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¿Cómo protejo mi ahorro del incremento del ISR a intereses y rendimientos?

Mauricio Priego 14/Ene/2019 157
¿Cómo protejo mi ahorro del incremento al ISR a intereses y rendimiento?

Desde inicios de este año tus ahorros e inversiones te retribuirán menos ganancias. ¿El motivo? La retención de impuestos por concepto de intereses y rendimientos se incrementó un 126%, lo cual afectará directamente a tu bolsillo… Sin embargo, hay manera de reducir – e incluso – evitar su impacto.




El tema lo conversaba hace unos días con Daniel Ojeda, lector del blog y entusiasta analista y promotor de los derechos de los ahorradores, y quien me alentó a escribir el presente artículo (Gracias Daniel, te debo un café).

Pero vayamos por partes…

¿Cómo es que se incrementó el ISR a intereses y rendimientos?

La Ley de Ingresos de la Federación para el 2019, en su artículo 21, dice explícitamente:

Durante el ejercicio fiscal de 2019 la tasa de retención anual a que se refieren los artículos 54 y 135 de la Ley del Impuesto sobre la Renta será del 1.04 por ciento (El impuesto, hasta diciembre de 2018, era de sólo el 0.46%)

Diario Oficial de la Federación, 28 de diciembre de 2018

A su vez, la ley del ISR en sus artículos 54 y 135 habla de los ingresos generados por «Intereses que pagan las instituciones que conforman el sistema financiero», y de las responsabilidades que tienen ante el SAT dichas instituciones. Nota importante: Por «Intereses» el artículo 8 dela LISR incluye «Los rendimientos de cualquier clase«, incluidos los obtenidos a través del mercado de valores.

De aquí hay algo importante qué subrayar: La ley de Ingresos 2019 fue decretada por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, quien sólo un par de meses antes había prometido al pueblo mexicano que no incrementaría los impuestos por lo menos en los próximos tres años.

Y este incremento en impuestos nos afecta a todos, desde aquellos que con esfuerzo ahorran tan solo 100 pesos al mes en CETES o Cajas Populares, hasta quienes tienen millones en casas de bolsa. Por tanto, no es posible afirmar que sea un impuesto «Sólo para ricos«. Repito, nos afecta a todos.

¿Conclusión? Lo que siempre he promovido: 

Tu futuro financiero es algo en extremo importante como para dejarlo en manos de los políticos. Tú eres el único responsable de ahorrar y encontrar las mejores alternativas de inversión para hacer trabajar a tu dinero

Mauricio Priego

¿Quiénes están exentos del ISR a intereses?

Como de costumbre, hay excepciones que es necesario conocer ya que son de donde podemos ver qué podemos aprovechar:

  • Cajas de Ahorro de Trabajadores, las cuales deben cumplir con ciertos requisitos fiscales y legales para poder exentar el impuesto; 
  • Fondos de Ahorro de Trabajadores;
  • Los Fondos de Pensiones, incluidas AFORES y Planes Personales para el Retiro (PPRs);
  • Las personas morales autorizadas para recibir donativos;
  • Las asociaciones y partidos políticos.

¿Qué podemos aprovechar los ciudadanos de a pie? Cualquiera de las tres primeras:

  • Si tienes diferentes opciones de empleo, sopesa aquellas empresas que tengan Caja de Ahorro de Trabajadores o Fondos de Ahorro;
  • Si en tu trabajo cuentan con Caja de Ahorro de Trabajadores, ¡No lo sigas postergando y comienza a ahorrar ya!;
  • Invierte para tu retiro. Entre más joven mayor es el capital que puedes reunir. No cometas el error de tantos que se ven sorprendidos por pensiones de miseria;
  • Las aportaciones voluntarias a tu Afore están consideradas, pero sólo si retiras el dinero después de haber cumplido los 60 años. Si retiras tu dinero antes de esa edad, te retendrán el impuesto correspondiente.

Posibles beneficios fiscales adicionales

Si en tu trabajo no hay caja ni fondo de ahorro, si trabajas por tu cuenta, o si tu objetivo de ahorro no es el retiro, existen otras opciones que puedes aprovechar en tu favor:

Diferimiento Fiscal

Consiste en que no se te retienen impuestos cada mes, y en caso de invertir en renta variable o divisas, que no se te retengan impuestos por cada plusvalía que tengan los mercados.

El día que retires tu dinero, ése día se calculan tus rendimientos reales, y sobre ellos se calculará el impuesto.

El ahorro fiscal se vuelve sustancial entre mayor sea tu horizonte de inversión.

