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¿Tus Semanas Cotizadas y Salario Diario Promedio son los correctos?

Mauricio Priego 25/Ene/2016 198

Semanas cotizadas salario promedio

Al momento de tramitar la pensión por la ley 73, los factores clave que determinan la pensión que recibirás durante el retiro son tu edad, tu salario diario promedio de los últimos cinco años cotizados y tus semanas cotizadas. Como imaginarás, los valores que valen son los que tiene el instituto y no los que tú sabes (o crees) que tienes, por lo que confirmar que coincidan los suyos con los tuyos es importante para evitar sorpresas desagradables llegado el momento de que el instituto te entregue tu propuesta de pensión. Pero, ¿cómo confirmarlo? En realidad es sencillo si conoces el camino 😉

Confirmando tu edad

La edad es simplemente los años que tienes de vida, con la característica de que una vez alcanzados los 60 años cada vez que rebasas seis meses se considera para el cálculo de la pensión el año siguiente. Ejemplo: De tener al momento de realizar los trámites 62 años con seis meses y un día, se realizarían los cálculo considerándote de 63 años.

¿Por qué podría variar?

Por algún error en tu registro ante el IMSS. Si bien no es un error común (es mucho más frecuente que haya registros duplicados así como nombres, RFCs o CURPs erróneos) no está de más confirmarla.

¿Cómo confirmarla?

Tan sencillo como revisar tu Número de Seguridad Social (NSS). De los once dígitos que lo conforman, los dos primeros corresponden al  número de oficina donde se te registró por primera vez, los siguientes dos dígitos al año en que se te inscribió por primera vez, los siguientes dos son tu año de nacimiento, los siguientes 4 son un número consecutivo asignado por el IMSS y el último es un dígito verificador. De esta manera vemos que dado el NSS 73896707284,

  • Separamos el número en sus diferentes segmentos: 73-89-67-0728-4
  • 73 es la oficina donde se registró al trabajador en 1989
  • El trabajador nació en 1967
  • El consecutivo asignado por el IMSS es 0728 y
  • Y finalmente el dígito verificador 4

¿Y qué hacer con esto? Bien, compara el año de nacimiento de tu NSS (en este caso 89) con el que sabes que naciste, y si no es el mismo, hay que corregirlo.

¿Cómo corregirla? 

En este caso tienes dos caminos:

  • A través del trámite digitalizado – es decir, dentro del portal web del IMSS – en el cual sólo te piden tu CURP y tu correo electrónico. Puedes llegar a él siguiendo esta liga.

Confirmando tus semanas cotizadas

Cada vez que tu patrón entrega al IMSS las cuotas obrero-patronales – es decir, lo que se te descuenta vía nómina más la parte que él aporta -, el instituto determina cuántas semanas trabajaste y las va acumulando, de manera que cada año completo trabajado representan 52 semanas, se requieren 500 semanas cuando menos para tener derecho a la pensión por la ley 73 (poco más de 9 años y medio), y el cálculo se basa en las 1560 semanas que representan 30 años de servicio.

¿Por qué podría variar?

El primer motivo es porque tengas más de un registro ante el IMSS, lo cual comúnmente se debe a errores en los datos capturados al momento de registrarte ante el instituto (Omisión de algún nombre, errores ortográficos, errores de captura, nombres o apellidos confusos). En estos casos tus semanas cotizadas se encuentran dispersadas entre los diferentes registros.

El segundo motivo tiene que ver con las semanas cotizadas antes de 1982. Los registros anteriores a este año no se encuentran en las bases de datos de los sistemas de cómputo del instituto, de manera que a menos que el trabajador lo solicite, esas semanas no son consideradas. (Nota: En el caso de los trabajadores eventuales de la construcción los registros se tienen a partir de 1986, y de todos los demás trabajadores eventuales a partir de 1997).

Existe un tercer motivo: que tu patrón no te haya dado de alta. Si continúas trabajando para él pídele que regularice tu situación, aunque con esto empezarás a acumular semanas a partir de que seas regularizado. Por el pasado hay poco que puedas hacer a menos que tengas toda la documentación para demandar ante el IMSS a tu patrón.

¿Cómo confirmarla?

La manera más sencilla es a través del Reporte de Semanas Cotizadas del Asegurado, el cual puedes solicitar gratuitamente al IMSS. Para ello requerirás de tu Número de Seguridad Social (NSS), tu CURP y una cuenta de correo electrónico.

Reporte de Semanas Cotizadas

¿Cómo corregirla?

En el caso de registros duplicados, necesitas acudir a la subdelegación del IMSS que te corresponda para solicitar la Unificación de Número de Seguridad Social, con lo cual el instituto te otorgará el Certificado de los Movimientos Afiliatorios (No olvides entregar este documento a tu Afore para que también ahí se unifiquen tus cuentas).

