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Calculadora para determinar el monto de tu pensión (Ley 73)

Invitado 09/Jun/2014 2.542

Calculadora pensión ley 73

Artículo actualizado en Enero 2022. ¿Eres trabajador dado de alta ante el IMSS y empezaste a trabajar antes de 1997? De ser así cotizas según el régimen 73, y si estás cerca de jubilarte, seguramente tendrás la inquietud de cuánto vas a recibir de pensión, y más que a ese monto tendrás que ajustar tus gastos siendo, junto con la salud, uno de los principales factores que determinarán tu calidad de vida durante el retiro. Dice la leyenda que al retirarte recibirás entre el 60% y el 80% de los que ganas hoy, pero, ¿qué tanto de cierto hay en ello? Angie Berra y Jorge Novelo – entusiastas lectores del blog – nos comparten una calculadora para conocer cuánto recibirás aproximadamente de pensión. Gracias Angie y Jorge por esta nueva colaboración, que estoy seguro será de interés y utilidad para la comunidad.

Guía de uso de la calculadora

1) Accede a través de esta liga a la herramienta para el Cálculo de la Pensión Régimen 1973, la cual se abre en una pestaña nueva de tu navegador para que puedas seguir esta liga de uso. El uso de la calculadora es libre y gratuito.

CLICK PARA ACCESO GRATUITO A LA CALCULADORA

2) Una vez desplegada la calculadora, captura los datos que se te piden:

  • Número de semanas cotizadas. Es el número de semanas que has estado inscrito ante el IMSS, siendo obligación de tu patrón el darte de alta cuando entras a trabajar con él, así como de darte de baja al momento de cambiar de empleo o retirarte. Para saber cuántas semanas cotizadas oficialmente tienes puedes consultarlas en la página del IMSS Reporte Informativo de Semanas Cotizadas del Asegurado, y una vez generado el reporte, en la sección 2 Semanas cotizadas entre 1982 y el año actual. Las semanas cotizadas de periodos anteriores se encuentran en archivos físicos (archivo muerto), debiéndose solicitar el reporte sobre dichos periodos en la Subdelegación del IMSS que te quede más cerca.
  • Salario diario promedio. Es el Salario Base de Cotización (en pesos mexicanos) que has tenido en promedio durante las últimas 250 semanas cotizadas. Para saber cuál es el salario base oficial de ese período, consúltalas en el reporte descargado en el punto anterior (Reporte Informativo de Semanas Cotizadas del Asegurado). NOTA: El valor no se despliega directamente, debiéndose calcular en base a los salarios reflejados en el punto 3 Antecedentes de cotización con los cinco patrones más recientes.
  • Esposa. Responde afirmativamente si tu esposa vive contigo, ya que en ese caso se incluye en tu pensión una ayuda anual para tu esposa. En el caso que tu cónyuge sea varón, para recibir el apoyo se requiere demostrar que depende económicamente de ti (es decir, que no tiene ingresos).
  • Hijos menores o estudiando. Si al momento de jubilarte tienes hijos menores de edad, o menores de 25 años pero que se mantengan estudiando, captura en este campo el número de hijos que viven contigo bajo esas condiciones. Recibes un monto adicional para ayudarte a su manutención.
  • Padres. Si al momento de jubilarte tus padres o alguno de ellos vive contigo siendo tú soltero, divorciado o viudo, no teniendo tampoco hijos menores de edad o estudiantes, introduce en este campo si es uno o los dos los que viven contigo (en número), por lo cual recibirás una cantidad adicional para apoyarte con su manutención.
  • Edad Jubilación. Es la edad que tendrás al momento de Jubilarte. Considera que para recibir el 100% de tu pensión debes tener 65 años cumplidos o más al momento de comenzar tu trámite, ya que de lo contrario se te dará solamente un porcentaje (75% a los 60 años, incrementándose año con año). NOTA: El rango de captura es de los 60 a los 65 años. Para edades posteriores captura siempre el número 65.
  • UMA. Valor de la Unidad de Medida y Actualización, la cual vino a sustituir al Salario Mínimo como referencia para el cálculo de la pensión. En automático se desplegará el valor de la UMA en el año en curso. Sin embargo, puedes modificarlo si deseas hacer cálculos con algún valor diferente.

4) Capturados los datos anteriores, haz clic en el botón CALCULAR. La calculadora te desplegará:

    • El importe mensual de tu pensión,
  • El monto total anual que recibirás,
  • Y el detalle de cómo se integra tu pensión.

