fbpx

¿Cómo depositar dinero a mi madre o hijo sin tener problemas con Hacienda?

Mauricio Priego 20/Ene/2014 1.294

Impuestos en donaciones entre familiares

Artículo actualizado al 01 de Febrero del 2023

Esta es una de las preguntas que más he recibido últimamente, y es que la Reforma Fiscal mexicana considera que todo depósito realizado a cuentas de ahorro e inversión o pagos a tarjeta de crédito es potencialmente un ingreso, de manera que si los montos depositados no son razonables en cuanto a los ingresos reportados por el cuenta habiente al fisco, Hacienda los considerará una «Discrepancia Fiscal» y podrá requerir a la persona para que demuestre el origen de ese dinero… Y si no puede hacerlo, lo considerará un ingreso no reportado por el cual se deberán pagar impuestos. Y esto es indistinto a que la persona se encuentre dada de alta en Hacienda o no. 




Pero si quiero apoyar financieramente a mi madre o hijo, ¿entonces Hacienda los requerirá y les quitará parte de ese dinero a través de impuestos? No necesariamente.

La primera opción para evitar problemas es entregar a tu familiar el dinero en efectivo. Si bien esta es la opción más obvia, tiene algunos inconvenientes:

  • Ése dinero sólo debe servir para pagar productos y servicios en efectivo, y esto siempre y cuando no sea sobre los límites que la Ley Contra el Lavado de Dinero estipula para actividades consideradas como vulnerables.
  • Tu familiar no podrá ahorrar ese dinero en el sistema financiero (bancos, cajas de ahorro populares, administradoras de fondos de inversión)… Y si eres de los que están pensando en guardar ése dinero bajo el colchón, sólo recuerda que debido a la inflación ése dinero estará perdiendo valor conforme pase el tiempo, además del riesgo de perderlo o de que te lo roben.

Entonces, ¿qué puede hacerse?

1. El dinero que una persona regala a otra independientemente del motivo es considerado una donación.

2. La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) –  la cual norma en México los impuestos sobre los ingresos – dice en su artículo 93 fracción XXIII: No se pagará el impuesto sobre la renta por los donativos en los siguientes casos:

  • Entre cónyuges cualquiera que sea el monto (ojo: La ley habla de cónyuges y no de concubinato).
  • Los que reciban los descendientes de sus ascendientes en línea directa (hijos de sus padres, nietos de sus abuelos) cualquiera que sea su monto.
  • Los que reciban los ascendientes de sus descendientes en línea directa (padres de sus hijos, abuelos de sus nietos) «siempre que los bienes recibidos no se enajenen o donen por el ascendiente a otro descendiente«, es decir, que no lo done después el papá a otro hijo, o el abuelo a otro nieto.
  • Los demás donativos (entre hermanos, primos, amigos… y desconocidos) siempre que el valor de lo recibido en un año calendario no exceda 3 veces la UMA anual ($113,533.20 para este 2023), debiéndose pagar impuestos por el excedente de esa cantidad (Ejemplo: Si recibes $120,000 de donativos a lo largo del año, debes pagar impuesto por los $6,466.80 excedentes a la cantidad exenta de impuestos (120,000 – 113,533.20 = 6,466.80 por los que hay que pagar impuestos).

3. Adicionalmente la ley establece que las personas físicas sólo deben informar a Hacienda de las donaciones recibidas si éstas exceden de $600,000 incluyendo ingresos por premios o préstamos en efectivo. Es decir, si el dinero que recibe tu mamá de ti y tus hermanos no supera en el año esa cantidad, no está obligada a reportarla a Hacienda (Artículo 90)

Con lo anterior la respuesta a la pregunta inicial queda respondida: Tus familiares directos (no contando tus hermanos) a los que ayudes económicamente no tendrán problema alguno con Hacienda siempre y cuando por donaciones, premios y préstamos en efectivo no reciban más de $600 mil pesos al año.

