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Protegiendo tu dinero de la Ley del Impuesto a Depósitos en Efectivo

Mauricio Priego 18/Jun/2011 513
Protegiendo tu dinero de la Ley del Impuesto a Depósitos en Efectivo

Actualización del artículo al 5 de enero del 2014

La Reforma Fiscal autorizada a finales del 2013 determina que este impuesto es derogado a partir del 1 de enero del 2014, por lo que ya no se retendrá sin importar cuánto depositen los cuenta-habientes en efectivo en sus cuentas. Sin embargoestas operaciones seguirán siendo reportadas por las instituciones financieras a Hacienda para la identificación de posibles evasores fiscales.




Artículo original

Si alguna vez has vendido tu auto, has cancelado alguna cuenta de ahorro por aperturar otra, o simplemente has recibido dinero en efectivo, es muy probable que te hayas visto ante el dilema que, de meter el dinero al banco, ¡te cobrarán el 3% por impuestos!

En México desde hace algunos años se implementó la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (LIDE), buscando alcanzar a aquellas personas que venden productos o sus servicios sin estar registrados ante hacienda, evadiendo, por tanto, su obligación fiscal.

Más allá de la conveniencia o no de este impuesto, el tema que hoy quisiera exponer es cómo proteger tu dinero de una ley que en algunos casos en definitiva no es justa: La Ley dice que, una vez superados los $15,000 pesos depositados en tu cuenta personal en efectivo, la institución financiera tiene la obligación de retener directamente de tu cuenta el 3%, es decir, al final del mes te quitan ese dinero sin necesidad de tu autorización.

Veamos un ejemplo:

  1. El día 5 te paga un primo un préstamo que le hiciste y metes al banco $3,000
  2. El día 11 vendes la motocicleta vieja y muy usada que tenías y metes al banco los $8,000 que recibiste por ella
  3. El día 24 tu hermana te presta los $10,000 que necesitabas para completar lo que faltaba para comprar tu nueva motocicleta
  4. El día 29 retiras el dinero para la moto ya que finalmente acudirás a comprarla, mas por error retiras más dinero del que necesitabas y depositas el excedente, digamos unos $2,000

El día del corte de mes el banco detecta que depositaste en efectivo, $23,000 pesos, por lo cual retendrá de tu cuenta, enviando a tu casa el comprobante respectivo de retención de impuestos claro está, ¡un impuesto de $240.00!:

Depositado 23,000.00
Exento -15,000.00
Base para impuesto 8,000.00
LIDE de 3% 240.00

En este caso, la mayor parte del dinero que depositaste no corresponde a un ingreso que hayas generado con excepción de la venta de la moto, que por definición sí es un ingreso. Sin embargo, al final del camino lo obtenido por la venta de la moto es menor a los 15,000 que marca la ley, y esto sin contar que la venta no fue para comercializar la moto sino por la necesidad justa de adquirir una nueva y que, si eres empleado, no podrás depreciar de forma que deduzcas impuestos por ella.

¿Es solución entonces no dejar dinero en tu cuenta para evitar lo retenga el banco? ¡¡Para nada!! La ley establece que si al momento de retener el impuesto no tienes el dinero suficiente en tu cuenta, te serán retenidos en cuanto tengas dinero, actualizando los importes y cobrándote cargos adicionales por penalización (LIDE, Art 6).

Entonces, ¿Cómo puedo proteger mi dinero? ¿Guardándolo bajo el colchón? La buena noticia es que esto no es necesario, ya que la misma ley contempla excepciones:

  1. Existen formas de depósito que no son efectivo, como lo cheques y las transferencias electrónicas, por lo que no están sujetas a este impuesto
  2. Las personas morales con fines no lucrativos están exentas del impuesto, siendo este el caso de algunas cajas de ahorro internas de las empresas (LIDE Art 2.II)

En base a lo anterior, aquí tienes algunos consejos prácticos para proteger tu dinero del LIDE (Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo):

