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¿Cuáles son los ingresos libres de impuestos para las Personas Físicas?

Mauricio Priego 03/Feb/2014 76
¿Cuáles son los ingresos libres de impuestos para las Personas Físicas?

Ingresos Libres de Impuestos Personas FísicasCon la llegada de la Reforma Fiscal, donde todo depósito a tus cuentas de ahorro e inversión así como los pagos a las tarjetas de crédito puede considerarlo Hacienda un ingreso, surgen diversas inquietudes como, ¿qué pasa si en un accidente yo cubro el costo de la compostura con mi tarjeta de crédito y la pago cuando el responsable me liquide el daño? ¿O cuando la aseguradora me reembolsa gastos médicos? ¿O con los viáticos que me deposita la empresa para viajes de trabajo?




Antes lo empleados en lo general no tenían que preocuparse por Hacienda ya que los impuestos los paga el patrón, y muchos emprendedores se ocupaban del pago del impuesto de la empresa obviando que ellos también tienen que declarar sus ingresos y pagar impuestos. Pero es una realidad que ya muchas personas han sido «invitadas» por el fisco a que pasen a pagar los impuestos de ingresos no reportados pero «identificados» por depósitos en las cuentas bancarias, y hay muchas cosas que los ciudadanos comunes no consideramos «ingresos» como tal como son indemnizaciones, premios, pensiones alimenticias, el apoyo económico a familiares y amigos, pero que en algún momento se ven reflejados en nuestras cuentas bancarias.

La regla es fácil:

Si no puedes demostrar documentalmente la naturaleza de un ingreso, Hacienda lo considera un ingreso gravable. Y si no lo declaraste en su momento (también con soporte documental), entonces te ves obligado al pago del impuesto correspondiente.

Para ello no hay nada mejor que estar informados, y es por ello que hoy comparto con ustedes

  • Los diferentes ingresos que podemos tener las personas físicas y que están libres de impuestos,
  • cuáles son las restricciones existentes para hacer válida esa exención,
  • la referencia en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), y
  • algunos de los documentos que en un momento dado podrías utilizar como evidencia ante la autoridad fiscal para demostrar el origen de tus recursos y la naturaleza del ingreso, de manera que no se considere gravable  evitando así el pago de un impuesto que no corresponde.

Para evitar extender excesivamente este documento, la información se encuentra en la siguiente presentación:

Ingresos Libres de Impuestos para Personas Físicas (LISR 2014) from Mauricio Priego

Si no puedes ver la presentación inmediatamente arriba de esta línea, haz clic en esta liga para que se abra en una nueva ventana.

¡Éxito!

¿Consideras que la Reforma Fiscal traerá beneficios prácticos a los contribuyentes cautivos? ¿Tienes alguna experiencia que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales seguramente enriquecerán a otros lectores.

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Referencias

76 Comentarios »

  1. MANIN 17/Dic/2014 en 11:14 am - Responder

    BUEN DIA TENGO DINERO EN UNA CUENTA EN EL EXTRANJERO POR TRABAJOS Q REALIZE PARA UNA EMPRESA Y TENGO UN CREDITO AUTOMOTRIZ Y QUIERO USAR ESE DINERO PARA BONAR A CAPITAL TENDRE ALGUN PROBLEMA CON HACIENDA SI HAGO ESTE MOVIMIENTO DE RETIRAR EL EFVO Y DEPOSITARLO AL CREDITO

  2. Gilberto Villa 24/Nov/2014 en 6:38 pm - Responder

    Que tal Mauricio.

    Tengo una duda, resulta que mi madre es tesorera del comité de construcción de la parroquia en mi localidad, por ende tiene una cuenta en el banco a su nombre en donde deposita el dinero que se recolecta como apoyo, donaciones, limosnas, venta de antojitos, etc. para seguir con la construcción. Hoy platicando con ella me dice que le recomiendan retirar ese dinero de la cuenta (a su nombre) por que le pueden solicitar declare esos ingresos que obvio no son de ella. La cantidad actual no excede de 25mil, pero honestamente desconozco cual es el promedio que ha manejado en lo que va del año.

    Espero puedas darme una recomendación de que es lo que se puede hacer.

    Gracias de antemano. Saludos.

  3. ana 21/Nov/2014 en 2:24 am - Responder

    Hola Mauricio si debí presentar mi declaración bimestral correspondiente a sep y oct pero no realicé la factura global de mis ingresos y si tuve gastos facturados, puedo declarar solo.is gastos?

    • Mauricio Priego 21/Nov/2014 en 5:41 am - Responder

      Hola Ana.
      Así es, aún no teniendo ingresos realiza tu declaración. En este momento quizá no veas un beneficio directo, pero conforme vayan pasando los años, tu negocio vaya creciendo y empieces a pagar impuestos, descubrirás que los gastos de un mes que no tuviste ingresos te sirven para amortizar los impuestos de un mes posterior donde tuvieses ingresos y pocos gastos 😉
      ¡Éxito!