Pero ojo: todo lo anterior no elimina la posibilidad de ser requerido por Hacienda en un momento dado, sólo determina que no se tiene que pagar impuestos… Y además el origen del ingreso debe ser demostrado de manera documental, es decir, a través de documentos que demuestren la donación. ¿Cómo hacer esto?

  • Entrega el dinero a tu familiar depositándoselo a través de transferencia electrónica. Con esto, si Hacienda lo requiriese, mostrando su estado de cuenta y las actas de nacimiento / matrimonio respectivas podrá demostrar que tú le diste el dinero y que son familiares directos
  • Entrégale el dinero a través de un cheque, el cual deberá depositar en su cuenta. Nuevamente lo que buscamos es que su estado de cuenta demuestre el origen del depósito.
  • Si el dinero no se lo puedes entregar por medios electrónicos, o si por facilidad prefieres entregarle el efectivo, o si los depósitos los realizas en efectivo o si llevas tiempo apoyándole con el dinero y antes de poder implementar lo aquí recomendado les requiere Hacienda, redacten un sencillo contrato entre particulares (firmado por dos testigos) donde indiquen expresamente que le estás donando el dinero. El contrato será la evidencia documental que supla los estados de cuenta de los ejemplos anteriores. ¿Debes llenar un contrato cada vez que le des dinero? No necesariamente. Pueden hacer el contrato indicando cuánto le darás mensualmente, o esperarse a que el fisco le requiera y hasta ése momento llenar un único contrato por los montos del año que esté solicitando Hacienda.

Para finalizar recuerda que por ley Hacienda puede requerir información de los últimos cinco años, por lo que es necesario guardar estados de cuenta y contratos por cinco años cuando menos. Esto puede hacerse de forma electrónica, para lo cual te sugiero leer el artículo Consejos para tener siempre a la mano tus documentos importantes.

¡Éxito!

¿Conoces a alguien que Hacienda haya requerido por movimientos en sus cuentas bancarias o tarjetas? ¿Tienes alguna experiencia u opinión que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales seguramente enriquecerán a otros lectores.

Este artículo fue publicado por primera vez en practifinanzas.com. Si tienes interés en compartirlo publicándolo en tu blog o página web (reblogging), por favor sigue esta liga.
¿Tienes alguna experiencia que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales seguramente enriquecerán a otros lectores. Si te gustó este artículo y te pareció de utilidad, te invitamos a suscribirte sin costo para que recibas los próximos directamente en tu cuenta de correo. Estamos seguros de que serán de tu interés. También te invitamos a dar clic en Me Gusta de Facebook.

Artículos relacionados

1.294 Comentarios »

  1. Alan 25/Nov/2017 en 11:11 am - Responder

    Hola Mauricio.

    He estado leyendo que los bancos están obligados a reportar a hacienda depósitos en efectivo arriba de 15000 mensuales. ¿Qué pasa con las transferencias electrónicas? He empezadoa vender online y el dinero de mis ventas me lo transfieren en forma electrónica, en los últimos 3 meses ya han sido de unos 17000. ¿Tendré problemas si no me doy de alta? Gracias y saludos.

  2. Rodrigo 22/Nov/2017 en 11:18 am - Responder

    Que tal Mauricio, buenos dias:

    Quisiera saber si me puedes apoyar con lo siguiente:
    Soy ciudadano mexicano, pero trabajo para una empresa de USA, me depositan en una cuenta bancaria en USA, y vivo en MX, realizo transferencias mensuales de dinero a una cuenta en MX por no mas de $3,000.00 USD. y en el año llevo acumulado menos de $400,000.00 MXN de transferencias bancarias a mi cuenta bancaria de MX. Actualmente me pagan todo en mi cuenta de USA, es decir, no me retienen impuesto alguno. Pero tampoco he decalrado impuesto por ese ingreso en Mexico. Crees que me pudieras asesorar un poco mas para saber que debo hacer y evitar algun problema con el SAT en MX en un futuro?, En caso de que puedas ayudarme, me podrias proporcionar algun mail para contacto y saber mas acerca de los servicios que prestas?, muchas gracias. Saludos.

