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La Refriega Fiscal, análisis de un contribuyente cautivo

Mauricio Priego 25/Nov/2013 61

Reforma Fiscal - Mi OpiniónLa semana pasada compartí con ustedes los principales puntos en que la Reforma Fiscal afecta a las personas físicas. En esa oportunidad fui lo más objetivo posible omitiendo mi opinión personal… Pero en esta ocasión la compartiré con ustedes ¡porque hay mucho para analizar y discutir! El Presidente Peña Nieto se vanagloriaba hace unos días de que el del 2014 es el presupuesto más grande de la historia de nuestro país, un eufemismo para decir que será la mayor recaudación fiscal a costa de nosotros, los mismos contribuyentes cautivos de siempre, ya que la famosa «reforma» ni contempló mecanismos para ampliar la base de contribuyentes, ni fomenta la participación del contribuyente, ni es estricta en cuanto a fincar responsabilidades del mal uso que se de a los recursos obtenidos a través de la recaudación fiscal. Juzguen ustedes mismos…




Empecemos por mi favorita: La Discrepancia Fiscal.

Veamos el caso: Pepe compra $1000 en medicinas con su tarjeta de crédito, para lo cual pide factura ya que solicitará su devolución a su aseguradora. Mete la solicitud de reembolso y le depositan en su cuenta de ahorro el importe de las medicinas, retirando su dinero a través de cajero automático para pagar su tarjeta de crédito.

Según la «Reforma», Pepe tuvo $1000 facturados + $1000 depositados en su cuenta de ahorro + $1000 pagados a su tarjeta de crédito = ¡$3000 que Pepe tiene que demostrar que no fue un ingreso!

Veamos otro caso: Un familiar cercano solicita a Toño que le preste su tarjeta de crédito ya que quisiera aprovechar una promoción para comprar un televisor de $5000 a meses sin intereses. A lo largo del año el familiar paga puntualmente la televisión… Pero ante Hacienda Toño tuvo un gasto, que de exceder sus ingresos (recordemos lo pagó un familiar), le generará impuestos si no puede demostrar que no fue un ingreso.

¿Y las personas que le depositan a un familiar para apoyarlo en época de vacas flacas? En este caso el peligro es que Hacienda requiera al familiar para el pago de impuestos de los cuales no puede demostrar su ingreso.

Entonces, ¿qué es la Discrepancia Fiscal?

En esencia es que Hacienda podrá pedir a los bancos cuánto has depositado en tus cuentas de ahorro e inversión, y cuánto has pagado a tus tarjetas de crédito. Entonces sumará todos esos importes junto con el total de gastos que declaró el contribuyente y, si la cantidad es mayor a los ingresos que hubiese declarado, entonces la diferencia se considerará un ingreso no reportado del cual te requerirá el pago de impuestos.

¿Te imaginas? Por cinco años tendremos que guardar todo comprobante y estado de cuenta para poder demostrar que un depósito en tu cuenta de inversión provino de un retiro de tu cuenta de ahorro y no de un ingreso adicional. Y con los millones de operaciones que se realizan al día, ¡será una locura!

Pero, ¿Se incrementó la base fiscal? Yo diría que no, porque no se exige estar dado de alta ante Hacienda para abrir una cuenta de ahorro. ¿Se incentivó la participación fiscal? Más bien creo que desestima el uso de los servicios financieros para evitar ser detectados por Hacienda…

Otra «clásica»: Impuesto de $1 por la venta de bebidas azucaradas.

Gracias a este impuesto, por un refresco de 600ml (medida estándar en refrescos para consumo personal) se nos cobrarán 60 centavos adicionales… Cantidad que actualmente puede llegar a ser la diferencia de precio de ese mismo refresco entre una tienda y otra, con lo cual podemos afirmar que la cantidad no es significativa. Y si no es significativa, ¿cómo pretenden desanimar con ella el consumo de refrescos?

Por tanto podemos afirmar que el tema de la salud no pasa de eso: de ser un buen deseo, siendo la realidad que México es el país número uno del mundo en consumo de refrescos… Con ello me atrevo a afirmar que el verdadero motivo, ¡es incrementar la recaudación!

