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¿Tus Semanas Cotizadas y Salario Diario Promedio son los correctos?

Mauricio Priego 25/Ene/2016 198

Semanas cotizadas salario promedio

Al momento de tramitar la pensión por la ley 73, los factores clave que determinan la pensión que recibirás durante el retiro son tu edad, tu salario diario promedio de los últimos cinco años cotizados y tus semanas cotizadas. Como imaginarás, los valores que valen son los que tiene el instituto y no los que tú sabes (o crees) que tienes, por lo que confirmar que coincidan los suyos con los tuyos es importante para evitar sorpresas desagradables llegado el momento de que el instituto te entregue tu propuesta de pensión. Pero, ¿cómo confirmarlo? En realidad es sencillo si conoces el camino 😉

Confirmando tu edad

La edad es simplemente los años que tienes de vida, con la característica de que una vez alcanzados los 60 años cada vez que rebasas seis meses se considera para el cálculo de la pensión el año siguiente. Ejemplo: De tener al momento de realizar los trámites 62 años con seis meses y un día, se realizarían los cálculo considerándote de 63 años.

¿Por qué podría variar?

Por algún error en tu registro ante el IMSS. Si bien no es un error común (es mucho más frecuente que haya registros duplicados así como nombres, RFCs o CURPs erróneos) no está de más confirmarla.

¿Cómo confirmarla?

Tan sencillo como revisar tu Número de Seguridad Social (NSS). De los once dígitos que lo conforman, los dos primeros corresponden al  número de oficina donde se te registró por primera vez, los siguientes dos dígitos al año en que se te inscribió por primera vez, los siguientes dos son tu año de nacimiento, los siguientes 4 son un número consecutivo asignado por el IMSS y el último es un dígito verificador. De esta manera vemos que dado el NSS 73896707284,

  • Separamos el número en sus diferentes segmentos: 73-89-67-0728-4
  • 73 es la oficina donde se registró al trabajador en 1989
  • El trabajador nació en 1967
  • El consecutivo asignado por el IMSS es 0728 y
  • Y finalmente el dígito verificador 4

¿Y qué hacer con esto? Bien, compara el año de nacimiento de tu NSS (en este caso 89) con el que sabes que naciste, y si no es el mismo, hay que corregirlo.

¿Cómo corregirla? 

En este caso tienes dos caminos:

  • A través del trámite digitalizado – es decir, dentro del portal web del IMSS – en el cual sólo te piden tu CURP y tu correo electrónico. Puedes llegar a él siguiendo esta liga.

Confirmando tus semanas cotizadas

Cada vez que tu patrón entrega al IMSS las cuotas obrero-patronales – es decir, lo que se te descuenta vía nómina más la parte que él aporta -, el instituto determina cuántas semanas trabajaste y las va acumulando, de manera que cada año completo trabajado representan 52 semanas, se requieren 500 semanas cuando menos para tener derecho a la pensión por la ley 73 (poco más de 9 años y medio), y el cálculo se basa en las 1560 semanas que representan 30 años de servicio.

¿Por qué podría variar?

El primer motivo es porque tengas más de un registro ante el IMSS, lo cual comúnmente se debe a errores en los datos capturados al momento de registrarte ante el instituto (Omisión de algún nombre, errores ortográficos, errores de captura, nombres o apellidos confusos). En estos casos tus semanas cotizadas se encuentran dispersadas entre los diferentes registros.

El segundo motivo tiene que ver con las semanas cotizadas antes de 1982. Los registros anteriores a este año no se encuentran en las bases de datos de los sistemas de cómputo del instituto, de manera que a menos que el trabajador lo solicite, esas semanas no son consideradas. (Nota: En el caso de los trabajadores eventuales de la construcción los registros se tienen a partir de 1986, y de todos los demás trabajadores eventuales a partir de 1997).

Existe un tercer motivo: que tu patrón no te haya dado de alta. Si continúas trabajando para él pídele que regularice tu situación, aunque con esto empezarás a acumular semanas a partir de que seas regularizado. Por el pasado hay poco que puedas hacer a menos que tengas toda la documentación para demandar ante el IMSS a tu patrón.

¿Cómo confirmarla?

La manera más sencilla es a través del Reporte de Semanas Cotizadas del Asegurado, el cual puedes solicitar gratuitamente al IMSS. Para ello requerirás de tu Número de Seguridad Social (NSS), tu CURP y una cuenta de correo electrónico.