    • Mauricio Priego 23/Nov/2017 en 8:04 am - Responder

      Hola Rodrigo,
      En tu caso me preocupa más IRS americano que el SAT mexicano. Desde que una empresa norteamericana te pague en una cuenta bancaria norteamericana sin que te retenga impuestos, y tú no presentes tu declaración, existe un riesgo. ¿Qué tan grande? Honestamente tendría que investigarlo ya que con sinceridad no tengo experiencia en las regulaciones fiscales americanas.

      Respecto a México, por los montos que mencionas el riesgo que el SAT te requiera no es muy grande… Pero existe. Por ley deberías reportar esos ingresos y pagar los impuestos correspondientes.

      PERO entre Estados Unidos y México existe un acuerdo para evitar la doble tributación, es decir, que si ya te retuvieron impuestos por tus ingresos en la unión americana, no tengas que volver a pagar impuestos por esos mismos ingresos en nuestro país. Por ello pondría primero sobre la mesa el tema del IRS americano. De nada sirve que pagues impuestos en México si sigues como «evasor fiscal» en Estados Unidos, mientras que pagando impuestos en Estados Unidos, puedes librarte de tener que pagar impuestos en México sin ser calificado como evasor.

      Si no tienes un contador de confianza en EEUU con experiencia en envío de remesas a México, sugiero que te acerques al Programa Paisano y a la PRODECON (Procuraduría de la Defensa del Contribuyente) para que te asesoren. Su asesoría es gratuita.

      Si aún con esta información estás interesado en que conversemos, coméntame y ten mando un correo electrónico con mis datos de contacto.
      ¡Éxito en tus proyectos!

  3. José 09/Nov/2017 en 11:51 pm - Responder

    Estimado Mauricio
    Desde hace ya cerca de 3 años, he hecho algunos trabajos para una empresa americana que me han generado ingresos variables que oscilaban entre los 3,000 y 4,000 Dolares al mes (donde no necesariamente eran constantes). Con el fin de evitar problemas con el fisco, solicitaba que depositaran dicho dinero en la cuenta de mi madre (quien es de la 3a edad y no está dada de alta en hacienda). Bien que mal yo después procedía a ir sacando de manera paulatina el dinero de su cuenta de débito de un banco en México.
    Sin embargo, la empresa ha decidido contratarme de tiempo completo y dichos ingresos aumentarán a razón de entre 5,000 y 6,500 dólares al mes.
    ¿Meteré en problemas a mi madre si continúa ella recibiendo dichos depósitos en su cuenta? ¿Qué me sugieres hacer?

    Saludos y gracias de antemano por tu respuesta!

    • Mauricio Priego 13/Nov/2017 en 8:24 am - Responder

      Hola José,
      Los montos que mencionas no llegan a los 10 mil dólares a partir de los cuales las transferencias internacionales se reportan a los gobiernos de los países origen y destino de la transferencia. Sin embargo, si rebasa los 100 mil pesos a partir de los cuales los bancos mexicanos reportan movimientos electrónicos al SAT. Por tanto, sí estás exponiendo a tu madre a un riesgo mayor de que sea identificada como evasora fiscal.

      ¿Qué es lo que hay que hacer? En términos generales, darte de alta en Hacienda, abrir tu propia cuenta bancaria, que te transfieran a esa cuenta, y realizar las declaraciones correspondientes al SAT pagando los impuestos respectivos.

      Sin embargo en la práctica no es tan sencillo. Dependiendo de qué sea tu trabajo puedes ser que tengas beneficios fiscales incluyendo que estés exento de pagar impuestos. Por otro lado, si la empresa te retiene impuestos en EEUU, dependiendo del tipo de contrato puedes verte beneficiado por los acuerdo para evitar la doble tributación entre México y Estados Unidos.