(Y nota: no afecta sólo a refrescos sino también a las aguas naturales endulzadas con azúcar: Naranjada, Limonada, agua de melón, horchata, etc…)

¿Y qué pasó con los alimentos chatarra?

De entrada la ley habla de «alimentos no básicos de alto contenido calórico«. El chicharrón es de alto contenido calórico, pero ¿es considerado básico? Recordemos que algunas marcas de botanas lo venden ya empaquetado.

Ahora bien, el impuesto es de 8%, es decir, por unas papitas de 10 pesos se pagarán  80 centavos de más… ¡nuevamente mucho menos de la variación que vemos de una tienda a otra!  Y por tanto, nuevamente el tema de combatir la obesidad no es el objetivo de fondo en esta reforma.

Eliminación de la franquicia por productos adicionales a tu equipaje personal al ingresar al país en vuelos internacionales, impuesto adicional a la gasolina y los demás combustibles fósiles… ¡En verdad será la mayor recaudación de la historia!

Pero… ¿Para qué? ¿Todo ese dinero se utilizará para el crecimiento y bienestar del país o se quedarán los políticos con una muy buena tajada utilizando el «excedente» para hacer algunas obras y financiar algunos proyectos de manera que no podamos decir que no hicieron nada?

Recordemos que es reconocido que el presupuesto 2013 fue subejercido, es decir, que no se gastó todo lo que se tenía en lo que se debería haber gastado, al grado de que EPN puso al país al borde de la recesión. (Para quien lo dude, vea la siguiente gráfica);

Producto Interno Bruto 2013 Banco de México

Comparativo del Producto Interno Bruto de México – Fuente Banxico

Lo más frustrante es que el poder legislativo, en lugar de exigir con el mayor detalle dónde quedó ése dinero como requisito para autorizar la ley de ingresos 2014, se metieron en una discusión pre-armada sobre impuestos destinados a no prosperar como el IVA a colegiaturas. ¿O será que también reciben su rebanada de pastel? … ¡Pero claro! Si ellos se autorizan a sí mismos sus aumentos de sueldo tomando el dinero del erario público, es decir, de nuestros impuestos.

Pero, ¿qué la reforma no aporta beneficios?

Se deroga el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE)… pero los bancos seguirán reportando los depósitos que al me rebasen 15 mil pesos;

Se deroga el IETU… pero este no tenía efecto alguno a empleados y profesionistas que trabajen por su cuenta;

Se crea el Régimen de Incorporación Fiscal, donde te eximen de impuestos el primer año… pero a partir del segundo pagas impuestos como todos;

Se crea el seguro de desempleo… del cual España ha demostrado que más que ayudar a personas que habiendo perdido su empleo se encuentran buscando trabajo, fomenta en haraganes ingeniosos el desarrollo de las habilidades necesarias para vivir del paro.

Se crea la incorporación a la Seguridad Social, con lo cual el contribuyente podrá obtener los servicios de la seguridad social (como el INFONAVIT) con descuentos sobre el pago de sus cuotas, así como una pensión universal para adultos mayores. De estos puntos no tengo objeción alguna.

Pero ya hable bastante yo de la Reforma… ¿Qué opinas tú de ella? ¿Cómo crees que te afecte? Déjanos tus comentarios, los cuales enriquecerán a todos aquellos que lean este artículo.

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61 Comentarios »

  1. Gerardo 10/Dic/2014 en 6:08 pm - Responder

    Que tal Mauricio, primero felicitarte por el tiempo dedicado a contestar las dudas de todos los que leemos tu blog, mi pregunta es, mi esposa laboraba en una empresa donde le pagaban un porcentaje de su sueldo en efectivo y le emitian un recibo por esa cantidad y el resto se lo depositaban a su cuenta de nómina, las declaraciones entiendo las hacia la empresa, pero ahora que ella ya lleva un año sin laborar para esa empresa, le llego una carta del sat reclamando los pagos de ISR por los depositos que recibió de la empresa del 2013, habra algo por hacer? o sólo nos queda pagarle lo que pide el SAT? saludos cordiales

  2. Manuel 28/Jul/2014 en 11:57 am - Responder

    Buen día Mauricio
    Una pregunta, si recibí un deposito a mi cuenta de una beca, fueron mas de 15000 crees q tenga problema?

