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Protegiendo tu dinero de la Ley del Impuesto a Depósitos en Efectivo

Mauricio Priego 18/Jun/2011 513
Protegiendo tu dinero de la Ley del Impuesto a Depósitos en Efectivo

Actualización del artículo al 5 de enero del 2014

La Reforma Fiscal autorizada a finales del 2013 determina que este impuesto es derogado a partir del 1 de enero del 2014, por lo que ya no se retendrá sin importar cuánto depositen los cuenta-habientes en efectivo en sus cuentas. Sin embargoestas operaciones seguirán siendo reportadas por las instituciones financieras a Hacienda para la identificación de posibles evasores fiscales.




Artículo original

Si alguna vez has vendido tu auto, has cancelado alguna cuenta de ahorro por aperturar otra, o simplemente has recibido dinero en efectivo, es muy probable que te hayas visto ante el dilema que, de meter el dinero al banco, ¡te cobrarán el 3% por impuestos!

En México desde hace algunos años se implementó la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (LIDE), buscando alcanzar a aquellas personas que venden productos o sus servicios sin estar registrados ante hacienda, evadiendo, por tanto, su obligación fiscal.

Más allá de la conveniencia o no de este impuesto, el tema que hoy quisiera exponer es cómo proteger tu dinero de una ley que en algunos casos en definitiva no es justa: La Ley dice que, una vez superados los $15,000 pesos depositados en tu cuenta personal en efectivo, la institución financiera tiene la obligación de retener directamente de tu cuenta el 3%, es decir, al final del mes te quitan ese dinero sin necesidad de tu autorización.

Veamos un ejemplo:

  1. El día 5 te paga un primo un préstamo que le hiciste y metes al banco $3,000
  2. El día 11 vendes la motocicleta vieja y muy usada que tenías y metes al banco los $8,000 que recibiste por ella
  3. El día 24 tu hermana te presta los $10,000 que necesitabas para completar lo que faltaba para comprar tu nueva motocicleta
  4. El día 29 retiras el dinero para la moto ya que finalmente acudirás a comprarla, mas por error retiras más dinero del que necesitabas y depositas el excedente, digamos unos $2,000

El día del corte de mes el banco detecta que depositaste en efectivo, $23,000 pesos, por lo cual retendrá de tu cuenta, enviando a tu casa el comprobante respectivo de retención de impuestos claro está, ¡un impuesto de $240.00!:

Depositado 23,000.00
Exento -15,000.00
Base para impuesto 8,000.00
LIDE de 3% 240.00

En este caso, la mayor parte del dinero que depositaste no corresponde a un ingreso que hayas generado con excepción de la venta de la moto, que por definición sí es un ingreso. Sin embargo, al final del camino lo obtenido por la venta de la moto es menor a los 15,000 que marca la ley, y esto sin contar que la venta no fue para comercializar la moto sino por la necesidad justa de adquirir una nueva y que, si eres empleado, no podrás depreciar de forma que deduzcas impuestos por ella.

¿Es solución entonces no dejar dinero en tu cuenta para evitar lo retenga el banco? ¡¡Para nada!! La ley establece que si al momento de retener el impuesto no tienes el dinero suficiente en tu cuenta, te serán retenidos en cuanto tengas dinero, actualizando los importes y cobrándote cargos adicionales por penalización (LIDE, Art 6).

Entonces, ¿Cómo puedo proteger mi dinero? ¿Guardándolo bajo el colchón? La buena noticia es que esto no es necesario, ya que la misma ley contempla excepciones:

  1. Existen formas de depósito que no son efectivo, como lo cheques y las transferencias electrónicas, por lo que no están sujetas a este impuesto
  2. Las personas morales con fines no lucrativos están exentas del impuesto, siendo este el caso de algunas cajas de ahorro internas de las empresas (LIDE Art 2.II)

En base a lo anterior, aquí tienes algunos consejos prácticos para proteger tu dinero del LIDE (Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo):

