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¿Qué mercancías puedes ingresar a México sin pagar impuestos?

Mauricio Priego 06/May/2013 778

Mercancías puedes ingresar a México

Actualizado al 12 de Diciembre del 2015

Quienes tienen la oportunidad de viajar fuera del país (por trabajo, negocios o diversión), al regresar se enfrentan con una disyuntiva: ¿declarar o no declarar los productos que compró durante su viaje? Me ha tocado escuchar desde los que afirman que es mejor «jugársela» y no declarar nada hasta los que afirman que no hay nada como la tranquilidad por lo que lo mejor es declarar lo que se haya comprado, pasando  por los que recomiendan mezclar la ropa nueva con la ropa sucia para así «engañar» a los de la aduana. Ante afirmaciones tan dispares decidí investigar, encontrando que existe una regulación clara al respecto la cual les comparto hoy de forma resumida y práctica:




Quien se encarga de regular la entrada de mercancías al territorio nacional es la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior siendo el brazo ejecutor las Aduanas dependientes del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda.

Dicha Regla, en su capítulo 3.2, nos habla de que TODO pasajero que ingrese al país (es decir turistas mexicanos de regreso a casa, paisanos que trabajan en el extranjero y que vienen de visita, así como extranjeros que entren a nuestro país en viajes de placer o de negocio), tiene derecho a traer consigo – sin pagar impuestos por ello – su propio equipaje y una franquicia.

El equipaje del pasajero

La reglamentación contempla como equipaje del pasajero en viaje internacional las siguientes mercancías sin importar si son nuevas o usadas:

  • Bienes de uso personal: tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, incluyendo un ajuar de novia. Tratándose de bebés se incluyen los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.
  • Electrónica: Dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (GPS); una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios.
  • Deportes: Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero.
  • Sonido: Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y un reproductor portátil de dvd; un juego de bocinas portátiles, y sus accesorios.
  • Almacenamiento digital: Cinco discos láser, 10 discos dvd, 30 discos compactos, tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
  • Libros, revistas y documentos impresos.
  • Ocio: Cinco juguetes, incluyendo los de colección, y una consola de videojuegos, así como cinco videojuegos.
  • Salud: Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como medicamentos de uso personal. Tratándose de sustancias psicotrópicas deberá mostrarse la receta médica correspondiente.
  • Maletas, petacas, baúles y velices o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.
  • Tabaco y alcohol: Tratándose de pasajeros mayores de 18 años, un máximo de 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco, hasta 3 litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.
  • Un binocular y un telescopio.
  • Dos instrumentos musicales y sus accesorios.
  • Una tienda de campaña y demás artículos para campamento.
  • Para los adultos mayores y las personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.
  • Un juego de herramienta de mano incluyendo su estuche, que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.
  • Hasta 3 mascotas o animales de compañía que traigan consigo, entendiéndose por estos: gatos, perros, canarios, hamsters, cuyos, periquitos australianos, ninfas, hurones, pericos, tortugas, aves silvestres de tamaño pequeño (excepto, rapaces), así como los accesorios que requieran para su traslado y aseo, siempre que presenten ante el personal de la aduana el certificado zoosanitario para su importación, expedido por la SAGARPA, en caso de tratarse de animales de vida silvestre, además deberá presentarse el Registro de Verificación expedido por la PROFEPA, que compruebe el cumplimiento de la regulación o restricción no arancelaria a que se encuentren sujetos.

La franquicia

Adicionalmente a su equipaje, el pasajero tiene derecho a introducir al país, libres de impuestos, mercancías por un monto total de hasta

  • 500 dólares en caso de ingresar al país por vía aérea o marítima, o su equivalente en moneda nacional.
  • 300 dólares en caso de ingresar por vía terrestre, o su equivalente en moneda nacional. (Durante las vacaciones de Navidad, Semana Santa y Verano la franquicia terrestre se incrementa a 500 dólares).