    • Mauricio Priego 28/Jul/2014 en 10:49 pm - Responder

      Hola Manuel, buenas noches.
      Si la beca te la está dando algún organismo legalmente constituido, entregándote un recibo/contrato/convenio firmado por ti y por su representante legal y el dinero te fue transferido a tu cuenta o te dieron un cheque el cual depositaste en tu cuenta, no debes tener problema alguno.
      ¡Éxito!

  3. Juan C. Vazquez 27/Jul/2014 en 7:12 pm - Responder

    Buenos dias y gracias de antemano, mi duda es la siguiente:
    tengo un trabajo informal, ósea trabajo como asesor de algunos negocios familiares y de ahi recibo un ingreso, pero no pago impuestos por este ya que no estoy dado de alta en hacienda
    mi pregunta es, si manejo tarjetas de crédito como titular, estaría cayendo en la discrepancia fiscal ¿que procedería en estos casos? o ¿a que sanciones me haría acreedor?

  4. Jose Alberto 05/Mar/2014 en 6:00 pm - Responder

    Buenas Mauricio, de verdad agradecemos tu dedicacion al traducir el lenguaje incomprensible de los temas del fisco al nuestro!

    Resulta que soy empleado asalariado, pero tengo algunos trabajos externos por los cuales recibo en ocasiones ingresos superiores a los 15 000 MXN en un mes, entiendo que cuando sean depositos en efectivo el banco en automatico se «chivará» con el SAT, pero estos ingresos no son constantes, mas bien estacionales.

    ¿si son transferencias tiene el mismo efecto delatador que el deposito en efectivo??
    ¿tengo que cambiar de regimen fiscal por esta razón??.

    por otro lado, si en mi cuenta de nomina me transfieren mi sueldo, y a su vez paso una parte de mi sueldo a una cuenta de ahorro/inversion que sumado a los pagos de mis tarjetas de credito dau un poco mas de los mentados 15 000 MXN, temo ser candidato a la «invitacion» de los señores del SAT. por favor dime si debo preocuparme para ir dando de baja todas menos una tarjeta y cancelar las cuentas adicionales sean de ahorro o lo que sea..

    Como puedes ver eres un oasis en medio de un desierto lleno de almas perdidas..,.

    Saludos

    • Mauricio Priego 08/Mar/2014 en 11:33 am - Responder

      Buenos días Alberto.

      «Un Oasis en medio de almas perdidas»… Si algún día necesitas un ingreso adicional, no dudes en meterte de escritor. ¡Tienes madera para ello! 😉

      Respecto a tus inquietudes:

      a) Los movimientos que realices entre tus cuentas sin importar si son de ahorro, crédito o inversión, son desestimadas por el fisco ya que lo consideran como lo que son: estás pasando el dinero de una bolsa a la otra sin representar para ti un ingreso. Lo único que debes cuidar es que ésas operaciones se realicen de forma electrónica.

      b) Desde que estás preocupado en rebasar «los mentados 15 mil pesos» por tus trabajos externos entiendo que no es algo muy esporádico sino con cierta frecuencia… En pocas palabras de un negocio así sea que apenas lo estés creciendo. Lo correcto es darse de alta en Hacienda (eso sí, si calificas para el régimen de incorporación fiscal, te evitas pagar impuestos durante el primer año teniendo muy buenos beneficios durante los subsecuentes).

      Éxito en tus proyectos

  5. Angélica 27/Feb/2014 en 11:32 pm - Responder

    Hola muy buenas noches!!
    Gracias por el apoyo para todos los que estamos con tantas dudas ante estas reformas… Mi inquietud es la siguiente:soy ama de casa y tengo varias tarjetas de crédito las cuales manejó
    Para hacer todos lo pagos y compras del hogar …..al igual que muchos doy los pagos para no generar intereses y estos los cubro con los ingresos de mi esposo …en algunas ocasiones estos pagos a las tarjetas de crédito rebasan los 15000 mensuales. Que puedo hacer para evitarme problemas con hacienda? Líquido y cancelo las tarjetas ? Las pago por medio de transferencia bancaria de la cuenta de mi esposo? Pago menos de 15000 al mes a cada una ? Menciono también que no tengo tarjetas adicionales ya que mi esposo tiene deudas con otros bancos es por eso que todas las tarjetas están a mi nombre si ningún adicional. Por favor necesito orientación ya hable con un contador pero solo m dice que no m preocupe y no me explica bien cual es mi situación ante hacienda

    • Mauricio Priego 28/Feb/2014 en 9:45 am - Responder

      Hola Angélica, buenos días.

