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¿Cómo recuperar mis semanas cotizadas después de solicitar apoyo por desempleo?

Mauricio Priego 18/Sep/2017 65

¿Cómo recuperar semanas cotizadas tras solicitar apoyo por desempleo?

¿Has escuchado del «Apoyo por desempleo«? Es la posibilidad de retirar dinero de tu Afore cuando te quedas sin trabajo, de manera que tengas liquidez para afrontar tus gastos en lo que encuentras otro. Pero este retiro tiene sus consecuencias, las cuales impactarán tu retiro, reduciendo tu pensión e incluso retrasando tu fecha de jubilación.




Efecto del Retiro por Desempleo en tu plan de retiro

El «Apoyo por desempleo» no es ni un apoyo que brinda el gobierno, ni un préstamo que te otorga tu Afore. Lo que en realidad estás haciendo es

  • Retirar dinero de tu Fondo de Ahorro para el Retiro (en pocas palabras, es tu propio dinero),
  • Y como el fondo se crea a través de las cuotas de aportación, también pierdes las semanas cotizadas correspondientes al monto de tu retiro.

Así que no sólo se reduce el saldo de tu afore, sino también tu número de semanas cotizadas

¿Y en qué afecta te afecta lo anterior?

1) En el cumplimiento de los requisitos de tu pensión (requieres de 500 semanas cotizadas para la ley 73, y 1250 para la ley 97).

Por tanto, al reducirse el número de tus semanas cotizadas, podrías retrasar (incluso algunos años) el momento en que cumples los requisitos para pensionarte.

2) En el monto que te corresponde de tu pensión

Reducción del monto de tu pensión

El efecto final en tu plan de retiro depende de la generación a la que pertenezcas:

Generación Ley 73 (0 de transición)

A quienes pertenecen a la generación de transición los tres principales factores que impactan en el cálculo  de su pensión son

  • Su edad,
  • número de semanas cotizadas, y
  • salario promedio de cotización de los últimos 5 años.

Por tanto, al reducir el número de semanas cotizadas, en automático se está reduciendo el monto que les corresponderá de pensión.

Nota importante: Para el cálculo del monto de la ley 73 no se considera el saldo que tengas en tu AFORE. El dinero que tengas en la subcuenta de cesantía y vejez simplemente se entrega al IMSS. (Tenemos un calculadora gratuita que podría servirte estimar el monto que te corresponderá de pensión al momento de retirarte, la cual puedes descargar siguiendo esta liga)

Generación Ley 97

Para quienes pertenecen a esta generación los factores que impactan en el monto de la pensión son:

  • El saldo que tengan en su AFORE, y
  • Su esperanza de vida (es decir, una estimación de los años que vivirá después de retirarse de acuerdo a su estado de salud, expediente clínico, antecedentes familiares y sus hábitos)

Por tanto, al reducir el saldo en tu AFORE, estás reduciendo el monto que te corresponderá de pensión.

¿Cómo recuperar semanas cotizadas?

Una manera es retrasando el momento de nuestro retiro

De esta manera podríamos recuperar el monto que retiramos y las semanas cotizadas perdidas a través de nuestro trabajo. Claro que si pensabas retirarte a los 65, quizá tuvieras que esperarte hasta los 70.

Tramitando el reintegro de semanas cotizadas

En términos prácticos, es devolver a tu AFORE el dinero que retiraste, con lo cual se reintegrarán las semanas correspondientes. El proceso a seguir es el siguiente:

  1. Acude a tu AFORE con tu solicitud de reintegro de recursos llena
  2. Tu AFORE te indicará la cantidad a reintegrar por cada retiro que hubieras hecho así como el lugar dónde realizar el depósito (Banco, empresa auxiliar o la propia AFORE)
  3. IMPORTANTE: El depósito debe hacerse dentro de los siguientes 5 días, ya que de no hacerse se tiene que comenzar nuevamente el trámite desde el principio (paso 1)
  4. Tu AFORE reinvierte tus recursos en tu cuenta individual informando a la PROCESAR (institución quien opera la base de datos nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro)
  5. PROCESAR informa del depósito al IMSS y le instruye para que restituya las semanas disminuidas correspondientes al reintegro de los recursos efectuado
  6. El IMSS te restituye tus semanas cotizadas, las cuales podrás consultar a lo sumo un bimestre después en tu reporte de semanas cotizadas.

¡Éxito!

