fbpx

¿Tienes prestación de Gastos Médicos en tu empresa? Lo que debes saber

Invitado 03/Oct/2013 19

Seguro de gasto médicos prestacion laboralMuchas veces obviamos nuestro seguro hasta que lo necesitamos, para entonces descubrir características o condiciones que no satisfacen nuestras necesidades. Agradezco a Vicente Campos – asesor de seguro serio y confiable, y un gran twittero – el que comparta con nosotros algunos consejos para que una emergencia médica no nos agarre desprevenidos.




Sin duda entre las principales prestaciones que las empresas pueden llegar a dar a sus trabajadores de confianza está el seguro de Gastos Médicos, que permite al trabajador atenderse en instituciones privadas sin costo o por una fracción del costo. Lo que pocos trabajadores conocen es que podrían estar muy restringidos en sus beneficios.

¿Qué elementos debes considerar?

1. Revisar si realmente tienes seguro de gastos médicos.

Podría parecer extraño este punto, pero trabajé en una empresa donde tenían una excelente prestación de servicio médico que cubría cualquier gasto médico a partir de $500 pesos. Sin embargo, esta empresa tenía una especie de “fondo de ayuda mutua” donde todos aportaban un porcentaje de su sueldo para cubrir los gastos médicos. En esencia es lo mismo que un seguro, con una importante diferencia.

Si tienes la prestación en tu compañía, pero no es a través de una póliza de seguro, cuando contrates un seguro de gastos médicos mayores tienes que pasar por la selección de riesgos, pudiendo quedar excluidos algunos padecimientos y complicaciones de enfermedades que hayas tenido previamente. E incluso, las compañías de seguros podrían no aceptarte a ti o algún miembro de la familia.

¿Qué te recomiendo?
Pregunta en tu empresa con qué compañía de seguro están protegidos y pide copia de tu póliza. Si al igual que fue mi caso tienen un fondo, te recomiendo contratar un seguro de gastos médicos mayores por tu cuenta, buscando junto con tu agente la menor inversión sin sacrificar coberturas, poniendo un deducible muy alto.

2. ¿Estoy suficientemente cubierto?

Otro factor a tener en cuenta es la suma máxima por la que te protege tu empresa. La mayoría de los seguros de gastos médicos empresariales cubren a los trabajadores por cantidades entre $500,000, $1,000,000 y $1,500,000 de pesos, que si bien es una excelente protección, hay un 10% de enfermedades y accidentes que pueden superar los 5 millones de pesos y un 0.9% que supera los 20 millones.

¿Qué te recomiendo hacer?
Primero que nada revisa cuál es el monto máximo de cobertura de tu póliza. La mayoría de las compañías entregan una tarjeta con los datos del seguro donde viene marcada la “suma asegurada”.

Si tienes una cobertura limitada, busca un agente de seguros y pídele si te puede ofrecer un seguro de gastos médicos mayores que tome en cuenta el seguro de tu compañía. Esta segunda póliza te cubriría a partir de que se agote la suma de tu póliza colectiva. Esta póliza adicional es extremadamente económica.

3. En caso de despido o renuncia.

Si la empresa te despide o decides renunciar, es importante que hables con tu compañía de seguros y le indiques que quieres conservar el seguro y te orienten para hacerlo.

Si ya tienes una póliza individual, modifícala para que ya no reconozcan la de la compañía o para cambiar el deducible a la cantidad que más te convenga ahora.

Si no tenías póliza individual, tienes 30 días después de que te hayan dado de baja de la póliza colectiva para contratar una y conservar la antigüedad y preexistencias que tenías en el seguro que tu compañía te otorgaba. No necesariamente tienes que contratarlo con la misma aseguradora.

Espero te haya sido útil este artículo. Se te agradece cualquier duda, aportación o comentario.

