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¿Qué mercancías puedes ingresar a México sin pagar impuestos?

Mauricio Priego 06/May/2013 778

Mercancías puedes ingresar a México

Actualizado al 12 de Diciembre del 2015

Quienes tienen la oportunidad de viajar fuera del país (por trabajo, negocios o diversión), al regresar se enfrentan con una disyuntiva: ¿declarar o no declarar los productos que compró durante su viaje? Me ha tocado escuchar desde los que afirman que es mejor «jugársela» y no declarar nada hasta los que afirman que no hay nada como la tranquilidad por lo que lo mejor es declarar lo que se haya comprado, pasando  por los que recomiendan mezclar la ropa nueva con la ropa sucia para así «engañar» a los de la aduana. Ante afirmaciones tan dispares decidí investigar, encontrando que existe una regulación clara al respecto la cual les comparto hoy de forma resumida y práctica:




Quien se encarga de regular la entrada de mercancías al territorio nacional es la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior siendo el brazo ejecutor las Aduanas dependientes del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda.

Dicha Regla, en su capítulo 3.2, nos habla de que TODO pasajero que ingrese al país (es decir turistas mexicanos de regreso a casa, paisanos que trabajan en el extranjero y que vienen de visita, así como extranjeros que entren a nuestro país en viajes de placer o de negocio), tiene derecho a traer consigo – sin pagar impuestos por ello – su propio equipaje y una franquicia.

El equipaje del pasajero

La reglamentación contempla como equipaje del pasajero en viaje internacional las siguientes mercancías sin importar si son nuevas o usadas:

  • Bienes de uso personal: tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, incluyendo un ajuar de novia. Tratándose de bebés se incluyen los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.
  • Electrónica: Dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (GPS); una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios.
  • Deportes: Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero.
  • Sonido: Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y un reproductor portátil de dvd; un juego de bocinas portátiles, y sus accesorios.
  • Almacenamiento digital: Cinco discos láser, 10 discos dvd, 30 discos compactos, tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
  • Libros, revistas y documentos impresos.
  • Ocio: Cinco juguetes, incluyendo los de colección, y una consola de videojuegos, así como cinco videojuegos.
  • Salud: Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como medicamentos de uso personal. Tratándose de sustancias psicotrópicas deberá mostrarse la receta médica correspondiente.
  • Maletas, petacas, baúles y velices o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.
  • Tabaco y alcohol: Tratándose de pasajeros mayores de 18 años, un máximo de 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco, hasta 3 litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.
  • Un binocular y un telescopio.
  • Dos instrumentos musicales y sus accesorios.
  • Una tienda de campaña y demás artículos para campamento.
  • Para los adultos mayores y las personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.
  • Un juego de herramienta de mano incluyendo su estuche, que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.
  • Hasta 3 mascotas o animales de compañía que traigan consigo, entendiéndose por estos: gatos, perros, canarios, hamsters, cuyos, periquitos australianos, ninfas, hurones, pericos, tortugas, aves silvestres de tamaño pequeño (excepto, rapaces), así como los accesorios que requieran para su traslado y aseo, siempre que presenten ante el personal de la aduana el certificado zoosanitario para su importación, expedido por la SAGARPA, en caso de tratarse de animales de vida silvestre, además deberá presentarse el Registro de Verificación expedido por la PROFEPA, que compruebe el cumplimiento de la regulación o restricción no arancelaria a que se encuentren sujetos.

La franquicia

Adicionalmente a su equipaje, el pasajero tiene derecho a introducir al país, libres de impuestos, mercancías por un monto total de hasta

  • 500 dólares en caso de ingresar al país por vía aérea o marítima, o su equivalente en moneda nacional.
  • 300 dólares en caso de ingresar por vía terrestre, o su equivalente en moneda nacional. (Durante las vacaciones de Navidad, Semana Santa y Verano la franquicia terrestre se incrementa a 500 dólares).

Es importante considerar lo siguiente:

  • El valor de las mercancías que integran la franquicia se demuestra con los recibos de pago donde se expresa su valor comercial. Si se te pierden los recibos el agente aduanal hace uso entonces de tabuladores donde, claro está, no está considerado algún descuento o precio especial que hayas obtenido.
  • Dentro de la franquicia no pueden incluirse bebidas alcohólicas, tabacos labrados, ni combustible automotriz. Existen otros productos que por control o monitoreo tampoco pueden incluirse dentro de la franquicia. En caso de duda es posible consultar directamente en el SAT (01800-463-6728).
  • Las franquicias de los integrantes de una misma familia podrán acumularse, si éstos arriban a territorio nacional simultáneamente y en el mismo medio de transporte.