Reporte de Semanas Cotizadas

¿Cómo corregirla?

En el caso de registros duplicados, necesitas acudir a la subdelegación del IMSS que te corresponda para solicitar la Unificación de Número de Seguridad Social, con lo cual el instituto te otorgará el Certificado de los Movimientos Afiliatorios (No olvides entregar este documento a tu Afore para que también ahí se unifiquen tus cuentas).

En cuanto a las semanas cotizadas antes de 1982, la única opción es acudir a la subdelegación que te corresponda llevando contigo algún documento oficial del IMSS donde se evidencie tu relación laboral siendo lo más solicitado las hojas rosas de alta o las amarillas de cambio de salario, adicionalmente a los recibos de nómina – que reflejen tu NSS – donde pueda confirmarse tu continuidad en la empresa a través del tiempo. Sin estos documentos es difícil conseguir algo.

Confirmando tu salario promedio de los últimos cinco años cotizados

Subrayo que no es de los últimos cinco años calendario, sino el promedio de los salarios que hayas tenido durante las últimas 260 semanas cotizadas independientemente de cuánto tiempo haya transcurrido para lograr acumularlas. Por ejemplo, supongamos una persona que trabajase un año sí y un año no. En este caso tendríamos que el periodo para conseguir las 260 semanas es de 9 años al alternarse un año de cotización con uno que no se cotizó.

¿Por qué podría variar?

Por un error al registrar tu salario ante el IMSS durante el proceso de alta o solicitud de cambio de salario (ambos tramitados por tu patrón), o nuevamente porque tu patrón no te hubiese dado de alta cuando tu creías que sí lo había hecho, o que te haya registrado con un salario distinto al que realmente te paga.

¿Cómo confirmarla?

En este caso no existe un reporte como tal que podamos descargar,  siendo necesario acudir a la subdelegación que te corresponda o bien solicitarlo a través de su página de contacto. En lo personal me gusta el Chat ya que no es necesario estar horas al teléfono siendo el personal muy amable, aunque sí debes estar al pendiente de responder conforme te atienden, ya que si tardas demasiado (algo menos de un minuto) dan por entendido que se cayó tu sesión de Internet y terminan la asesoría.

Página de Contacto del IMSS

Otra posible opción es el Reporte de Semanas Cotizadas del Asegurado que vimos en anteriormente.  Sin embargo este reporte refleja únicamente la información de los cinco patrones más recientes, de manera que si tuviste muchos cambios de empleo o varios patrones al mismo tiempo, la información desplegada no es suficiente para confirmar que el histórico registrado sea el correcto.

Una vez que tengas el reporte coteja los cambios salariales ahí presentados con tus recibos de nómina. Ahora bien, el salario que se reporta al IMSS es el Salario Diario Integrado (SDI) y no el sueldo que te paga tu patrón por un día de trabajo (El SDI es tu sueldo más la parte proporcional del aguinaldo y de tu prima vacacional, por lo que en todos los casos es más alto que tu sueldo). Si en tu recibo de nómina no aparece tu SDI tendrás que solicitarlo a tu patrón.

¿Cómo corregirla?

Nuevamente se requiere de evidencia documental, que en este caso son los recibos de nómina que tu patrón (o tus patrones) te hayan entregado a través del tiempo en el cual debe aparecer tu NSS y el SDI. Con esta documentación acude a tu subdelegación, no olvidando llevar un documento expedido por el IMSS que refleje tu NSS.

¡Éxito!

Referencias

198 Comentarios »

  1. Mariano Puebla Sánchez 26/Jul/2016 en 7:30 am - Responder

    Buenos días, Mauricio Priego:
    Estoy buscando un asesor profesional en materia de jubilación para mi esposa y yo.
    Ya hemos hecho cálculos y suposiciones y queremos confirmarlas con un experto.
    ¿Dan ustedes el servicio de asesoría?.
    Gracias,
    Mariano Puebla.