  • Si no has accedido al portal en Internet de tu banco, hazlo ya. En la gran mayoría de ellos las funciones básicas como transferir dinero entre tus propias cuentas, pagar tu tarjeta de crédito (del mismo banco) y consultar tus saldos, movimientos y estado de cuenta, son gratuitas. Si la razón de fondo es que no confías en Internet o que consideras que es demasiado complicado, considera que en el caso del LIDE te pone en riesgo de que la ley te tome desprevenido… y también tome tu dinero.
  • Si usualmente recibes dinero en efectivo y lo depositas en tu cuenta, monitorea los movimientos ya realizados a través del portal del banco para evitar sustos. No es recomendable hacerlo a través de cajeros automáticos ya que la mayoría de los bancos cobran comisiones después de cierto número de consulta de movimientos.
  • Si te pagan con cheque de un banco distinto a donde tienes tu cuenta, es preferible depositar el cheque directamente en tu cuenta a ir al otro banco a hacer colas para que te lo cambien por efectivo, y después depositarlo en tu cuenta. La espera al día siguiente para tener disponibilidad del dinero se ve recompensada por el ahorro en tiempo y el que no se te contabilice para el LIDE.
  • Si tu patrón te paga en efectivo y posteriormente metes el dinero en tu cuenta, habla con él para que te pague con cheque o transfiera el dinero directamente a tu cuenta.
  • En general, si alguien te va a pagar una cantidad importante de dinero por el motivo que fuese, habla con esa persona para que te pague con cheque o transfiera el dinero directamente a tu cuenta.
  • Si la empresa para que trabajas tiene Caja de Ahorro, acércate a ella y confirma si se encuentra exenta ante el LIDE. De serlo, deposita en ella las cantidades importantes de dinero.
  • Si la empresa para la cual trabajas no tiene caja de ahorro, existen sociedades que dan el servicio de gestión de la Caja de Ahorro a las empresas, las cuales son autosuficientes por lo que no cuestan para la empresa siendo un servicio adicional muy valioso para los empleados. Una de las que conozco y con la cual he operado es ODESSA* siendo una opción interesante para revisar.

Por el momento me despido confiando que esta información te sea de utilidad. Cualquier duda o comentario adicional que consideres, ¡no dudes en exponerla!

¡Éxito en tus proyectos!

Odessa es ajena al PractiFinanzas siendo presentada únicamente como una referencia

513 Comentarios »

  1. Victor Arellano 07/Ene/2014 en 8:59 pm - Responder

    Hola tengo una duda con la nueva ley 2014.
    Tengo 4 cuentas(1 de nomina y 2 de ahorro en diferentes Financieras Populares y 1 en Caja de ahorro y Credito), en diciembre de mi nomina retire 17000 y la semana pasada retire 3000, esto por que los preste a familiares, que hoy me pagaron y los iba a depositar en efectivo en una subcuenta que tengo de la nomina que es muy independiente, pero una compañera mía, en el trabajo me comento que no los depositara por que como iban a ser en efectivo lo tendría que declarar ante hacienda como un ingreso(estoy dado de alta como asalariado), pero ingreso no es y este dinero es fruto de ahorro del año pasado hay algun problema por que los deposite en efectivo, y también me dijo que por la nueva ley tendría que cerrar las 3 cuentas que tengo de mas y solo quedarme con la de nomina y la subcuenta de ahorro, esto para no estar duplicando ingresos y pagando impuesto sobre dinero que ya pague impuesto, es cierto esto que me dijeron y que problemas tendría con hacienda tengo que pagar impuesto otra vez, por que mi empresa hace mi declaración.
    Y no quiero tener dinero en casa y que después me lo roben, ahora también iba a pasar otro dinero que tengo de una financiera a la caja, por que me dan mas interés en este mes y los iba a poner a plazo, lo iba a llevar con cheque para no cargar efectivo(son 60,000), esto también seria el mismo problema?, hacienda me lo tomaría como ingreso, que problemas tendría?
    Espero me des respuesta a mi duda, muchas gracias.

  2. Reina 04/Ene/2014 en 12:43 pm - Responder

    hola… mi duda es la siguiente: acabo de recibir una cantidad mayor a 100,000 MXN por motivo de venta de un vehículo y quisiera meterlo a una cuenta de ahorro que tengo a mi disposición, tendría que declarar ante hacienda el monto o bien sólo se paga el IDE una vez depositada la cantidad?? y una vez depositado se estara cobrando el IDE cada mes??

    • Mauricio Priego 07/Ene/2014 en 11:07 pm - Responder

      Hola Reina.

      La buena noticia es que a partir del 1 de enero se derogó el IDE, por lo que ya no te lo retendrán en caso de que deposites ése dinero en tu cuenta.

      Sin embargo ten en cuenta que Hacienda podría requerirte en algún momento para que justifiques ese ingreso, solicitándote el pago de los impuestos correspondientes.