Es importante considerar lo siguiente:

  • El valor de las mercancías que integran la franquicia se demuestra con los recibos de pago donde se expresa su valor comercial. Si se te pierden los recibos el agente aduanal hace uso entonces de tabuladores donde, claro está, no está considerado algún descuento o precio especial que hayas obtenido.
  • Dentro de la franquicia no pueden incluirse bebidas alcohólicas, tabacos labrados, ni combustible automotriz. Existen otros productos que por control o monitoreo tampoco pueden incluirse dentro de la franquicia. En caso de duda es posible consultar directamente en el SAT (01800-463-6728).
  • Las franquicias de los integrantes de una misma familia podrán acumularse, si éstos arriban a territorio nacional simultáneamente y en el mismo medio de transporte.

Recomendaciones finales

  • Si tu viaje es por 5 días (sin importar si es por placer o por negocios) puedes introducir al país 5 pantalones, 5 pares de zapatos/tenis, 5 juegos de ropa interior… ¡Y no importa si son nuevos o usados! Así que no es necesario que mezcles la ropa nueva con la sucia, sino de que lo que traigas corresponda a tus días de estadía;
  • No cometas el error de tirar tus notas – ni para «esconderlas del agente aduanal» -, ya que de no presentar tú la nota el agente recurrirá a su tabulador, donde el precio es muy posible que sea más alto de lo que tú hayas realmente pagado;
  • Si estás trayendo recuerdos para tus familiares o algún regalo para un amigo, considera que puede pasar legalmente como parte de tu equipaje siempre que esté contemplado dentro de la lista anterior (por ejemplo: si llevas tu celular y le quieres traer uno a tu compadre no hay inconveniente, ya que tienes derecho de traer hasta 3 equipos);
  • Si a pesar de lo anterior llegas a traer mercancía que no puedes pasar como parte de tu equipaje (por ejemplo, ropa para un bebé recién nacido – imposible que sea tuya -, o mayor número de prendas de los días de tu estadía), inclúyelo en tus $300 dólares de franquicia.
  • Si aún así lo rebasas… Es el momento de determinar si vas a declarar o no. ¡Pero sólo declara aquello que no puedas considerar como parte de tu equipaje y que haya rebasado la franquicia! No cometas el error de declarar todo lo que compraste: Le estarías regalando innecesariamente tu dinero a hacienda.
  • Y sobre declarar o no ese excedente… Ya es tu decisión atenerte a la suerte que no te toque revisión o hacer el trámite más sencillo y declarar lo que sabes que excedes. Y ya sea que declares o que el destino haya hecho que te revisen y el agente aduanal haya determinado aquello que excedes, considera que lo que tendrás que pagar es el 16% de lo que hayas introducido al país llenando el formato «Pago de Contribuciones al Comercio Exterior».
  • Pero cuidado: si lo que excedes de franquicia y equipaje rebasase los $3000 dólares (o $4000 si introduces equipos de cómputo), entonces el proceso ya es otro ya que se considera importación comercial de mercancías.
  • Sé prudente en la transportación de dinero. Más de 10 mil dólares (o equivalente en otra cualquier otra divisa) en efectivo o en documentos podrían provocar que seas detenido por la autoridad fiscal para demostrar el origen del dinero.

¡Éxito!

Notas de actualización del 12 de Diciembre de 2015

Se eliminaron como parte del equipaje: Una bicicleta estática, una caminadora estática, una máquina de escribir eléctrica.

Se agregó: Una agenda electrónica.

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Referencias

778 Comentarios »

  1. Roberto 06/Sep/2017 en 5:24 pm - Responder

    Hola,

    Buenas tardes,

    Hace tiempo que tengo una duda y no he encontrado respuesta. Si por razones de desperfecto hay que cambiar el motor de un automovil, que se debe hacer al pasar por aduana?. Control vehicular solicitara finalmente algun documento para actualizar la documentacion por cambio en el numero de motor.Saludos y gracias de antemano.

