracias hah.. podran cobrerme por el 2012? o algo asi..muy amable mauricio
Buenos días Grabriela.
Gracias por el valor que otorgas a mi esfuerzo, aunque en realidad sólo aporto mi granito de arena para quienes buscan mejorar sus finanzas personales 😉
Por lo que comentas, Hacienda identificó una discrepancia fiscal, es decir, que el dinero que depositaste en tu cuenta bancaria es superior a los ingresos que tu patrón informa al SAT que te retiene. La diferencia la considera un ingreso no reportado y sobre ese ingreso te calcula los impuestos que te están pidiendo pagar.
Lo que sigue es
a) Demostrar que ese dinero surge de un ingreso libre de impuestos, como por ejemplo la donación de tus padres, cónyuge o hijos;
b) Demostrar que es un ingreso por el cual en su momento pagaste impuestos;
c) Pagar esos $2600
Si el dinero te lo daba tu amigo para depositarlo y luego retirarlo sin que tú le cobraras por ese servicio honorarios ni interés alguno, es algo que tu amigo tiene que atestiguar para que puedas verte libre del pago de ese impuesto.
Ahora bien, hay una posibilidad más: Comunícate a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (01800 611 0190) donde te asesoran de forma gratuita en caso de que el fisco te esté requiriendo pagos de impuestos de forma injusta como en el caso que mencionas, donde la discrepancia se debe a que ahorraban juntos en una misma cuenta.
¡Éxito!
hola me llego una carta de hacienda de mi hijo el cual me requiere el pago de ISR del 2012 por depocitos que tengo que hacer es una cuenta de ahorros pago o ago omiso gracias
Que tal Mauricio,
Gracias por contestar las preguntas de tus lectores, valoramos mucho tu asesoría
Tengo una duda, vendí una maquinaria a un particular y me pagó en efectivo, son cerca de $950,000 pesos, el objetivo de vender esas maquinas era para pagar parte de la hipoteca que tengo con el banco.
Si yo hago el pago de la hipoteca de mi casa directo a la cuenta concentradora del banco con la referencia de mi numero de credito, por esa cantidad, ¿el banco esta obligado a dar aviso de un pago importante a mi hipoteca? ¿esto me hace sospechoso por lavado de dinero? lo unico que tengo para comprobar ese ingreso es la carta de compra-venta de la maquinaria que vendí.
Gracias de antemando por tu orientación.
Saludos,
BUEN DIA MAURICIO
VIVIMOS EN TIJUANA Y TENEMOS UNA CUENTA DE BANCO EN USA
EL FISCO RETENDRA EL 30% DE ESTE DINERO, ES LO QUE HE ESCUCHADO
USTED NOS PODRIA ORIENTAR CON ALGUA LECTURA SOBRE ESTE TEMA
LE AGRADEZCO SU TIEMPO
Claro gracias por tu ayuda veras tengo 18 años tengo 50 personas listas para realizarme pagos lo que no tengo es un RFC para poder montar mi sistema de cobro como te comentaba a base de Dineromail con cobros Cupones off-Line,El problema es que supongamos me registro bajo el regimente de persona fisica con actividad empresaria ahi me dejaran elegir un nombre como «Sistemas Alan (¿S.A o es PFAE?)» la cuenta que tengo de debito pasara al regimen de Persona con Actividad empresarial y de esos 7.500 Mensuales que entraran cuanto es para el gobierno y como se los tengo que pagar?.. de ante mano gracias.
buen dia, yo tengo una duda, yo soy persona fisica con actividad empresarial, expido facturas y/o recibos de honorarios,para lo cual todos lo pagos de los respectivos comprobantes que expido me caen en una solo cuenta,pero a la par cuento con una cuenta personal (que es donde deposito dinero de trabajos adicionales, que no requieren facturas, pejemplo cuando ayudo a un amigo en algún proyecto y el me paga,cuando me prestan dinero mis amigos,etc), es necesario pagar impuestos por lo que tenga en mi cuenta personal?? es necesario declararlo??
Hola Mauricio,
gracias por tu labor.
En cuanto a transferencis electronicas de Paypal a mi cuenta bancaria méxicana, haciendo por ejemplo una transferencia de $ 25,000 pesos cada dos meses, en cuanto esta el banco obligado a informar hacienda?