Recomendaciones finales

  • Si tu viaje es por 5 días (sin importar si es por placer o por negocios) puedes introducir al país 5 pantalones, 5 pares de zapatos/tenis, 5 juegos de ropa interior… ¡Y no importa si son nuevos o usados! Así que no es necesario que mezcles la ropa nueva con la sucia, sino de que lo que traigas corresponda a tus días de estadía;
  • No cometas el error de tirar tus notas – ni para «esconderlas del agente aduanal» -, ya que de no presentar tú la nota el agente recurrirá a su tabulador, donde el precio es muy posible que sea más alto de lo que tú hayas realmente pagado;
  • Si estás trayendo recuerdos para tus familiares o algún regalo para un amigo, considera que puede pasar legalmente como parte de tu equipaje siempre que esté contemplado dentro de la lista anterior (por ejemplo: si llevas tu celular y le quieres traer uno a tu compadre no hay inconveniente, ya que tienes derecho de traer hasta 3 equipos);
  • Si a pesar de lo anterior llegas a traer mercancía que no puedes pasar como parte de tu equipaje (por ejemplo, ropa para un bebé recién nacido – imposible que sea tuya -, o mayor número de prendas de los días de tu estadía), inclúyelo en tus $300 dólares de franquicia.
  • Si aún así lo rebasas… Es el momento de determinar si vas a declarar o no. ¡Pero sólo declara aquello que no puedas considerar como parte de tu equipaje y que haya rebasado la franquicia! No cometas el error de declarar todo lo que compraste: Le estarías regalando innecesariamente tu dinero a hacienda.
  • Y sobre declarar o no ese excedente… Ya es tu decisión atenerte a la suerte que no te toque revisión o hacer el trámite más sencillo y declarar lo que sabes que excedes. Y ya sea que declares o que el destino haya hecho que te revisen y el agente aduanal haya determinado aquello que excedes, considera que lo que tendrás que pagar es el 16% de lo que hayas introducido al país llenando el formato «Pago de Contribuciones al Comercio Exterior».
  • Pero cuidado: si lo que excedes de franquicia y equipaje rebasase los $3000 dólares (o $4000 si introduces equipos de cómputo), entonces el proceso ya es otro ya que se considera importación comercial de mercancías.
  • Sé prudente en la transportación de dinero. Más de 10 mil dólares (o equivalente en otra cualquier otra divisa) en efectivo o en documentos podrían provocar que seas detenido por la autoridad fiscal para demostrar el origen del dinero.

¡Éxito!

Notas de actualización del 12 de Diciembre de 2015

Se eliminaron como parte del equipaje: Una bicicleta estática, una caminadora estática, una máquina de escribir eléctrica.

Se agregó: Una agenda electrónica.

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Referencias

778 Comentarios »

  1. lucy jimenez 23/Feb/2014 en 12:43 pm - Responder

    Hola!!! Excelente info… solo me quedo una duda… yo ire a mcallen en proximos días a comprar mi vestido de novia.. y ya lei en la info q pasa como artículo personal.. o depende de los dias de estadia… pero estoy un poco confundida por eso ultimo… y hay quienes me dicen q tendré q pagar lo q se exceda de los 75 dlls… entonces tendré q declararlo o no? Mil gracias.

    • Mauricio Priego 23/Feb/2014 en 10:23 pm - Responder

      Hola Lucy, ¡felicidades por tu próxima boda!
      Es para mí un honor el poder regalarles a ti y a tu futuro esposo cuando menos una buena noticia: TU VESTIDO DE NOVIA PASA COMO BIEN DE USO PERSONAL por lo que no tienes por qué declararlo ni pagar impuestos por él (ni por el ajuar en general) 😀
      Reciban ambos así como sus padres un fuerte abrazo de mi parte.
      Que Dios bendiga su matrimonio y los colme de felicidad y prosperidad 🙂

    • Mauricio Priego 23/Feb/2014 en 10:46 pm - Responder

      Lucy, me quedé pensando… ¿Vas y vuelves el mismo día? Porque de ser así sí puede afectar…

      • lucy jimenez 24/Feb/2014 en 7:31 am - Responder

        Hola Mauricio! Muchas gracias por los buenos deseos… y si 🙁 voy y vengo el mismo dia… tendría que quedarme alla? Cuanto tiempo o como funcionria?? Gracias!