      En realidad no tienes nada de qué preocuparte 🙂
      El dinero que comparten los esposos se considera totalmente libre de impuestos. Sólo ten presente el no pagar las tarjetas con efectivo sino a través de transferencia bancaria, ya sea directamente de la cuenta de nómina o débito de tu esposo, ya sea que el te transfiera a tu cuenta de débito y de ahí pagues de forma electrónica las tarjetas.

      Puedes encontrar más información en este artículo ¿Cómo depositar dinero a mis familiares sin tener problemas con Hacienda?

      ¡Éxito!

  6. Teresa Rovira 26/Feb/2014 en 11:32 pm - Responder

    Buenas noches Mauricio:
    Apenas hoy conocí tu blog, gracias a que mi hijo me envió una de tus publicaciones y tus consejos me parecen muy acertados, me gustaría poder hacerte una consulta por mail.
    Gracias y saludos cordiales

    • Mauricio Priego 28/Feb/2014 en 9:28 am - Responder

      Buenos días Teresa.
      Te contacto entonces por correo…
      Que tengas un gran día 🙂

  7. Alex 13 06/Feb/2014 en 10:39 pm - Responder

    Voy acomprar un carro vale 500 mil Pero voy a dejar otro carro en la agencia vale. 260. Mil y lo demás en depósito ala cunta de la agencia des de diciembre me dieron en suspencion de actividades. Pero en enero y febrero. Mi contadora va a declarar la venta de mi inventario por 700 mil tendré algún problema

    • Mauricio Priego 08/Feb/2014 en 11:55 am - Responder

      Alex… Todo depende de cómo lo maneje tu contadora 😉
      ¡Éxito!

  8. nicolas 01/Feb/2014 en 7:41 am - Responder

    Buendia, Sr. Mauricio de antemano agradezco que tenga la gentileza de asesorar desinteresadamente a la gente. tengo algunas dudas y me gustaria saber su recomendacion.
    expongo mi caso:
    yo rento un pequeño local donde tengo un puesto de tacos del cual las ganancias que tengo las he ido depositando en una cuenta de ahorro y juntar para un credito de casa, deposito c/mes 15,000 en efectivo y el resto lo guardo en casa, me dan comprobante fiscal por la renta del local pero no estoy dado de alta en sat.
    mis dudas son:
    1-.Me quiero dar de alta en sat, para hacer las cosas bien ya que si pego mi negocio, tendre problemas con sat por la cuenta de ahorro que ya tengo la cual solo deposito nunca retiro? mi ultimo deposito fue el 30 enero 2014 $15,000 en efectivo y 15,000 en cheque. Y abri una cuenta nueva en otro banco depositando $15,000. En efectivo ya que quiero guardar el dinero en banco.
    2-. Con el dinero que tengo en efectivo en casa que es producto de la venta de un auto y lo que voy juntando, quiero darlo de enganche para sacar un vehiculo a credito, hay problema por eso ahora que este dado de alta como persona fisica o lo tengo que comprar antes de estar en sat? o doy el enganche con transferencia?
    3-. Ya teniendo cuenta fiscal y manejandola con un contador, podre depositar efectivo a mi cuenta de ahorro en distinto banco sin exceder de 15,000 al mes aparte de lo que declare o tendre problema en sat? O me espero ha estar dado de alta y deposito a la cuenta fiscal todo el efectivo q tengo en casa y lo declaro como venta y de ahi lo transfiero electronicamente a la cuenta de ahorro? No.manejo ningun credito aun.

  9. alejandra 27/Ene/2014 en 10:45 am - Responder

    Quisiera ponerme en contacto con usted para poder hacerle una consulta ,me puee contactar vía correo?
    Gracias

  10. jazmin sb 26/Ene/2014 en 11:16 am - Responder

    Interesante artículo, sólo me queda una duda los pagos a las tarjetas de crédito serán contemplados como gastos?? O se acumulan como ingreso para determinar si hay discrepancia fiscal?? Grax buen día

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