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Referencias

65 Comentarios »

  1. Ernesto MO 03/Jul/2018 en 12:06 pm - Responder

    Buenas Tardes
    Podrian actualizar la Calculadora de pensiones ley 1973 con los UMAs, Gracias

  2. Marco 10/Jun/2018 en 12:02 am - Responder

    Roberto
    Tu caso es interesante porque se da muy pocas veces y la ley tiene algunas lagunas sobre una situación como esta.
    La ley anterior dice que al reingresar, las nuevas cotizaciones servirán para incrementar tu pensión, pero no dice cómo. No dice si solo contabilizando más semanas y elevar los incrementos anuales o también considerando un nuevo promedio salarial con tus nuevos salarios.
    También dice que si en ese reingreso cotizas más de cien semanas (como es tu caso) y generas derecho a una pensión diferente (por ejemplo ya no de cesantía sino de vejez) se te otorgará la más favorable, pero es el mismo caso de que no se aclara cómo se calcula esa nueva pensión.
    Creo que la salida fácil para los empleados del IMSS es darte una negativa y que puedas retirar tus nuevos saldos acumulados en tu afore.
    Ojalá alguien pudiera aclararnos lo procedente.
    Saludos

  3. roberto juarez galicia 04/Jun/2018 en 7:51 pm - Responder

    tengo 74 años me pensione por ley 1973
    con 1700 semanas
    deje pasar 6 meses y labore hasta los 65
    y acumule 1900 semanas
    quiero que me recalculen mi pension de cesantia
    el imss me dice que me van a dar una respuesta negativa para que retire los fondos del sar de banorte ( PIERDO MIS 200 SEMANAS ).
    no me interesa pensi+on de vejez me interesa mi pensión RECALCULADA
    NO ME INTERESE RETIRAR EL AFORE.
    GRACIAS POR SU COMENTARIO

  4. ANGELICA 03/Jun/2018 en 3:35 am - Responder

    EL ESPOSO DE MI HERMANA FALLECIO, EL HIZO RETIROS POR DESEMPLEO. PUEDE ELLA COMO VIUDA REINTEGRAR LOS RECURSOS PARA QUE SE RECUPEREN SEMANAS COTIZADAS Y ALCANZAR LA PENSION POR VIUDEZ COMPLETANDO LAS 1/4 PARTE ENTRE LA BAJA Y SU FALLECIMIENTO?

    DE ANTEMANO MIL GRACIS POR EL APOYO.

  5. Marco 31/Mar/2018 en 5:46 am - Responder

    Maria
    Ya sea que busques pensionarte por ley 73 o 97, se descuentan las semanaa que correspondan por desempleo.
    La confusión es que para hacer el cálculo de cuantas semanas se descuentan solo se toman en cuenta las cotizadas de juliio del 97 para acá, pero el resultado afecta al total de semanas cotizadas sin importar el régimen.
    Saludos

  6. MARIA 27/Mar/2018 en 12:10 pm - Responder

    HOLA, ES VERDAD QUE CUANDO TE PENSIONAS POR LA LEY 73 NO TE QUITAN LAS SEMANAS QUE USASTE POR DESEMPLEO ?
    POR QUE CUANDO PUSIERON ESA LEY NO EXISTIA LA DISPOSICION DE RECURSOS PR DESEMPLEO?

  7. Ana Maria 25/Mar/2018 en 6:18 pm - Responder

    No necesita trabajar para recuperar semanas, puede hacerlo si cotiza en un esquema voluntario del imss.

    Verifique si su hermano tiene contratado la incorporación voluntaria en el régimen obligatorio (Modalidad 44), esta modalidad cotiza para servicio medico y para acumular semanas para efecto de pensión
    .

  8. RENE 12/Oct/2017 en 8:11 am - Responder

    Buenos días Mauricio. Tengo una consulta.Mi hermano nacido en el 56 tiene 600 semanas cotizadas y dejó de cotizar hace más de 10 años. Lamentablemente por problemas de salud no ha podido trabajar para recuperar las semanas cotizadas y obtener una pensión. Actualmente perdió la visión en un ojo y en el otro tiene serio peligro de perderlo (tiene un derrame), lo cual le complica emplearse.
    Hace un año se inscribió al IMSS (no se bajo que modalidad, pero no fue alta por patrón) para recibir atención médica.
    Bajo estas circunstancias se puede solicitar pensión por discapacidad visual?
    Gracias anticipadas por tus comentarios.

  9. Matt Ark 22/Sep/2017 en 2:00 pm - Responder

    Alguien conoce a algún abogado que se especialice en esto?

  10. alfredo soto smith 21/Sep/2017 en 3:32 pm - Responder

    buenas tardes. mauricio priego, tengo una pregunta importante para mi. y espero me puedas ayudar, es la siguiente, trabaje en una institucion bancaria, dentro del periodo mayo de 1982 a agosto de 1988.
    pero estas semanas cotizadas no aparecen como registradas en el reporte de «semanas cotizadas imss». tendre oportunidad de recuperar estas. si esto fuera posible que tendria yo que hacer, adonde ir. por tu atencion gracias

    alfredo soto

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