fbpx

¿Qué mercancías puedes ingresar a México sin pagar impuestos?

Mauricio Priego 06/May/2013 778

Mercancías puedes ingresar a México

Actualizado al 12 de Diciembre del 2015

Quienes tienen la oportunidad de viajar fuera del país (por trabajo, negocios o diversión), al regresar se enfrentan con una disyuntiva: ¿declarar o no declarar los productos que compró durante su viaje? Me ha tocado escuchar desde los que afirman que es mejor «jugársela» y no declarar nada hasta los que afirman que no hay nada como la tranquilidad por lo que lo mejor es declarar lo que se haya comprado, pasando  por los que recomiendan mezclar la ropa nueva con la ropa sucia para así «engañar» a los de la aduana. Ante afirmaciones tan dispares decidí investigar, encontrando que existe una regulación clara al respecto la cual les comparto hoy de forma resumida y práctica:




Quien se encarga de regular la entrada de mercancías al territorio nacional es la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior siendo el brazo ejecutor las Aduanas dependientes del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda.

Dicha Regla, en su capítulo 3.2, nos habla de que TODO pasajero que ingrese al país (es decir turistas mexicanos de regreso a casa, paisanos que trabajan en el extranjero y que vienen de visita, así como extranjeros que entren a nuestro país en viajes de placer o de negocio), tiene derecho a traer consigo – sin pagar impuestos por ello – su propio equipaje y una franquicia.

El equipaje del pasajero

La reglamentación contempla como equipaje del pasajero en viaje internacional las siguientes mercancías sin importar si son nuevas o usadas:

  • Bienes de uso personal: tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, incluyendo un ajuar de novia. Tratándose de bebés se incluyen los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.
  • Electrónica: Dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (GPS); una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios.
  • Deportes: Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero.
  • Sonido: Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y un reproductor portátil de dvd; un juego de bocinas portátiles, y sus accesorios.
  • Almacenamiento digital: Cinco discos láser, 10 discos dvd, 30 discos compactos, tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
  • Libros, revistas y documentos impresos.
  • Ocio: Cinco juguetes, incluyendo los de colección, y una consola de videojuegos, así como cinco videojuegos.
  • Salud: Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como medicamentos de uso personal. Tratándose de sustancias psicotrópicas deberá mostrarse la receta médica correspondiente.
  • Maletas, petacas, baúles y velices o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.
  • Tabaco y alcohol: Tratándose de pasajeros mayores de 18 años, un máximo de 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco, hasta 3 litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.
  • Un binocular y un telescopio.
  • Dos instrumentos musicales y sus accesorios.
  • Una tienda de campaña y demás artículos para campamento.
  • Para los adultos mayores y las personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.
  • Un juego de herramienta de mano incluyendo su estuche, que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.
  • Hasta 3 mascotas o animales de compañía que traigan consigo, entendiéndose por estos: gatos, perros, canarios, hamsters, cuyos, periquitos australianos, ninfas, hurones, pericos, tortugas, aves silvestres de tamaño pequeño (excepto, rapaces), así como los accesorios que requieran para su traslado y aseo, siempre que presenten ante el personal de la aduana el certificado zoosanitario para su importación, expedido por la SAGARPA, en caso de tratarse de animales de vida silvestre, además deberá presentarse el Registro de Verificación expedido por la PROFEPA, que compruebe el cumplimiento de la regulación o restricción no arancelaria a que se encuentren sujetos.

La franquicia

Adicionalmente a su equipaje, el pasajero tiene derecho a introducir al país, libres de impuestos, mercancías por un monto total de hasta

  • 500 dólares en caso de ingresar al país por vía aérea o marítima, o su equivalente en moneda nacional.
  • 300 dólares en caso de ingresar por vía terrestre, o su equivalente en moneda nacional. (Durante las vacaciones de Navidad, Semana Santa y Verano la franquicia terrestre se incrementa a 500 dólares).

Es importante considerar lo siguiente:

  • El valor de las mercancías que integran la franquicia se demuestra con los recibos de pago donde se expresa su valor comercial. Si se te pierden los recibos el agente aduanal hace uso entonces de tabuladores donde, claro está, no está considerado algún descuento o precio especial que hayas obtenido.
  • Dentro de la franquicia no pueden incluirse bebidas alcohólicas, tabacos labrados, ni combustible automotriz. Existen otros productos que por control o monitoreo tampoco pueden incluirse dentro de la franquicia. En caso de duda es posible consultar directamente en el SAT (01800-463-6728).
  • Las franquicias de los integrantes de una misma familia podrán acumularse, si éstos arriban a territorio nacional simultáneamente y en el mismo medio de transporte.