      Sugiero te acerques a un asesor fiscal. Puedes ser un contador de tu confianza con experiencia en contratos internacionales. Otra opción es que te acerques a Comercio Exterior donde te asesorarían sin costo en los primeros pasos. También podría yo asesorarte. De hecho, voy a enviarte un correo electrónico para presentarte mis servicios.

      Éxito en esta semana que inicia!

      • José 15/Nov/2017 en 10:19 pm - Responder

        Estimado Mauricio
        ¿En qué correo te puedo localizar? No me llegó nada de tu parte

        Saludos!

        José

  4. Michael 30/Oct/2017 en 12:11 pm - Responder

    Hola Mauricio, una pregunta sobre la donación monetario entre mi madre y yo. Mi madre es europea, pensionado y vive en México conmigo, yo ya tengo la nacionalidad mexicana. Ella tiene una cuenta en Europa y quiere donar a mi unas 18 mil dólares a una nueva cuenta a mi nombre o a nombre de los dos en Estados Unidos de América. La cuenta se usa después para unas inversiones y claramente voy a pagar impuesto sobre los intereses aquí en México. Ahora es posible hacer una donación de dinero en linea directa pero sin ese entra a México? Y que tipo de contrato o carta notariada necesito?
    Muchas gracias para tu ayuda.
    Saludos Michael

    • Mauricio Priego 01/Nov/2017 en 8:15 am - Responder

      Hola Michael, buenos días.
      Si la cuenta en Europa está a nombre de tu madre y la cuenta en la que depositará en México está al tuyo, y la donación se realiza a través de transferencia electrónica, entonces no tendrás mayor problema.

      Ahora bien, lo que sí hay que hacer en resguardar la evidencia documental de la donación:
      * Estado de cuenta de tu madre sobre se refleja el envío del dinero (Debe ella aparecer como titular de la cuenta con su nombre completo)
      * Estado de cuenta tuyo donde se refleja la recepción del dinero (Debes aparecer como titular de la cuenta con tu nombre completo)
      * Comprobante de la transferencia
      * Tu acta de nacimiento donde aparece tu madre
      * Identificación con fotografía de ambos.

      Con la documentación anterior, en caso de ser requerido por el fisco, tendrás la evidencia documental necesaria para demostrar que la operación es una donación entre madre e hijo, y por tanto exenta de cualquier tipo de impuesto.

      NOTA: Si bien esta transferencia representa únicamente poco más de 345 mil pesos, ten en cuenta que de llegar a recibir más de 600 mil pesos en donaciones de tu madre, así sea libre de impuestos, la tienes que declarar durante el mes de abril en tu declaración anual de ingresos.

      Confío que la información te sea de utilidad, ha sido un placer aportar mi granito de arena
      Saludos!

  5. Alonso 26/Oct/2017 en 3:14 am - Responder

    Que tal, muy interesante tu página, mi consulta es la siguiente: mi hobbie son las apuestas deportivas en línea, de repente me empezó a ir bastante bien y tengo ingresos de entre 150,000 y 200,000 al mes. Ahora, yo soy estudiante aún y no estoy registrado en hacienda ni nada por el estilo, estos ultimos meses he retirado el dinero que gano mediante una transferencia que me hace el casino a mi cuenta de banco, pero la verdad tengo temor por lo que pueda ocurrir ya que son cantidades grandes. ¿Qué es lo que puedo hacer para no preocuparme por eso? ¿Debo seguir retirando por transferencia o en efectivo? ¿Darme de alta? ¿Facturar? Te soy honesto, ignoro completamente el tema fiscal y me gustaría orientación de tu parte. Muchas gracias de antemano.

