Artículo actualizado en Enero 2022. ¿Eres trabajador dado de alta ante el IMSS y empezaste a trabajar antes de 1997? De ser así cotizas según el régimen 73, y si estás cerca de jubilarte, seguramente tendrás la inquietud de cuánto vas a recibir de pensión, y más que a ese monto tendrás que ajustar tus gastos siendo, junto con la salud, uno de los principales factores que determinarán tu calidad de vida durante el retiro. Dice la leyenda que al retirarte recibirás entre el 60% y el 80% de los que ganas hoy, pero, ¿qué tanto de cierto hay en ello? Angie Berra y Jorge Novelo – entusiastas lectores del blog – nos comparten una calculadora para conocer cuánto recibirás aproximadamente de pensión. Gracias Angie y Jorge por esta nueva colaboración, que estoy seguro será de interés y utilidad para la comunidad.
Guía de uso de la calculadora
1) Accede a través de esta liga a la herramienta para el Cálculo de la Pensión Régimen 1973, la cual se abre en una pestaña nueva de tu navegador para que puedas seguir esta liga de uso. El uso de la calculadora es libre y gratuito.
2) Una vez desplegada la calculadora, captura los datos que se te piden:
- Número de semanas cotizadas. Es el número de semanas que has estado inscrito ante el IMSS, siendo obligación de tu patrón el darte de alta cuando entras a trabajar con él, así como de darte de baja al momento de cambiar de empleo o retirarte. Para saber cuántas semanas cotizadas oficialmente tienes puedes consultarlas en la página del IMSS Reporte Informativo de Semanas Cotizadas del Asegurado, y una vez generado el reporte, en la sección 2 Semanas cotizadas entre 1982 y el año actual. Las semanas cotizadas de periodos anteriores se encuentran en archivos físicos (archivo muerto), debiéndose solicitar el reporte sobre dichos periodos en la Subdelegación del IMSS que te quede más cerca.
- Salario diario promedio. Es el Salario Base de Cotización (en pesos mexicanos) que has tenido en promedio durante las últimas 250 semanas cotizadas. Para saber cuál es el salario base oficial de ese período, consúltalas en el reporte descargado en el punto anterior (Reporte Informativo de Semanas Cotizadas del Asegurado). NOTA: El valor no se despliega directamente, debiéndose calcular en base a los salarios reflejados en el punto 3 Antecedentes de cotización con los cinco patrones más recientes.
- Esposa. Responde afirmativamente si tu esposa vive contigo, ya que en ese caso se incluye en tu pensión una ayuda anual para tu esposa. En el caso que tu cónyuge sea varón, para recibir el apoyo se requiere demostrar que depende económicamente de ti (es decir, que no tiene ingresos).
- Hijos menores o estudiando. Si al momento de jubilarte tienes hijos menores de edad, o menores de 25 años pero que se mantengan estudiando, captura en este campo el número de hijos que viven contigo bajo esas condiciones. Recibes un monto adicional para ayudarte a su manutención.
- Padres. Si al momento de jubilarte tus padres o alguno de ellos vive contigo siendo tú soltero, divorciado o viudo, no teniendo tampoco hijos menores de edad o estudiantes, introduce en este campo si es uno o los dos los que viven contigo (en número), por lo cual recibirás una cantidad adicional para apoyarte con su manutención.
- Edad Jubilación. Es la edad que tendrás al momento de Jubilarte. Considera que para recibir el 100% de tu pensión debes tener 65 años cumplidos o más al momento de comenzar tu trámite, ya que de lo contrario se te dará solamente un porcentaje (75% a los 60 años, incrementándose año con año). NOTA: El rango de captura es de los 60 a los 65 años. Para edades posteriores captura siempre el número 65.
- UMA. Valor de la Unidad de Medida y Actualización, la cual vino a sustituir al Salario Mínimo como referencia para el cálculo de la pensión. En automático se desplegará el valor de la UMA en el año en curso. Sin embargo, puedes modificarlo si deseas hacer cálculos con algún valor diferente.