    • Mauricio Priego 07/Sep/2017 en 7:39 am - Responder

      Hola Roberto, buenos días.

      El trámite, si bien puede ser algo tardado, es sencillo: En todos los países la manera de demostrar la propiedad del vehículo es a través de la Tarjeta Vehicular (o Tarjetón como se conoce en algunos puntos en México). En este documento aparece la número de serie (o de chasis) y el número de motor de la unidad.

      Una vez que te cambien el motor, acudes con la factura de la unidad, la tarjeta anterior, y la factura del nuevo motor con la autoridad correspondiente para registrar el cambio. Con esto te expiden una nueva Tarjeta Vehicular con el nuevo número de motor.

      No olvides acudir con tu aseguradora para que también en tu póliza se actualicen los datos y así evitarte dolores de cabeza posteriores.

      Ya con la tarjeta vehicular con los datos correctos y tu póliza actualizada, no tendrás ningún inconveniente en la aduana 😉
      ¡Éxito!

  2. Angel 30/Ago/2017 en 2:46 pm - Responder

    Hola buenas tardes quisiera saber si un dron (Mavic Pro) que adquiri en EU con valor de 999 dolares, entra dentro mi equipaje personal? o si tengo que declarar y en su caso pagar impuesto ???
    Tengo esta duda y espero me puedan ayudar.

    • Mauricio Priego 31/Ago/2017 en 8:16 am - Responder

      Hola Angel,

      El caso de los drones es especial… Se podría considerar un juguete, con lo cual sí entraría dentro de tu equipaje, pero también es cierto que puede ser utilizado para actividades profesionales (videograbación para eventos sociales, seguridad, supervisión, obras de ingeniería) donde, claro está, no es un juguete.

      Nuevamente la última palabra la tendrá la autoridad aduanera en el momento de entrar al país. Sin embargo, después de ver el modelo que estás introduciendo al país por Internet, difícilmente podrás hacerlo pasar por un juguete. Así que mejor decláralo y paga el impuesto correspondiente (16%)

      NOTA: Recuerda la franquicia. Si no estás introduciendo ninguna otra cosa, entonces sólo tendrías que pagar impuestos sobre 499 dólares.
      ¡Éxito!

      • Angel 31/Ago/2017 en 12:39 pm - Responder

        Muchas gracias !!! Mauricio ha sido de gran ayuda tu explicacion, solo que tengo otra duda sobre donde debo llevarlo, si en mi equipaje documentado o de mano sobre todo por la pila y si se debe declarar antes o hasta que el inspector me lo requiera o que problema tendria al no hacerlo antes.
        de antemano gracias por todo.

        • Mauricio Priego 01/Sep/2017 en 8:52 am - Responder

          No hay de qué Ángel, es un placer aportar mi granito de arena 😉

          Más allá de la pila – la cual tiene que ir en el equipaje documentado- el dron en sí representa un riesgo: es un equipo electrónico de radiocontrol de dimensiones relativamente grandes. ¿Para qué arriesgarte a que de último momento no te dejen meterlo a la cabina, y de forma apresurada lo metan en la bodega del avión? Mejor empácalo bien, de manera segura, e inclúyelo en el equipaje documentado.

          Respecto a declararlo o no, es una decisión personal. Eso sí, te quitas muchos dolores de cabeza si declaras. Si no lo haces y sales «seleccionado» para la revisión, la autoridad puede querer ampliar su búsqueda para ver si encuentra algo más…

  3. LUIS 29/Ago/2017 en 10:06 pm - Responder

    Buena tarde, se pueden pasar dos llantas nuevas de cuatrimoto, el costo de las dos es de $105.00 dlls, gracias

    • Mauricio Priego 31/Ago/2017 en 8:23 am - Responder

      Hola Luis,
      Si te refieres a pasar las llantas no instaladas en la cuatrimoto, sí las puedes pasar pero se consideran una refacción, por lo que no se contemplan como parte de tu equipaje ni puedes integrarlas a la franquicia.
      Por tanto, tendrás que declararlas y pagar el impuesto correspondiente (16%).
      Excelente día!