  6. Ernesto 20/Oct/2017 en 11:18 am - Responder

    Saludos afectuosos, primero GRACIAS por compartir tus conocimientos. Te cuento: Mi suegro va ha vender un terreno y quiere repartirles (donarles) a sus 4 hijos un monto aprox, a $400,000 c/u, el monto total de la venta es de $2,250,000; pero el comprador solo quiere hacer un contrato por un monto de $400,000(me imagino para no pagar todos sus impuestos) este importe lo quiere hacer por transferencia bancaria y el resto darlo en efectivo.Quedo por entendido que mi esposa (hija del vendedor) queda libre de pagar impuesto alguno ni tampoco tiene la obligación de informar a hacienda por que su donativo no rebasa el limite de los $600,000, mi pregunta es: ¿al hacer el contrato privado entre mi suegro y mi esposa indicando que le esta donando los $400,000, respaldamos ese ingreso, pero como podemos respaldar el origen del dinero que mi suegro le esta donando, siendo que le estarán dando efectivo?

  7. Miguel Moreno 19/Oct/2017 en 2:52 pm - Responder

    Hola Mau! Tengo una duda??? Yo recibo mensualmente un par de depósitos vía transferencia electrónica a mi cuenta de nomina, de parte de unos amigos que viven en Monterrey… Los depósitos no superan mensualmente 8000 pesos. Puedo tener problemas con el fisco???

  8. javier garcia 14/Oct/2017 en 12:22 pm - Responder

    Hola buen dia
    Mi pregunta el la siguiente mi novia es de bulgaria y sus papas le donaron un terreno y lo vendio, ella quiere hacer el deposito a mi cuenta bancaria el monto supera los 100 mil euros? Que puedo hacer para no caer en delito fiscal ?

    • Mauricio Priego 18/Oct/2017 en 12:20 am - Responder

      Hola Javier, buenas noches.

      ¿El terreno vendido está en Europa y te desean realizar una transferencia internacional a México? ¿O el terreno lo están vendiendo en México de contado? No me quedó claro el caso, ¿podrías aclararlo?

  9. DANYELA LOPEZ 25/Sep/2017 en 4:58 pm - Responder

    Hola quiera saber si me podrían apoyar a resolver una duda

    Mi cuñada me pidió de favor que recibiera en mi cuenta bancaria el pago que le harían por la venta de un terreno, el monto total que recibí en varias transferencias a lo largo de estos 3 meses es de 4750,000 pesos mexicanos, ahora quiero saber que tengo que hacer para no incurrir en una falta ante el SAT

    Agradezco su atención y pronta respuesta

  10. Maryam 11/Sep/2017 en 12:41 pm - Responder

    Hola buen día, espero me puedan ayudar con una duda que tengo.

    Mi pareja (no tenemos acta de matrimonio civil) vive en el extranjero y brinda asesoría técnica a una empresa en China por la que le pagan una comisión por ventas (no es empleado directo nominal de ellos), estos pagos los hacen en mi cuenta bancaria aquí en México, he recibido 3 transferencias de 1,000 usd cada una en diferente mes, pero ahora tiene un pago de comisiones por 5,000 usd los cuales no sé que problema podría tener al recibirlos, cabe señalar que no contamos con comprobantes por este servicio ya que así fue el acuerdo con la compañía.Muchas gracias!!

    • Mauricio Priego 12/Sep/2017 en 8:24 am - Responder

      Hola Maryam,

      Al ser las transferencias menores a 10 mil dólares, tu banco no está obligado a reportarlo a Hacienda. ¿Qué significa eso? Que no tienes un riesgo alto de que requiera el SAT o de que te congelen tus cuentas.

      Sin embargo, lo ideal sería que tú y tu pareja pongan su situación fiscal en orden para evitar dolores de cabeza futuros. Pueden encontrar más información al respecto en el artículo Los impuestos y tu negocio en Internet (Ventas, Blogs, Asesorías…).
      Si después de leer el artículo les queda alguna duda, con gusto seguimos conversando 😉
      ¡Éxito en sus proyectos!

Deja un comentario »