Actualización del artículo al 5 de enero del 2014
La Reforma Fiscal autorizada a finales del 2013 determina que este impuesto es derogado a partir del 1 de enero del 2014, por lo que ya no se retendrá sin importar cuánto depositen los cuenta-habientes en efectivo en sus cuentas. Sin embargo, estas operaciones seguirán siendo reportadas por las instituciones financieras a Hacienda para la identificación de posibles evasores fiscales.
Artículo original
Si alguna vez has vendido tu auto, has cancelado alguna cuenta de ahorro por aperturar otra, o simplemente has recibido dinero en efectivo, es muy probable que te hayas visto ante el dilema que, de meter el dinero al banco, ¡te cobrarán el 3% por impuestos!
En México desde hace algunos años se implementó la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (LIDE), buscando alcanzar a aquellas personas que venden productos o sus servicios sin estar registrados ante hacienda, evadiendo, por tanto, su obligación fiscal.
Más allá de la conveniencia o no de este impuesto, el tema que hoy quisiera exponer es cómo proteger tu dinero de una ley que en algunos casos en definitiva no es justa: La Ley dice que, una vez superados los $15,000 pesos depositados en tu cuenta personal en efectivo, la institución financiera tiene la obligación de retener directamente de tu cuenta el 3%, es decir, al final del mes te quitan ese dinero sin necesidad de tu autorización.
Veamos un ejemplo:
- El día 5 te paga un primo un préstamo que le hiciste y metes al banco $3,000
- El día 11 vendes la motocicleta vieja y muy usada que tenías y metes al banco los $8,000 que recibiste por ella
- El día 24 tu hermana te presta los $10,000 que necesitabas para completar lo que faltaba para comprar tu nueva motocicleta
- El día 29 retiras el dinero para la moto ya que finalmente acudirás a comprarla, mas por error retiras más dinero del que necesitabas y depositas el excedente, digamos unos $2,000
El día del corte de mes el banco detecta que depositaste en efectivo, $23,000 pesos, por lo cual retendrá de tu cuenta, enviando a tu casa el comprobante respectivo de retención de impuestos claro está, ¡un impuesto de $240.00!:
Depositado | 23,000.00 |
Exento | -15,000.00 |
Base para impuesto | 8,000.00 |
LIDE de 3% | 240.00 |
En este caso, la mayor parte del dinero que depositaste no corresponde a un ingreso que hayas generado con excepción de la venta de la moto, que por definición sí es un ingreso. Sin embargo, al final del camino lo obtenido por la venta de la moto es menor a los 15,000 que marca la ley, y esto sin contar que la venta no fue para comercializar la moto sino por la necesidad justa de adquirir una nueva y que, si eres empleado, no podrás depreciar de forma que deduzcas impuestos por ella.
¿Es solución entonces no dejar dinero en tu cuenta para evitar lo retenga el banco? ¡¡Para nada!! La ley establece que si al momento de retener el impuesto no tienes el dinero suficiente en tu cuenta, te serán retenidos en cuanto tengas dinero, actualizando los importes y cobrándote cargos adicionales por penalización (LIDE, Art 6).
Entonces, ¿Cómo puedo proteger mi dinero? ¿Guardándolo bajo el colchón? La buena noticia es que esto no es necesario, ya que la misma ley contempla excepciones:
- Existen formas de depósito que no son efectivo, como lo cheques y las transferencias electrónicas, por lo que no están sujetas a este impuesto
- Las personas morales con fines no lucrativos están exentas del impuesto, siendo este el caso de algunas cajas de ahorro internas de las empresas (LIDE Art 2.II)
En base a lo anterior, aquí tienes algunos consejos prácticos para proteger tu dinero del LIDE (Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo):
- Si no has accedido al portal en Internet de tu banco, hazlo ya. En la gran mayoría de ellos las funciones básicas como transferir dinero entre tus propias cuentas, pagar tu tarjeta de crédito (del mismo banco) y consultar tus saldos, movimientos y estado de cuenta, son gratuitas. Si la razón de fondo es que no confías en Internet o que consideras que es demasiado complicado, considera que en el caso del LIDE te pone en riesgo de que la ley te tome desprevenido… y también tome tu dinero.
