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La Ley contra el Lavado de Dinero, ¿Cómo te afecta?

Mauricio Priego 08/Jul/2013 1.305
La Ley contra el Lavado de Dinero, ¿Cómo te afecta?

Con la cercanía de la entrada en vigor de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, he estado recibiendo diferentes consultas sobre la afectación que la nueva ley podría tener sobre el ciudadano común: Personas que reciben apoyos económicos de familiares, personas que venden algún vehículo y necesitan enviar el dinero a un familiar, personas que fungen como intermediarios en la venta de un terreno… En fin, personas que temen que al realizar algún depósito, envío o transferencia importante de dinero, pudieran verse señalados como sospechosos del delito de lavado de dinero. Sin embargo, y para sorpresa de muchos, no es de eso de lo que trata esta nueva ley




La nueva ley lo que hace es:

  • Identificar aquellas actividades vulnerables que pueden ser utilizadas para lavar dinero;
  • Determinar cómo debe identificarse a las personas participan en esas actividades, quién debe identificarlas y bajo qué condiciones;
  • Determinar bajo qué circunstancias se deben reportarse a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público estas actividades;
  • Determinar bajo qué condiciones está prohibido el uso de efectivo y metales preciosos para pagar los productos o servicios propios de estas actividades.

En la siguiente presentación pueden ver  las principales actividades vulnerables, las fechas de entrada en vigor de la nueva ley y las multas por no cumplirla:

La Ley Anti Lavado de Dinero, ¿Cómo te afecta? from Mauricio Priego

(En caso de no ver la presentación, sigue esta liga)

¿Y qué pasa cuando Hacienda recibe un aviso? En su caso podría solicitarle, a quien realizó la actividad vulnerable, demostrar el origen legal de los recursos con los que se realizó la operación. En caso de no demostrarlo podría verse acusado de enriquecimiento ilícito entre otros delitos… Y claro, si pagó la persona en efectivo montos arriba de lo permitido, sería acreedor a las multas correspondientes.

¡Éxito!

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1.305 Comentarios »

  1. Juan Almeida 12/Ene/2017 en 2:59 pm - Responder

    Hola Mauricio. Una consulta. Mi suegro realizo una venta de un terreno en el extranjero, como intermediario, y quiere enviarnos el dinero para invertirlo en Mexico. El comprador quiere realizar la transferencia a una cuenta en el exterior, pero mi suegro no tiene cuentas en el exterior (debido al control de cambios en su pais). Tengo cuenta en Mexico, para recibir la transferemcia e invertirlo pero no se que procede legalmente?

  2. Celeste 03/Ene/2017 en 2:49 pm - Responder

    Hola

    Mi ex pareja me dejo como beneficiaria de una cuenta. Su familia se puso en contacto conmigo para solictarme que cobrara el dinero y lo regresara ya que ellos consideraban que había sido un error de mi ex. El asunto es que lo hice, al momento de hacer el tramite me hicieron endosar el cheque a mí nombre con mi firma y dirección. Pero la cajera del banco le dio el dinero al hermano de mi ex en efectivo. Ya que trabaja en el banco en el cual estaba la cuenta.

    Crees que vaya a tener yo algún problema en mi declaracion?

    • Mauricio Priego 04/Ene/2017 en 8:52 am - Responder

      Hola Celeste,

      ¿Te quedaste con alguna copia del documento en que tu expareja te dejara como beneficiaria? Sin importar el monto, con el certificado de defunción y éste documento puedes demostrar que se trata de tu herencia la cual está excenta de impuestos, y el que lo hayas donado a un tercero no tiene implicación alguna.

      Respecto a tu declaración anual, si el monto de la herencia es superior a 400 mil pesos o el total de tus ingresos es superior a 500 mil, entonces debes reportar en tu declaración el ingreso por herencia. Ésto es informativo ya que, como te menciono en el párrafo anterior, los ingresos por herencia están exentos de impuestos 😉

      ¡Feliz año 2017!

  3. Nora 30/Dic/2016 en 11:39 pm - Responder

    Hola. Tenemos una duda mi esposo y yo.