  4. Cynthia Altamirano 03/Nov/2014 en 7:46 pm - Responder

    Hola!

    Yo tengo una duda, soy dentista recién egresada, estoy trabajando por mi cuenta desde enero del presente año 2014, tengo pocos pacientes por que voy empezando a darme a conocer, en que momento me conviene darme de alta en hacienda como persona física?, en mi servicio social nos pidieron darnos de alta como persona moral creo, aun sin recibir un solo peso mensual.

    Tengo una tarjeta de débito y me han depositado 1 beca de titulación y a veces deposito de mis ganancias, tendré problemas con eso?, muchas veces en 1 mes no alcanzo a ganar ni $1000 pesos y casi todo lo he estado invirtiendo en materiales dentales, me conviene pedir facturas en esas compras aunque no este dada de alta como persona física??

    Muchas gracias por su atención.

    • Mauricio Priego 04/Nov/2014 en 5:56 am - Responder

      Hola Cynthia, buenos días.
      Antes que nada felicidades por concluir exitosamente tu carrera y por llevar a la práctica tu espíritu emprendedor ¡Enhorabuena! 😀

      Respecto a tu inquietud…
      Me llama la atención que menciones que en tu servicio social te pidieron darte de alta como persona moral… Para eso necesitas socios y los papeles son llevados por un notario. Es de especial importancia que confirmes cómo te diste de alta.

      Ahora, sobre tu actividad profesional, al ser dentista no puedes acogerte a los beneficios del RIF, de manera que desde el principio hay que reportar ingresos, deducir gastos y pagar impuestos, y por ello muchas personas prefieren esperarse un poco para darse iniciar formalmente sus actividades. Sin embargo, si tu determinación es firme, lo recomendable sería que te des de alta de una vez para poder promocionarte y trabajar abiertamente… Hay veces que por temor a perder centavos, perdemos los pesos.

      Eso sí, lleva una estrategia fiscal para deducir los máximos gastos posibles: La compra de tu material dental, la renta de tu local, gasolina y mantenimiento de tu auto, tu plan celular, el teléfono de tu local, papelería, muebles de oficina, ¡incluso tu uniforme de trabajo! Y claro está, los gastos personales reflejados en este artículo.

      Sugiero utilices los servicios de un contador de tu confianza para que te acompañe cuando menos en tus primeros pasos. En lo que podría apoyarte es en conversar contigo más en corto sobre tu estrategia fiscal 😉

      ¡Éxito en tus proyectos!

  5. armando torres 14/Oct/2014 en 10:32 am - Responder

    hola sr mauricio priego mi contador va ha hacer la declaracion los primeros 6 bimestres el resultante de los impuestos a pagar lo puedo realizar yo ??? y de que forma

    saludos y gracias anticipadas por la respuesta

  6. sandie 10/Oct/2014 en 1:41 am - Responder

    hola que tal, te comento que yo trabajo por mi cuenta nunca he pagado en hacienda tengo una targeta de credito que he prestado a mi hermana y a mi madre para que hagan compras, esto suma una cantidad importante, como puedo comprobar que yo no hice todas estas compras? hacienda fiscalisara todos los depositos a mi targeta durante un año? y si mejor la cancelo tendre problemas?

  7. astrid 29/Sep/2014 en 7:43 pm - Responder

    hola, tengo una duda, si abro una inversión con el banco, de los intereses q ganaría, de eso tengo q pagar impuestos? o a partir de que cantidad?. y eso te lo retiene el banco o tengo que ir a hacienda?

    • Mauricio Priego 30/Sep/2014 en 5:44 am - Responder

      Hola Astrid.
      El propio banco es quien te retiene los impuestos sobre tus rendimientos (el 6%) y los reporta a Hacienda. En la práctica no necesitas hacer nada más.
      Y por cierto, felicidades por tu decisión de poner a trabajar a tu dinero 😉
      ¡Éxito!

      • astrid 12/Oct/2014 en 11:21 pm - Responder

        hola gracias, aunq con tanto comentario ya me dio miedo, ya que tengo 1 año q no trabajo y presto mi tarjeta para cumplir con lo minimo mensual, entonces no quiero nada con hacienda, pero vi en el banco q desde mil pesos se puede invertir y no lo vi mal. gracias por tu respuesta.

  8. KIRE EGNEMOD 19/Ago/2014 en 1:04 pm - Responder

    HOLA MAURICIO, Y GRACIAS DE ANTEMANO.