- Si usualmente recibes dinero en efectivo y lo depositas en tu cuenta, monitorea los movimientos ya realizados a través del portal del banco para evitar sustos. No es recomendable hacerlo a través de cajeros automáticos ya que la mayoría de los bancos cobran comisiones después de cierto número de consulta de movimientos.
- Si te pagan con cheque de un banco distinto a donde tienes tu cuenta, es preferible depositar el cheque directamente en tu cuenta a ir al otro banco a hacer colas para que te lo cambien por efectivo, y después depositarlo en tu cuenta. La espera al día siguiente para tener disponibilidad del dinero se ve recompensada por el ahorro en tiempo y el que no se te contabilice para el LIDE.
- Si tu patrón te paga en efectivo y posteriormente metes el dinero en tu cuenta, habla con él para que te pague con cheque o transfiera el dinero directamente a tu cuenta.
- En general, si alguien te va a pagar una cantidad importante de dinero por el motivo que fuese, habla con esa persona para que te pague con cheque o transfiera el dinero directamente a tu cuenta.
- Si la empresa para que trabajas tiene Caja de Ahorro, acércate a ella y confirma si se encuentra exenta ante el LIDE. De serlo, deposita en ella las cantidades importantes de dinero.
- Si la empresa para la cual trabajas no tiene caja de ahorro, existen sociedades que dan el servicio de gestión de la Caja de Ahorro a las empresas, las cuales son autosuficientes por lo que no cuestan para la empresa siendo un servicio adicional muy valioso para los empleados. Una de las que conozco y con la cual he operado es ODESSA* siendo una opción interesante para revisar.
Por el momento me despido confiando que esta información te sea de utilidad. Cualquier duda o comentario adicional que consideres, ¡no dudes en exponerla!
¡Éxito en tus proyectos!
* Odessa es ajena al PractiFinanzas siendo presentada únicamente como una referencia
Hola amigos yo lo que hago es que solo voy depositando a mi cuenta las utilidades que me son pagadas en cheque, las que sean en efectivo lo muevo x afuera pero la pregunta es, y es que ya me paso. durante 1 año hacienda me cobro el IDE y al final del ejercicio fiscal me mando una carta donde tenia que pagar aparte ISR , IETU etc, la pregunta es si voy depositando solo mis utilidades en mi cuenta via cheque, hay riego de que hacienda me mande otra carta cobrandome todas esas tonterias ?
Hola Gustavo.
Si todos los depósitos que realizas son con cheques, no corres riesgo de que se te retenga el IDE (Artículo 1). Así que adelante con tu estrategia 😉
Por cierto, sobre que te cargaron el IDE y después tuviste que pagar el ISR… Al momento de declarar tus ingresos para el cálculo del ISR anexa (o dale a tu contador) el comprobante que llega a tu casa de retención del IDE. Te sirve para pagar menos ISR.
¡Éxito!
hola pues yo encontre una alternativa a el asunto del ide para mi negocio el banco me otorgo una tarjeta de credito para mi empresa entonces a mi me paga la mayoria de mis clients con efectivo y lo que hago es diario retiro a la tarjeta el mismo importe de mis ventas y cada semana o cada quince dias le deposito a la terjeta por las dispociciones que voy haciendo
Moisés, gracias por compartirnos tu estrategia.
Me suena interesante y creativa pero me quedan un par de dudas… ¿No tienes comisión por retiro en efectivo? ¿Y cómo logras después pasar tus utilidades de la tarjeta de crédito a tu chequera o cuenta de ahorro?
Osea que en concreto sr mauricio ya con tipo de cambio.serian pongale usted 30 mil pesos al mes ya convertidos apesos los dlls gracias muy amable
Buen día, tengo entendido que el IDE se retiene a todos los depósitos en efectivo sea persona física o moral. En algunas de las respuestas que das sobre el tema precisas que no. Podrás aclararme este punto? Gracias y Felicidades
Miguel, gracias por tu pregunta ya que me hiciste leer la ley del IDE con mayor detenimiento.