  2. felipe acosta 21/Jul/2016 en 1:01 pm - Responder

    Buenas tardes tenia 810 semanas cotizadas y 64 años dure sin cotizar en el imss 20 años ingrese a trabajar con un salario de $261 diarios por un año y medio ahora tengo 65 años y 880 semanas reconocidas ya me di de baja en mi trabajo y quiero entrar ala modalidad 40 que aportación debo dar para que mi pensión me quede en $7000 y por cuanto tiempo le agradeceré su respuesta y felicidades por su sitio que beneficia a muchas personas que siga teniendo éxito

    • Marco 05/Ago/2016 en 11:35 pm - Responder

      Felipe
      Aunque faltaría conocer alguna información más precisa como los salarios que tenías hace 20 años y exactamente cuantas semanas cotizaste con 261 pesos, te puedo decir que basándonos en los datos que proporcionas, para alcanzar una pensión de 7000 pesos deberás cotizar en la modalidad 40 poco más de un año con salario tope.
      Es decir una aportación mensual de unos 5600 pesos por unos 12 meses.
      Saludos

  3. Alicia 08/Jul/2016 en 6:28 pm - Responder

    Buenas tardes Mauricio. Durante los últimos cinco años coticé con diferentes salarios y ahora que ya quiero jubilarme necesito sacar el promedio de mi salario. Me puedes decir como lo saco? mis cotizaciones están así:

    Del 01/09 a 11/12/2006 636.18
    06/07 a 31/08/2007 69.68
    01/09/2007 a 25/05/2009 150.46
    01/03 a 12/04/2010 123.12
    18/02/2014 a 18/05/2015 500.00
    19/05/2015 a la fecha 1800.00

    Estaré cotizando hasta el mes de agosto del 2016.

    Saludos

    • Marco 18/Jul/2016 en 12:14 am - Responder

      Alicia
      Presentas seis períodos de tiempo con seis salarios diferentes.
      Una manera sencilla de sacar el promedio sería:
      Sacar el número de días de cada período.
      Cada uno de estas cifras multiplicarla por el salario correspondientes.
      Sumar esos seis resultados.
      Y el total dividirlo entre el número total de días considerados.
      Haciendo un cálculo rápido con los datos que das el promedio sería de $707.36
      Saludos

  4. charlie 08/Jun/2016 en 5:38 pm - Responder

    Hola que tramites debo efectuar para inscribirme a la modalidad 40 .

  5. Patricia 07/Jun/2016 en 3:32 pm - Responder

    Hola buenas tardes, tengo 847 semanas cotizadas, incluyendo mi ultimo empleo donde he estado cotizando por aproximadamente 2 años, y mi edad es de 62 años 8 meses, mi pregunta es que me conviene mas y deje de trabajar por 7 años y me incorporé en el 2013 hasta la fecha.

    • Mauricio Priego 13/Jun/2016 en 6:40 am - Responder

      Hola Patricia,
      Te faltó un dato crítico para poder darte una opinión: ¿Cuándo comenzaste a cotizar por primera vez?

      • Patricia Gittwald M 16/Jun/2016 en 10:01 am - Responder

        En los últimos dos años he cotizado con un un poco más de $500 diarios. Cuánto me tocará de pensión mensual si me jubilo finales de este año? Gracias

        • Mauricio Priego 17/Jun/2016 en 6:18 am - Responder

          Hola Patricia!
          Sí es posible hacer una estimación, más para ello se necesitan tus salarios de los últimos cinco años cotizados (para calcular el salario promedio), tu número de semanas cotizadas y tu edad al momento de la jubilación. Con estos datos puedes realizar tú misma la proyección con nuestra calculadora gratuita que encuentras siguiendo esta liga.
          ¡Éxito!

    • Marco 15/Jun/2016 en 10:46 pm - Responder

      Patricia
      Si los datos que aportas, 847 semanas cotizadas y un lapso de 7 años sin cotizar, son correctos, debemos entender que empezaste a cotizar hace unos 23 años, por lo que perteneces todavía a la generación de transición, lo que te permitirá pensionarte por la ley 73.
      Lo que no entendí es tu pregunta: qué me conviene más.
      Más de qué o sobre qué, en qué sentido es tu duda.
      Tal vez si especificas un poco.
      Saludos

  6. Sergio EV 20/May/2016 en 9:02 am - Responder

    Buenos días Mauricio. Ayer leí en el excelsiór una nota titulada: «La SCJN recorta pensiones del IMSS; en riesgo, retiros de 25 salarios mínimos».

    Dice que trabajadores con derecho a optar por la ley de 1973 perderán juicio si demandan al IMSS en busca de una jubilación mayor a diez salarios mínimos, debido a una jurisprudencia del máximo tribunal una jurisprudencia de la SCJN limita como máximo a diez salarios mínimos diarios las pensiones de los futuros jubilados que pretendan un mayor monto mediante un juicio contra el IMSS.