  • Si no has accedido al portal en Internet de tu banco, hazlo ya. En la gran mayoría de ellos las funciones básicas como transferir dinero entre tus propias cuentas, pagar tu tarjeta de crédito (del mismo banco) y consultar tus saldos, movimientos y estado de cuenta, son gratuitas. Si la razón de fondo es que no confías en Internet o que consideras que es demasiado complicado, considera que en el caso del LIDE te pone en riesgo de que la ley te tome desprevenido… y también tome tu dinero.
  • Si usualmente recibes dinero en efectivo y lo depositas en tu cuenta, monitorea los movimientos ya realizados a través del portal del banco para evitar sustos. No es recomendable hacerlo a través de cajeros automáticos ya que la mayoría de los bancos cobran comisiones después de cierto número de consulta de movimientos.
  • Si te pagan con cheque de un banco distinto a donde tienes tu cuenta, es preferible depositar el cheque directamente en tu cuenta a ir al otro banco a hacer colas para que te lo cambien por efectivo, y después depositarlo en tu cuenta. La espera al día siguiente para tener disponibilidad del dinero se ve recompensada por el ahorro en tiempo y el que no se te contabilice para el LIDE.
  • Si tu patrón te paga en efectivo y posteriormente metes el dinero en tu cuenta, habla con él para que te pague con cheque o transfiera el dinero directamente a tu cuenta.
  • En general, si alguien te va a pagar una cantidad importante de dinero por el motivo que fuese, habla con esa persona para que te pague con cheque o transfiera el dinero directamente a tu cuenta.
  • Si la empresa para que trabajas tiene Caja de Ahorro, acércate a ella y confirma si se encuentra exenta ante el LIDE. De serlo, deposita en ella las cantidades importantes de dinero.
  • Si la empresa para la cual trabajas no tiene caja de ahorro, existen sociedades que dan el servicio de gestión de la Caja de Ahorro a las empresas, las cuales son autosuficientes por lo que no cuestan para la empresa siendo un servicio adicional muy valioso para los empleados. Una de las que conozco y con la cual he operado es ODESSA* siendo una opción interesante para revisar.

Por el momento me despido confiando que esta información te sea de utilidad. Cualquier duda o comentario adicional que consideres, ¡no dudes en exponerla!

¡Éxito en tus proyectos!

Odessa es ajena al PractiFinanzas siendo presentada únicamente como una referencia

513 Comentarios »

  1. Cecilia 22/Dic/2017 en 7:05 pm - Responder

    Mauricio, buenas tardes: Abusando de tu buena disponibilidad, quisiera pedirte asesoría en lo siguiente: Desde hace varios años tengo una cantidad más o menos considerable en una cuenta bancaria, sin darle uso nunca, ahora me he dado cuenta que he perdido pues puedo poner el dinero con pagarés a plazo fijo, la duda es: El SAT me puede requerir impuestos por las ganancias que yo pudiera tener por ese dinero??? Quedo en espera de tus comentarios.

    Gracias de antemano!!

    • Mauricio Priego 28/Dic/2017 en 8:29 am - Responder

      Hola Cecilia, buenos días.

      Los intereses y rendimientos generados por cualquier producto de ahorro o inversión son gravados por el ISR, el cual te retiene directamente el banco. La excepción son las cajas de ahorro de trabajadores, fondos de ahorro para el retiro y algunos fideicomisos.

      Por tanto, si el pagaré a plazo fijo es con un banco, sí te retendrá impuestos sobre tus ganancias el banco. Ahora bien, el interés es del 28%, lo que significa que si el rendimiento que te ofrece el banco fuera del 7%, cada $100 te generarían $7 de ganancia, reteniéndose un impuesto de 1.96. Por tanto, tu ganancia neta sería de $5.04. Definitivamente es mejor que tener tu dinero bajo el colchón.

      Ahora bien, si estás interesada en explorar instrumentos cuyos rendimientos se encuentran exentos de impuestos, coméntame y te contacto para conversar sobre diferentes opciones existentes.
      Mis mejores deseos para ti y tu familia en el 2018 ¡Feliz año nuevo!

  2. Angela 01/Dic/2017 en 7:18 pm - Responder

    Hola Mauricio estoy en argentina. Tengo
    Cta sueldo. Mi hija y el novio quieren hacer
    Un viaje con 45000$ ahorrados. Si los
    Deposito en mi cta para hacer el pago x
    Transferencia como necesitan, me afecta?

  3. Jonathan 08/Nov/2017 en 6:39 pm - Responder

    Hola Mauricio,
    Tengo una duda, soy asalariado de un solo empleador pero he recibido ingresos además del salario, como prestamos, pagos, todos hechos mediante transferencia electronica, seguro superan los 15mil mensuales, normalmente estan en 30mil (contando los ingresos por salario), mi duda es si estos depositos electronicos de terceros por motivos de prestamo o pago afectan de alguna manera mi declaracion anual, es decir, tendría que pagar impuestos por ese tipo de ingresos?

    • Mauricio Priego 09/Nov/2017 en 8:49 am - Responder

      Hola Jonathan,

      Si los préstamos provienen de instituciones financieras reguladas o son otorgados por tu patrón, no tendrás problema alguno. Ahora bien, si los préstamos son de particulares, agiotistas, prestamistas, etc la cosa cambia.