      ¡Éxito!

  3. alma 03/Ene/2014 en 2:51 pm - Responder

    BUENAS TARDES MAURICIO

    TENGO UNA DUDA, TENGO UNA CUENTA DE GUARDADITO EN ELEKTRA. HACIENDA TAMBIEN ME REQUERIRA INFORMACION SI HAGO DEPOSITOS MAYORES A $15,000 PESOS???

    GRACIAS, ESPERO TU RESPUESTA

    • Mauricio Priego 07/Ene/2014 en 10:23 pm - Responder

      Alma, buenas noches Alma.

      No es que Hacienda «requiera» si haces operaciones mayores a 15 mil pesos, sino que los bancos informan a Hacienda aquellas cuentas que hayan recibido más de 15 mil pesos en depósitos en efectivo durante el mes… Y como Banco Elektra es al fin y al cabo un banco, está obligado a reportar.

      ¿Y a quienes requiere Hacienda? Es algo así como una tómbola: de todos los cuenta-habientes reportados toma una selección y a ellos son los que audita.

      Confío haber respondido a tu inquietud 😉

      ¡Éxito!

  4. Jairo Aguilar 03/Ene/2014 en 11:35 am - Responder

    Hola Sr. Mauricio, impresionante su dominio de los temas fiscales, lo felicito.

    Quisiera que me apoyara con una duda, resulta que tengo deudas por $200,000 pesos en tarjetas de credito de las cuales algunas soy titular y otras son de mi madre la cual no labora actualmente y yo soy quien le da dinero para pagar su casa, servicios y pago sus tarjetas de credito, entonces como las deudas son altas tiendo a prestar mi tarjeta (jinetear dinero) para evitar intereses del periodo actual, por lo que a veces muevo 3 o 4 veces mi sueldo al mes en mis cuentas y las de ella. Estoy preocupado porque si ella no trabaja Hacienda va preguntarse de donde esta sacando ese dinero que paga en sus tarjetas de credito?, y tambien las cantidades que muevo para evitar intereses tambien voy a tener que rendir cuentas a Hacienda. Que me recomienda? o Que puedo hacer para seguir evitando intereses de esta u otra manera en las tarjetas de credito?, tambien las cantidades que muevo al mes posiblemente no es tanto dinero como para llamar la atención (entre $30,000 y $40,000 pesos) pero mi sueldo es de $10,000 mensuales.

    Que instrumento pudiera utilizar para seguir pagando mis deudas y las deudas de mi madre sin tener problemas con hacienda y evitar pagar tanto impuesto?

    Gracias por su atención y ayuda!

    • Mauricio Priego 06/Ene/2014 en 3:52 pm - Responder

      Hola Jairo. Gracias por el valor que otorgas a nuestro esfuerzo 🙂

      La buena noticia es que la ley fiscal contempla que los padres pueden recibir de sus hijos cualquier cantidad por concepto de DONACIÓN lo cual se encuentra libre de impuestos. Y si lo analizas, ¡eso es precisamente lo que haces! Has estado donando dinero a tu mamá usando como herramienta la tarjeta de crédito. Por tanto si el día de mañana Hacienda requiriese a tu madre (de ello no está eximido nadie), lo único que tienen que hacer es que antes de llamar al fisco, elaboren un contrato sencillo entre particulares (tú y tu mamá) en el que establecen por escrito que tú le vas a donar el dinero, siendo importante que
      1) El contrato lo firmen con fecha previa al periodo solicitado por Hacienda
      2) Lo firmen también dos testigos

      Esto lo pueden hacer de una vez si quieres tener mayor tranquilidad.
      Nota importante adicional: ten cuidado en conservar sus estados de cuenta y realiza el pago por transferencia bancaria.

      En conclusión, no tienen por qué tener tu mamá ni tú cualquier problema por estos movimientos.

      Ahora bien, respecto a tu caso personal, mientras estés guardando tus estados de cuenta donde se ve que lo que estás haciendo es mover el dinero entre tus cuentas sin representar ingresos de dinero en efectivo, tampoco tendrás problema alguno. Eso sí: Siempre realiza tus movimientos de forma electrónica. Complicarías un poco las cosas si retiras el dinero en efectivo de una cuenta para pagar otra.