Recomendaciones finales

  • Si tu viaje es por 5 días (sin importar si es por placer o por negocios) puedes introducir al país 5 pantalones, 5 pares de zapatos/tenis, 5 juegos de ropa interior… ¡Y no importa si son nuevos o usados! Así que no es necesario que mezcles la ropa nueva con la sucia, sino de que lo que traigas corresponda a tus días de estadía;
  • No cometas el error de tirar tus notas – ni para «esconderlas del agente aduanal» -, ya que de no presentar tú la nota el agente recurrirá a su tabulador, donde el precio es muy posible que sea más alto de lo que tú hayas realmente pagado;
  • Si estás trayendo recuerdos para tus familiares o algún regalo para un amigo, considera que puede pasar legalmente como parte de tu equipaje siempre que esté contemplado dentro de la lista anterior (por ejemplo: si llevas tu celular y le quieres traer uno a tu compadre no hay inconveniente, ya que tienes derecho de traer hasta 3 equipos);
  • Si a pesar de lo anterior llegas a traer mercancía que no puedes pasar como parte de tu equipaje (por ejemplo, ropa para un bebé recién nacido – imposible que sea tuya -, o mayor número de prendas de los días de tu estadía), inclúyelo en tus $300 dólares de franquicia.
  • Si aún así lo rebasas… Es el momento de determinar si vas a declarar o no. ¡Pero sólo declara aquello que no puedas considerar como parte de tu equipaje y que haya rebasado la franquicia! No cometas el error de declarar todo lo que compraste: Le estarías regalando innecesariamente tu dinero a hacienda.
  • Y sobre declarar o no ese excedente… Ya es tu decisión atenerte a la suerte que no te toque revisión o hacer el trámite más sencillo y declarar lo que sabes que excedes. Y ya sea que declares o que el destino haya hecho que te revisen y el agente aduanal haya determinado aquello que excedes, considera que lo que tendrás que pagar es el 16% de lo que hayas introducido al país llenando el formato «Pago de Contribuciones al Comercio Exterior».
  • Pero cuidado: si lo que excedes de franquicia y equipaje rebasase los $3000 dólares (o $4000 si introduces equipos de cómputo), entonces el proceso ya es otro ya que se considera importación comercial de mercancías.
  • Sé prudente en la transportación de dinero. Más de 10 mil dólares (o equivalente en otra cualquier otra divisa) en efectivo o en documentos podrían provocar que seas detenido por la autoridad fiscal para demostrar el origen del dinero.

¡Éxito!

Notas de actualización del 12 de Diciembre de 2015

Se eliminaron como parte del equipaje: Una bicicleta estática, una caminadora estática, una máquina de escribir eléctrica.

Se agregó: Una agenda electrónica.

Este artículo fue publicado por primera vez en practifinanzas.com. Si tienes interés en compartirlo publicándolo en tu blog o página web (reblogging), por favor sigue esta liga.
¿Tienes alguna experiencia que quisieras compartir con nosotros? ¿Te quedó alguna duda o inquietud? Déjanos tus comentarios, los cuales seguramente enriquecerán a otros lectores. Si te gustó este artículo y te pareció de utilidad, te invitamos a suscribirte sin costo para que recibas los próximos directamente en tu cuenta de correo. Estamos seguros de que serán de tu interés. También te invitamos a dar clic en Me Gusta de Facebook.

Referencias

778 Comentarios »

  1. Adrian 06/Dic/2016 en 1:03 pm - Responder

    Hola, quiero comprar un reloj de fabricación Suiza de segunda mano que supera la franquicia de 500 USDLL, el vendedor es una joyería en Europa, puedo hacerlo? Cuál sería la forma correcta para evitar tener problemas? y pagaría impuestos?

    De antemano gracias

    • Mauricio Priego 07/Dic/2016 en 3:27 pm - Responder

      Hola Adrián,
      Por introducir el reloj suizo al país no debieras tener inconveniente pagándose de impuestos el 16% del precio que pagues por él. El cobro de éstos impuestos lo realizaría en su momento la empresa de paquetería al momento de entregártelo.
      ¡Éxito!

  2. suzzli 05/Dic/2016 en 11:20 pm - Responder

    Viajo a QUERETARO, MEXICO. quisiera llevar una mesa 4 sillas un mueble para el televisor 4 maletas con zapatos y ropa de todos varias tallas usada y dos maletass de juguetes y una bolsa de pelotas , los muebles eran mios ya no los necesito. Mi gente en Queretaro estan muy necesitados yo solo se los llevo para ayudarlos de alguna forma, no pretendo en lo mas minimo sacar algun benefico economico de todo, es solo por ayudar ala familia.
    Mi esposo y mi padre viajan conmigo es temporada navidena, se que hay derecho de franquicia por $500 dls por cada uno.
    Nada es nuevo no tengo notas de nada, que es lo que si y no puedo pasar y cuanto tendria que declarar, si es necesario???