        • Mauricio Priego 24/Feb/2014 en 10:46 am - Responder

          Lucy, para no errar en la respuesta me comuniqué directamente al área de comercio exterior del SAT… Y el resultado fue positivo:

          El ajuar de novia es ADICIONAL a tus prendas de vestir, es decir, aunque vas y vuelves el mismo día, puedes registrar como equipaje personal tu vestido de novia mas allá de las prendas de vestir que lleves por tu día de estancia 😉

          Así que ya tienes información directamente de la mata… Disfruta tu viaje 🙂

  2. Jonathan Miranda 22/Feb/2014 en 11:55 pm - Responder

    Hola excelente articulo, solo tengo una duda, estare en USA por 4 meses en entrenamiento para mi trabajo, ingrese una laptop conmigo, pero recientemente compre una , tengo que pagar impuestos por que llevo 2 laptops?
    Gracias!

    • Mauricio Priego 23/Feb/2014 en 12:29 pm - Responder

      Hola Jonathan.

      Como menciona el artículo se considera equipaje del pasajero «un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares», por lo que un segundo equipo ya no pasa por equipaje.

      Cuando entres de regreso a México lleva a la mano tu nota de compra, de manera que ya sea porque decidas declarar y pagar los impuestos correspondientes, o si decides jugártela y al apretar el botón te sale rojo, pagues sobre el precio que en realidad compraste la Lap y no sobre el precio de lista que tiene la aduana que siempre es más caro.

      Sin embargo considera lo siguiente: son tan grandes las diferencias de precios entre México y USA que aún pagando los impuestos aduanales te ahorraste una cantidad muy grande de dinero 😉

      ¡Éxito!

  3. Fabián Morales 16/Feb/2014 en 12:01 pm - Responder

    Tengo una duda Mauricio …. Los días de estadía en Estados Unidos quien me los cuenta ?? Por ejemplo yo voy un fin de semana a tucson Arizona, y me compro unos 30 cambios y accesorios de uso personal (lentes, reloj, perfumes) llevo maleta vacía y la regreso llena!!.. Al ingresar a México y me toca rojo le digo al agente aduanal que estuve un MES!!, es válido?? Es su palabra contra la mía?? O cómo es que funciona?? Mi ingreso y regreso es por tierra

    • Mauricio Priego 17/Feb/2014 en 9:53 am - Responder

      Fabián, en tu lógica te faltó un pequeño detalle: Al momento de salir e ingresar al país registran tu pasaporte, por lo que tú podrás afirmar cualquier cosa, pero lo único válido es lo que le reporte el sistema de la Secretaría de Relaciones Exteriores al agente aduanal.
      ¡Éxito!

      • fabian morales 17/Feb/2014 en 11:02 am - Responder

        pues yo he pasado 15 o mas por tierra por nogales y el agente aduanal de USA te pide la visa y a veces el pasaporte al entrar a USA… el aduanal mexicano ni lo conosco al pasar a USA de echo yo digo que ni existen… me es imposible que ellos sepan a menos que se comuniquen con inmigracion de USA que lo miro muy imposible que se pasen datos entre ellos.. y el permiso que saca uno en migacion de USA lo entregas al salir de USA mucho antes de llegar al aduanal MExicano… no se si te haya pasado esto por tierra… yo digo que por aire si es mas controlado…

        • Mauricio Priego 18/Feb/2014 en 9:02 am - Responder

          Gracias por el dato Fabian.

          Mi experiencia es por vuelos internacionales y que no he tenido la oportunidad de cruzar la frontera a pie… Pero de alguna manera lo ha de controlar Hacienda. De ser posible, si puedieras averiguarlo y compartirnoslo, te lo agradecería. Estoy seguro que serviría a muchos otros lectores.