      Por último, si bien agradezco el que valores mis conocimientos fiscales, en realidad soy Asesor en Finanzas Personales. Me llama la atención lo que mencionas de que sacas dinero de una tarjeta para pagar otra de manera que no pagues intereses… Normalmente hay comisiones por retiro de efectivo e intereses por cada día que pasa en que retiraste el dinero hasta el día del corte… No puedo negar que me intrigó tu estrategia. ¿Podrías compartirnos qué es lo que haces?

      Éxito en tus proyectos

      • Jairo Aguilar 06/Ene/2014 en 4:52 pm - Responder

        Que tal Sr. Mauricio, le agradezco su respuesta.

        La estrategia que estoy usando es la siguiente:

        Nunca retiro de una tarjeta de crédito en cajero automático (conozco las comisiones que implica).

        Un amigo quiere comprar un producto o pagar un servicio, yo lo pago con mi tarjeta de crédito o una tarjeta de mi mamá, posteriormente el me transfiere la cantidad a mi cuenta o me lo da en efectivo, y yo ese dinero lo pago a la misma tarjeta de crédito o a otra según me convenga (según fechas de corte/pago), por lo que llego a abonar de este modo de varias tarjetas de crédito el monto para no generar intereses del periodo y así recorro la deuda al siguiente mes.

        Ejemplo:

        En la tarjeta 1 debo $1000 y mi pago para no generar intereses es $500 y faltan 3 días para mi fecha de pago

        En la tarjeta 2 debo $2000 y mi pago para no generar intereses es de $1000 faltan 10 días para mi fecha de pago

        Mi amigo me pide pagar un producto con precio de $500 y lo pago con mi tarjeta 2 y enseguida me da el efectivo o me transfiere a mi cuenta de débito para yo despues depositarlo o transferirlo a mi tarjeta de crédito 1 (y así esa tarjeta no me generará interés en este periodo)

        Viendolo de una manera global, si logras mover la suma de dinero de todos los «montos para no generar intereses» en un mes de todas tus tarjetas de crédito y mientras tus límites de crédito lo permitan puedes lograr que no te genere interés.

        Otra modalidad que uso es pagar productos o servicios de amigos convirtiendo un monto de una deuda revolvente a deuda a meses sin intereses.

        No se si fui claro, también estoy conciente que estas NO son las mejores practicas financieras sin embargo tantas deudas me han orillado a tomar estas acciones, ya que mi madre no tiene un ingreso y sus deudas son muy grandes y ademas le sumo las mías.

        Por último quisiera preguntarle acerca del contrato que menciona de las donaciones a mi madre, quien puede asesorarme con eso? es necesario un notario publico?

  5. MONICA 02/Ene/2014 en 11:51 am - Responder

    Buen día Mauricio,

    Yo tengo una duda sobre las cuentsa de inversión a plazo fijo.
    Tengo entendido que a partir de un monto tienes obligación de pagar ISR mis dudas son:

    A partir de qué monto?
    Esto aplica por cuenta o por banco?, es decir, puedo tener 3 cuentas en el mismo banco que ninguna rebase ese tope y quedo excenta o es como el IDE en donde te hacian la suma de todas tus cuentas del mismo banco?
    En caso de no quedar excento, el banco te hace el descuento del ISR o yo lo tengo que pagar en otro lado, declararlo o cómo se hace?
    Y por último, sobre qué se hace el calculo del ISR? sobre el monto total de la cuenta o sobre los intereses que me genera el tener mi dineor ahí?

    Te agradezco mucho, saludos!

    • Mauricio Priego 03/Ene/2014 en 9:36 am - Responder

      Mónica, buenos días.

      El ISR se calcula sobre los intereses que paga la cuenta de ahorro o inversión, es decir, no depende de tu capital ahorrado o de tus depósitos, sino de los rendimientos que da la cuenta. Así mismo, el impuesto se calcula y lo retiene el banco de forma independiente por cada una de las cuentas que tengas.

      Es correcto que hay algunos tipos de cuenta que se encuentran exentos, pero específicamente son «cuentas de cheques, para el depósito de sueldos y salarios, pensiones o para haberes de retiro o depósitos de ahorro…» siempre y cuando su saldo promedio no exceda 5 salarios mínimos generales del DF elevados al año (en este momento poco más de $122,800).

      Si no fui claro, no dudes en preguntar 😉

      ¡Éxito!