Exención Fiscal

En los instrumentos correctos, puedes quedar libre de pagar impuestos por tus rendimientos si cumples con los requisitos correspondientes. Con lo anterior, recibes el total del dinero que haya generado tu inversión sin ningún tipo de retención ni obligación de pago ante el SAT.

Un ejemplo son los fondos educativos, que mientras sirvan para pagar los estudios de tus hijos, las ganancias están exentas de impuestos.

¿Cómo encontrar la mejor opción?

La mejor recomendación es platicar con alguien que tenga experiencia al respecto. En lo personal ahorro e invierto en instrumentos que me brindan los beneficios anteriores, con rendimientos que alcanzan cerca del 11% anual.

Como es de imaginar, todo depende de tu horizonte de inversión, de si buscas reunir un capital o vivir de tus rendimientos, así como de tu perfil y experiencia en instrumentos de ahorro e inversión.

Estamos iniciando el año, y hay que hacerlo con el pie derecho. Así que a quien desee aprovechar los beneficios fiscales descritos y sacarle mayor jugo a su dinero, le ofrezco que tengamos una llamada telefónica.

Será mi granito de arena para que este año sea para ti un gran año, si es que en verdad estás dispuesto a comprometerte contigo misma/mismo.

Si estás interesado, sólo déjamelo saber en los comentarios y te contacto por correo para ponernos de acuerdo con la llamada.

¡Éxito!

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Referencias

157 Comentarios »

  1. ALFREDO RIVAS 28/Mar/2019 en 9:47 am - Responder

    He hablado por telèfono son mi Afore y me dice que no hay retencion de ISR si el retiro es a partir de los 65 años y en la nota aparece que es a partir de los 60 años , me podrìas dar el sustento fiscal.?

    Gracias

    • Mauricio Priego 30/Mar/2019 en 1:14 pm - Responder

      Hola Alfredo,
      Aquí puede haber una confusión:

      Si hablas de aportaciones deducibles a tu fondo para el retiro, es correcto lo que te dice el SAT: Hasta los 65 años puedes retirar dinero exento de ISR (Con un límite de algo más de 400 mil anuales). Esto se encuentra en el artículo 151 del ISR.

      Pero, si el instrumento en el que inviertes está amparado por el artículo 93 del ISR, entonces NO PUEDES DEDUCIR TUS APORTACIONES DE IMPUESTOS, pero sí puedes retirarlas a partir de los 60 años exentando el ISR de tus rendimientos.

      Si gustas conversar con mayor profundidad, te propongo que conversemos por teléfono. Confírmame y te contacto a tu correo.
      Feliz fin de semana!

  2. Diana López 21/Mar/2019 en 11:54 am - Responder

    Excelente artículo, muchas gracias por compartirlo

    • Mauricio Priego 22/Mar/2019 en 8:28 am - Responder

      Gracias a ti Diana, por el valor que otorgas a la información que compartimos 🙂
      Excelente día!

  3. luis Sariñana 21/Mar/2019 en 11:26 am - Responder

    Hola Mauricio, Como estas? Muchas gracias por compartir tus conocimientos, muy apreciados.

    Una pregunta: cual es la mejor opcion a plazo fijo anual en Mexico? Inbursa, Banco Azteca, o estos sitios de interes: Afluenta, OCapital?

    Voy vender un negocio y quiero ya dejarlo a intereses anuales. Tambien donde estan mejor las bienes raices en Mexico? Merida? Tulum?

    En fin, te enviamos un saludos muy cordial!

    L

    • Mauricio Priego 22/Mar/2019 en 8:47 am - Responder

      Hola Luis,
      Gracias a ti por el valor que otorgas a la información que compartimos 🙂
      Si tu inversión es de corto plazo, en estos momentos los CETES te dejan mejores rendimientos que la mayoría de los pagarés bancarios, y definitivamente más que los plazos fijos. Ya enfocándonos en bancos y en pagarés anuales, el banco de Fundación Dondé brinda un 9.75% anual. Hay otros bancos que también dan el 9%, pero como en el caso de Dondé, son relativamente pequeños, poco conocidos… Por ello los rendimientos tan altos: Buscan subsanar así el riesgo inherente a un banco pequeño.
      Ahora bien, si tu horizonte de inversión es de largo plazo, existen instrumentos que dan mejores rendimientos e incluso beneficios fiscales.
      Respecto a bienes raíces, en todo el país se pueden encontrar opciones interesantes. No obstante, es correcto que, en estos momentos, Mérida y la Riviera Maya están viviendo un boom inmobiliario… Sólo que hay que tener cuidado, ya que hay mucha especulación de por medio: No todos los edificios y construcciones se están vendiendo, y muchos terrenos «de oportunidad» están en zonas sin servicios públicos, que ofrecen una alta plusvalía por el crecimiento futuro de la mancha urbana.
      Excelente día!