4) Capturados los datos anteriores, haz clic en el botón CALCULAR. La calculadora te desplegará:
-
- El importe mensual de tu pensión,
- El monto total anual que recibirás,
- Y el detalle de cómo se integra tu pensión.
Consideraciones adicionales
- Las semanas cotizadas son contabilizadas como los periodos comprendidos entre las fechas de alta y baja del asegurado ante el IMSS con uno o varios patrones. Un año completo de aseguramiento equivale a 52 semanas cotizadas.
- El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, exceptuando los conceptos a que hace referencia el artículo 27 de la Ley del Seguro Social.
- La información y los cálculos proporcionados por la calculadora son exclusivamente de carácter informativo y no son válidos para trámites de pensión ni reclamaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o ante las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES).
¡Éxito!
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Referencias
- Cómo consultar tu Reporte Informativo de Semanas Cotizadas (IMSS)
- ¿Cómo afecta la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a mi pensión?
- Lo que requieres saber sobre la Pensión del IMSS
- ¿Cuánto debo tener hoy en mi Ahorro para el Retiro para disfrutar de mi vejez?
- Si me voy a pensionar por el régimen 73, ¿Qué beneficios me aporta mi Afore?
- ¿Por qué debiera ahorrar para el retiro?
- La tranquilidad en tu retiro: más allá de los Fondos para el Retiro
- Imagen: VidaCaixa
Amigo una pregunta acerca de la modalidad 40, cuando pagas retroactivo que porcentanje extra cobra el imss
ESTOY OBLIGADO A PAGAR LA MODALIDAD 40 DURANTE LOS CINCO AÑOS O PUEDO PAGARLA DURANTE MENOS TIEMPO.
CUALES SON LOS RIESGOS QUE TENGO PARA QUE ME DEN DE BAJA EN MODALIDAD 40. GRACIAS POR SU APOYO.
Hola Julio,
No hay un plazo forzoso para estar dado de alta en la Modalidad 40, todo depende de ti estrategia y de lo que estés buscando.
Respecto a los riesgos de baja, sólo existen tres motivos:
1) Que tú mismo te deseo de baja
2) Que un patrón o cooperativas te dé de alta como trabajador
3) Que dejes de cubrir tu cuota por dos meses seguidos.
Excelente día!
Gracias por la información MARCO, TU APORTACIÓN FUE MUY VALIOSA PARA MI, ATTE. Lorenzo Ramírez
Buenas tardes MARCO, cuando hice el Trámite en Modalidad 40 el Seguro me tomó en cuenta 1834 Semanas Cotizadas, del 1982 a 2016, yo empecé a Cotizar en 1972., Por lo tanto me deben 520 SEMANAS COTIZADAS, la pregunta es si esas Semanas las puedo Solicitar para unificarlas a las 1934 K el IMSS ME RECONOCIÓ CUANDO Realicé mi Trámite, como ya firmé no se si me las puedan Reconocer, te agradezco mucho tu apoyo, Gracias MARCO. ATTE. LORENZO RAMÍREZ
Estoy muy agradecido con la información k me has dado, gracias AMIGO MARCO, ESPERO K ESTA INFORMACIÓN LE SIRVA A ALGUEN MÁS.,… Atte. Lorenzo Ramírez
hola buenas noches una pregunta me acabo de pensionar me entregaron la resolucion donde dice ke me entregaran 43,ooo y mi pension sera de 14000 fuia al banco a checar y aparecieron 51000 si me dijeron ke serian 4300 porke sale 57 ke es esa diferiencia gracias
Hola Francisco,
Con la información que proporcionas no podría decirte qué es. Una posibilidad es que sea el saldo que tienes en el INFONAVIT, el cual no aparece en la resolución del IMSS pero sí forma parte del saldo de tu AFORE. Pide a tu AFORE un reporte detallado de tu saldo y ahí podrías identificar la diferencia.
Excelente inicio de semana!
