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¿Tendré problemas con Hacienda si le presto mi Tarjeta de Crédito a un familiar?

Mauricio Priego 10/Mar/2014 53

Puedo tener problemas con hacienda si presto mi tarjeta de creditoLa afectación de la Reforma Fiscal al manejo de las tarjetas de crédito es uno de los temas que ha levantado más suspicacias. ¿Tendremos que pagar impuestos por lo que le debemos al banco? ¿Los pagos que realicemos a la tarjeta se considerarán un ingreso? Y es que más allá de la conveniencia o no de usar una tarjeta, es una realidad que para el grueso de la población es el medio de adquirir muchos productos y servicios a los que de otra manera no tendrían acceso. Y de hecho, hay operaciones que necesariamente requieren de tarjetas de crédito como rentar un coche, reservar un hotel o comprar en algunos sitios de Internet… y eso sin contar la domiciliación de servicios como la luz, el teléfono, los planes del celular o la televisión por cable. Entonces y encarando esta realidad, ¿qué implicaciones fiscales hay realmente por usar la tarjeta de crédito? ¿Hay algo que se pueda hacer para evitar tener problemas con el fisco?




Lo que ha suscitado todas estas inquietudes es el hecho de que Hacienda podrá solicitar a las instituciones financieras que le reporten el total de depósitos que tenga una persona en sus cuentas de ahorro e inversión así como los pagos que realice a sus tarjetas de crédito. Si el total de lo reportado no es razonable con los ingresos declarados por la persona, se determina entonces que existe Discrepancia Fiscal considerándose la diferencia un ingreso no reportado por el contribuyente y por el cual se le «invita» a pagar los impuestos correspondientes o a demostrar, a través de evidencia documental, que no se trata de un ingreso o que es un ingreso exento de impuestos.

De lo anterior podemos llegar a tres importantes premisas:

1. Hacienda no está fiscalizando las compras que realizas con tu tarjeta de crédito, ni tampoco los pagos efectuados. Es sólo en base a que te estén investigando por algún otro motivo que solicita la información al sistema financiero.

2. Lo que podría generarte impuestos en todo caso, más allá del IVA de los intereses y comisiones, son los pagos realizados y no el saldo de tu tarjeta ni el uso de la misma al comprar productos y pagar servicios.

3. Cualquier aclaración que debas realizar tiene que estar basada en documentos, es decir, fichas de depósito, estados de cuenta, comprobantes de transferencia entre cuentas…

Por tanto, debes tener cuidado fundamentalmente en dos puntos:

El importe de los pagos que realizas al banco y el que los pagos se realicen preferentemente por transferencia electrónica desde tu cuenta de débito.

Me explico. Si en tu trabajo te pagan a través de una cuenta bancaria, o si teniendo un negocio tus ingresos los registras a través de la cuenta fiscal de tu empresa, los depósitos realizados a esas cuentas son tus ingresos, ¿de acuerdo? Pero si retiras el dinero  del cajero automático para posteriormente pagar en efectivo tu tarjeta de crédito, ¿cómo puedes demostrar documentalmente que el dinero que retiraste fue precisamente el que usaste para pagar la tarjeta? Es por ello que el pagar tu tarjeta por transferencia electrónica – o cheques nominativos – te evita dolores de cabeza (de hecho, Hacienda identifica esos movimientos y los da por descontados).

Así que sólo queda centrarnos en los pagos que realizas a tu tarjeta…

La lógica de fondo es que si ganas 50 mil pesos al año, ¿cómo le harías para pagar 70 mil? ¿De dónde sacaste los 20 mil restantes? Por tanto y siguiendo una lógica semejante, si ganas 50 mil y pagas 30 mil (indistintamente si es deuda tuya o prestaste a un tercero tu tarjeta) no se te identificaría dentro de la discrepancia fiscal.