Consideraciones adicionales

  • Las semanas cotizadas son contabilizadas como los periodos comprendidos entre las fechas de alta y baja del asegurado ante el IMSS con uno o varios patrones. Un año completo de aseguramiento equivale a 52 semanas cotizadas.
  • El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, exceptuando los conceptos a que hace referencia el artículo 27 de la Ley del Seguro Social.
  • La información y los cálculos proporcionados por la calculadora son exclusivamente de carácter informativo y no son válidos para trámites de pensión ni reclamaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o ante las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES).

¡Éxito!

Este artículo fue publicado por primera vez en practifinanzas.com. Si tienes interés en compartirlo publicándolo en tu blog o página web (reblogging), por favor sigue esta liga.
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Referencias

2.542 Comentarios »

  1. RICARDO 16/May/2019 en 2:03 pm - Responder

    Buenas Tardes, Mauricio, gracias por su información anterior, referente a la compra de » semanas cotizadas», si decide incorporarse a la modalidad 40, con un salario de $500.00 diario las semanas que no cotizo durante los últimos 4 años , podría cotizarlos con el salario minimo, que es con la tenia registrada el ultimo patrón. Gracias de nuevo espero su respueta que me oriente.

    • Mauricio Priego 21/May/2019 en 7:26 am - Responder

      Hola Ricardo,
      Cuando te das de alta en la Modalidad 40 tienes posibilidad de cubrir de manera retroactiva las semanas que dejaste de cotizar desde tu última baja. Pero tiene que ser con al salario de cotización con el que te vas a dar de alta. Es decir, si te das de alta con un salario de cotización de $500, el pago retroactivo de los últimos 4 años también será con un salario retroactivo de $500.
      Excelente día!

  2. ESTHER 15/May/2019 en 8:54 pm - Responder

    HOLA TENGO MUCHAS DUDAS PARA UNA CORRECTA JUBILACION, ME PUEDES PROPORCIONAR TU CORREO PARA UNA ASESORIA. POR TU ATENCIÓN GRACIAS

    • Mauricio Priego 15/May/2019 en 11:39 pm - Responder

      Hola Esther,
      Será un placer aportar mi granito de arena 😉
      Te envié hace unos momentos mis datos de contacto a tu cuenta de correo.
      Buenas noches y que descanses

  3. Sergio Medina 14/May/2019 en 6:15 pm - Responder

    Agradecere si me pueden informar si dan asesoria para una correcta jubilacion.
    Gracias

    • Mauricio Priego 15/May/2019 en 7:55 pm - Responder

      Hola Sergio,
      Sí brindo asesoría para apoyarte en el proceso de jubilación.
      Te busco por correo para compartirte mis datos de contacto.
      Saludos!

  4. Hortensia Garrido 09/May/2019 en 1:10 am - Responder

    Buena noche Mauricio., me puedes dar por favor tu correo electrónico, tengo muchas dudas sobre el porcentaje de salario… necesito tu asesoría.
    Agradezco de antemano tu apoyo.

    • Mauricio Priego 09/May/2019 en 9:19 am - Responder

      Buenos días Hortensia,
      Acabo de mandarte hace unos momentos mis datos de contacto por correo, seguimos conversando 😉

  5. PERLA 08/May/2019 en 10:07 pm - Responder

    HOLA,

    en la modalidad 40 como sacas la pension a recibir y el tiempo en el que recuperas la inversion?

    y por cuantos años estas pagando ? sabes?

    • Mauricio Priego 09/May/2019 en 8:51 am - Responder

      Hola Perla!
      El cálculo del monto de pensión no varía por cotizar en la Modalidad 40. Sólo requieres calcular tu salario promedio de cotización de los últimos 5 años, y utilizar nuestra calculadora gratuita 😉

      Para calcular el salario promedio de cotización te recomiendo utilizar el reporte de semanas cotizadas.

      Respecto al tiempo en que recuperas tu inversión, depende de cuánto recibirás de pensión y cuánto recibirías con tu salario de cotización actual. La manera de determinar el ROI (Retorno de inversión) es calcular los dos montos de pensión, restar al de modalidad 40 lo que recibirías por tu salario actual, y dividir el total que aportarás en Modalidad 40 entre la diferencia de las dos cantidades.

      ¿Cuánto años hay que aportar? Depende qué tanto quieras recibir, de tu edad, y de a qué edad te piensas retirar. No hay plazo obligatorio (puede ser tanto unos meses como una década).

      Si gustas podríamos tener una sesión telefónica/Skype de asesoría para que te apoye con los cálculos y aclarar las dudas que pudieras tener al respecto. Quedo al pendiente de tu confirmación para contactarte por correo.

      Excelente día!