    Mencionar que al elegir el régimen del 73, un trabajador, que gana más de 10 salarios mínimos diarios, tendrá que esperanzarse a que el trabajador del Instituto Mexicano del Seguro Social con el que inicie su jubilación calcule su pensión considerando su ingreso real, topado a 25 salarios mínimo.

    Que Según el IMSS, todas las pensiones se calculan considerando el salario promedio de los trabajadores de las últimas 250 semanas de cotización, con un tope de 25 salarios mínimos. Pero que no obstante, se han registrado casos en los que el cálculo se hace con un tope inferior, de sólo 10 salarios mínimos. Y que en esta jurisprudencia se determina que al elegir el régimen del 73, el cálculo de la pensión debe apegarse a los artículos contenidos en la misma, por lo que el tope máximo que debe utilizarse para el cálculo de las pensiones debe ser de 10 salarios mínimos vigentes en la Ciudad de México.

    Qué significa esto? Van a empezar a pagar topando a 10 y no a 25 como han estado haciendo? Por qué hay una jurisprudencia? Quiere decir que a unos les pagan topando a 10 y a otros a 25? Te agradezco mucho tu respuesta.

    • Sergio EV 20/May/2016 en 9:21 am - Responder

      Te dejo el Link de la nota de el excelsior: http://www.excelsior.com.mx/nacional/2016/05/16/1092846. Te pregunto eso por lo siguiente: Mi Mamá recién cumplió con sus 250 semanas de cotización, tiene 61 años, la tengo con patrón y la pienso cambiar ya, dar de baja en mayo e incorporarla a modalidad 40 e incrementar sustancialmente su salario base de cotización a 25 salarios. Esa era la idea. Bajo ese plan, al pensionarse con más de 65 años, y 500 semanas, con prom de 25 salario las últimas 250, lo haría con aprox $9,200 según la calculadora de este sitio , costaría aprox 5,500 al mes por 5 años. Si le pongo 10 salarios, me sale $3,600 de pensión para ella y cuesta $2,200 al mes, casi nada de diferencia a si pago el mínimo mejor. Eso de topar a 10 y no a 25 me dejó azul y temblando, pues que puede hacer mi Mamá ya. Por eso era la pregunta, quedé nerviosísimo. También porque pronto tendré que decidir el salario para su modalidad 40, aunque no tomaré ninguna acción sin consultarte de forma privada, sin que saquemos los cálculos exactos y obtengamos tu recomendación específica, aunque nos respondas por aquí lo conceptual, complementaré con lo exacto, no quieron arriesgar, ni la mía ni la de mi Mamá. Slds,Sergio. PD Muchas Gracias por servicio a la comunidad, eres una persona muy generosa 🙂

  7. Alfonso de Alba 19/May/2016 en 9:46 am - Responder

    ya me voy a jubilar, pero durante el último año y medio, trabajé para dos empresas diferentes una con un buen salario, pero la otra con un salario mucho mas bajo,¿estos salarios se suman o se duplican las semanas y se promedian los salarios?

    • Marco 26/May/2016 en 10:08 pm - Responder

      Alfonso
      Con respecto a tu pregunta, cuando se cotiza simultáneamente con dos o más patrones, las semanas no se duplican, pero sí se suman los salarios de cotización.
      La única condición es que la suma de ambos salarios no rebase el tope de 25 SM, en cuyo caso, los salarios de cotización se reducirían proporcionalmente.
      Saludos

  8. Armando Castillo 17/May/2016 en 9:40 pm - Responder

    Buenas noches David/Mauricio Excelente la información que manejan y sobre todo magnifica herramienta para poder tener un estimado de pensión.
    Me permito exponer mi situación y solicitarles sean tan amables de asesorarme.
    En el reporte de semanas cotizadas me aparece un año con solo 9 semanas cotizadas, pero en realidad cotice todo el año. Tengo como evidencia mis recibo de pago y la hoja rosa sellada de recibido por el imss. Fui a la ventanilla correspondiente de la subdelegación pero la persona que me atendió me dijo textualmente «puedes tener tu alta pero si no tienes tu baja, las semanas no cuentan y los recibos de pago no me sirven».
    Solicite una revisión de mis semanas pero la persona se mantuvo firme en su declaración y me comento que podía quejarme en la delegación pero que difícilmente me reconocieran esas 43 semanas faltantes. El patrón con el que laboré ya tiene tiempo que cerro su empresa.
    Pueden hacerme el favor de orientarme sobre que se puede hacer al respecto. En el mes de agosto de 2016 cumplo los 60 años, estoy cotizando en modalidad 40 pero me daré de baja por falta de fondos.
    Les agradezco de antemano sus comentarios