En cuanto a las semanas cotizadas antes de 1982, la única opción es acudir a la subdelegación que te corresponda llevando contigo algún documento oficial del IMSS donde se evidencie tu relación laboral siendo lo más solicitado las hojas rosas de alta o las amarillas de cambio de salario, adicionalmente a los recibos de nómina – que reflejen tu NSS – donde pueda confirmarse tu continuidad en la empresa a través del tiempo. Sin estos documentos es difícil conseguir algo.

Confirmando tu salario promedio de los últimos cinco años cotizados

Subrayo que no es de los últimos cinco años calendario, sino el promedio de los salarios que hayas tenido durante las últimas 260 semanas cotizadas independientemente de cuánto tiempo haya transcurrido para lograr acumularlas. Por ejemplo, supongamos una persona que trabajase un año sí y un año no. En este caso tendríamos que el periodo para conseguir las 260 semanas es de 9 años al alternarse un año de cotización con uno que no se cotizó.

¿Por qué podría variar?

Por un error al registrar tu salario ante el IMSS durante el proceso de alta o solicitud de cambio de salario (ambos tramitados por tu patrón), o nuevamente porque tu patrón no te hubiese dado de alta cuando tu creías que sí lo había hecho, o que te haya registrado con un salario distinto al que realmente te paga.

¿Cómo confirmarla?

En este caso no existe un reporte como tal que podamos descargar,  siendo necesario acudir a la subdelegación que te corresponda o bien solicitarlo a través de su página de contacto. En lo personal me gusta el Chat ya que no es necesario estar horas al teléfono siendo el personal muy amable, aunque sí debes estar al pendiente de responder conforme te atienden, ya que si tardas demasiado (algo menos de un minuto) dan por entendido que se cayó tu sesión de Internet y terminan la asesoría.

Página de Contacto del IMSS

Otra posible opción es el Reporte de Semanas Cotizadas del Asegurado que vimos en anteriormente.  Sin embargo este reporte refleja únicamente la información de los cinco patrones más recientes, de manera que si tuviste muchos cambios de empleo o varios patrones al mismo tiempo, la información desplegada no es suficiente para confirmar que el histórico registrado sea el correcto.

Una vez que tengas el reporte coteja los cambios salariales ahí presentados con tus recibos de nómina. Ahora bien, el salario que se reporta al IMSS es el Salario Diario Integrado (SDI) y no el sueldo que te paga tu patrón por un día de trabajo (El SDI es tu sueldo más la parte proporcional del aguinaldo y de tu prima vacacional, por lo que en todos los casos es más alto que tu sueldo). Si en tu recibo de nómina no aparece tu SDI tendrás que solicitarlo a tu patrón.

¿Cómo corregirla?

Nuevamente se requiere de evidencia documental, que en este caso son los recibos de nómina que tu patrón (o tus patrones) te hayan entregado a través del tiempo en el cual debe aparecer tu NSS y el SDI. Con esta documentación acude a tu subdelegación, no olvidando llevar un documento expedido por el IMSS que refleje tu NSS.

¡Éxito!

Referencias

198 Comentarios »

  1. Atala López Chávez 05/Jul/2017 en 1:51 pm - Responder

    La ley de 1973 dice que se consideren las últimas 250 semanas cotizadas, esto es 10 semanas menos que 5 años (260 semanas). Esto se cumple para el cálculos o son indispensables las 260 semanas para el cálculo de la pensión?

    • Marco 08/Jul/2017 en 1:43 pm - Responder

      Atala
      Literalmente la ley contempla las últimas 250 semanas cotizadas para calcular el salario promedio que servirá de base para calcular las pensiones.
      Saludos

  2. sandra garza 03/Jul/2017 en 2:36 pm - Responder

    Cuanto cuesta una asesoria personalizada.

  3. Amalia Durán Guzmán 21/Jun/2017 en 1:46 pm - Responder

    Hola yo deje de cotizar en el 2000 pero recién recupere las 52 semanas con un sueldo de 9000 mensuales y adquirire la modalidad 40, como puedo calcular o saber cuanto pagar mensual al imss para tener una pensión más o menos digna? Digamos de unos 8000 mensuales. Gracias de antemano por su atencion.

    • Mauricio Priego 22/Jun/2017 en 8:16 am - Responder

      Hola Amalia,

      Tenemos una calculadora gratuita y sencilla de manejar con la que puedes realizar proyecciones de cuánto recibirías dándote de alta en la Modalidad 40 con diferentes salarios base de cotización. Una vez que tengas el monto, en tu subdelegación te pueden informar cuánto sería el importe que tendrías que pagar en Modalidad 40. Puedes descargar la calculadora siguiendo esta liga.

      Ahora bien, si gustas podría apoyarte tanto a realizar las proyecciones de tu pensión como en estimar cuánto tendrías que pagar al IMSS en la Modalidad 40, así como a afinar tu estrategia para el retiro. Si estás interesada confírmame y te contacto por correo electrónico.