    Resulta que mi cuñada casa vez que solicita tarjetas de credito préstamos contratos con Telcel credito con coppel con Banco famsa con bancomer y otros bancos o altas de empleados de su negocio alta en Hacienda seguro social de empleados seguro social de ella y su familia
    Licencias de conducir y todo tipo de trámites todo lo hace con comprobantes de domicilio de su mamá que ya es de tercera edad y para nada
    Otorga su domicilio y teléfonos personal a sus acreedores. Todos llaman para cobrar en casa de su mamá. Eso puede llegar a fectar legalmente . Nos preocupa por dos puntos… uno que ella anda de prestanombres de un chilango desconocido y le maneja negocios de comida en Monterrey. Y segundo que mi esposo y yo nos hacemos cargo de su mamá

    Y la señora lo puso a el como heredero universal de su casa que es modesta y humilde Pero es su casita. Que esto nos vaya a acarrear problemas legals de cobranza o embargo? O que ella en un futuro quisiera alegar que vive en esa casa porque para todo pone ese domiciolio teniendo ella y su familia su casa propia.

    Todos esos créditos y trámites los hace con dirección de su mamá pero utiliza su propio nombre no el de la mamá. Aún así cuando las buscan para cobrarle es a la casa de su mamá y la deudora que es la hija que buscan no vi e ahí.

    Esperamos si punto de vista legal. Saludos

    • Mauricio Priego 04/Ene/2017 en 9:13 am - Responder

      Hola Nora,
      Lamento la situación que están viviendo, y si bien no puedo darte un punto de vista legal debido a que no soy abogado, espero poder aportar mi granito de arena ya que vivimos en casa una situación semejante.

      Mientras la casa esté a nombre de la mamá e tu esposo y ella no haya firmado como aval y menos como beneficiaria del crédito o préstamo, no pueden quitarle ni embargarle la casa. Respecto a los bienes que tiene en su interior, si están facturados a su nombre, tampoco pueden tocarlos… Pero si no lo están, los acreedores puede interponer una demanda, aunque tienen que demostrar que la propietaria es tu cuñada para poder ejecutar. ¿Y qué pasa si demandan pero no pueden demostrarlo? Para efectos prácticos, nada. Sólo la pérdida de tiempo y malas experiencias que les hacen vivir.

      ¿Qué pueden hacer? Tristemente muy poco. Mis padres se divorciaron hace más de 25 años y mi padre tiene de fallecido 4 años. Aún así, por deudas contraídas en un escenario semejante (aprovechó comprobantes domiciliarios en su momento para solicitar créditos), al día de hoy aún algún acreedor despistado llama buscándolo.

      Lo que sí es que no pueden amenazar ni amedrentar a la mamá de tu esposo. Hacerlo es un delito y se reporta a la CONDUSEF. Por otro lado verifiquen que ningún comprobante tenga el nombre de tu cuñada, y de ser posible, que no tenga acceso a los comprobantes (esto para evitar que siga haciendo lo mismo).

      A los acreedores entréguenles una carta formal explicando que «La señora X» (es decir, por su nombre completo sin familiaridades) no vive desde hace años en esa casa y que no tienen manera de contactarla, no teniendo ustedes ni tu suegra responsabilidad legal alguna para conocer su paradero. Conserven una copia donde les firmen de recibido. Y si siguen molestando, acudan a la CONDUSEF o a la PROFECO (según sea el caso) con la carta como evidencia para demostrar abuso por parte del acreedor.

      Más allá de lo anterior, ¡Feliz año 2017 para ti y tu familia!

  4. Karla 28/Dic/2016 en 11:01 pm - Responder

    Recibi una herencia de 1,200,000 pesos fue una
    transferencia electronica de USA a Mexico, pero no
    estoy dada de alta en el SAT y al acudir me dijeron
    que no me podian dar de alta dajo un regimen que
    presente declaracion anual.

    La idea es dejarlo asi, es posible que me requieran?

    • Mauricio Priego 29/Dic/2016 en 8:32 am - Responder

      Hola Karla,

      Si la transferencia fue realizada en el contexto de la entrega de la herencia (es decir, desde la cuenta bancaria de quien te hereda o de su apoderado legal al momento de repartirse sus bienes) y tienes copia del documento legal donde te nombra heredera por esos cerca de 60 mil dólares, no debieras tener mayor problema.

      Eso sí, por el monto tendrás que presentar tu declaración anual en abril de 2017 reportando este ingreso, pero tienes suficiente tiempo para encontrar un contador que te apoye con ello.