          Seguimos en contacto 😉

      • esperanza lopez 20/Feb/2014 en 9:26 am - Responder

        Mauricio, cuando hable al aeropuerto me dijeron que pusiera el licor en la maleta registrada, no en la de mano.Pues menciona que depende del agente aduanal que te toque. por eso quiero estar con la ley y tener la seguridad de que estoy 100% en ella. porque hablan en algunos sitios que solo 3 litros de vino, cerveza o licor y en tu articulo y el de paisanos dice 6 lirtos de v
        ino y 3 litros de licor. o sea un total de 9 botellas por adulto. es correcto 9 botellas , 9 litros 3 de licor y 6 de vino.?

        • Mauricio Priego 21/Feb/2014 en 8:39 am - Responder

          Hola nuevamente Esperanza.

          Es correcto: Son 6 de vino y 3 de licor… Pero si quieres estar completamente segura y sin duda, habla a INFOSAT y hazles la pregunta… Posiblemente te comunicarán con Aduanas (es siempre un departamento de ellos), pero esa es la mata de la información. Yo lo hice hace poco preguntando sobre las tabletas, ya que la ley habla de laptops y celulares, y no sabía cómo se consideraría una tableta. La información te la dan en el momento 😉

          El teléfono de INFOSAT es 01800-463-6728

          Que tengas un buen día 😉

  4. Oscar Hernandez 13/Feb/2014 en 2:24 pm - Responder

    Buen dia!

    Excelente informacion de la pagina, pero ya me confundi un poco… con las reformas en este momento cuantos dolares en mercancia se puede pasar sin declarar?

    Muchisimas gracias

  5. Ruben Gonzalez 12/Feb/2014 en 3:11 pm - Responder

    Buenas tardes, me pueden orientar ya que estoy interesado en comprar por Internet un reloj en un site de Italia con envío internacional a México, mi duda es si en la llegada a México tengo que pagar algún porcentaje o monto de impuestos y aranceles? Esto para saber si me conviene, de antemano agradeceré su respuesta.

    • Mauricio Priego 17/Feb/2014 en 10:05 am - Responder

      Rubén, lo ideal es que te comuniques a INFOSAT y pidas te comuniquen al área de Aduanas para que preguntes tu caso en particular. Si una vez que te respondan nos compartes la respuesta por este medio, estoy seguro que muchos otros lectores estarán agradecidos contigo al tener inquietudes semejantes 😉
      ¡Éxito!

  6. Rafael H 06/Feb/2014 en 10:33 pm - Responder

    Buen dia. Tengo una duda acerca de esto y tu nota ha sido la mejir que eh encontrado y por eso me acerco a tu a preguntarte debido a tu conocimienti y experiencia. Estuve en Puerto Rico tres meses y medio por negocios. Y compre aproximadamente doce pares de calzado.algunos ni los use. Quisiera saber si tendré algún problema al ingresar o tendré que declararlos. También llevo unas prendas extras de ropa deportiva. Tendré que pagar extra. Cabe destacar que tengo recibos de todas mis compras y por lo que entiendo ahora son 500 dlls de ingreso como franquicia. Me recomiendas declarar algunos zapatos o me harán hacer algún pedimento o que sucederá?. Ya que no quiero que me tachen de importador con finés de lucro en venta. Y quiero evitarme problemas de confiscar o me multen si solo es pagar algunos dolares extra. También si decido comprar 1 botella de licor en aeropuerto entra dentro de lo permitido o es un extra que se acumula en mi franquicia?
    Muchas gracias

    • Mauricio Priego 08/Feb/2014 en 11:54 am - Responder

      Rafael, tu equipaje personal está libre de impuestos, y se define equipaje personal como lo que necesitas para el día a día. Si estuviste en el extranjero 3 meses, eso significan 90 días en los cuales potencialmente pudiste necesitar 90 pares de zapatos… Sólo utilizaste 12… ¡Forman parte de tu equipaje!

      De las camisas es algo parecido: potencialmente pudiste usar 90… si traes menos, de nuevo es parte de tu equipaje 😉

      La botella de licor definitivamente NO es parte de tu equipaje.

      NOTA: hasta donde sé, con la reforma fiscal, desapareció la franquicia 🙁

      ¡Éxito!

  7. Sam 04/Feb/2014 en 12:03 pm - Responder

    Hola, acabo de comprar una bolsa para mi esposa y estoy de viaje en Estados Unidos, las bolsas de mano de mujer deben ser declaradas? Mi ingreso fue vía terrestre y el regreso será de la misma manera.