      Quedo al pendiente
      ¡Éxito!

  4. Elena Díaz Santana 20/Jun/2017 en 11:30 am - Responder

    Soy trabajadora imss y hace 4 años fui Dada de baja ante el imss siguieron descontando mi aportación voluntaria y segui cotizando pero no llego a mi Afore los descuentos ante quien. Puedo hacer el trámite para que me regresen la aportación a mi Afore y mi Infonavit ya que les solicite a ellos directamente y hasta ahora no he recibido respuesta

    • Mauricio Priego 20/Jun/2017 en 2:22 pm - Responder

      Hola Elena,
      Disculpa pero no logré comprender lo que nos compartes. Mencionas que ya dada de baja del IMSS te siguieron descontando tu aportación voluntaria y seguías cotizando… Si estabas dada de baja, ¿cómo es que seguías cotizando? Y por otro lado, las aportaciones voluntarias no las «descuentan» precisamente porque son voluntarias, es decir, el trabajador decide depositar dinero adicional en su AFORE.
      Respecto al trámite para recuperar INFONAVIT una vez te hayas retirado, así como el retiro de las aportaciones voluntarias, se hacen directamente con tu AFORE. Deben de darte un plazo para darte una respuesta. Si no lo hacen, puedes levantar una queja en la CONSAR o la CONDUSEF.

  5. alfonso luis malajevcih sainz 19/Jun/2017 en 7:10 am - Responder

    yo tengo cotizadas 265 SEMANAS al 31 de mayo de 2017 , mi numero de S,S ES 9291 47 0052 8 , TENGO 69 AÑOS , QUISIERA SABER SI ME PUEDO PENSIONAR CON LA PARTE PROPORCIONAL QUE CORRESPONDERIA AL MINIMO DE 500 SEMANAS
    ESPERO SU RESPUESTA

    • Mauricio Priego 20/Jun/2017 en 8:38 am - Responder

      Hola Alfonso,
      Asumiendo que perteneces a la ley 73, requieres un mínimo de 500 semanas para tener derecho a la pensión independientemente de tu edad. Por tanto, es necesario cotices aún 235 semanas más (poco más de 4 años y medio) para poder pensionarte.
      Éxito en tus proyectos.

  6. Victor Zuñiga 12/Jun/2017 en 8:33 pm - Responder

    tengo 1340 semanas cotizadas y la ultima vez que cotice fue en marzo del 2015, estoy optando por la modalidad 40 retroactiva pero el patrón me informa que me acaba de dar de alta después que me tuvo sin imss desde julio del 2015, poder pagar en forma retroactiva los meses que no me cotizó en diciembre desde luego solicitando mi baja antes?

    • Marco 15/Jun/2017 en 6:29 pm - Responder

      Víctor
      Si tu patrón ya te dio de alta en el IMSS, ya no será posible pagar ese lapso en que no cotizaste.
      Saludos

  7. felipe de jesus hernandez alvarez 09/May/2017 en 5:31 pm - Responder

    TENGO MAS DE 20 ÑOS QUE DEJE DE COTIZAR EN EL IMSS, COMO PUEDO SABER CUANTAS SEMANAS COTICE Y QUIERO SABER SI PUEDO INICIAR MIS TRAMITES PARA LA JUBILACIÓN

    • Mauricio Priego 11/May/2017 en 7:34 am - Responder

      Hola Felipe,
      Para saber cuantas semanas cotizaste, genera el reporte de semanas cotizadas siguiendo los pasos que se mencionan en el artículo.

      Ahora bien, si como mencionas dejaste de cotizar hace más de 20 años, para este momento ya perdiste el derecho de pensionarte. Para recuperarlo debes cotizar cuando menos por un año más (Que en tu reporte de semanas cotizadas aparezcan 52 semanas más de las que tengas actualmente) lo cual podrías hacer cotizando como trabajador o a través de una cooperativa.

      Para iniciar los trámites de jubilación se requiere que tengas el derecho a pensionarte (visto en el párrafo anterior), 500 semanas cotizadas y 60 años cumplidos.
      ¡Éxito!

  8. Antonio 07/May/2017 en 1:46 pm - Responder

    Gracias Marco

  9. Marco 04/May/2017 en 11:58 pm - Responder

    Antonio
    Esas semanas ya no se pueden «recuperar».
    La modalidad 40 hubiera sido una opción hasta el año 2005.
    Saludos

  10. Antonio 03/May/2017 en 1:42 am - Responder

    Buen dia, 2 preguntas:
    Se toma en cuenta para la pensión el SDI.
    Actualmente tengo cotizando los ultimos 5 años por el regimen obligatorio y de edad 59 años, pero deje de cotizar del 2000 al 2012.
    se puede recuperar esas semanas no cotizadas, tengo entendido que solo por la modalidad 40
    Gracias

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