    VOY HACER UNA DONACION DE UNA OBRA DE ARTE QUE SUPERA LOS 500,000.00 PESOS A UNA HERMANA. ALGUIEN TIENE QUE PAGAR IMPUESTOS DE ESTA OPERACION.

    SALUDOS

    • Mauricio Priego 20/Ago/2014 en 6:51 am - Responder

      Hola Kire, buenos días.

      De rigor tu hermana debiera incluir la donación en su declaración anual y pagar los impuestos correspondientes. Sin embargo, si la va a tener exhibida en su casa sin venderla, en realidad no habría registro de la operación. El problema vendría cuando intentase venderla.

      Tengo un artículo donde se habla de las donaciones que podría darte más información: ¿Cómo depositar dinero a mi madre o hijo sin tener problemas con Hacienda?

      ¡Éxito!

  9. Pixel 13/Ago/2014 en 12:40 pm - Responder

    Hola Mauricio!

    Buscando respuestas a mi duda dí con tu articulo.

    Me están ofreciendo un trabajo con sueldo base + comisiones, pero las comisiones me las darían «libres de impuestos», con la nueva ley me preocupa tener problemas con hacienda ya que esas comisiones no se estarían registrando ni pagando impuestos.

    En una estructura sueldo base +comisiones ¿Que es lo correcto? ¿Que mi patrón también registre como sueldo las comisiones? o ¿tendría que yo darme de alta en hacienda para pagar los impuestos correspondientes?

    De antemano, Muchas Gracias!

    • Mauricio Priego 14/Ago/2014 en 8:41 am - Responder

      ¡Hola Pixel!
      No pudo dejar de llamarme la atención tu seudónimo… ¿Trabajas o te gusta la informática? No es una palabra muy utilizada en otras áreas.

      De rigor las comisiones se reportan como ingresos adicionales en la nómina del trabajador, con lo cual se suman a su sueldo para el cálculo de impuestos. Muchas empresas no reportan las comisiones (y a veces hasta parte del sueldo) para ahorrarse impuestos. Ese dinero, mientras lo utilice el trabajador realizando pagos en efectivo, no hay mayor problema. Pero en el momento que quieres pagar tu tarjeta, ahorrarlo en cualquier institución del sistema financiero (cajas de ahorro, bancos, casas de bolsa, aseguradoras) o comprar un coche, casa, joyas u obras de arte (donde hay un límite para pagar en efectivo), este esquema sí que puede meter en problemas al trabajador en base a las nuevas leyes fiscales.

      ¿Qué hacer? Lo correcto es que tu patrón no utilice esos mecanismos. Pero si damos por descontada esa posibilidad, tú podrías darte de alta en Hacienda como actividad empresarial (podría ser RIF para no pagar impuestos, pero los comisionistas tienen algunas limitaciones) y facturar esas comisiones a tu patrón. De esta manera tú reportas tu ingreso a Hacienda… y él tiene una factura más para deducir. Todos ganan. Para llevar a cabo esta estrategia te sugiero buscar asesoría de un contador de tu confianza, principalmente por las limitantes que mencionaba que tienes para el RIF. (Si quedas como Actividad Profesional, podemos platicar entonces sobre diferentes opciones de deducción de gastos para así reducir legalmente el pago de impuestos).

      ¡Éxito!

      • Pixel 14/Ago/2014 en 9:00 am - Responder

        Si, jajaaja trabajo en Informática 🙂

        Muchas Gracias por tu respuesta Mauricio!

        Saludos y excelente blog, Soy Fan!!!

        • Mauricio Priego 15/Ago/2014 en 8:47 am - Responder

          Jajajaja ¡Colega! Ha sido un placer conversar contigo. Confío no sea la última vez 😉
          Por cierto, tengo entre manos un instrumento de inversión para el retiro que me está ayudando mucho para mi estrategia fiscal ya que es deducible, lo cual me permite recuperar impuestos. En pocas palabras, Hacienda me devuelve dinero por ahorrar… ¿Te parece que te comparta la información a tu correo?
          Seguimos en contacto.

          • Pixel 18/Ago/2014 en 10:25 am -

            Órale, para echarle un ojo, me imagino que tu si puedes ver el correo que puse en el comment ¿verdad? si no para dejártelo en otro post.

            Saludos!

          • Mauricio Priego 19/Ago/2014 en 7:00 am -

            ¡Hecho! Efectivamente tengo tu correo 😉
            Te envío la información en el transcurso del día.
            Seguimos en contacto…

  10. FERNANDO DORANTES 23/Jul/2014 en 7:26 pm - Responder

    gracias por la informacion muy interesante

    • Mauricio Priego 25/Jul/2014 en 10:00 am - Responder

      Es un placer poder aportar mi granito de arena Fernando. Gracias a ti por leernos 😉
      ¡Éxito!

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