    • Mauricio Priego 18/May/2016 en 6:13 am - Responder

      Buenos días Armando.
      Gracias por el valor que otorgas a la información que compartimos. Saber que te es de utilidad es nuestra mayor recompensa 🙂

      Buscando ser objetivo (porque me hierve la sangre al ver este tipo de triquiñuelas burocráticas), quisiera pensar que el problema es que las aportaciones al IMSS concluyen antes de la que tú consideras tu fecha de baja con el patrón en cuestión. Esto podría ser por culpa del patrón, es decir, que para «ahorrarse» el dinero de las aportaciones de sus trabajadores les diera de baja antes de tiempo sin avisarles. Tristemente conozco casos así ante lo que es poco lo que puede hacer el trabajador fuera de demandar al patrón por fraude laboral o incumplimiento de contrato.

      Por lo pronto acude a la delegación y pide el detalle de las aportaciones en ese año (de ser necesario acude al IFAI). Si es un error de cómputo, aparecerán todas las semanas que te faltan y con ello te las deben de reconocer… Pero si hay «saltos» o «faltantes», desgraciadamente tus recibos de nómina lo que demuestran es que te retuvo tu patrón, y no que éste haya efectivamente haya realizado las aportaciones al IMSS.

      ¡Éxito!

  9. Rodolfo Padilla 17/May/2016 en 11:44 am - Responder

    Mauricio:
    Buen dia, un gusto volver a saludarte, esperando te encuentres bien de salud y trabajo. El presente es para comentarte que el dia de ayer lunes la SCJN emitio un reporte donde dice que no se respetara la pension a los trabajadores que estamos en la generacion de transicion, este es el reporte: La SCJN recorta pensiones del IMSS; en riesgo, retiros de 25 salarios – See more at: http://www.uniradionoticias.com/noticias/mexico/412206/la-scjn-recorta-pensiones-del-imss-en-riesgo-retiros-de-25-salarios.html#sthash.Qk4mteBD.dpuf.
    Yo entendi que no podremos hacer uso de la modalidad 40 a la que tenemos derecho o estoy equivocado?
    Podrias ayudarnos a aclarar mas sobre este informe, para saber cuanto nos va afectar. En espera de tus comentarios, me despido de ti. Que tengas un excelente dia.
    Saludos.

    • Mauricio Priego 18/May/2016 en 7:23 am - Responder

      Hola Rodolfo,

      Aquí hay una confusión de concepto: La Modalidad 40 es para tener la oportunidad de realizar aportaciones después de dejar de trabajar como asalariado, independientemente del monto de tus aportaciones. Que haya quien aproveche este beneficio para elevar al tope su salario promedio buscando una mejor pensión, es sólo un «beneficio colateral» de la Modalidad 40.
      Por tanto, respondiendo a tu pregunta, lo comentado por la SCJN no afecta a tu derecho a hacer uso de la Modalidad 40.

      El próximo lunes publicaré un artículo específico sobre el tema 😉
      ¡Éxito!

  10. Rosa Alida Paredes González 09/May/2016 en 3:42 am - Responder

    Hola buenos días-

    Tengo mas e 1500 semanas cotizadas, de esas cotice x 12 años con magnífico salario y los últimos 3 años con salario mínimo por que así le convenía a mi patrón. dejé de trabajar x 10 años y ahora voy a cotizar en mi nuevo trabajo, para poder jubilarme.
    Tengo 62 años de edad, cómo puedo hacer para eliminar esos 3 años de salario mínimo ?
    Le agradezco infinitamente su consejo.
    Saludos

    • Mauricio Priego 09/May/2016 en 6:17 am - Responder

      Hola Rosa,
      No es posible eliminar las semanas cotizadas de tu historial. La única manera para que no cuenten para el cálculo de tu pensión es que cotices por cinco años más, ya sea a través de tu nuevo trabajo, o a través de la Modalidad 40 en la cual tú indicas a qué salario deseas cotizar, con lo cual puedes elevarlo tanto como necesites y tu flujo de efectivo te permita.
      ¡Éxito!

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