Tienes razón: LAS PERSONAS MORALES TAMBIÉN PAGAN EL IDE POR DEPÓSITOS EN EFECTIVO SUPERIORES A LOS 15000 MENSUALES, siendo la excepción aquellas cuyos fines sean no lucrativos (fundaciones, ONGs, etc), además de instituciones del sistema financiero y el gobierno (Artículos 1 y 2).
Aprovecho también para confirmar que el IDE es acreditable al ISR (Artículo 7).
Nuevamente gracias y que tengas un gran día 😉
Soy mexicano viviendo en Canada en un mes me regreso a Mexico y quiero llevarme mi dinero obviamente serian dolares, si deposito una cantidad mayor de 2,000 dls me van a cobrar IDE?
me conviene depositarlo en dls o mejor lo cambio a pesos y despues lo deposito
agradecere su respuesta
saludos
Marco, de antemano bienvenido a casa 🙂
Si traes el dinero en efectivo, es correcto: No sólo no podrás depositarlo en una cuenta en dólares (nuestra legislación lo impide), sino que además se te retendrá el IDE.
En tu caso en particular lo ideal es que recurras a un ABBA, el cual es una transferencia internacional entre bancos. Para ello necesitas tener una cuenta bancaria en México, le solicitas tu banco el ABBA correspondiente a tu cuenta y se lo entregas al banco extranjero al momento de solicitar la transferencia. Algunos bancos emisores (el extranjero) cobras comisiones por este tipo de movimientos, siendo que los receptores (los mexicanos) usualmente no la cobran ya que su ganancia está en que te compran los dólares baratos (hoy el dólar americano está al rededor de 12.32).
Sin embargo, hay instituciones de inversión que sí podrían recibirte el dinero en una cuenta en dólares americanos por el tipo de instrumento que manejan, cobrándote una comisión que ronda los $30USD.
Haciendo números rápidos, si recibes en una cuenta en pesos los 2000USD terminas obteniendo $24,640MXP (no considero alguna comisión del banco emisor). Mientras que si transfieres a un instrumento en dólares, recibes 1970USD después de la retención de los 30USD de la institución mexicana los cuales representan $369.60MXP.
En mi opinión, si no te urge el dinero por temas de liquidez, lo ideal es recibirlo en dólares para tener mayor control en cuanto al momento de convertirlo a pesos dependiendo de las variaciones en el tipo de cambio… o simplemente para mantenerlo como un ahorro en dólares americanos.
NOTA IMPORTANTE: Sólo puedes transferir el dinero en pesos mexicanos o en dólares americanos, por lo que si lo que tienes son dólares canadienses, sólo te queda la opción de la transferencia a una cuenta en pesos mexicanos.
Confío que la información te sea de utilidad. Si necesitas algo más, no dudes en contactarme.
Éxito!
Una pregunta: Soy de los que guardan su dinero bajo el colchón, pero a dios gracias me ha ido bien en mi negocio y ya es demasiado. Mi pregunta es, si meto mi dinero al banco me cobraran ese impuesto? que puedo hacer? Mil gracias por tu respuesta. Un abrazo.
Dante, buenos días y gracias por la confianza.
La respuesta depende de cómo estás dado de alta en hacienda. Si estás como persona moral, no vas a tener ningún problema… Pero si estás como persona física sí te retendrán el impuestos 🙁
Ahora bien, es posible que sea deducible de impuestos… Esto último déjame confirmarlo 😉
Ahora que… Si no estás dado de alta en hacienda… Otra debería ser la estrategia dependiendo del monto mensual de tus ingresos.
Seguimos en contacto
Dante, para confirmarte la información.
a) Las personas morales también pagan IDE con la excepción de las que se dedican a actividades no lucrativas (Artículos 1 y 2)
b) El pago del IDE lo puedes acreditar al pago de ISR
Recibe un fuerte abrazo.