      • MONICA 03/Ene/2014 en 9:52 am - Responder

        Fuiste muy claro, muchas gracias Mauricio! 😉

      • Guadalupe merino 06/Ene/2014 en 12:00 pm - Responder

        Disculpe la molestia sr Mauricio? Ojala pudiera responer mi prepodre gunta si no es por Este medio en mi correo porfavor gracx;) yo cuento con una cuenta en la zona fronteriza es debito en dolares no estoy registrada en hacienda y x mes yo deposito entre 20mil o 25mil pesos ya covertido
        gbmas omenos x El tipo De cambio vdd podre tenerenun futuro problemas con hacienda,. pueden quitarme isr ya que quitaron El ide y Como si lo hay isr De Los 20 o 25 mil q De posito Al mes aveces son 16000 noosiempre Los 20 ,25 te agradeceria tu atencion y mil gracias 🙂

  6. PEDRO SALATIEL 30/Dic/2013 en 1:49 pm - Responder

    hola tengo una duda, si le deposito $100,000 por medio electronico de mi cuenta bancaria a otra cuenta del mismo banco, esto generara impuestos del ID a los dos a uno solo o a niguno

    gracias saludos

    • Mauricio Priego 31/Dic/2013 en 9:11 am - Responder

      Hola Pedro.
      Las transferencias electrónicas entre tus cuentas no generan IDE… Y a partir del martes, ningún depósito en efectivo generará IDE 😉 (Aunque se seguirán reportando a Hacienda cuando una persona deposite a Hacienda más de $15,000 en efectivo al mes).
      Feliz y próspero 2014 😉

      • Gabriel 31/Dic/2013 en 9:47 am - Responder

        Hola Mauricio,

        ¿Y que repercusiones tiene para una Empresa o Persona? es decir si una empresa o persona esta siendo reportada de manera recurrente ante Hacienda por recibir depósitos superiores, ¿que obligaciones genera?

        Gracias

        • Mauricio Priego 31/Dic/2013 en 10:34 am - Responder

          Hola Gabriel.

          Entre las «novedades» de la Reforma Fiscal está la capacidad de Hacienda de requerir a los bancos las operaciones en efectivo de sus clientes, lo más seguro es para «cotejarlas» con sus ingresos reportados. Si tú dices que ganas 100 mil al año y hacienda detecta que en efectivo recibes 150,000… Es probable que te soliciten expliques la discrepancia.

          Puedes leer más al respecto en La Refriega Fiscal, Análisis de un contribuyente cautivo.

          ¡Feliz y próspero 2014!

  7. jams 27/Dic/2013 en 1:24 am - Responder

    hola amigo espero estes muy bn te contare mi duda mira lo q pasa es q yo no tengo cuenta bancaria y tengo ahorrado como 170 mil pesos y quiero comprar un coche y me stan pidiendo q lo pague por transferencia electronica mi pregunta es con cuanto dinero en efectivo puedo abrir una cuenta de ahorros sin q me cobren nada y ya ahi hacer la transferencia a la persona q me venda el auto necesito pagar alrwdedor de 160 mil x el coche pero me ven obligado a q o page de esa forma el coche lo pagaría empezando en enero 2014 qe aconsejas q haga no quiero perder la oportunidad

    • Mauricio Priego 27/Dic/2013 en 10:02 am - Responder

      Hola Jams!

      A ver si entendí: Ahorraste 170 mil en efectivo y te quieres comprar un auto, pero por la nueva Ley contra el Lavado de Dinero no te permiten pagar en efectivo… sólo que no quieres que te retengan el IDE por depositar tanto dinero en efectivo en una cuenta bancaria. ¿Es correcto?

      De ser así tan sólo requieres esperar 4 días para que se derogue este impuesto 😉

      Así es. A partir del 1 de enero ya podrás depositarlo sin que te retengan el IDE, y ya con el dinero en la cuenta, hacer la transferencia para pagar el auto.

      Sólo un detalle: Procura que la cuenta donde deposites el dinero sea distinta a aquella donde recibes el pago de tu sueldo o donde llevas tus ingresos que declaras a Hacienda, de manera que no mezcles el ahorro con tus ingresos. Por otro lado, no puedo dejar de señalar que existe la posibilidad de que Hacienda te requiera demostrar el origen de ese dinero, y en caso de no poder hacerlo, entonces lo considere un ingreso del cual te cobre los impuestos correspondientes. ¿Qué tan factible es que esto suceda? Con tantas operaciones que hay a lo largo y ancho del país quisiera pensar que muy pocas, pero la posibilidad existe.