Y esto nos lleva a la pregunta que da origen este artículo. ¿Hay que dejar de prestar nuestra tarjeta para evitar tener problemas con Hacienda? La verdad es que prestar tu tarjeta de crédito no tiene por qué afectarte fiscalmente. Pensemos, ¿cada cuándo prestas a alguien tu tarjeta? ¿A cuántas personas más se las prestarías? ¿Por qué montos se los prestarías?

Más allá de cualquier posible impacto fiscal, no es recomendable financieramente hablando que andes por ahí prestando tu tarjeta de crédito a cualquiera y por cualquier monto.

¡El responsable ante el  banco eres tú, y si a ti no te pagan, al banco no le importa! Tú tienes que responder por esa deuda, así pierdas tu casa. Así que si usas de forma responsable tu tarjeta de crédito, es seguro que prestarás la tarjeta a muy pocas personas y por montos que en un momento dado puedas absorber.

Ya dicho lo anterior, pensemos… Le prestas tu tarjeta de crédito a tu hermana para que se compre una televisión por la que se van a pagar en total $10,000 a 24 meses. Esto significa en números rápidos $5,000 al año ($417 al mes), y si ganas como decíamos 50 mil al año, el pago de tu hermana perfectamente puedes «absorberlo» sin llegar a tener problemas por ello.

Y dato muy importante:

El prestarle tu tarjeta – o entregar una tarjeta adicional – a tu cónyuge, padres o hijos no tiene NINGUNA implicación fiscal, ya que el dinero y los recursos que se entregan mutuamente están exentos de impuestos por ley.

Lo único que tienes que cuidar es que cuando te paguen lo que hubiesen adquirido, lo hagan de preferencia por transferencia electrónica de su propia cuenta de débito a la tuya (recuerda: evidencia documental).

Por tanto y en resumen, no tienes por qué cancelar tus tarjetas de crédito ni necesariamente dejar de prestárselas a alguien de tu entera confianza en caso de necesidad por temor a consecuencias fiscales adversas.

  • Paga tu tarjeta de crédito por transferencia bancaria, para evitar que se considere un doble ingreso;
  • Sé consciente del pago mensual que harás a tu tarjeta antes de hacer cualquier compra. Más allá de los temas fiscales, si los pagos debieran ser por una cantidad mayor a la que ganas, lo más seguro es que te endeudarás y terminarás viviendo una pesadilla financiera;
  • Sé prudente al prestar tu tarjeta de crédito, y cuando te paguen que sea de preferencia vía transferencia a tu cuenta de débito;
  • Procura que el monto total de de las compras que realicen terceros durante el año a través de tu tarjeta representen a lo sumo un mes de tus ingresos;
  • Al ser el préstamo a terceros (distintos a tus padres, cónyuge o hijos) por cantidades importantes (digamos más de 15 mil pesos o el 25% de tus ingresos mensuales, lo que resulte menor), firmen un contrato entre particulares por el préstamo indicando explícitamente la fecha de compra, la de pago, el monto de la operación y que no cobrarás intereses por ése préstamo. Resguarda junto con el contrato los recibos de compra y pago;
  • El prestar tu tarjeta a tus padres, cónyuge o hijos no requiere del contrato, sólo cuida que cuando te paguen sea por transferencia de sus propias cuentas;
  • Resguarda tus recibos de pago, comprobantes de transferencia y estados de cuenta donde puedan verificarse tus operaciones. De preferencia hazlo de forma electrónica (ya sea por los comprobantes de tus operaciones por Internet, por descargar tus estados de cuenta electrónicos o escaneando los documentos físicos) en tu computadora personal y en uno de los servicios gratuitos que te dan espacio seguro en Internet como DropBox, GoogleDrive o SkyDrive. Hacienda tiene 5 años para solicitarlos.

En conclusión: Una persona que está en orden ante Hacienda y que maneja de forma responsable su tarjeta de crédito, no tendrá problemas fiscales por usarla.

¡Éxito!

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53 Comentarios »

  1. carlos sierra 23/May/2018 en 10:10 am - Responder

    buenos días, porque se considera un doble ingreso si pago mi tarjeta de crédito en efectivo

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