Biografia Vicente Campos

Si te gustó este artículo y te pareció de utilidad, te invitamos a suscribirte sin costo para que recibas los próximos directamente en tu cuenta de correo. Estamos seguros que serán de tu interés. También te invitamos a dar clic en Me Gusta de Facebook y +1 de Google.

Artículos relacionados

19 Comentarios »

  1. Manuel 23/Nov/2019 en 5:47 pm - Responder

    Hola que tal quisiera saber si mi seguro de gastos medicos mayores al renunciar de la dependencia donde yo lavorava, me regresa una indemnisacion o compensacion o remuneracion economica, o cual sea el termino correcto.

    Gracias por su respuesta¡¡¡¡

    • Mauricio Priego 23/Nov/2019 en 8:13 pm - Responder

      Hola Manuel,
      Un seguro de gastos médicos no regresa, en ningún caso, una compensación porque en tu trabajo te dieran la prestación y te lo dejen de pagar. Lo que sí, es que para mantenerlo, tienes 30 días para contratarlo de forma individual. Los seguros de gastos médicos tienen periodos de espera para algunas enfermedades, y las enfermedades que les haya cubierto a ti y a tu familia, ya no podrías volver a contratarlas con otra aseguradora.
      Por ello es importante evaluar la conveniencia de mantener el seguro de vida o dejar que se cancele.
      Excelente día!

  2. Raul Martell 10/Feb/2019 en 7:22 pm - Responder

    Antes de hacer mi comentario, quiero reconocer el loable gesto de Ivonne. En otro tenor, es importante que todos los que tenemos un SGMM, conozcamos las Condiciones Generales de dicho seguro, sobre todo si es grupal, en este contexto, puntualizar lo manifestado en aquellos padecimientos que cubre la Aseguradora, pero después de un periodo de tiempo determinado a partir de la contratación de la póliza, mismos que varían dependiendo del padecimiento en 10, 12, 24, 48 meses, siendo este último para el padecimiento del VHS. Espero haber aportado mi granito de arena Mauricio. Saludos

    • Mauricio Priego 13/Feb/2019 en 8:37 am - Responder

      Gracias por tu aportación Raúl,
      La experiencia e información que comparten personas como tú y como Ivonne, son la verdadera riqueza de PractiFinanzas 😀
      Que tengas un excelente día!

  3. RICARDO 08/Nov/2018 en 12:07 pm - Responder

    QUE PUEDO HACER, SI ME ROBARON LOS GASTOS A COMPROBAR DE GASTOS MEDICOS DEL 2005 A LA FCHA, LOS CUALES COMPRENDIAN MEDICINAS, LABORATORIOS HONORARIOS Y FACTURAS DE SEGURO MEDICO, LAS COPIAS ME PUEDEN SERVIR

    • Mauricio Priego 12/Nov/2018 en 2:16 pm - Responder

      Hola Ricardo,
      Con sinceridad no logro comprender a qué te refieres. ¿Piensas hacer una reclamación de alguna enfermedad que comenzó en el 2005 y que no habías tramitado factura alguna hasta el día de hoy? ¿Y lo que te robaron son las facturas de esos 13 años? Si es el caso, difícilmente podrás hacer algo, ya que sólo tienes un año para reportar una enfermedad, y en este caso ya pasaron trece…

  4. Mariano 03/Mar/2018 en 1:29 am - Responder

    Tengo en proceso autorización de pase cirugia de columna si me dan de baja aún me lo respetan mi pase sale el día miércoles 7 febrero posible baja mía martes 6
    Gracias

  5. LOURDES CONTRERAS 10/Nov/2017 en 4:43 pm - Responder

    En mi trabajo nos acaban de quitar solo a los empleados el seguro de gastos médicos, que puedo hacer? es correcto que después de mas de 20 años nos quiten esta prestación? espero su respuesta, gracias