      (Si quieres leer un poco más sobre el párrafo anterior, te sugiero La Refriega Fiscal, análisis de un contribuyente cautivo).

      Que la prosperidad y la armonía reinen en tu hogar en este 2014 ¡Felicidades!

  8. eric 19/Dic/2013 en 1:42 am - Responder

    Hola Mauricio, Buenas Dias.

    Me dedico al comercio informal y tengo una cuenta de ahorro perfiles en Banamex por $100 mil pesos y mi madre tiene otra cuenta de ahorro perfiles en Banamex por otros $100 mil pesos. Yo tengo 30 años y mi madre tiene 64 años y se dedica al hogar. Los 100 mil de cada una de las cuentas los he ido depositando a lo largo de esta año 2013 evitando el IDE, por lo que le pregunto si mi madre o yo podríamos tener algún problema con hacienda debido a las leyes actuales o las que vienen para el 2014.

    Gracias por su respuesta.

    • Mauricio Priego 19/Dic/2013 en 3:48 pm - Responder

      ¡Hola Eric!

      Por la ley actual es poco probable que tengas algún inconveniente (siempre y cuando las cuentas tuya y de tu mamá no sean fiscales o que las hayan dado al fisco para el depósito de impuestos devueltos o apoyos gubernamentales).

      Más para el 2014 es otra cosa… Hay algo llamada «Discrepancia Fiscal» que precisamente busca detectar a quienes tienen ingresos pero no los reportan. Puedes leer al respecto en La Refriega Fiscal: Análisis de un contribuyente cautivo.

      Después de leerla si gustas podemos continuar con la plática… No hay nada como el intercambio de ideas 🙂

      ¡Éxito!

  9. FILIBERTO 18/Dic/2013 en 4:05 pm - Responder

    hola, mi duda es que si me excedo de mas de 15 mil pesos pago impuesto que son el 3% ahora si me hacen varias trasferencia electrónicas y al final de mes son 115 mil pesos pago impuesto ? son pagos electrónicos , no son pagos en efectivo se que si fueran en efectivo yo si pagaría el IDE .

    PARA PAGOS ELECTRONICOS EXISTE UN LIMITE ? POR QUE POR DEPOCITOS EN EFECTIVO SI QUE SON 15 MIL PESOS Y SI ME PASO ME COBRA EL IMPUESTO
    SALUDOS
    FELICES FIESTAS

    • Mauricio Priego 19/Dic/2013 en 3:19 pm - Responder

      Hola Filiberto.

      Tu lógica es correcta: Por las transferencias electrónicas no te cobrarán impuestos. Sin embargo el próximo año se deroga el IDE… y entra en vigor la Discrepancia Fiscal, esto es, suman todo los abonos que haya tenido tus cuentas de ahorro e inversión, así como los pagos de tu tarjeta de crédito. Van a comparar esto contra los ingresos que reportaste, y si la cantidad no es razonable, interpretarán que tienes un ingreso que no reportaste y por él te requerirán el pago de los impuestos correspondientes.

      Al respecto te recomiendo este artículo: La Refriega Fiscal, análisis de un contribuyente cautivo.

      Recibe mis mejores deseos de paz y armonía para ti y tu familia en esta Navidad 😀

  10. edgar 12/Dic/2013 en 8:34 pm - Responder

    quisiera saber, en que afectaria si tengo una cuenta de inversion con cierta cantidad importante, si yo no estoy registrado y trabajo por mi cuenta, y le sigo depositando, hacienda podria interferir en mi cuenta, o que debo hacer, registrarme o sacar mi dinero y guardarlo en el colchon, me interesa su opinion, grs.

    • Mauricio Priego 13/Dic/2013 en 3:52 pm - Responder

      Edgar, la Reforma Fiscal – y la ley contra el lavado de dinero – lo que buscan precisamente es detectar a personas están percibiendo ingresos sin declararlos al fisco… Dicho de forma burda, te está cazando.

      ¿Qué hacer? Si tu negocio de servicios es próspero, en enero date de alta y regulariza tu situación. Hacienda tiene un plan para que durante el primer año no pagues impuestos.

      Lo otro es precisamente guardar el dinero bajo el colchón, exponiéndote a que te lo roben y a que pierda poder adquisitivo al no estar generando intereses de ningún tipo.

      La decisión es tuya. Por lo pronto te deseo éxito en tu negocio, y si tienes otra duda, no dudes en plantear 😉

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