  4. Esther 14/Mar/2019 en 4:52 pm - Responder

    Gracias por tu escrito, muy interesante. Me gustaría saber que se puede hacer en una cuenta ct en donde el isr retrnido subió significativamente. Es incongruente que del salario al que ya te retuvieron el ISR, se le vuelva a retener al depositarlo para una cuenta de ahorro.

  5. Roberto Galvan 10/Mar/2019 en 1:42 pm - Responder

    Deseo saber como se calculan los impuestos por el ingreso de un plan personal del retiro que inicio en 2012 y se retiro en 2016. Se fueron depositando a lo largo de 5 años y se retiro en 2016

  6. Iván Vázquez 18/Feb/2019 en 9:37 pm - Responder

    Hola Mauricio , puedes darme tu e-mail o telefono para ver si me puedes asesorar?

    • Mauricio Priego 20/Feb/2019 en 9:45 am - Responder

      Hola Iván,
      Te mandé mis datos de contacto hace unos momentos por correo electrónico.
      Quedamos pendientes…

  7. Roberto 13/Feb/2019 en 4:11 pm - Responder

    Gracias Mauricio por tu asesoria , soy jubilado y recibo una pension , donde Tambien pago ISR , no hago declaracion annual , pero si decido hacerla para ver si puedo recuperar el ISR de 1.04 % , en esa declaracion anual tendria que acumular Tambien los ingresos de mi pension ??? porque si es asi , entonces si caeria en un rango mas alto de la table y entonces si estaria en riesgo de acabar pagando mas impuesto . que opines ??

    • Mauricio Priego 18/Feb/2019 en 10:54 am - Responder

      Hola Roberto,
      Efectivamente es posible buscar recuperar parte del ISR que te retienen por tu ahorro. Ahora bien, como dices, al momento de acumular tus ingresos (Pensión + Intereses) potencialmente podrías brincar en la tabla y, lo que pensabas deducir para recuperar impuestos, termine sirviéndote para no tener que pagar más ISR.
      No tengo inconveniente, si gustas, de conversar por teléfono y hacer una simulación para evaluar si te conviene o no.
      Quedo al pendiente de tu confirmación para contactarte por correo electrónico.
      Excelente inicio de semana!

  8. Alba Garcia 12/Feb/2019 en 5:06 pm - Responder

    Hola Mauricio, muy interesantes todos sus artículos, estoy interesada en aprovechar en sacarle mayor jugo al ahorro, como lo contacto? para que me asesore por favor.

    • Mauricio Priego 13/Feb/2019 en 8:21 am - Responder

      Hola Alba,
      Gracias por el valor que otorgas a la información que compartimos, el saber que te es de utilidad es mi mayor recompensa 🙂
      Te mandé hace unos momentos un correo con mis datos de contacto, a partir de ahí podremos seguir conversando 😉
      Excelente día!

  9. Roberto 11/Feb/2019 en 11:19 am - Responder

    Hola Mauricio , puedes darme tu e-mail o telefono para ver si me puedes asesorar ??

    • Mauricio Priego 13/Feb/2019 en 8:30 am - Responder

      Listo Roberto! Te envié hace unos momentos mis datos de contacto a tu correo electrónico.
      Seguimos en contacto…

  10. Roberto 11/Feb/2019 en 11:17 am - Responder

    Hola Mauricio : tengo una inversion en cedes a 13 meses al 8,30 % , vence en enero/2020 , hoy me depositaron los intereses y recibi 2,500 menos por la nueva retencion del 1,04 , si hago una declaracion anual , recuperare dinero ?? o puede salir peor

    • Mauricio Priego 13/Feb/2019 en 8:15 am - Responder

      Hola Roberto,

      Sí es posible incluir la retención de intereses por parte de instituciones bancarias durante tu declaración anual, de manera que a través de la deducción de gastos personales recuperes parte del impuesto retenido.

      ¿Puede salir peor? Es difícil de responder sin más información. Lo que sí te puedo decir es en qué escenario saldría peor: Para declarar ese ISR retenido, también tendrías que declarar tu ingreso por concepto de intereses. Como la tasa de impuesto se incrementa por rangos, existe la posibilidad que brinques a la siguiente tasas impositiva al acumular a tus ingresos actuales los intereses ganados, y en ese caso, incluso te podría dar impuesto a pagar.

      Lo que te recomendaría es que lo converses con tu contador, de manera que te haga una corrida y calcule qué pasaría al incrementar el ingreso por impuestos. También podrías hacer una simulación con nuestra calculadora gratuita de ISR, la cual puedes encontrar siguiendo esta liga.

      Éxito en tus proyectos!

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