Liquidaron a mi suegro de su trabajo y le dieron un cheque a su nombre por más de $15,000. El no desea tener que perder el 3% de su liquidación por concepto de IDE. Si el deposita ese cheque a una cuenta de ahorro, le cobrarían el 3%? El cheque no es del mismo banco donde el tiene su cuenta. Si aperturara una cuenta en el mismo banco del cheque, le cobrarían el 3%? Muchas gracias por su tiempo. Que le recomendaría hacer a mi suegro para no perder ese 3%. Gracias
Kyandimizuki, como lo que va a depositar tu suegro es un cheque, no se ve afectado por el IDE. Es decir, no lo van a quitar ni un peso.
Para el cálculo del IDE únicamente se determinan los depósitos en dinero en efectivo.
Felices fiestas 😉
hola que tal a mi me pagan via nomina cada semana pero yo quiero usar mi numero de cuenta para que me depositen 50mil yo quiero saber si me van a descontar el ide
David, si te depositan ese dinero en efectivo, te van a retener el IDE. Lo recomendable sería que te transfieran el dinero o lo depositen con cheque.
Éxito!
soy prestador de servicios médicos y tuve que abrir una cuenta para la terminal de punto de venta, el monto de la apertura fue por 1000, mi pregunta es:¿Debo pagar impuesto por la apertura de la cuenta?
Saludos y gracias
Flor
Flor, buen día.
La apertura de cuentas no genera impuestos, y para verte afectada por el IDE debes rebasar $15000 sumando todos los depósitos que realices durante el mes. Ahora bien, entiendo por Terminal Punto de Venta las terminales para cobro con tarjeta de crédito. Este tipo de cuentas están fiscalizadas – es decir, eres un contribuyente cautivo – por lo que no es afectada por el IDE ya que se entiende que declararás al fisco todo ingreso que tengas y deposites en esta cuenta.
Éxito con tu negocio.
Hola tengo una duda, necesito depositar una cantidad mayor de 20,000. Sólo cuento con el dinero justo, el cual retiré del banco a través de una orden de pago. En el banco no me dan la opción de transferir el dinero a la cuenta de un cliente de ellos a menos q me cobren el idea, lo cual me desacompletaria para hacer el pago. Mi pregunta es puedo de depositar 15,000 en una cuenta y 5,000 a otra y así evito pagar ide?. A la empresa q puedo depositar cuenta con 3 cuentas en diferentes bancos, sí es esa una opción?, gracias de antemano por su atención
Hola Lupita.
Realmente tú no tienes problema:
a) El IDE no se cobra a la persona que deposita sino al propietario de la cuenta. Es decir, si tú le depositaras a alguien $20,000, el depósito se registrará por $20,000. Al final del mes, al propietario de la cuenta se le retienen los $150 del IDE directamente de su cuenta, reflejándose en su estado de cuenta y llegándole por correo el comprobante de retención. En conclusión, el banco te dará a ti el comprobante de que depositaste a la empresa $20,000 y la empresa verá reflejado ese depósito por los $20,000 completos.
b) Si la empresa a la que vas a depositar es una persona moral, menos requieres preocuparte: Las personas morales no pagan IDE ya que sus cuentas bancarias están fiscalizadas. (Recordemos que el IDE es para captar a quienes tienen ingresos informales).
Finalmente, y sólo para comentar que pasa cuando una persona física tiene varias cuentas en un mismo banco, el banco integra todos los depósitos que haya hecho el cliente en todas sus cuentas, por lo que si tienes 3 cuentas y en cada una depositas $10,000, al final el banco identifica que depositaste en total $30,000 cobrándote por tanto IDE por los $15,000 que te excediste.
Si no fui claro por favor coméntame y me esfuerzo por explicarlo mejor 😉
¡Éxito!
No se quien escribe aca pero varias veces me han ayudado sus artículos de verdad l@s felicito y gracias por su informacion.
Gracias a ti por permitirme saber que los artículos te han sido de utilidad. Me motiva a seguir adelante.
Al igual que tú, soy un caminante en el sendero de la vida, y me alegra que nuestros caminos se hayan cruzado.
Saludos desde el Mayab
Mauricio Priego