      Puedes encontrar mayor información en ¿Cuáles son los ingresos libres de impuestos para las Personas Físicas?

      Mis mejores deseos para ti y tu familia en el 2017 ¡Felicidades!

  5. Ricardo Hernández 14/Dic/2016 en 6:40 pm - Responder

    Hola una pregunta me prestaran un dinero
    Pero rebaza el millon y medio será. Una transferencia yo soy asalariado de la sep tendré. Algun Problema sera en en 3 partes
    Ya sea 3 cheques o 3 transferencias

    • Mauricio Priego 16/Dic/2016 en 2:41 pm - Responder

      Hola Ricardo,
      Por el monto que mencionas es bastante probable que llamen la atención del fisco. El camino formal a seguir es que firmen un contrato entre particulares notariado por el monto del préstamo, de manera que puedas demostrar documentalmente que ésos recursos son un préstamo y no un ingreso.
      ¿Es posible que el contrato no sea notariado? Sí, pero te arriesgas a que la autoridad fiscal no lo considere válido.

  6. Leo Godinez 12/Dic/2016 en 8:18 am - Responder

    Hola , tengo transferencias al mes que superan los 40 mil pesos , puedo tener problemas con ascienda?

    • Mauricio Priego 13/Dic/2016 en 7:50 am - Responder

      Hola Leo,

      Existe algo que se llama «Discrepancia Fiscal» según la cual, todo depósito, transferencia o pago que se realice a tus cuentas de ahorro, inversión o financiamiento (créditos y préstamos) se consideran ingresos a menos que sean transferencias entre tus propias cuentas. De manera que en caso de una auditoria, tendrías que demostrar documentalmente que las transferencias que recibes no son ingresos. De no hacerlo tendrías que pagar los impuestos generados así como las multas y recargos correspondientes.

      Ahora bien, ¿qué tan probable es que lo anterior ocurra? Por los montos que mencionas las operaciones no son reportadas al fisco, y si por lo demás todo está en orden, la posibilidad es baja… Eso sí, continuará latente por los próximos cinco años que es el plazo que tiene el SAT para realizar una división (y 10 en caso de ser identificado como evasor fiscal).

  7. roman 05/Dic/2016 en 8:31 am - Responder

    Hola q tal si cobro cheque endosado arriba de 10000 me puede requrir el sat

    • Mauricio Priego 09/Dic/2016 en 9:03 am - Responder

      Hola Roman,
      Por un sólo cheque endosado arriba de 10 mil pesos o un poco más no tendrás problema alguno 😉
      ¡Éxito!

  8. dario 04/Dic/2016 en 10:55 am - Responder

    cuanto el lo maximo en efectivo que puedo depositar en una cuenta. cunato por mes o cula es el saldo maximo requerido

  9. Mary 25/Nov/2016 en 1:03 am - Responder

    Hola buenas noches, seria tan amable de explicarme hasta que monto se puede recibir una transferencia bancaria en Mexico y en pesos mexicanos sin que hacienda investigue. Cuantas transferencias electronicas me pueden hacer por dia o por mes sin que hacienda me haga un requerimiento y que monto. Muchas gracias por su ayuda.

    • Mauricio Priego 28/Nov/2016 en 8:34 am - Responder

      Hola Mary,
      La regulación al sistema financiero determina que toda transferencia superior a cien mil pesos debe ser reportada al fisco, lo que implica que transferencias por montos menores no son reportadas «en automático».
      Sin embargo, el fisco tiene la atribución de realizar estudios aleatorios y para éstos no existe un monto mínimo ni una periodicidad definidos, por tanto, aunque las transferencias no sean reportadas, no puede garantizarse que el SAT no te requiera en un futuro.
      ¡Éxito!

  10. jose 21/Nov/2016 en 8:20 pm - Responder

    hola Mauricio buenas noches, cuanto dinero
    puedo depositar y retirar de una cuenta por mes o por año como maximo para no tener problemas fiscales

    • Mauricio Priego 22/Nov/2016 en 8:22 am - Responder

      Hola José.

      Retiros puedes hacer cuantos quieras que no son fiscalizados.

      Depósitos supongo te refieres a efectivo… En este caso los bancos están obligados a reportar al SAT las cuentas que en un mes reciban depósitos de 15 mil pesos en adelante. Por tanto, mientras deposites menos de 15 mil pesos es poco probable que tengas problemas 😉

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