Hola Georg.
Al ser transferencias electrónicas el banco no las reporta a menos que sean mayores a $100,000. Es decir, por el momento no lo hace… Aunque eso no evita la posibilidad de que Hacienda te identifique en discrepancia fiscal, es decir, que en tus cuentas de ahorro se realizan más depósitos de lo que reportas a Hacienda. Te sugiero explorar la posibilidad de regularizar tu situación dándote de alta en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), en el cual tienes diferentes beneficios fiscales, entre ellos el no pagar impuestos durante el primer año para ayudarte a consolidar tu negocio 😉
¡Éxito!
Hola!
Tengo una duda, lo que pasa es que mi jefe nos pide a mi y a mis compañeros de trabajo que abramos una cuenta a parte de la que ya tenemos de nomina por que nos va a depositar el pago mínimo de nomina y en la otra el sobrante …. mi duda es: por que esta habiendo esto? cuales son las ventajas o desventajas para nosotros como trabajadores?….es correcto lo que va hacer el jefe o no?
Hola Guadalupe!
Lo que está haciendo su jefe es implementar algún tipo de estrategia fiscal. Supongo que les dará de alta en una empresa pagándoles el mínimo, y como transfiere el dinero desde su cuenta fiscal, no quiere registrar transferencias a las mismas personas desde sus misma cuenta para que el fisco no identifique que en realidad ganan más. ¿Esto es válido? No mucho… Pero es una práctica muy arraigada en nuestra sociedad.
Ahora bien, el tema está en la parte complementaria de su ingreso. Si se los va a pagar a través de otra nómina o ustedes le van a facturar honorarios, no pasa nada… Pero si el dinero se los va a dar «bajo el agua» y los depósitos serán en efectivo representando más de quince mil pesos al mes, entonces sí corren riesgo de que sea a ustedes a quienes requiera el fisco. De ser este último caso, lo ideal sería que le facturen con todo lo que ello significa.
Puedes encontrar más información en este artículo: Pago por Honorarios, por Tercerización o Sistema de Pago Mixto, ¿Cómo te afectan?
Espero haber sido de utilidad 😉
¡Éxito!
Hola que tal veo que tienen un enorme conocimiento en las finanzas y te quiero consultar lo siguiente.
Voy a emitir cupones de cobro Off-Line en OXXO por la cantidad de $150 se los voy a dar a unas 50 personas mensualmente .
todo el dinero llega a mi cuenta de DineroMail y de ahi lo retiro en un Cuenta Banamex a mi cuenta de debito..
Pero el sistema de transferencia me solicita RFC
lo cual no tengo la cuenta de debito me la abrieron sin solicitar RFC.
Que me recomiendas para tramitar el RFC bajo que regimen me incorporo te menciono que el cobro de los $150 es por el cobro de el uso de una aplicación desarrollada por mi.
Hola Alan, buenos días.
Te felicito por tu determinación para incursionar en el mundo empresarial, así como por tu visión para generar un ingreso residual, en este caso, las licencias de uso de software 😉
Respecto a tu inquietud, el régimen más adecuado sería Persona Física con Actividad Empresarial, ya que si bien el RIF tiene diferentes beneficios fiscales, la ley fiscal lo restringe de manera que no pueden ser inscritos en él actividades profesionales (en tu caso, el desarrollo de software).
Eso sí, tienes diferentes una amplia gama de gastos que podrías deducir para pagar menos impuestos… De esto podríamos conversar un poco más si gustas 😉
¡Éxito en tus proyectos!
Buen dia
tengo una situacion si por equivocacion se le depositara un pago a otro proveedor que no era para el y fuera un ejemplo 50,000 y le hablo a este proveedor que me regrese el dinero se puede hacer retirarlo solamente o habira que hacer un movimiento
como emitir alguna factura para regresar ese dinero?
ya que este proveedor nos esta pidiendo una factura para sacar el dinero ya que no es facil dice su contador. ayudeme que pasos se harian en este caso
Hola Manuel.
Si es un proveedor asiduo (es decir, al que le compran seguido), la mejor opción es que les de una nota de crédito y con ella vayan pagando las compras futuras. De otra manera lo que propone es muy razonable (no afecta impositivamente porque tu gasto es igual a tu ingreso y se «matan» entre sí).
¡Éxito!