  6. ANASTACIO ROJAS RGUEZ 07/May/2019 en 8:47 pm - Responder

    HOLA tengo 52 años y tengo 1600 semanas cotizadas tengo la posibilidad de pensionarme con la ley modalidad 40, o que tengo que hacer
    saludos

    • Mauricio Priego 09/May/2019 en 9:12 am - Responder

      Hola Anastacio,
      Todo trabajador que cotice ante el IMSS tiene de derecho a darse de alta en la Modalidad 40 con un salario superior al que tenía como asalariado. La única regla es que tienes que tener cuando menos 52 semanas cotizadas en los últimos 5 años. Por tanto, si cumples con la regla de las 52 semanas, sí tienes posibilidad de pensionarte aprovechando la Modalidad 40.
      Puedes encontrar más información siguiendo esta liga.
      Excelente día.

  7. José María 02/May/2019 en 11:53 am - Responder

    Hola muy buenos días, un compañero de trabajo me comentó que si como trabajador rebaza uno las 2080 semanas cotizadas la pensión otorgada sería equivalente al 100% o sea igual a la obtenida a la edad de 65 años.
    En otro tema pienso a partir del año entrante ingresar a la modalidad 40 durante dos años a lo cual finalizando cumpliré los 60, me gustaría saber si brindas el servicio de asesoramiento directo para en tal caso de ser necesario recurrir a éste mismo ya que por lo que veo además de la información tan valiosa que aquí proporcionas seguramente me sería de gran ayuda.
    Gracias

    • Mauricio Priego 07/May/2019 en 4:43 pm - Responder

      Hola José,
      A grandes rasgos tu compañero tiene razón. De hecho, lo puedes comprobar tú mismo con la calculadora que compartimos 😉
      Respecto al servicio de asesoramiento directo, sí lo brindo. Es tema únicamente de ponernos de acuerdo, agendar una cita y conversar.
      Si me confirmar tu interés, te mando un correo electrónico con mis datos de contacto.

  8. RICARDO 25/Abr/2019 en 3:11 pm - Responder

    Buenas Tardes.Existe alguna manera de poder comprar semanas al Imss, para obtener una mejor pension, rengo una hermana que le faltan 2 años para cumplir los 60 años , pero únicamente tiene 650 semanas, mas las de los 2 años que le faltan y se quiere pensionar a los 60.Gracias

    • Mauricio Priego 30/Abr/2019 en 11:44 am - Responder

      Hola Ricardo, buenos días.
      No hay manera de «comprar semanas de cotización». Ahora bien, si dejó de cotizar hace menos de 5 años, podrían inscribirse en Modalidad 40 cubriendo las semanas que no cotizó. Pero esto no es comprar semanas, sino la oportunidad de cubrir las semanas que no se cotizó.
      Éxito en tus proyectos!

  9. Hector 24/Abr/2019 en 12:18 am - Responder

    Estimados tengo una duda en relación a Modalidad 40.
    Se toman los últimos cinco años de aportaciones mediante los pagos efectuados a través de modalidad 40 o se consideran los últimos 5 años antes de la pensión ya que en mi caso quiero pagar cinco años hasta el año 2024 y solo esperar 2 años para cumplir 60 y pensionarme. Me afecta si estoy pagando topado el no cotizar dos años a pesar de que mi conservación de derechos si me alcanza?
    Saludos

    • Mauricio Priego 30/Abr/2019 en 12:04 pm - Responder

      Hola Héctor,
      Para el cálculo de la pensión se toma el salario promedio de los últimos 5 años cotizados, independientemente si los cotizaste como empleado asalariado o a través de la Modalidad 40.
      Respecto a la conservación de derechos, los conservas hasta una cuarta parte de las semanas que tengas cotizadas. es decir, si tuvieras por ejemplo 1600 semanas, la conservación sería por 400, que equivale a poco más de 7 años y medio (considera 52 semanas por año)
      Excelente día!

  10. Baldinu Sanchez Sanchez 21/Abr/2019 en 8:32 pm - Responder

    Si tengo 1800 semanas cotizadas y un salario base de cotización de $ 1897.13 y 60 años cumplidos, cuanto seria me pensión mensual, agregando que soy casados y tengo dos hijos en edad de estudio.

    • Mauricio Priego 23/Abr/2019 en 10:06 am - Responder

      Hola Baldinu,
      Compartimos la calculadora precisamente para que puedas tú mismo realizar la proyección que solicitas. Te invito a descargar la calculadora (es gratuita) y utilizarla (es muy sencilla). De cualquier modo, en caso de que tuvieras algún detalle con su uso, con gusto te apoyamos.
      Excelente día!

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