      Según la ley fiscal vigente, todo depósito realizado a tus cuentas bancarias son considerados ingresos no declarados a menos que demuestres lo contrario. Si sin préstamos que realizas, con los contratos respectivos. Si son préstamos que tú otorgas se complica la cosa, ya que entonces debieras cumplir con lo que determina la ley contra el lavado de dinero.

      Ahora bien, éso es lo que dice la ley. En la práctica, al ser transferencias electrónicas menores a 100 mil pesos, el banco no las declara al SAT, así que por decirlo de algún modo, no estás en la mira. Podrías seguir así manteniendo un riesgo relativamente bajo, pero una revisión a una solicitud de devolución de impuestos durante la declaración anual o una auditoria aleatoria podrían provocar que el SAT los identificase. ¿Qué tan probable es que suceda? Mientras mantengas operaciones estables como las que mencionas, y cumplas en forma con tus compromisos fiscales, podría decirse que la probabilidad es baja.

      Confío que la información te haya sido de utilidad,
      Éxito en tus proyectos!

      • Jonathan 09/Nov/2017 en 9:45 am - Responder

        Los prestamos y pagos de prestamos son informales, vienen de familiares y/o amigos, si los vieramos como depositos individuales no exceden los 15mil, ahora mencionas que «…en la practica por ser transferencias menores a 100mil…», te refieres a transferencias individuales o en conjunto (mensuales)?

        Ahora bien, todo lo anterior es debido a que llego la fecha para solicitar a la empresa para la que trabajo poder hacer mi declaracion anual por mi cuenta, actualmente tengo creditos hipotecarios y gastos medicos que quisiera deducir para posiblemente tener saldo a favor, pero tengo duda en hacerlo (declarar por mi cuenta) ya que no se si esto (lo de los prestamos y pagos a familiares y amigos) vaya a resultar ser un problema y en lugar de tener saldo a favor vaya a tener un saldo negativo y tenga que pagarles/liquidarles.

        • Mauricio Priego 13/Nov/2017 en 8:31 am - Responder

          Qué tal Jonathan,
          Para que el banco tenga la obligación de reportar tus operaciones a Hacienda se requiere de dos cosas:
          1) Que realices una transferencia de 100 mil pesos o más (en una sola operación)
          2) Que durante un mes recibas entre tus distintas cuentas (del mismo banco) 15 mil pesos o más en efectivo sumando todos los depósitos.

          Por tanto, lo que mencionas de los préstamos, no sería reportado. No sé con qué frecuencia tengas este tipo de operaciones, pero al ser préstamos, pensaría que en realidad no son muy frecuentes. Por tanto, no creo que tuvieras problemas.

          Ahora bien, si quieres que ser más preciso, me ofrezco a conversar telefónicamente. Quedo al pendiente de tu confirmación.
          Éxito en esta semana que inicia!

          • Jonathan 13/Nov/2017 en 10:25 am -

            Muchas gracias por tus respuestas, y sobre todo por la amabilidad de ofrecer tu ayuda de manera más personal (vía telefónica), claro que acepto tu ayuda, creo que ya tienes mi mail, espero tu contacto.

            Nuevamente, muchísimas gracias !!

  4. Jhonny 26/Ago/2017 en 12:55 pm - Responder

    Buen día Ser. Mauricio.
    Mi pregunta es la siguiente…Que sucede si mediante transferencia me depositan una cantidad superior a un millón de dólares. Que se debe hacer en este caso.
    Gracias de antemano y excelente día

    • Mauricio Priego 27/Ago/2017 en 2:58 pm - Responder

      Buen día Jhonny,

      Por el monto de la transferencia es un hecho que el movimiento fue reportado a Hacienda, y por tanto, si no lo declaras, te pueden congelar tus cuentas bancarias para obligarte a presentarte, justificar el ingreso y pagar los impuestos correspondientes.

      ¿Qué hacer en este caso? No esperar a que te requiera el SAT: Si es un ingreso, emite la factura correspondiente. Si es un préstamo, repórtalo a través de tu contador. Si es una herencia, igual repórtalo con el documento del notario que lo respalda…

      Excelente inicio de semana!