    • Mauricio Priego 06/Dic/2016 en 8:12 am - Responder

      Hola Suzzli,

      Aquí el tema es que al no haber comprobantes de compra, la autoridad aduanera no puede corroborar que se encuentran bajo el límite de la franquicia; y por más usados que se vean, por el volumen no será sencillo demostrar que se trata de una donación para familiares.

      En este caso, para evitar sorpresas desagradables, recomiendo contacten a la embajada de México para pedirles asesoría.

      Otra opción es que contacten al Programa Paisano, al 18772109469 desde EEUU, quienes debieran ser más sensibles al tema.

      Si te brindan alguna opción favorable, por favor compártela aquí en el blog ya que estoy seguro que será de interés para otros lectores de la comunidad 😉

      Felices fiestas!!

  3. Ana ramirez 30/Nov/2016 en 1:07 am - Responder

    Viajo a mexico. Despues de vivir 13 anos en new york solo llevo ropa usada zapatos usados bolsas usadas articulos personales. Cremas pinturas y algunas fotos Que hago para poder pasar. Es mucha ropa y zapatos. Que me orientan hacer.

  4. pepeco 17/Nov/2016 en 1:37 pm - Responder

    El día de ayer pase un juego de balatas para los frenos de mi vehículo y me cobraron impuestos en la aduana ya que me dijeron que no podía introducir refacciones como parte de la mercancía dentro del monto de la franquicia, siempre había pasado refacciones y nunca me habían dicho nada me costaron 80 dlls, no traía mas cosas soy residente fronterizo es esto correcto?

  5. Paula Suarez 01/Nov/2016 en 10:01 pm - Responder

    sabes si esto aplica si vienes de paises de sudamerica??

    • Mauricio Priego 04/Nov/2016 en 8:16 am - Responder

      Hola Paula,
      Así es, no importa de qué país procedas, al entrar en México las reglas fiscales son las mismas para todos 😉
      ¡Buen viaje!

  6. Rocio R 27/Oct/2016 en 4:19 pm - Responder

    Gracias por la información del articulo. He estado buscando información en la red pero no encuentro. Sabe usted si voy a EUA y encuentro un mueble gratis, me lo traigo a MX, se pagan impuestos? Debo declarar? Help.

    • Mauricio Priego 04/Nov/2016 en 8:20 am - Responder

      Hola Rocío,

      Aquí el problema es demostrar que el mueble es gratis. Si no presentas un documento válido que ampare el valor del mueble (así sea un dólar), la autoridad aduanera consultará su precio de lista sobre el cual calculará el impuesto correspondiente (el 16% del valor que indique la lista).

      Los documentos válidos son las notas de venta. Desconozco qué tipo de documento ampara las donaciones.

  7. Maria Trinidad Curiel Cordova 19/Oct/2016 en 1:06 am - Responder

    Voy a viajar de Portland Oregón a nayarit mexico y llevo un remolque lleno de ropa calzado y demás ,para regalar a familias de bajos recursos cuanto me cobrarían ,o es sierto que en diciembre no declara nada ,es bienvenido paisano ,no le cobran nada por pasar ,es cierto o falso o si tengo que pagar o será que no pagaría porque lo llevó para regalar a mi gente por favor saquenme de dudas

  8. Juan Pablo Villavicencio 17/Oct/2016 en 10:55 pm - Responder

    Hola Mauricio la próxima semana culminó mi viaje de 3 meses en usa conmigo llevo mucha ropa incluyendo la mía y de mi mamá y uno que otra prenda de regalo para mi familia crees que allá algún problema en aduana por no declarar estos artículos o esta permitido

  9. Maria Adriana 17/Oct/2016 en 8:48 pm - Responder

    Hola voy a viajar a china y quiero traer ropa que me gusto , son alrededor de 70 prendas todas diferentes son blusas , vestidos ,etc.. el valor de todas es alrededor de 900 dollares , cual es el procedimiento que debo realizar al llegar al aeropuerto de la Ciudad de México ….no se que hacer ? agradecería mucho su consejo

  10. Sergio Feria Fernandez 17/Oct/2016 en 8:29 pm - Responder

    hola, sabes si puedo ingresar a Mexico, proveniendo yo de Estados Unidos con un casco para motocicleta comprado en EU si pagar impuestos? O si entra en la cortesia?
    Gracias.

Deja un comentario »