  4. andres 28/Ago/2017 en 4:38 pm - Responder

    Hola.
    Quisiera preguntarle si la cantidad de un mismo objeto como pueden ser 5 relojes que no superan los 500 US también esta permitido como franquicia. (compre en estados unidos cinco relojes para mi familia pero no superan los 500 uds)
    Muchas gracias

    • Mauricio Priego 29/Ago/2017 en 8:35 am - Responder

      Hola Andrés,

      En principio la franquicia es ajena a los productos adquiridos, es decir, pueden ser productos diferentes o similares como es tu caso. Sin embargo hay un riesgo: el criterio del agente aduanero.

      Hay personas que intentan pasar como franquicia productos para comercializarlos en nuestro país, lo cual no es válido. El problema es ¿cómo saberlo? Aquí es donde entra el criterio: Un agente puede considerar que los relojes son regalos familiares, mientras que otro puede considerar que te tratas de pasar de listo. Y en ambos casos su decisión es indiscutible.

      ¿Qué hacer? Lleva contigo tus notas por si la autoridad las solicita. Se honesto, mantente tranquilo, y de ser necesario, explica que son para tus familiares. Lo más probable es que no tengas problema alguno.
      Feliz viaje de retorno a casa

  5. Miguel Angel 23/Ago/2017 en 2:12 pm - Responder

    Tengo una duda, estoy por ir a Los angeles, mi plan es llegar a tijuana y cruzar por el CBX. Mi caso es que quiero llevar blocks de notas y tarjetas de presentación, en total son 25 kilos y es un pedido que me hicieron directamente de los angeles, tengo la duda de si me van a revisar, no me dejaran pasar, o me dejaran pasar pero sin la papeleria, o que podría hacer en este caso. El valor es de aprox $3000 pesos mexicanos. Tengo que llevar la nota de que me pagaron o no llevarla ?

    • Mauricio Priego 27/Ago/2017 en 3:07 pm - Responder

      Hola Miguel Angel,
      Lleva contigo la nota de compra y de ser posible el pedido. El peor escenario es que te cobren aranceles por importación (desconozco cual es la tasa impositiva de California).
      Excelente inicio de semana!

  6. YUSBY 23/Ago/2017 en 12:06 pm - Responder

    Hola podrías decirme, si las refacciones para auto no están consideradas dentro de la franquicia, en días pasados de calexico a mexicali me toco inspección, en esa ocasión compre un deposito para el anticongelante de mi camioneta el cual me costo $59 dlls., ya con impuesto de la tienda, al pasar por aduana me dicen que las refacciones no están dentro de lo permitido y que debía cubrir un impuesto por lo que tuve que pagar a quien me inspecciono el recibo y abrió la caja de lo que compre $214.00 pesos ya que era la boleta mínima de 75 dlls., pero en realidad solo llevaba el deposito por un costo de menos de 60 dlls., y me dijo que no puedo pasar ningun tipo de refacciones asi me costasen 5 dlls. porque tendria que pagar impuesto.

    • Mauricio Priego 27/Ago/2017 en 3:11 pm - Responder

      Hola Yusby,
      La franquicia nace para facilitar el tránsito en la frontera de personas, no para artículos para comercializar. El problema de las refacciones es que no hay una manera de garantizar que la refacción es efectivamente para tu uso personal y no para revenderla, y por ello te cobraron el impuesto. No obstante, es un tema que queda dentro del arbitrio de la autoridad aduanera (es decir, habrá alguno que te dejaría pasar tu refacción sin tener que pagar impuesto), y como tal no es objetable.
      Excelente inicio de semana!

  7. Luis Armendariz 18/Ago/2017 en 8:11 pm - Responder

    Que artículos puede traer una persona deportada de USA a México como muebles y un carro?