  5. Rosario González 18/Ene/2017 en 10:21 am - Responder

    Buen día! Tengo dudas. Tengo cuenta de banco, hice cambio de dólar que se depositaba a mi cuenta, el monto de los depósitos en un año era un poco más de 100 mil, ese dinero era de mi cuñado, para construir su casa. Me llego documento del sat, con un impuesto a pagar por 14 mil. Yo estoy dada de alta en Hacienda sin obligaciones fiscales, era para trabajar. Ahora mi pregunta es, ¿que me corresponde hacer? O como puedo hacer mi declaración fiscal? Nunca he hecho eso. O si mediante la declaración fiscal aclaró que no estoy obligada a regularme con el isr ya que no tengo negocios, ni tiendita, ni soy profesionista.

    • Mauricio Priego 20/Ene/2017 en 8:13 am - Responder

      Buen día Rosario!

      Aquí el problema es que el SAT interpreta esos depósitos en efectivo como un ingreso que no reportaste, es decir, como si el dinero fuera producto de servicios que prestes o artículos que vendas de manera independiente, y claro, sin estar registrada ante el IMSS.

      En estos casos es difícil librarte de tener que pagar el impuesto. Para realizar tu declaración y pagarlo puedes hacerlo por tu cuenta apoyándote con asesores del SAT cuyos servicios son gratuitos (llama a INFOSAT al 01800-463-6728) o busca los servicios de un contador.

      ¡Éxito!

  6. alberto 29/Dic/2016 en 1:20 pm - Responder

    buenas tarde tengo una duda mi hermano va ha vender su casa y me pidió mi cuenta para que le depositaran, los que le compran es por medio de infonavit, la duda es si hacienda va a monitorear ese dinero y si lo tengo que mencionar en mi declaración del prox año.

    saludos

  7. Chris 28/Nov/2016 en 8:55 pm - Responder

    Hola Mauricio
    Disculpa si una persona me va a hacer una transferencia por una suma total de 300mil pesos es recomendable que me la haga por partes? O que me recomiendas para no terminar ser requerido porealidad el sat? Que lo haga en depósitos pequeños?

  8. Jorge 05/Oct/2016 en 2:41 pm - Responder

    Hola, buenas tardes!
    Leí todo, no quiero regarla.
    Se quiere depositar una cantidad de más de 15,000…
    Si no tienen manera de hacer transferencia, qué puedo hacer?
    Para que no cobren esos impuestos, ya que ese dinero se usara en un futuro próximo.
    Imagino que el impuesto es mensual, asi que cada mes le retendrian algo.

    • Mauricio Priego 06/Oct/2016 en 8:08 am - Responder

      Hola Jorge, buenos días.

      Como menciono al inicio del artículo, el impuesto ya fue derogado, es decir, ya no te cobran impuestos por realizar depósitos iguales o superiores a 15 mil pesos. Sin embargo, si en tu cuenta realizas depósitos en efectivo que sumen 15 mil pesos o más, el banco está obligado a reportarlo al SAT, y si en tu declaración anual (en Abril) no haces referencia a esos depósitos, entonces el fisco podría requerirte para pagar los impuestos correspondientes a ese ingreso.

      ¿Qué hacer? Depende de cuánto necesites depositar. Si no te pasas por mucho (digamos, 20 mil pesos), la probabilidad de que te requieran en realidad es baja.

      ¡Éxito!

  9. Yared Hernández 06/Sep/2016 en 9:43 pm - Responder

    Hola muy buena noche espero me puedas ayudar!

    Vendí mi casa para pagar deudas y hacerme de un auto la persona a la que le compre el auto no quiere transferencia bancaria, me puedes decir si yo al retirar la cantidad de 150000 pesos de ese dinero tengo que pagar algo !

  10. victoria 04/Abr/2016 en 10:43 am - Responder

    Hola Mauricio.
    Mi situacion es la siguiente. tengo un familiar en estados unidos que regularmente me envia dinero con un amigo. (me envia en efectivo dllrs) e decidido abrir una cuenta de ahorro para guardar parte de ese dinero. entonces mi duda es al estar yo depositando en dolares me requerirá hacienda? como compruebo ese ingreso? o que debo hacer para no tener problemas. agradezco de antemano.

    • Carlos 12/Oct/2017 en 2:56 pm - Responder

      Hola,

      Mejor dile a tu familiar que abra una cuenta a su nombre en EU, o a nombre de alguien mas si el no puede por falta de papeles, tengo entendido que solamente con el numero de IRS pueden abrir cuenta alla, puede ir a bank of america y con el puro pasaporte abrir la cuenta, y una direccion y telefono de alla es suficiente, que te mande la tarjeta y en una llamada te de el numero de PIN y puedes usarla para sacar dinero de scotiabank aqui sin problemas, solo configurando el aviso de viaje en la pagina del banco, es muy sencillola verdad.

      Saludos!

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