  8. Carlos Arnoldo 01/Feb/2014 en 9:24 pm - Responder

    Voy a estados unidos a comprarme ropa usada no nueva con 200 dlls tendria problemas fiscales al cruzar a mexico somos 3 adultos y un niño de 12 añsos .

    gracias espero su respuesta.

    un cordial saludo

    • Mauricio Priego 04/Feb/2014 en 8:11 am - Responder

      Carlos, como dice el artículo, el equipaje personal no causa impuesto… sin importar dónde lo hayas adquirido. Lo que hacen muchas personas es ir literalmente sin ropa más que la que llevan puesta, y ya en USA compran lo que necesitarán para cada día ya que por ello no se pagarán impuestos. Es decir, si van 5 días, puedes comprar cuatro pares de zapatos, cuatro pantalones, cuatro camisas (una por cada día), y se van 4 como dices, en el ejemplo son hasta 16 camisas ¿Me explico?
      Ahora bien, si compraran un vestido de niña no cuenta como parte del equipaje, porque con ustedes no viaja ninguna niña.
      Que tengas buen viaje 😉

      • Carlos Arnoldo 04/Feb/2014 en 11:58 am - Responder

        Mauricio
        muchisismas gracias que tengas un bonito dia y buen fin de semana..

        un cordial saludo

  9. Lorena 30/Ene/2014 en 11:23 am - Responder

    Primero que nada muy buena informacion… por otro lado quisiera preguntar…. ire a USA a comprar una carriola y cosas de bebe pero fisicamente no llevare al bebe ya que no ha nacido… crees que tengo que pagar impuesto por eso?? ya que en algunos lados mencionan que necesita ir el bebe fisicamente para poderlo llevar.

    GRACIAS POR TU AYUDA!

    • Mauricio Priego 31/Ene/2014 en 10:28 am - Responder

      Lorena, en lo que se pueda ayudar, ¡adelante! Soy fiel creyente de la cadena de favores 😉

      Respecto a tu inquietud… El tema es que el equipaje al que tienes derecho es eso: equipaje de los que viajan. Que se compre en el lugar de visita es otro tema. Por tanto, un bebé que aún no ha nacido, no requiere equipaje ¿me explico?

      Sin embargo la diferencia de precios entre USA y nuestro querido país es tan abismalmente grande, que aún pagando impuesto por el precio de la carriola y las demás cosas de bebé te vas a ahorrar un dineral. Única recomendación: lleva contigo a la hora de ingresar a México de vuelta las notas de compra. El motivo es que si no las tienes, entonces el agente aduanal considera el precio que tiene en una lista, el que obviamente no contempla descuentos, promociones, ofertas, etc.

      Te felicito por tu próxima maternidad, que Dios bendiga a tu familia y en especial a tu hijo, ¡y que disfrutes tu viaje!

      • Lorena 31/Ene/2014 en 2:34 pm - Responder

        Muchas gracias Mauricio!!!! 🙂

  10. Martin Omar Perez Collio 25/Ene/2014 en 12:30 pm - Responder

    Hasta cuantos dilares puedo llevar conmigo al entrar a mexico?

    • Mauricio Priego 28/Ene/2014 en 9:38 am - Responder

      Martín, en realidad puedes llevar cuanto dinero gustes, pero tienes la obligación de declarar si tienes más de 10 mil dólares contigo (y recuerda que lo que afirmes tienes que demostrarlo documentalmente y no sólo de palabra)

      En lo personal lo considero más un tema de seguridad personal: entre más dinero lleves contigo, mayor será tu inquietud por el riesgo de perderlos o que te los roben… Y esa inquietud puede alertar tanto a oficiales aduanales los cuales pudieran malinterpretar tu nerviosismo, como a ladrones, carteristas y amigos de lo ajeno en general.

      Por ello es mejor llevar lo mínimo necesario en efectivo, y lo demás retirarlo ya en el país conforme lo necesites o pagar con tarjetas de crédito/débito. Ahora que si es una remesa para tu familia, analiza nuevamente por temas de seguridad el enviárselos por transferencia bancaria. Hay bancos que no cobran comisiones, y si lo recibe alguno de tus padres, tus hijos o tu esposa, no tienen que pagar impuestos por ello.

      ¡Éxito!

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