    • Mauricio Priego 13/Nov/2017 en 8:10 am - Responder

      Hola Lourdes,
      Por ley la empresa debe brindar servicios de salud a sus empleados, lo cual puede cumplirse a través del Seguro Social (IMSS). Por tanto, si tu patrón les tiene dados de alta ante el IMSS, no infringe ninguna ley al quitarles el seguro de gastos médicos. Era una prestación interna de la empresa y como tal puede modificarla o eliminarla.
      Ahora bien, quisiera pensar que tu patrón está abierto al diálogo. Una opción sería acercarte al área de Recursos Humanos para exponerles tu inquietud.
      Excelente inicio de semana

  6. Patricia 30/Mar/2016 en 4:44 pm - Responder

    Yo cuento actualmente con SGMM por parte de la empresa donde trabajo, yo padezco de rinitis alergica y constantemente me tengo q aplicar vacunas, quiero cambiarme de trabajo pero también quiero conservar mi seguro sobre todo por el tratamiento que llevo, que es lo q tendría q hacer para quedarme con él??

  7. Martin 29/Mar/2016 en 8:50 am - Responder

    Si tienes un seguro colectivo de gastos medicos mayors y te despiden, cuantos dias mas puedes hacer uso del mismo despues del despido????

  8. Monica 18/Feb/2016 en 10:12 pm - Responder

    Mi esposo tiene gastos médicos y tenemoa.una.hija con epilepsia, ya nos cubre el.seguro su enfermedas, pero esta habiendo despidos en su compañía, la aseguradora le comento que no podemos conservar el seguro si deja de trabajar ahi. Es verdad?

    • Mauricio Priego 19/Feb/2016 en 6:07 am - Responder

      Hola Mónica,
      Lamento la incertidumbre por la que están pasando, así que será un placer poder aportar mi granito de arena.

      Lo más seguro es que el seguro que tiene tu esposo forma parte de un seguro grupal adquirido por la empresa como prestación para sus empleados, de manera que cuando un trabajador deja la empresa, el seguro lo deja de cubrir. Aquí lo que habría que hacer es investigar con la aseguradora si es posible contratar el seguro de manera independiente con reconocimiento de enfermedades pre-existentes, y claro está, cuánto cuesta. También es posible solicitar cotizaciones a otras asegurados siempre pidiendo que haya reconocimiento de enfermedades pre-existentes.

      De esta manera, de tocar el recorte a tu esposo, podrían contratar el seguro y mantener la atención médica de su hija. En un momento dado podría brindarles una cotización si gustan, para lo cual les contactaría por correo.
      ¡Éxito!

  9. IVONNE RUIS 20/Ene/2016 en 5:14 pm - Responder

    HOLA BUENA TARDE YO TRABAJO EN HOSPITALES QUE TIENEN EL CONVENIO DE GASTOS MEDICOS MAYORES LE PODEMOS AYUDAR A CUALQUIER DUDA YA HASTA PODEMOS APOÑARLOS EN Q SU SEGURO PAGE CERO DEDUCIBLE CERO COASEGURO LINDO DIA

    • Mauricio Priego 22/Ene/2016 en 6:17 am - Responder

      Ivonne, en nombre de la comunidad, ¡Gracias por tu amable ofrecimiento! 😀

  10. Alex 03/Oct/2013 en 7:49 am - Responder

    Buen post, como complemento, puedo decir que el SGMM se puede ayudar con un Seguro de Accidentes (mucho mas barato), que cubra la cantidad entre 0 y al menos el minimo deducible del SGMM. Que aunque realmente NO es lo mismo, ya que no cubre enfermedades, si ayuda bastante por si hay eventos como una Fractura, un Golpe menor, o cualquier accidente que requieran un tipo de gasto mayor, pero no tanto como para solicitar el SGMM. Que opinas ?
    Saludos!

    • Mauricio Priego 04/Oct/2013 en 5:38 am - Responder

      Es una interesante estrategia, Alex. Me parece una buena idea para implementar 😉

      Gracias por compartirla 😉

Deja un comentario »