Buenas tardes Amigo, en Agosto de 2017 cumpliré 62 años, tengo Esposa y en Febrero de 2016 hice el Trámite en Modalidad 40 y el IMSS ME RECONOCIÓ 1834 Semanas Cotizadas,, mi Salario Promedio de los últimos 5 años es de $541,00, me Registré con un Salario Diario de $1022.00, pediré la Resolución de Pensión en Febrero de 2018, no tengo hijos menores de edad, somos mi Esposa y yo únicamente, agradezco su atención, Atte. Lorenzo Ramírez
Buenas tardes Marco, ya tengo la información k necesitas para el cálculo de mi Pensión Mensual,., Mi Salario Promedio de los últimos 5 años es de $ 541,00 mis Semanas Cotizadas serán 1934 a la fecha de la resolución de Pensión, me Registré en la M40 con un Salario Diario de $ 1,022.00, en Febrero de 2016 y cotizare hasta Febrero de 2018 tengo 61 años y11 Meses, cuando me pensione tendré 62 años y medio, espero me puedas ayudar con mi precalculo, de antemano Gracias, Atte. Lorenzo Ramírez
Lorenzo
Ya con esos datos 1934 semanas cotizadas, salario promedio de $541 y cotizando y pensionándote hasta después de los 62 y medio, tu pensión sería de $16446 mensuales ya incluyendo asignación familiar por esposa.
Saludos
Lorenzo
Por un error de dedo coloqué también con derecho de asignación familiar a un hijo por lo que la pensión sería $15426.
Una disculpa
Saludos
falta saber: edad a agosto 2017, esposa?, hijos menores de 25 años estudiando?, semanas reconocidas por el IMSS?
Buenas tardes me puedes ayudar por favor a calcular el saladrio promedio
2013 : 115
2014 : 115
2015: 1752.50
2016:1752.50
2017:1752.50
2018: 1752.50 Hasta 2 de Mayo del 2018
Buenas tardes Javier,
En un cálculo muy rápido, tu salario promedio es de $1,097.5
Para un cálculo más exacto, se necesitarían las fechas exactas en que cambian los salarios.
¡Éxito!
con esos datos 1261.25 salario promedio, aproximadamente.
1752.50+1752.5+1752.50+867.25+115+57.50=
6306.25 esto dividido entre 5=1261.25
el año 2014 se calculo por mitad de año asi como el año 2018. si deseas mas exacto hay que sacarlo por fraccion de mes… le conviene continuar por lo menos 6 meses del 2018 para que le de el salario promedio similar al que le envio.
hola mauricio buenas noches, una pregunta si en mi baja del imsss. le pusieron el tipo 2( renuncia voluntaria) es cierto que no me daran la pesion tengo 64 años .saludos j. jimnenez
Hola José,
No es cierto que no te den pensión. Sin importar cómo te retires de tu último trabajo (renuncia, despido, abandono de empleo), si ya tienes las semanas necesarias (500 en ley 73), tienes la edad requerida (60 cuando menos) y estás en vigencia de derechos, tienes el derecho de pensionarte.
Excelente inicio de semana!
DE LOS 60 A LOS 64 AÑOS SIETE MESES, LA PENSION ES POR CESANTIA, QUIERE DECIR CESADO DEL TRABAJO, LO CUAL ES CONTRARIO A RENUNCIA VOLUNTARIA, POR LO QUE QUIEN RENUNCIA VOLUNTARIAMENTE A SU TRABAJO Y SOLICITA PENSIÓN SE LA NEGARAN; LA PENSION POR VEJEZ SE OTORGA A PARTIR DE LOS 64 AÑOS SIETE MESES Y SIN IMPORTAR EL MOTIVO POR EL CUAL SE ENCUENTRE SIN TRABAJO, PUEDE SER RENUNCIA VOLUNTARIA, DESPIDO, ETC. ASI LO HA DICHO LA CORTE EN LA JURISPRUDENCIA 173822.
Javier me pasas la formula, porque no entendi disuclpame.