  8. Henry 09/Jul/2017 en 10:41 am - Responder

    Hola una pregunta, mañana me regreso a Mexico, vine de visita a Eua y me traje conmigo joyeria para uso personal, no para revender y el problema es que no se si me vayan a cobrar impuestos si las llevo con todo y sus cajitas, si no lei mal dices que tengo derecho a un equipaje libre de impuestos con determinado numero de objetos y ademas aparte una franquicia de $500 dolares no? osea mi equipaje y $500 dolares de mercancia aparte , ahora bien entonces si llevo mi joyeria tendria que declarar a la aduana cuanto page por ella y me aplicarian el 16% de Iva no? son como 230 en Joyeria y tengo el recibo en mano, como procede esto? porfavor espero que me responas antes de irme gracias!

    • Mauricio Priego 10/Jul/2017 en 7:05 am - Responder

      Hola Henry,

      Si bien la joyería no aparece explícitamente entre los artículos personales, se consideran las razonables: anillos (incluídos de bodas), dijes, aretes, gargantillas, etc. Claro está que en un viaje ¿cuántos anillos más llevará una persona? ¿O cuántas gargantillas? Se vuelve sospechoso cuando llevas demasiadas (Aquí el punto es que «demasiado» es subjetivo).

      De cualquier modo mencionas que llevas los recibos en mano de la joyería que compraste en EEUU, y que te costó 230 dólares. Está dentro de la franquicia, por lo que no debieras tener problema alguno siempre que no hayas comprado más cosas que rebasen el monto de la franquicia, y de hacerlo, pagarías el 16% del excedente.

      Feliz viaje de regreso a casa! 😉

      • Fabian 10/Jul/2017 en 10:23 am - Responder

        Saludos, les comento algunas experiencias con joyeria.. yo h salido muchas veces al extranjero con joyeria puesta una cadena de oro y rolex.. no he tenido problemas.. pero un familiar si tuvo un contratiempo con un aduanal ya que el viaja con un reloj fino pero lo lleva en su estuche en el equipaje.. lo mejor que puedes hacer es llevartelo puesto o correr el riesgo de pagar impuestos.. mucha gente se toma fotos con la joyeria antes de salir de mexico para que en su regreso tener pruebas que ya lo llevavan antes.. saludos y es cuestion de suerte, criterio y tambien del volumen en oro que intentes introducir y su procedencia….

        • Mauricio Priego 11/Jul/2017 en 7:55 am - Responder

          Gracias por compartirnos tu experiencia Fabián. Aportaciones como la tuya son lo el verdadero valor del blog 😉
          ¡Éxito!

  9. Yolanda sanchez 06/Jun/2017 en 10:18 am - Responder

    Rente un apartamente en Tijuana y queria saber si puedo pasar cosas Como para la cosina Como caserolas microwave lo necesario
    Y sala comedor, Camas lavadoras k es Lo k puedo llevar para mi apartamente?

  10. Ana Xanic Lòpez 10/Abr/2017 en 10:28 am - Responder

    Y si quiero comprar en línea para que me envíen por paquetería ¿sabes cuánto es lo que puedo comprar?
    Concretamente quiero comprar papel decorativo italiano para mi trabajo,(hago encuadernación)
    Sabes si hay un límite para la entrada por paquetería? Pienso que entrarían en el rubro de documentos impresos y son menos de 500 usd

    • Mauricio Priego 11/Abr/2017 en 8:49 am - Responder

      Hola Ana,
      Para no confundirnos: El artículo habla explícitamente del equipaje y la franquicia que puede introducir una persona a México. Si tu compras en línea y te lo envían por paquetería, ya no hay manera de considerarlo equipaje por lo que se tendrían que pagar los impuestos correspondientes.

      Puedes encontrar más información en el siguiente artículo: Importaciones: Los pormenores al recibir productos del extranjero
      ¡Éxito!

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